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DIARIO DE COSTA RICA La ruidosa demanda de Don Guillermo Steinvorth contra el Banco Internacional de Costa Rica CIONA Documentos de apertura del juic gocios Pre.
San José de Costa Rica, 28 de referencia y, en la seguridad de que a que se ha hecho referencie, ya sea 227, 500. 00)cargo del referido el girador y endosante queden rele noviembre de 1919.
asi habrá de convencerse Ud. paso en forma de pago, depósito, prenda Banco Internacional de Costa Rica, vados de responsabilidad y el bana exponer tres proyectos de arreglo u otro motivo.
y certificado por este. Según verá que rodirectamente obligado a pagarlo. Nở (76 que pueden resultar en beneficio pa.
usted por la diligencia notarial de De suerte, pues, que si bien el chera ambas partes: Somos de Ud. muy attos.
de protesto, cuya certificación acom que que cobro lue librado por el Señor Director del Yo dejaría el cheque depositado pafio, ese cheque no fué pagado a su Ministerlo de Hacienda en pago de en el Banco en Cuenta Corriente gl Banco Internacional de Costa Rica vencimiento, una operación legitima con CASA DIARIO DE COSTA RICA rando solamente la suma de 25. 000, Con arreglo a lo dispuesto en los Bancaria, el Visto Bueno del girado.
cada semana. El Banco me reconoMuy señor mío. 0) Juan Rafael Chacón, articulos 150 y 162 de la Ley de Camdesligó al Gobierno de toda responceria intereses a razón de anual.
Directo.
Como Ud. ha tenido blo, el expresado instrumento de sabilidad y de consiguiente de todo bien dar Hacer tres Certificados de Decucuta al público en su importante posito a 3, y meses incluyendo comercio es por sí título ejecutivo, derecho para intervenir en el asunto, siendo de advertir, además, que la que solo concierne ya al tededor y diario del procedimiento ejecutivo que, in contra toda mi voluntad y tan sólo intereses de 10 firma del Director del Banco que el Banco aceptante.
cubre el Visto Bueno o constancia Como es sabido el propósito del en resguardo de mis intereses, me Que el Banco me dé una cottsde certificación del cheque, fue de decreto de 27 de setiembre, o he vista precisado a Iniciar contra el tancia reconociéndome intereses a Mi desco vehemente de arreglar bidamente reconocido en el acto del amparar al Banco Internacional de Banco Internacional de Costa Rica razón de 10 capitalizables por men este negocio de manera amistosa y protesto. En tales circunstancias, no Costa Rica para que repudiara sus en cobro de un cheque certifica sualidades vencidas durante el plazo dentro de un espiritu netamente co se me oculta que podria solicitar y obligaciones, lo cual seria aicntatorio; do por dicho Banco por valor de de un año.
mercial y mi temperamento ajeno a obtener inmediatamente la declarato sino unicamente dar tiempo para que 227. 500, de suplico tenga la bon. En estos arreglos propuestos yo he controversius, me hizo pensar en la ria de quiebrs de la Institución deu se uvestigara la legitimidad o la causa dad de publicar integra mi demanda go caso omiso de los perjuicios que conveniencia de visitar al Señor Pre dora, en conformidad con el artículo de ciertos contratos u otras prestaante el Juez gundo Civil junto me causa la demora del pago y que sidente de la República para expo 15 de la Ley de Quiebras; mas esa clones de la Administracion Publica; con los antecedentes del negoclo que no creo oportuno enumerar ahora, perle mi caso y lo iniusto que seria medida, de suyo grave, pues, podria de modo pucs que aquella disposiconsta en la carta cuya copia adjun pues no han de ocultarse a su llus sujetar a infundadas moratorias el provocar una crisis en el comercio, ción no podia legalmente afectar mi to, y que a la letra dice: trado criterio. Yo no exijo el pago cobro de mi legitimo crédito. El Se Do la desco ni la estimo necesaria; y ucienu qucci Banco. pogase inmediato, pero sí deseo tener en mi for Presidente me manifestó su bue prefiero acudir a otras vias legales conforme estaba obligado. Sin em San Jose de Costa Rica, 28 de OC poder documentos negociables pues as disposición en el asunto y que mi para obtener el pago de mi crédito, bargo, en mi deseo de obvler ditt tubre de 1919.
asi lo requiere el orden de mis ne cheque seria pogado junto con los que es lo único que me propongo cultades, de alejar hasta la mas ligera intereses; pero que debis esperar la con estos procedimientos judiciales sombra de duda acerca de la proce 144 El objeto de la presente es pues, ues, acción de la Alta Comisión lavesti. que muy pesar mio me veo pre deocia boncsta de mi cheque y sobre todo, de parar siquiera en parte Señor Administrador del Banco In suplicar al Sr. Administrador de con gadora, a la cual correspondía decir cisado a establecer.
la Gltima palabra.
los perjuicios de que la injustificada siderar los arreglos propuestos o projernacional de Costa Rica.
Fundado, pues, en los articulos de Como yo misso tengo interés en 150, 151, 152 y 163 de la Ley de acudi voluntario a la Alta Comisión Fondsco, pues. Os articulos dcgativa del Banco me ocasioorra, poperme, otros de acuerdo con la Dique se haga luz en este asunto y se Cambio de 25 de noviembre de Investigadors rectiva del Banco, los que voami que se haga luz en este asunto y se vex que la obligación que cobro no 1902, y 453, 465, 467, 480 y 481 del bumero de de setiembre de este creada por Decreto vez tendria el gusto de considerar, tiene mácula que justifique una dila. Código de Procedimientos Civiles, sno, Muy señor mío, pues, como yo dije apres, mi deseo. Me permito referirme al cheque es llegar a un arreglo amistoso de la toria en su cumplimiento, acudi ce pido a usted que en vista del che asunto; dicha Comision como era de someler su conocimiento el que el 30 de Setiembre pasado me dificultad por mucho que sé que la cuanto fué posible a someter mi ca ca que de que he hecho atención y el esper so a dicha Comisón, la cual dicto la protesto por falta de pago del mis al articulo 175 de la Ley de Cam10 fue protestado por esa respetable In justicia está de mi parte y que en un COCODY. El esperarse, consideró Que conforme Hución en virtud del decreto del Eje litigio los tribunales habrían de 2mresolución que dice: utivo del 27 del mismo mes, y ma pararme. SI, contra lo que es de Que conforme al articulo 175 de contra el expresado Banco Soteros mo, se sirva despachar ejecución bio, desde el momento en que da la Ley de Cambio, desde el mo. coml de Costa Rica, hasta por la reputa pagado con respecto al gira.
Banco certifica un cheque, este se bifestarle lo siguiente: perarse, la Administración del Banco mento que un Banco certifica un suma de doscientos veipcisiete mil dor, y que por lo tanto el Gobi rao Mis gestiones son encaminadas a llegare a juzgar que no es el caso lar al. nagar de arreglar el asunto amis. de entrar en una cheque, este se reputer pagado con colones, valor del giro, mái unto Amis de entrar en ua solucio os, respecto al girador, y que por 10 cuenta por ciento de ley, cio. no tiene responsabilidad algula para osamente; he tenido ya ups entre, como yo quisiera, entonces le ruego le ruego taco el Gobierno no tiene respon reses y costas; y que ore. ate el reclamante cod morivo del el Señor Presidente de la se sirva nacermtio saper e sabilidad alguna pars ante el recla Jesde cheque en referencia. Acompano fuego, el embargo prevent Epública y otra con el Señor Mi. mar las medidas que convengan a mi Je bie In comunicación on que se me trasmante con motivo del cheque en redes del deudor en cantidad suficien cribe lo resulto por la Comision Istro de Hacienda, quienes están de derecho.
ferencia.
çuerdo en que, siendo el cheque de Con todo esto verá Ud. Señor te para asegurar el éxito de la ac Las observaciones anteriores tiegIgitima procedencia, como lo es, el Quedo en espera de su resolución ción.
Director, y verá el público que mi deo, no a robustecer los fundameninco está obligado a pagarlo justo y me suscribo de Ud. atto.
proceder no tiene nada de violento. Como según reza el acta de pro fos de mi scción, cosa innecesaria en po los datos que me sean ocasionani acusa mala voluntad que no reago testo, el Director del Banco dió vista del tirulo, ejecutivo que repreps, sin que obste para ello el men GUILLERMO STEIVORTH para nadie, y que mi propósito no como única razón para omitir el ps sento, sino a desautorizar la ncgaPonado decreto. Estoy enterado de es crear en modo alguno dibculta go del referido cheque que aunque tiva del Administrador del Banco que el Gobierno se considera en el des al Banco Internacional de Costa el cheque que se cobra tiene el Vis honrar, como es debido, la ob igaEber de lavestigar la procedencia esta carta contesto el Banco Rica, sino simplemente compelerle to Bueno puesto por Juan Qui cion por el asumida en nombre de todos los ebeques emitidos por el asi: a pagarme lo que justamente me ros, su antecesor en la Dirección del su representado; y esto, en el caso obierno pasado inclusive los acepdebe.
establecimiento, cuya firma recono de que derogando los principios uni.
dos por el Banco. Pero es el caso ce. no lo paga por lo dispuest) en versalmente a. mitidos en materia de be el Eleoutivo no ha logrado has Cate dal Rana Internacional da Caeta Rina Carta del Banco Internacional de Costa Rica Agradeciendo Agradeciéndole la publicación de el decreto numero cuatro de veinti letras de cambio, se pensare que és la fecha lotegrar la Comisión Iaesta carta me suscribo con toda con siete de los corrientes (setiembre. ta puede ser modificada en sus con estigadora y como a mi me precisa sideración y a fin de poner de manifiesto lo mn. secuencias jurídicas, por actos o disque el asunto quede definido en una Banco Internacional justificado de tal excepción, juzgo posiciones ulteriores de donde quiera ora forma, me permito explicar a de su atento seguro servidor, pertinente observar que el aludido que vengan. Art. 17 de la Ley de pntinuación la procedencia del che Costa Rica decreto, según puede verse de los Cambio. STEINVORTH términos en que está concebido, y Acompaño juntamente con el cher El de Agosto se me propuso com Dirección telegráfica las circunstancias que la motivaron, que referido y su protesw, cons.
ar una letra de 50. 000, con plazo Bacinter se refiere a obligaciones contraídas cia de la personalidad del Banco y 80 de Setiembre, quedando entenpor el Estado o a cargo de éste; de del señor Chacón como Ativiisure Ao que me darian un cheque acep San José de noviembre de 1919 ningún modo a las de personas o dor del mismo, do por el Banco Internacional p2instituciones privadas independientes Para los efectos fiscales estimo est dicha fecha. Como la venta ce Señor Don Guillermo Steinsorth DEMANDA del Estado, y que, por su propia na ta demanda en trescientos ciocura tras e plazo está en la línea de mis turaleza, escapan de la intervención mil colones.
gocios y pareciéndome la firma del Presente, guberpativa, pues como dice el articunco Internacional fuera de toda Señor Juez Segundo Civil Sirvase, se for Juez, proveer de lo 50 de la Constitución Politica, Tas conformidad y despachar la ejec eión da, cerramos el trato al cambio de Muy señor nuestro: Yo, Guillermo Steinvorth Marin, o la moralidad acciones que no toquer con el orden y embargo como lo tengo solicitado. El tipo de cambio no era exLivo, pues como Ud recordara, RIPE Dama Ild Chordará en públics, o que no Nos permitimos frascribir a ud, el mayor, casado, comerciante y uc CSC producen daño o perjuicio de terce feina de mi bopado. Llc, doo Luis Serialo para oir notificaciones 11 ps dins 4bo ventas al 430 y articulo de la Sesión número 293 vecindario, ante usted con el respeto respectivamente, correspon celebrada por la Junta Directiva del debido, comparezco a establecer de.
Sendo la diferencia de puntos a los Banco Internacional de Costa Rica el manda ejecutiva contra el Banco In El Banco Internacional de Costa Wereses por el plazo que yo conce día tres de los corrientes, que dice: ternacional de Costa Rica, de este Rica es, por el Instituto de su fun.
San Jose, 28 de noviembre de 1970. is en la operación. Todo esto se Vista la exposición que pre domicilio, representado por su Di dacion, una entidad Independiente ede comprobar facilmente, pues to senta el señor Guillermo Steinvorth rector Administrador señor don Juan (Decreto 16 de de octubre de consta en mis libros. La suma se acordo comunicarle que la Junta Rafael Chacón Paut, mayor, casado, 1914, articulo VII. y está sujeto en. Guillermo Steinvorth 50. 000, aparece debitada en la Directiva debe acenerse a la Ley mo. sericultor vecino de esta ciudad. cuanto a las operaciones de su trati prera del Royal Bank of Canadá, ratoria número de 27 de selembre en virtud de los hechos y funda. co mercantil, a las consecuencias que No tengo el gusto de acompafiar de 1910 cuvo articulo la letra di. mentos de derecho que paso a ex. de ellas pueden deducirse, conforme a la presente.
me ce: la misma moratoria quedan poner: a las leyes y usos del comerció.
Todas cuantas Investigaciones se ha sujeras todas las obligaciones con Presento el cheque a ml orden El articulo 175 de la Ley de Cam Luis Anderson la conducirin siempre a poner en traidas por el régimen pasado en que bumero 109, 853 por doscientos bio, sesia como efecto inmediato de Tro in legitimidad del cheque ea hayan mediado los cheques o bonos velaisiete mil quinientos colones la certificación de un cheque, el que cción de la ley Anderson Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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