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DIARIO DE COSTA RICA.
Esa organización impide que el Ordenar zas españolas de tierras y utilidad ha reportado Costa Rica con impuso con la emisión de la ley tantas independiente quepa en los domi aguas de 25 de enero de 1574 declara secuencia de las leyes de tierras de veces citada y por la cual se confiscó, nios de la política activa. Levan das vigentes por el altimo artículo del 1828 y años subsiguientes, olvida que tal es el verdadero nombre, un precioe evante ideas Código general de la República (1841. sin los extensos y excelentes potreros so derecho adquirido legalmente desde y tiene, siempre que el caso se pre Co Costa Rica, abundante de terrenos in de cria y de engorda del valle de Turri dos años y medio antes. 21 de diciemcultos y baldíos y pobrísima de indus alba y colinas adyacentes, varios de los bre de 1871) que no por ser un deresenta, fuerzas leales que lo apotrias, prometió para desarrollar éstas, articulos de primera necesidad que se cho deja de ser una propiedad tan digyen sin más interes que el interés que las personas que durante cinco consumen en todo el interior de la Re na de respeto como todas las demás político del triunfo de la causa, los congecutivos por lo menos, culti pública habrían sido desde entonces y propiedades. Esa confiscación, esa ex6 del sostenimiento de su horra. varan cierto número de plantas de ca serían todavía más escasos, y por con propiación forzosa y violenta, esa inSin verdaderos partidos, todo cao procreáran y mantuvieran cierto siguiente más caros. Por otra parte Gil justicia sin paralelo y sin igual en los es delenuable y efímero.
número de cabezas de ganado vacuno Blas debiera saber que la validez de anales de Costa Rica, produjo mi ruila Todo tiene peligros de retroce o caballar, obtendrían no solamente la los compromisos no depende del resul na y ha sujetado durante de propiedad de las tierras que con tal in tado más o menos pingüe que estos años mi familia privaciones inmeder más tarde.
tento ocuparan, sino también cierta tengan. Con prescindencia de los efec recidas. Pero ésta, dirá Gil Blas, es Los liberales que rodean al Gocantidad de otros terrenos en los baltos, en las obligaciones condicionales cuestión baladí. Este, diría yo, es bierno, los que lo apoyan, los que dios de la República. Ahora bien: así que son contratos bilaterales, cumpli asunto muy serio: el último de los ciuparticipan de su programa, ver para las plantaciones de cacao como da la condición por una de las partes, dadanos de Costa Rica tiene tanto dedaderamente progresista, no deben para la formación y mantenimiento de debe cumplirse el condicionado por la recho que se le proteja y ampare en echar en olvido esta verdad. los potreros, se necesitaba, como no otr henma no otra. Este es un aforismo trivial. su propiedad, como el más encumbraLa bandera está desplegada. puede ignorarlo ningún agricultor, desQue don Francisco de Paula Gutiérrez do magnate. De otro modo no merececumplió el condicionado, no puede po ria Costa Rica ser clasificada entre las Agrúpense alrededor de ella cuajar montañas vírgenes, desmatonar cu los que guardan como fe arraiga muchas veces, desyerbar menudo, nerlo en duda quien lea el expediente naciones cultas.
respectivo. Queda pues, por cumplir Ya no podrían establecerse nuevas encible esperanza, construir cercas y repararlas, dominar, la condición, sea la promesa que pa reclamaciones porque conforme a los la doctrina que ella simboliza.
en una palabra, la naturaleza rera él y sus sucesores hizo Costa Rica decretos de de diciembre de 1881 y Nada de disidencias, por secunnvente y salvaje; y todas estas operapor medio de varios Gobiernos y Con 29 de diciembre de 1883, la acción ciones y otras muchas, indispensables darias que sean.
gresos, desde 1828 hasta 1835.
para dar cumplimiento a la ley, debian para pedir la propiedad de las tierras Así se asegura de un mode tranpracticarse en climas mortíferos, ál.
Mirada la cuestión desde otro punto cultivadas en virtud de la ley de 29 quilo el porvenir. Así el inde gran distancia de los centros de pobla de vista, el cumplimiento de esa pro de octubre de 1828 y años subsiguienmesa no significa pera Costa Rica más tes quedó prescrita desde el 30 de jupendiente no surge, sino que se ción, con pésimos caminos intermedios, me que la cesión de uuos cuantos baldíos lio de 1884. si desde esta última queda en su corrillo, siempre con y en épocas primitivas y remotas en de bajo precio, mientras que para una fecha no puede establecerse la acción la hiei en el alma, siempre con la que para tales faenas y trabajos no familia pobre representa un valioso pa principal para adquirir el dominio de abundaban como ahora los recursos y censura en los labios.
elementos. Aun hoy después de más de trimonio de que fue despoiada injusta las mismas tierras cultivadas, menos mente por un Congreso, y que sólo el puede intentarse la acción adicional medio siglo de mejoras y progreso, el Congreso puede devolvorle, conforme por gracias de tierras que es accesocamino de la Ciudad de Cartago al vaContestación Gil Blás lle de Turrialba, que esas gracias de la legislación de Costa Rica. Los to ria y secundaria.
rrenos baldíos denunciables, aquí como Hoy con el cambio de las circunstierras se refieren, está lleno de peli len todos los países americanos, valentancias, los terrenos baldíos que pueHe leido el artículo injurioso y lle gros en la estación de las lluvias, que poco. Para convencerse de esta verdad, den denunciarse valen menos que en errores ane ha sido publicado en aquel entonces duraba todo el ano basta fijarse en la ninguna importancia 1874 en que estos se hallaban cerca sudnime Gil Blas en los por la abundancia y especura de las que se les da hasta en estos últimos tiem de los centros de población, y el país de El Trabajo selvas. Aun hoy, despues de mas de pos de relativo progreso y desarrollo. era más rico y no se había prohibido non Hago un lado las injurias porque cincuenta anos de desmontes, deseca Lenee si cincuenta años de desmontes, deseca Leánse si no los artículos 21 y 22 de la fel denuncio de demasias. arts. 589 y de amienciones y cultivos, aquel bellisimo valle ley de de febrero de 1884. Véase 545 del Código Fiscal. Así queda dev ago rectit es todavia madriguera inagotable de también la ley muy reciente de 29 de mostrado que también son puramente car los errores.
hebres paludianas. Mi padre, con le in mayo del corriente año de 1886 que imaginarios los temores que acerca de Además de la sucesión de don Fran queurantable en esa promesa, fecha concede un solo ciudadano, por la estos puntos abriga Gil Blas quien, cisco de Paula Gutiérrez que represenly ratificada, como dejo dicho, por va construcción de un corto camino de por ctra parte, suplico se sirva pasar rios Gobiernos y Congresos, se sujetó herradura, una cantidad de dinero y lá mi bufete para probarle con títulos to, solamente la de don Rafael Mata y todas esas condiciones onerosísimas, un premio de 4525 hectáreas (100 oficiales, firmados no por con Jesús las de don Diego y don Anselmo Sáenz y compró además sus derechos otras caballerías) de terreno baldio fueron perjudicadas por la ley de 22 y compro ademas sus derechos a otras caballerías) de terreno baldin esa Jiménez, sino por don Tomás Guardia, 1874. Esto lo saben cuen personas que se hallaban en su caso, ley, según aparece en las actas rescuán equivocado está igualmente al tos conocen la historia de esa artera según demostré legalmente ante el pectivas, ha pasado con beneplácito afirmar lo que afirma en el párrafo fiJuez de Hacienda Nacional en el ex general de los distinguidos ciudadanos Jual de su artículo. De sesenta caballesucede que los herederos del Sr. Mata pediente respectivo.
que hoy representan Costa Rica en rias pasaban los terrenos denunciados, cedieron su crédito al Gobierno en pa Si a un simple particular puede el Congreso Nacional. Pues bien; esas medidos, adjudicados y titulados fao de una deuda, de lo cual hay cons obligársele de grado o por fuerza a cien caballerías decretadas a favor de vor de la sucesión de don Francisco de tancia oficial en el Ministerio de Ha cumplir una promesa condicional, una sola persona, forman más de la Paula Gutiérrez, cuando se expidió cienda. Así es que no quedan en pié cuando la obligación ha sido cumplida cuarta parte de la suma total que co la famosa ley que combato. en sólo más que tres reclamaciones, una repre por su contraparte, no puede ser justo rresponde, conforme la Djecutoria las medidas y gastos incidentales de sentada por mí, otra por los herederos ni honroso, en ningún país que haya en cuestión, toda la numerosa des semejante cantidad de terrenos que de don Anselmo Skepz y la tercera salido del estado de barbarie, que la cendencia de don Francisco de Paula hoy nadie pertenecen, tuve que inpor los acreedores de don Luis Diego Nación, prevalida de su fuerza y de Gutiérrez vertir en pago de agrimensores etc.
Sáeny. Por consiguiente, es erróneo lo su situación excepcional, se excuse y se Esa Ejecutoria, por más que lo nie cuantiosas, y para mí enormes sumas que en contrario afirma el enmascara exima con frivolos pretextos de forma que Gil Blas, procede de un juicio ad de dinero, creyendo que en Costa Rica do Gil Blas.
de cumplir una promesa condicional, ministrativo contencioso, seguido por las Ejecutorias eran Ejecutorios, y no Las gracias de tierras no tienen de cuando la condición ha sido fielmente todos los trámites de derecho. Pero ku papel mojado como pretende Gil Blas.
gracias más que el nombre cumplida por las personas a quienes pongamos por un momento y nada más Para evitar repeticiones y para no En realidad son la satisfacción y el se hizo tal promesa. Negar esto, como que por via de discusión que el Juez extender demasiado esta contestación, cumplimiento de una solemne pro parece hacerlo Gil Blas, equivale a que siguió ese juicio y que el Fiscal me refiero como complemento de ella mesa que hizo la nación, nó títu sostener que el debil no tiene derechos de Hacienda Nacional que intervino en la solicitud que elevé al Congreso lo pratuito como lo han croido Gil Blas contra el fuerte y que la Nación cos él y que el Presidente de la República Nacional en 24 de mayo último. al sino baie condiciones onerotarricense no está obligada a cumplir Gral. Tomás Guardia que dió su dictamen de la mayoría de la ComiPor medio de los decreto lecislo sus compromisos, lo cual además de aprobación a la Ejecutoria, faltaron asión respectiva, a los demás antecede 29 de octubre de 1828. de absurdo en el terreno de la ciencia, se sus deberes en este asunto. Por quédentes oficiales que tiene en su poder mayo de 1829. 25 de mayo de 1831 ría inmoral en el de la Etica, y pro la sucesión del Sr. Gutierrez ha de el Congreso, y al vigoroso artículo que y 12 de marzo de 1835, com fundamente injusto e inicuo en el or ser castigada por las faltas cometidas en el número 125 del Diario de Cose plementados por los Reglamentos de den judicial.
por los funcionarios mencionados! ta Rica ha hecho publicar el ilustrado Hacienda de 1839 y 1858 y por las Al insinuar Gil Blas que ninguna castigo es y muy severo el que se le joven y distinguido Abogado Cleto Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
on su crédito al GobiernSr. Mata pediente respectia Nacional en el espectivas, ha parece en las actas rosa lime songamos pode discusión de el Fiscal tienen de cuando la condiciones condicional, ministrativos procede de un juicio ad imiento con la satisfacción y el se bio fa por las personas a quiente todos los trámites de 1930, seguido sa que hice una solemne pro parece hacerlomen Negar esto, como que somos por un momento y nada ma

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