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DIARIO DE COSTA RICA TRIBUNA LIBRE Intereses Generales la Organi Pottica del Dr. VICENTE CASTRO ancios Ile se realidads Las celebró. Comonzalez Flo.
le he atante de The Costa Rica Oil Corporation se dirige al Congreso manifestando que el contrato petrolero, es legitimo y se está cumpliendo sin dificultad para ambas partes.
Toda cuestión en este asunto debe ser sometida a los Tribunales de Justicia.
CONGRESO CONSTITUCIONALE de Fomento, de fecha 29 de diciem de 1917 le fue notificado al Gobierno la constancia nuestsal nie dat door ons bre de 1916, en la cual se hizo cons como he dicho, el traspaso de la conce mento respectivo.
cución por ambas partes contratantes Yo Herbert George Wilson, et tar la existencia de la concesión son a The Costa Rica Oil Corporation, La Corporación, de su lado, ha La situación creada por dicho con nombre de The Costa Rics Ol otorgada a Greulich.
La Secretaria de Fomento no hizo repa cumplido puntualmente todas y cada trato establece relaciones juridicas Corporation, de Delaware, Estados esos documentos, que fueros to al reserva sigesos, limitandose a una de sus obligaciones contractusles entre el Estado y The Costa Rica Unidos de América, muy respetuoss base de la segociación, los Directo tomar razón de ela aprobarlo co como concesionaris, sin economizar Oil Corporation que no podrían ser mente comparezco ante la Repreres de la Costa Rica Oil Corporamo becho de acuerdo con las esti esfuerzo si gasto para gae los pro modificadas sino por resolución de sentación Nacional, en concepto de tion so podian menos que dar es. pulaciones del contrato, segúa reza pósitos de la concesion, de los cu2. los Tribucales de Justicia, únicos e apoderado generalisimo de dicha cor tera fe como setos oficiales del les, bien se comprende, no tan sólo quienes, dentro de la organización poración, a manifestar lo siguiente Gobierno de Costa Rica: y de ahi ells sino la República en general re política del país, corresponde hacer En el Diario Oscial de esta misma su convencimiento de que el contra portaria ingentes beneficios, lleguen declaraciones de derecho.
fecha, se publica un informe de la co que adquirian, mediante un crea ser realidad. Se han realizado en El argumento en que la citads Co Comisión de Obras Públicas decido precio, era cierto, legítimo y el territorio concedido vastas explo misión funda su juicio es que, en su Cimare, relativo a la concesion partibre de todo ataque, cn cuanto a su Fashs de la Societat catat siji raciones y se han seleccionado las concepto, el decreto número 51 de explorar petróleo y otras sustancias e efectividad legal. Ni en el momento Especialista en les startades del resta áreas de explotación, cuyos planos 12 de agosto de 1916, aprobatorio hidrocarburadas en las provincias de de conte de contratar, al posteriormente, asalse hallan en la Secretaría de Fomen. del contraio Plato Greulich, so dió Limón, Puntarenas y Guanacaste, to tó la mente de los Directores de la Dispone de los conocito; y está ya establecido en la región sin observar los procedimientos consotorgade por contrato celebrado entre Corporación la idea de que la con mientos necesarios para bacer de Talamanca, el primer campo de titucionales y reglamentarios requela Secretaria de Fomento y el seno cesión pudiera ser contestada por perforación, donde desde hace me ridos; más ese parecer cuyos fundeLeo Greulich, el 23 de setiembre el diagnóstico microscópico sadie y menos aún por el Gobierno ses se trabaja constantemente, de día mentos jurídicos no me toca discutir de 1915, aprobado por decreto del bosto que aparecia otorgándola.
del cáncer.
Congreso No. 51 de 12 de agosto y de noche, en busca del descado en la presente ocasión; pero de los petróleo. Al frente de estas obras, cualcs me atrevo a afirmar que no de 1916, y confirmado por la reso Debo decir que el Gobierno, por Odcise: Frente al Parque Cesc COD que son de especial importancia, pues resisten el menor análisis judicial, lución No. de ese Alto Cuerpo, su parte, no ha manifestado duda altiguo a local que ocupó lasa de ellas dirán la última palabra acerca revela tan sólo un criterio de los dada el 10 de noviembre del mismo guna respecto a la perfección y efecSalad de las posibilidades petroliferas en miembros de la Comisión, diverse, atio, visibles en el mismo Diario tividad del contrato. Asi se deduce aquella zona, se halla uno de los Vi en cuanto a la interpretación y apet cial No. 113, correspondiente al 12 de hechos concluyentes realizados de noviembre de 1916.
en ej cución del mismo, como el de La Escuela Normal contesta cepresidentes de la Compania, Mr. cación de los textos constitucionales Mowrris. personalidad bien y reglamentarios que rigen el caso, La Comisión, desconociendo todo que la Secretaría de Fomento, a raiz conocida en la industria petrolera de del que tuvo la Legislatura de 1916.
valor al mencionado decreto, el cual de la aprobación del contrato por el a la Comisión del Congreso considera apócrifo, expresa su pare congreso, cruncara, su existencia; re. Congreso, certificara su existencia. los Estados Unidos, quien las dirige Ahora bien, el Congreso de hoy RO Jose Guer José Guerrero (Comisión de Instrucción personalmente: podría sustituir su juicio al del de ha y lo que es un més significativo, que Pública del Congreso Nacional cer de que el contrato citado no hay que De lo que allí se está realizando aquel año, a efecto de reconsiderecibido la aprobación del Congreso, haya venido cumpliéndolo en cuanto San José.
y de las cuantiosas sumas invertidas rars y de resolver de nuevo un asun Bo siendo de consiguiente, mas que le corresponde, tanto durante la Ado con ministración del señor González Flo La opinión del Profesorado de la Escuela en ese crabsio, juzgarán por sí mis. terminado, respecto del cual es simple proyecto; y propone al ConDiputados si se dig. fanctus officio.
greso la emisión del sieulente de res que lo celebró, como en las que apoya decididamente la ratificación del Codi me 30 de Educación, slo estrar en la discusión de nan centar Sunarte la inwira De Otro lado, cabe que llame de creto: le han sucedido. En efecto, apenas deficiencias de detalle que la aplicación mis clán la manera más respetuosa la atención Articulo 10. El proyecto de ley perfeccionado el convenio, el señor deficiencias ma de la Ley se encargarla de modificar La La a los Altos Funcionarios dei Gobier de los señores diputados hacis is Aloe Feronerlee del Gobier de los se Greulich se apresuro a depositar ca Escuela considera esta ley sobre todo como no para que visiten aquel campo de 51 de 12 de agosto de 1916, pu.
la Secretaria de Hacienda, como es un instrumento cultural de cuyo funcions. sus actividades actuales. Abrigo 13 de circunstancia de que la Costa Rica blicado en el Diario Oficial No. 113 la Secretaria de Hacienda, como es un instrume de 12 de noviembre del mismo afo, to, taba estipulado, ciertos documentos, miento resultat ia la difusión de ideales, prin la Oil Corporation adquirió la conceque nora. Se pretende anular no es ni ha sido ley, ni he podido y consigaar en la Administración cipios y prácticas capaces de adecuar el en esperanza de que después de ver la surtir sus efectos de tal, sin Is san Principal de Rentas, un bono de ritu del Magisterio la organización de la En magaitud de los esfuerzos realizados de buena fe, confiada como dije antes, ción del Poder Ejecutivo al la pro cincucnta mil colones.
schanza a las necesidades de los tiempos y los gastos hechos en busca de una ca la eficacia y sinceridad de actos mulgación necesaria.
Lo rechazó el Gobierno diciendo Cuanto a Educación Normal considera que riqueza que de hallarse será a miles ohciales y documentos auténticos e Artículo Declarase inconve que no había contrato, o que el acto el Código satisface plenamente las necesida de pies de profundidad, no podrá manados del Gobierno. Nadie podría decirse que el contrato Pinto Greu haber puesto en duda la lecitimidad niente a los intereses nacionales el de la Legislatura que lo aprobó era des y aspiraciones nacionales.
Costa de la concesión, en vista del decreto contrato Pinto Greulich otorgado ad irregular y no surtía efectos? En mareferéndum el 23 de setiembre de aera algunal: el Gobierno del señor tender aclarar el alto criterio de la Comisión, Rica Oil Corporation, sea inconve 51 de 12 de agosto de 1916, en 1915 y modificado por el Congreso; González Flores aceptó de buen gra que el Código, técnicamente, no sólo desde el niente a los intereses nacionales. An que constaba el contrato debidamente y en consecuencia, se da por termi do este corenzo de elecución, co punto de vista académico, sino desde el so tes bien, creo que todos los hom aprobado; y de la resolución de ese ciológico, representa innovaciones capaces de bres prácticos y amantes de su pais, bais. Alto Cuerpo de 10 de noviembre de nado el asunto y se manda archivar. mo puede verse por la nota que cocolocar al pais a la mayor altura dentro del veran ahl una empresa poderosa em 1916, publicada juntamente con el Aun cuando no es dado al Infras pio, de su Ministro de Hacienda.
Continente y que en parte podrían fracasa, penada en la solución de un problema contrato, que dice: crito suponer la acción que el Con No. 2657. San José, 20 de no en ningún caso por deficiencias de los princi que trasformará la vida económica El Congreso Constituciogreso tenga a bien tomar en vista viembre de 1916. Señor Pove Di pios que LAS informan ni de la organización de la República psecurándole recur. nar de la Republic de Costa Ric del expresado dictamen considers dano. Muy senor mio: cngo que LOS interpretan, sino por razones de amane abundante mare decareala si cn sesion celebrada el dia 10 de DOde su deber, en resguardo de los in el gusto de acusarie recibo de su biente, acaso de cierta ineptitud para vivir las ca el resultado corresponde a tanto esd a tereses que represcatenticiparse memorial de recha 16 del mes en instituciones en que los intereses interiles. viembre de 1916, acordó por más a someter del modo más respetuoso curso, en que hace saber a esta Se no son el móvil fundamental.
es fuerzo.
de la mayoría de los dos tercios requeridos por la Constitución Política, a la consideración del Congreso. cretaria que, con fecha de octubre La Escuela reitera a la Comisión las mugs. De las sumas invertidas hasta ahora mandar publicar en Genetece Runos hechas circunstancias que timo, su poderdante, el Dr. Leo tras de su agradecimiento y simpatta por bas y de las mas que habra que invertir Diario Oficial. el decreto que a indudablemente han de tener Infue Greulich, presento a esta Secretaria, berla hecho participe de la discusión de sus da idea el siguiente estado de nues. cede para sus efectos de oude cia en la resolución que se dicte, si la certi cación de los instrumentos propios intereses y le ofrece, para el caso de tra contabilidad, la que, como dije Republica Movimo Fernande es que alguns se ha de dictar en publicos en que constan los conve que lo estime conveniente, todo estudio dete antes, ha sido de tiempo en tiempo sidente. Ad Acoste Selo Albeste esc asunto Dios celebrados con la Compania NaInspeccionada por representantes del Calvo Srio. The Costa Rica Oll Corporation cional de Petróleo y con los denunGobierno y Corporación la ofrece Se argumenta que el decreto adquirió la mencionada concesión lla ciantes de minas de petróleo, en obe ahora el examen de cualquier comi 51 había sido objeto de un veto del mada Pinto Greulich, por compra diencia a lo que dispone la cláusula sión del Congreso.
Presidente de la República. Sea cual que hizo al concesionario, según es del contrato Pinto Greulich; y que critura firmada en la ciudad de Nue en ejecución asimismo de lo que dis.
GASTOS DE EXPLORACIÓN, FOMENTO, fuere el valor de ese veto. que el va York a las tres y media de la pone el inciso b, del artículo dei EQUIPO ADMINISTRACIÓN HECHOS Congreso, interpretando los textos tarde del 29 de enero de 1917. En precitado contrato, el señor Lincoln POR LA COSTA RICA OIL CORPOconstitucionales declaró irrito por ad dicho documento se estipuló: Valentine, deposito en la AdmiRATION HASTA MARZO 31 DE 1920. de Estado, es lo cierto que la resoestar refrendado por un Secretario Que Greulich, por convenir asi nistración Principal de Rentas el boa sus intereses y en cumplimiento no Nº. 1, Serie de la Deuda Inter Oro americno Colones lución copiada, equivalente a un ce de lo estipulado en el artículo XVI na 1914 1925, por valor de 50000. 00, sello, puso fin a toda cuestión a ese Gastos geológicos, respecto, dejando en pleno vigor y del contrato de 23 de setiembre de según consta del recibo que acompa estudios y explora.
efectividad legal el citado decreto 1915, VENDE, CEDE TRASPASA LA Na su solicitud. En su contestación ción. 85, 401. 795 10, 555. 19 51. Asi lo consideró ml repre COSTA RICA OIL CORPORATION debo manifestar a Ud. que aun cuanEdicios construc.
ciones y caminos. 24. 466. 57 96, 083. 93 sentada en vista de los actos legis, DICHO CONTRATO CON TODOS LOS DE do la Administración Principal de Semovivientes. 737. 08 11. 128. 51 lativos consignados en el periodo RECHOS PRIVILEGIOS EN EL CON Rentas no ha comunicado de modo Maquinaris perfooficial del Gobierno. No le era dado CEDIDOS FAVOR DEL OTORGANTE; oficial el depósito a que Ud. se re.
radora de petroleo, BAJO EL SUPUESTO DE QUE LA COM fiere, tal depósito SE TIENE POR HECHO calderas, bombas, me inquirir acerca de los procedimientos gulnas, tanques, tu Internos del Congreso, y se atuvo. PANTA ASUME TODAS LAS OBLIGACIO con vista del recibo acompañado, del berfas y taladro. 115, 003. 33 444, 833. 88 la fe que dichos actos era debida NES EN FAVOR DEL ESTADO QUE DE cual he ordenado tomar razón en las Flete, seguro LAS CAMISAS e diligencias respectivas. Por lo que haEL SE DESPRENDEN.
impuestos. 13, 220. 65 ase 52. 883. 56 Fiada, pues, en el crédito de la NsEl documento en que consta la ce ce a los documentos a que Ud. alu Sueldos y gastos de ción y atenida a la eficacia de los taladradores, asisten actos de sus Representantes, vino sión fue presentado el 29 de marzo de en primer término, también tes, fogoneros, peo siguiente a la Secaetaria de Fomen tienen como presentados y serán en nes.
trabajar el subsuelo de la Repúblics 55. 331. 24 to, en donde se tomó razón de el, tregados a la Contabilidad Nacional 210, 221 55 en busca de una riqueza eventual, Subsistencia y a y se aprobó el traspaso, en confor para su custodia y efectos consiguicaautencien de empleaque de ser hallada redundará al mismidad con las estipulaciones del con tes. Soy de Ud. att. y MARO.
21, 462 37 83, 873. 64 mo tiempo en beneficio del país y Combustible para tratos y desde la fecha indicads, The GUARDIA, Ministro de Haciendas.
son la expresión de la de la Corporación, como copartícipes calderas. 11, 304. 74 43, 267. 09 que son en los beneficios que de Costa Rica Oil Corporation se ha Posteriormente el Gobierno ha última moda, buen gusto Gastos de admin considerado due a legitima de la continuado manteniendo con el con247, 214, 38 ella se deriven. En eso ha empleado relaciones cacaminadas Gastos varios.
concesión; el vestida de los dere cesionario originalidad y duración: 341105 13. 504. 05 millones, segura de que la buena Promedio de cam del Gobierno contratante, cuyos actos chos y obligaciones que de ella ema siempre a la ejecución de lo convelat tre EUA Dia 3284. 84 en ejesución del contrato so podris nan; con titulo perfecto, en lo tanto, aldo: hs recibido: Duevos depósitos para obtener en todo caso, al amparo de bonos, el último de los cuales jamás considerar como simples medios de Induciris en error, será siempre is de las leyes de la República que por 25. 000. 00 aun permanece ca Dlje al principio que estas obser mejor garantia de sus esfuerzos conserran la santidad de los contratos, su poder; ha consentido en diversas la protección de tales derechos ocasiones y siempre que en conforvaciones podrían tener influencia en del capital invertido.
Hasta ahora jamás ha sido puesto midad con el contrato se le ha soli. HOTEL WASHINGTON el juicio de la Cámara en el asunto ose me vengo refiriendo. No dudo digae, si lo tiene a bien, otorgar su Reego atentamente a la Cámara se en duds el derecho de la Corpora citado, la libre importación de matecios como sucesora del concesionariales ca grandes cantidades; ha ins Administrado por su prepletaria que ellas contribuiria a poner de consideración a las observacions manifesto que, no obstante el pare Tenores, al mismo tiempo one rio.
peccionado los trabajos de la Empre DE LAPRADE er de la respetable Comision de nozca del dictamen de El traspaso se efectuó realendo asi como su Contabilidad, etc etc.
Usi de primera clase es el pas Obras Públicas, el contrato Pinto de Obras Públicas que e Ja vista los actos legislatiros publl Todo esto indica, sin lugar a duds, e beste boste Greulich de 23 de setiembre de 1915. presente curso.
acoras Publicas que motiva a Codos en el Diario Oficial que me que tanto para el Gobierno como pareferido, de los cuales se deducera el concesionario el contrato es y no es mero proyectos como eqal Cartes parents are agentes vocadamente afirma quella Comisión.
Hestafredez y slicacia legal de la con ha sido parieto y obligatorio como Se Frey Capel Congreso Constitucional Son seguramente por falta de datos Vac a ces cereación ley para los contratantes Toto 173 de mayo de 1920, sds de Secretaris decuadas sino un convenio perfecto SOL US ANDERSON. Abogados Por eso, cuando es 29 de marzo aximo rernández. Pre speccionada por rennenempo sidente. lde Public 257. 09 de la empo sallada realeza Este documento e propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizan del Stema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Jurentud Costa Rica
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