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Año II.
América Central. Repablica de Costa Rica.
Núm. 296.
Diario de Costa Rica Victor Dubarry, DIRECTOR REDACTOR.
Luján y Mata, AGENTES GENERALES DE ANUNCIOS.
Ricardo Villafranca, AGENTS EN SAN FRANCISCO CAL.
San José, martes de enero de 1886.
BERNARDO SOTO como fundamental en la organi lisis profundo, se descubre clara Puede ser aceptable, puede ser zación de los poderes públicos. mente que el legislador determi. aceptada semejante conducta?
ES EL CANDIDATO POPULAR Prescindumnos de lo que la pa nó los únicos casos en que la de La independencia de los pode PARA PRESIDENTE DE sión determina, y veamos de una tención es indebida, y que en res públicos es uno de los fundaLA REPUBLICA EN EL vez el origen de ese debate. ninguno de ellos se hallaba el se mentos de la democracia.
Según los mejores informes ñor Gutiérrez. Ni habia cumpli Para cada uno de esos poderes, PRÓXIMO PERÍODO oficiales, resulta en primer lugar do su condena, ni ne hallaba en hay sanción especial en las leyes CONSTITUCIONAL, lo siguiente: la cárcel por más tiempo que el del país.
Una autoridad de policía en que las loyes requieren, ni esta. así como sería escandaloso ANUNCIOS.
Puntarenas, ordenó que fuera ba en lugar privado que el Ejecutivo revocara una arrestado el Sr. don Pedro Gu Ninguna ley puede concederle sentencia judicial, así es, por lo Cinco centavos cada vez por centímetro tiérrez, por haber cometido faltas al juez, autorización bastante pa menos arbitrario que un juez deen columna.
Se harán rebajas proporcionales la im de las que están sujetas pena ra resolver por sí y ante sí, y só clare nulas las providencias que portancia que tenga para la Empresa correccional. lo conforme su conciencia, si un dicte un empleado del orden adSeguido el juicio con la breve individuo sufre no sufre inde ministrativo en cumplimiento de REMITIDOS.
dad que la ley indica, se deter bidamente una pena. Una ley sus deberes.
Sobre asuntos de interés general y esminó claramente la pena.
señala las circunstancias que pue Aun en el caso de que se hncritos eu forma conveniente, juicio de El señor Gutiérrez interpuso el den servir de base para decidir biora procedido injustamente conla Redacción, serán publicados gratis.
Publicaciones de otra naturaleza, si fue recurso de revisión.
que el individuo se encuentra de trn el señor Gutiérrez, la nutoriren admitidas, lo seráo precios conven Antes de que el funcionario i tenido arbitrariamente; y estas dad política superior era quien cionales.
perior del orden administrativo, circunstancias, por lo que hace a debia resolverlo así. Para qué decidiera definitivamente en vista las atribuciones del Juez quo vi sirve, de lo contrario, el recurso SUSCRICIÓN.
de los diversos informes que de sita la cárcel, no se refieren a los de revisión, si unas cuantas quePor un mes. 100 PAGO ANTICIPADO.
bian suministrársele, el señor Juez hechos mismos que originaron la jas, bastante tiernas, y un juez Número suelto. 010 de 1! Instancia se presentó en la pena, sino In manera como ésta bastante benévolo bastan para cárcel pública verificar la visita se aplica derogar una providencia de cade costumbre. Oyó las quejas del Pero hay otro punto más im rácter adrainistrativo?
CALENDARZO. Sr. Gutiérrez, y declarándolas portante todavía.
Esta misma doctrina se halla ENERO DE 1886.
fundadas, ordenó que dicho Sr. Los funcionarios de policin son consignada en el artículo 18 de HOTEL MES TIENE 21 DIAS. quedara en libertad.
empleados del orden administra la ley reglamentaria de 18 de feEl Gobernador de Puntarenas tivo, y dependen del Poder Ejebrero de 1852, que dice asi: Mart. Vigilia) Santos Telesforo, di parte de lo sucedido al Poder unvo.
Corresponde la Corte Supr. papa y mirtir, Simeon y StiLo que ellos resuelsen no nuema de Justicia lite longe, y Santa Epi. Ejecutive Nacional; y éste, por liana y Apolinar Virgenes conducto de la respectiva Secre de ser revisado sino por la auto 189 Librar autos do exhibición Mier. La Adoración de taría, solicitó de la Suprema Corridad superior del mismo orden conforme la ley respe los Santos Reyes, Gas. te una improbación legal de lo Luego el Sr. Juez, al poner siempre que lo solicite alguna perpar Melchior y Baltazar, Sanen libertad don Pedro Gutié sona que se halle restringida en tos Nilamón y Melanio obisque habia hecho el Sr. Juez La Suprema Corte ne here. rrez, se salió de la esfera de su su libertad por algúa funcionario suelto aún jurisdicción, invadió la esfera dependiente del Poder Judicial.
Pero el sellor Juoz se ha defen Ide In jurisdicción ajena. Destru Otro hecho, de diferente care DIARIO DE COSTA RICA. dido.
yó un procedimiento de una au ter, pero de tendencia análoga al segurs que el artículo 998 toridad que no está sometida la anterior, viene demostrar que el señor Juez gusta demasiado de del Codigo de Procedimientos lo suya.
Uua controversia salva completamente.
Si el Sr. Juez tuviera de su inmiscuirse en asuntos que no son Tenemos a la vista la defensa Veamos el artículo: parte toda la razón, podia llegar de su competencia.
del Juez de 1! instancia de PunTambién otorgará (El Juez) se a este caso: El presidio de San Lucas está tarenas, dirigida al Supremo Tri la libertad a los arrestados por Sabe la autoridad política que bajo la dirección única y exclusi.
bunal de Justicia; documento en pena, y los detenidos arbitra un ciudadano conspira: sabe que va de agentes del Poder Ejecu que más de analizarse algunos riamente, cuando por los libros de tal conspiración surgirán ma tivo.
puntos de derecho, se emiten opi del Alcaide conste que aquellos les graves Ordena, una hora an. Sin embargo um dia estuvo ali niones y se hacen comentarios de cumplieron su condena que estes de la visita de círcel, la de el señor Juez; le pareció que el masiado severos contra uno de tos se hallan detenidos de un mo tención provisional del sindicado. dulce que se servía los presos!
Jos Secretarios de Estado, el Sr. do indebido, por más tiempo que Pero el señor Juez, que se enter. no era muy bueno: y en seguiD. Ascención Esquivel, y se pre el que las leyes requieren expre nece mucho; que tiene delicadísi. da asumiendo una actitud terrisentan comparaciones muy lasamente, en lugar privado; pro ma conciencia; alma de sensitiva; ble, empleó severos términos de mentables por cierto, entre el re cediendo en todus estos casos que no tolera el sufrimiento de censura. Casi provoca un genedimen actual y el que existia en contra los reos de detención arbi nadie, sin aliviarlo con el bálsu ral levantamiento contra los suafios anteriores.
trarin, si fueren de su jurisdicción mo de su autoridad redentora, Iperiores del establecimiento. Así Queda abierto un debate que Sin grande esfuerzo de imagi dispone la libertad inmediata dello daclaran personas respetables ho de lo que existe nación y sin necesidad de un aná detenido Bloo antud, cool entre las cuales recordamos al pos, Esto documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Czano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud Costa Rica
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