Guardar

DIARIO DE COSTA RICA.
aplicársele justamente lo expuesto en Justicia, se dirige al Secretario del constituyen su naturaleza. Todas las Si Bernardo Soto cumple estricel párrafo anterior. Pero es igual Supremo Tribunal. No dice como providencias del Ejecutivo tienen re tamente la ley, como Jefe de la Nación mente cierto que desde que el tan mo llegó su poder la nota del Goberna medio en caso de error, ya en su fuen si sacrifica todo interés mezquino en desto como insigna ciudadano Prospe dor ni la copia del proceso que se te en los supremos Poderes Legisla aras del sagrado interes de la Petris; si ro Fernández, mató las tinieblas vita. refiere, lo cual no implica nulidad, pe tivo y Judicial. Ninguna resolución alivia cstu de la congoja de la penulizando con la ausencia de ellas el foro si no recomienda bien al señor Mi ejecutoriada del Supremo Poder Judi rin suprimiendo tanto destino innecesa co de luz de la Nación, y desde que nistro como conocedor de las prácticas cial puede ser alternda por otro Poder rio; si promueve la moralidad conti obedeciendo al sistema salvador que de gabinete.
Nacional. Es esta la razón porque nuando en el desarrollo de la inatrac.
produjo tan feliz medida, el Gobierno El concepto general de la nota lo el Supremo Poder Ejecutivo es especión, sosteniendo imperterrito la lucha se ha esforzado en hacer que irradian a precio del mismo modo que el de la dito en su acción y el Supremo Poder contra el oscurantismo y continuando do la luz del modo más intenso lleve de 24 de diciembre de que voy oct Judicial debe distinguido por la ma en la práctica del deeoro y la decenvida y nobleza a todas las conciencias, parme.
durez reflexiva y formal de sus inmu cia, llega a implantar en la República se ha puesto ya en el corazón del Pue En el n! 271 del citado periódico tables resoluciones.
el imperio concienzudo de la ley, blo costarricense el germen fecundo oficial, en la sección, Cartorn de Jus. Si el Supremo Poder expedito no pesar de ciertos lunares inseparables de independencia y democracia, por ticia, se registra dirigida al Goberna. hizo cosa alguna en diez y siete dias de la vida, quiérase nó su nombre que la dignidad humana no tiene ma dor de la comarca de Puntarenas una como pretende tener título para incul entrará en el templo de la gloria y yor enemigo que la ignorancia. comunicación firmada Ascención Es par al Supremo Poder reflexivo, por allí hasta los niños con gratitnd aprenDonde hay ilustración y cultura to quivel. No tiene número y es natu que no satisfizo sus deseos en el curso derán deletrearlo, a la vez que ada lucha es fructuosa: nosotros los qne ral, porque mientras estén vigentes de doce dias, si debia ajustarse en sus prendan deletrear las hermosísimas no sabemos aprendemos y los hombres nuestras leyes será la primera y la úl procedimientos a formalidades impres palabras, PRÓSPERO FERNÁNde ciencia llevan su civilidad hasta es tima que la Cartera de Justicia diri cindibles DEZ, PROGRESO, LIBERTAD.
cuchar y juzgar los conceptos do los ja un Gobernador sca el que fuere. El soñor Ministro de Justicia hizo Florencio Castro.
profanos.
Esa comunicación no necesita co uso de un argumento contraproducenAlentado por esta fe, voy a ocupar mentarios. Mereció la improbación tem.
me de la célebre cuestión que hoy esplicita del Supremo Poder Judicial. El derecho politico administrativo De interés público, atrae hacia si Ins miradas del público Fundándose el señor Ministro en la establece las reglas que deben sugeCon gusto hemos sabido que los con motivo de la conducta observada doctrina del artículo 245 del Código tarse las prácticas de Gabinete y ni el señores Crespi y de Gatskoffsky, empor el señor Juez de 19 instancia de Penal que dice asi: El empleado del Ministro de Policía ni el Ministro de presarios de Baños Termales en Agua Puntarenas.
orden judicial que se arrogara atribu Justicia las han observado en el caso Como para juzgar te necesita tener ciones propias de las autoridades ad presente.
Caliente, en vez de llevar a cabo su empresa en la escala que propusieron dos oidos y hasta ahora, en este asunto, ministrativas impidiere estas el Hay más.
solamente he ejercitado el que escucha ejercicio legítimo de las suyas, sufrirá Por uno de los abusos que en el al principio la excelentísima Municilo que ha dicho el Supremo Poder Eje la pena de suspensión de su empleo en tiempo aciago que me he referido palidad de Cartago, según el deseo de cntivo por sus órganos naturales, los su grado medio. Pero olvido la antes cometian los hombres de presilla todos han resuelto ahora provocar una Secretarios de Estado sus agentes lógica.
y que hoy la legalidad hace imposi suscrición pública con el fin de ausubalternos, no entrare en el análisis En la misma pena incurrirá todo bles, el señor General don Vicente mentar los edificios y comodidades, en y apreciación de los hechos que han empleado del orden administrativo que Vargas pretendiendo ampararse del una palabra para hacer un lugar de motivado la cuestión.
se arrogase atribuciones judiciales artículo 198 del código de procedi recreo digno del país. Con esto han Voy manifestar a la ligera con impidiere la ejecución de una provimientos, mi juicio se colocó en el obrado cuerdamente, porque tratándo.
respoto y sincera enteroza, mi humilde deucia dictada por tribunal compe caso segundo del artículo 245 del cose de una empresa de la naturaleza de juicio sobre la conducta de los Supre tente.
digo penal, negándose concurrir la presente, bueno es no omitir esfuermos Poderes Ejecutivo y Judicial en Como la verdad es toda la verdad y una citación del Supremo Tribunal zo, ni gasto conveniente efecto do el asunto en referencia. o una parte de la verdad, así el artí. Este es uno de los motivos porque que el resultado definitivo corresponda que en un todo los propósitos que se coEn el n! 262 del Diario Oficial se culo 245 copiado, no es la parte pri se inculpa como de poco activo esc nocen.
publica una comunicacion del Gober mera en que pretende fundarse el se alto Poder Nacional.
nador de Puntarenas dirigida el 20 de nor Ministro de Justicia, sino también Hasta ahora no contamos con un luEl señor general tiene una escusa noviembre de 1885 al Ministro de Po la parte segunda cuya observancia que no favorece al señor Ministro de gar que propiamente deba llamarse de este de a conunica fundadamente reclama y debe llevar a Justicia. Aquel no hace profesion de clima simplemente para descansar, recreo. Nadie, sea para cambiar de ción revela que el señor Gobernador la práctica el Supremo Tribunal, por jurisconsulto.
pensó lo que hacia.
que ésta no consiente ni consentir de El título 6º del código de Perocedipuede ir hoy a las costas del mar, co01 Pasados 17 dins, es decir el de be que su autoridad sea tenida nunca mientos en cuyo capítulo 49 se encuenmo es costumbre en Europa y Estados diciembre, el señor Ministro de Policía en menosprecio.
tra el citado artículo 198, habla del Unidos de América.
contestó al Gobernador.
No por la importancia que tenga juicio civil ordinario y en manera alEnfermizas como son nuestras cosNo quiero hacer apreciación de la para el asunto sino porque la formalignna se refiere a juicio criminal: hn tas los médicos suelen mandar los parespuesta: el público la ha visto publi. dud siempre es conveniente, suplico bla del Juez de la demanda, de ningun cientes Europa; pero hemos tenido cada el dia 15 de diciembre anterior y los miembros del Gabinete se sirvan modo del Supremo Tribunal.
noticia de que algunos, ya preparados espero que me disimule que crea que fijar su atención en cual de los dos Mi odo privilegio es odioso y necesa para el viaje, han desistido de el y relas palabras La intervención del se nistros que se dirigieron al Goberna riamente la ley que lo consagra, debe suelto esperar dos meses más, hasta nor Juez de Instancia, dando liber dor de Purtarenas hizo bien: el que se tomarse en sentido restrictivo, en aca que los establecimientos de Aguu Catad al señor Gutiérrez, es una intru firmó Dios gunrde Duran el tamiento del sagrado principio odin liento estén abiertos al publico, y alsión ilegal ete, envuelven una afir que firmó Soy de ntento servidor, restringi, favores convenit ampliari. quilar alli una bonita cnsa de campo de mación para la cual no alcanzan las Ascensión Esquivel.
Digno de notarse es que el estilo y la empresa y tomar los baños, todo lo facultades del señor Ministro.
La ley prohibe todo funcionario tono de las notas del Sr. Ministro de cual les costará mucho menos que la Principios fundamentales del dere público ejecutar las órdenes que se le Justicia dirigida la una al Gobernador cscursion a Europa con el mejor recho y las leyes positivas que los con trasmitan sin las formalidades del caso; de la Comaren de Puntarenas con fu sultado para su salud.
sagran, lo declaran así: nadie puede y en consecuencia el Gobernddor de cha 24 del pasado y la otra a la Corte Una de esas personas, ha dudndo ser Juez en causa propia.
Puntarenas no tiene obligación ni fa. Suprema de Justicia con fecha 14 del solamente si el fastidio no hará des.
Creo que el schor Ministro habria cultad para cumplir las instrucciones corriente, hacer recordar más bien al agradable esa imitación de Wiesbadent procedido muy bien, si en el curso de que le comunique el Ministro de Jus maestro de escuela que se dirigin sus Ostende, Callerbae Co se debe creer los dies y siele dias que dejo pasar ticia: no es el órgano legal, discípulos en tiempo en que habia pal. eso. Sus ciento cincuenta mil habi anstro pretende también meta, que pensar en el altísimo funcio tantes que desde Alajuela lasta Carta ra hecho que en debida forma se con como fundamento para el contenido de nario que representando un Poder go; están a dos horas de dis bultara el caso al Supremo Poder Jude su nota de 24 de diciembre la poca Supremo se dirige a otro Supremo Po los baños, acudiran ellos, y habra dicial, evitando así una intrusion ilegal, actividad que imputa al Supremo Tri der.
con quien pasar el rato, pero si lo que de acuerdo con la indicación tan opor. bunal; pero este argumento es contra Yo quiero la felicidad de Costa Ri se desea es la sociedad, tal como se la tuna del altimo párrafo de la nota del producentem.
ca y como la ilegalidad la hace impo encuentra en lugares de la misma esseñor Gobernador, Los dos Supremos Poderes son e sible, combato lo que creo ilegal. pecie do Europa, este deseo será satisCon fecha 12 del mismo diciembre, sencialmenne distintos en su organis. No quiero ni puedo censurar nin fecho, uos parece.
es decir 22 días después de la fecha mo.
guna de las personas que hoy compo El señor de Gatskoffsky seguirá dende la nota cel dicho Gobernador al La espedición activa en el uno y la nen el Gobierno, porque todas mere tro de poco tiempo al Istmo de PanaMinisterio de Policía, el Ministro de reflección madura y formal en el otro, cen mi aprecio y estimación. má, a todas las demás Repúblicas de Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud Costa Rica

    Democracy
    Notas

    Este documento no posee notas.