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DIARIO DE COSTA RICA Páginas Páginas Suscripción Número mensual suelto 2. 00 00. 10 Director SERGIO CARBAILE; INDEPENDIENTE DE INTERESES GENERALES Leshator ERNESTO CASTEBHARD Teléfono 2:20)
Año II San José, Jueves 12 de Agosto de 1920 No. 331 El banquete de antenoche LA LEY DEL SUBSUELO Nicaragua ofrecido por la Legación se opone al restablecimiento de Guatemala Opinión de don Ricardo Jiménez de la Corte de Justicia Centroamericana Al rededor de este asunto se Llegó el reconocimiento de Francia Correspondiendo a las muchas San José, de agosto de 1920. propiedad de un terreno tre consigo la Universidad de Stanford, California. propiedad de la superficie y centro de firma que en su opinión el petróleo no muestras de deferencia que desde Sexor Frank Feuille, San José. E1. El artículo 505 del código civil acsu llegada a Costa Rica ha recibido, Sear tual con distintas palabras, express is do Incluido en tales clasificaciones, au han cruzado notas recientemente Is Legación de Guatemala ofremisma Idea: El derecho de propiedad que sí ha sido considerado como un millas Cancillerías de Nicaragua y El ció en la noche del martes un Me refiero a su carta fechada ayer y no se limita a Is superficie de la tierra, neral banquete en suntuoso el salón relativa al proyecto de ley presentado sino que se extiende per accesión a lo En cuanto a la terminologia usada por Salvador, con motivo de la invitapor el señor Diputado Sáure.
que está sobre la superficie y a lo que los legisladores de 1830, es verdad que ción que hizo el Gobierno de este comedor del Restaurant Euro La primera pregunta que usted me está debajo. El propietario puede ha es muy cruda, pero es claro que el pe último pais para verificar una conpa al Gobierno de Costa Rica hace es la siguiente: cer debajo todas las construcciones que tróleo sólo podía entrar o en betumen y Miembros del Cuerpo Diplomă El petróleo y otras sustancias hi juzgue a proposito y sacar de esas ex o en jugo de la tierra. que según la ferencia centroamericana el próxiter cavaciones todos los productos que puedrocarburadas que se hallen en terreOrdenanza de Minería, eran cosa distin. mo 15 de setiembre.
tic La fiesta resultó una de las nos de particulares, adquiridos de! dan darle. El artículo añade: Salvas ta de los fósiles ya sean metales per Comenzó el Gobierno nicaramás hermosas, tanto por la cordiaEstado con anterioridad al 26 de no las excepciones establecidas por la ley fectos o medio minerales. La ley degüense por pedirle al cuzcateclo lidad que reinó entre los concu viembre de 1913; pertenecen a los la convención. Es decir, el derecho 1868 no definió ni los metales ni los sedueños de tales terrenos, en vista de rrentes como por el excelente ser absoluto del propietario sólo puede ser mimetales; y, entonces, ose interpre que publicamente declare la no los artículos 268, 276, y 505 del Co restringido o por su propia voluntad, tan las voces que usó según la termino existencia del Tratado de Paz y vicio y el lujo en las decoraciones.
digo Civil y las passcripciones de la mediante una convención celebrada con logia de la Ordenanza de 1830, 0, lo que Amistad celebrado en Washington.
Ocuparon lugar en la mesa el Ordenanza de Minería, relacionadas otra persona, o por el dictado imperati es más debido, por el tecnicismo científico. El Gobierno salvadoreño se ne señor Presidente de la República con aquellos, según se hallan modi vo de una ley, siempre que, en este úl En ninguna de esa alternativa cabe dedon Julio Acosta, el señor Minis ficadas por el artículo 18 de Decreto timo caso, se respete el principio cons cir que el petróleo es o metal o samime go a ello con fundadas razones. Legislativo número 22 de 21 de ju titucional de que las leyes no tienen e tal. Por lo tanto, en 1913 los depósitos enseguida fue conocido todo el tro de Relacione. Exteriores Lic.
lio de 1888, y otras leyes pertinen fecto retroactivo.
de petróleo sólo eran objeto de denun juego. El Gobierno de Nicaragua don Alejandro varado Quirós, tes?
Queda, pues, circunserits la cuestión cio si se hallaren en terrenos propios del no quiere que se hable de restael senor Ministro de Camo. Pienso que los propietarios de los te determinar si las leyes de mineria, pues Estado; y si la ley de 1913 quiso decir señor don Julio Garcés, el Exmo. trenos a que su pregunta se refiere, son otras no se invocan, dan el petrolco, en lo contrario, fué inconstitucional. Darau blecimiento de la Corte de Justicia Ia hipótesis supuesta, al particular o al a rrebataba derechos adquiridos.
de seguro porque recuerda que el señor Ministro de Argentina don dueños absolutos del petróleo y otros hidrocarburos que sus tierras contengan. Estado.
Su segunda pregunta es: Esti auto Tratado (analero, según fallo en Federico Quintana, Exmo. señor antes de exponer las consideraciones Conforme al artículo 57 de la Orde rizado el Congreso para nacionalizar el aquella Corte, es ilegal, y ese fallo Ministro de Colombia don Manuel que me mueven a que me mueven a pensarlo así, debo de nanza de Minería, se pueden denun petróleo y otras sustancias hidrocarbura.
Eszueria, Exmo. señor Ministro cir que mi creencia viene de muy atrás. ciar no sólo las minas de oro y plata, das en tierras de dominio particular, addebe matarlo tanto Nicaragua code sino también. cualesquiera otros fósiOcupando yo la Presidencia de la Re.
de México don José Almaraz, Sequiridas antes de noviembre 26 de 1913, mo Washington, creadora del pac. pública, la Secretaría de Fomento ce les ya sean metales perfectos o medio en vista de lo dicho en el artículo 29 de to que le dio vida a la institución.
mor Encargado de Negocios de El lebró, el 27 de setiembre de 1913, un minerales, betámenes o jugos de la tie la Constitución, que prohibe tomar la En fin, hasta la hora no se sabe Salvador don Gregorio Martin, Se contrato, sobre petróleo, con los señores rra. Es tan amplia la enumeración de propiedad particular, excepto por razoñor Subsecretario de Relaciones Pearson Son: y la concesión que dicho artículo 57 que cualquiera que sea nes de utilidad pública y previa justa si Nicaragua concurrirá o no a las la categoría en que haya de incluirse el compensación. conferencias de San Salvador. No Exteriores Lic, don Manuel Sáenz por este contrato se otorgaba se limitó a las fuentes y depósitos en terrenos petróleo, siempre quedaría el petróleo Lo antes expuesto hace por demás se sabrá esto hasta que no llegue Cordero, el Señor Secretario de la 1a del Estado o en los que este se haya re como objeto legal de denuncia; y si el decir nada otra cosa, sobre su segunda correo oficial de El Salvador.
Legación Argentina don René Co servado o se reserve la propiedad de ta depósito o fuente se hallare en una pro pregunta.
rrea Luna, el Señor Secretario de les fuentes y depósitos, al hacer adju piedad particular, eso no obstante, el Su tercera está concebida así: Si yo hubiera descubridor la haría suya, mediante de El párrafo 13 del artículo 73 de la Legación de Colombia don Jor dicaciones de baldíos.
creído que todo el petróleo o sustancias nuncia en forma y pago del terreno ne la Constitución ¿autoriza al Congreso ge Esguerra, el Señor Secretario análogas existentes en el suelo de Cos cesario al dueño del fundo (Artículo 51 para emitir una ley interpretativa, en de la Legación de Guatemala don ta Rica pertenecian, sin excepción, al de la citada Ordenanza)
la forma usada en el proyecto que se Flavio Herrera, y los señores Lic. Estado, es claro que la concesión hecha Ese fue sin duda, el régimen legal halla pendiente ante aquel Cuerpo, y hasta el año de 1868. El legislador de al cual me he referido antes?
El Cónsul de Francia en Costa Ri don Andrés Venegas, don Luis a Pearson Son no se habría limi.
di ese año pensó, según es de creerse, que Tado a los terrenos de propiedad del EsAnderson, don Alberto Echandi Me parece que está dentro de las atrl ca. don Paul Serre, dio aviso ayer tado o a aquellos que hubiere enajenado la riqueza de las minas de metales uciones del Congreso elevar ley el la Secretaria de Relaciones Exterio y don Luis Cruz Meza.
el mismo, bajo reserva de conservar su justificaba que el derecho del dueño del proyecto indicado, si lo estima puesto en res de haber recibido un cable grama La fiesta se prolongó hasta muy propiedad en las fuentes o depósitos de fundo cediera el paso al empresario de razón. Es verdad que si los tribunales de de su Gobierno en el que le parti minas, el poco valor ordinario de las opetróleo, que en ellos hubiera. Mincpasada la media noche, en medio justicia tuvieren por inconstitucional la cipa que ha sido reconocido el Go.
titud a ese respecto también se paten tras minas no excusaba el atropello de ley de 1913, suponiendo que la leyeren bierno de Costa Rica. Desde luego, de la mayor alegria.
tiza con la redacción del proyecto de los derechos de los propietarios de te en el sentido que le dan quienes dicen muy pronto se recibirá la carta au ley que envió el Ejecutivo al Congreso, rrenos. En otros términos, no se cre que en virtud de ella todo petróleo es del tógrafa respectiva.
En yó que, en el último caso, hubiera uno Estado podrian da de las horas junto con el contrato antes dicho.
negarle eficacia a la aquel proyecto se dice que las fuentes de expropiación, por interés público de ley, sin esperar a una reforma o intery depósitos de petroleo son inalienables bidamente comprobado, como lo exige la pretación de ella, por parte del Congrey del dominio del Estado; pero se Constitución. Tal tiene que haber sido so, sin embargo, la interpretación que el fundamento del decreto de 27 de jugrega que en toda adjudicación de tieen los talleres de Campos se busca quitaría todo nuevo proceso y rras, en los baldíos nacionales, se hará lio de 1868, cuyo artículo 18 consigna aclararía para siempre la situación de las Ayer se declararon en huelga constar la limitación del derecho de pro que: Sólo podrán denunciarse y conce cosas en esta materia.
los empleados del taller de carpinpiedad expresada. Este agregado só derse en terrenos de propiedad particu. Su pregunta final es como sigue: República de Costa Rica 19 lo se explica racionalmente en el su lar las vetas, placeres o depósitos de Las leyes en vigor en Costa Rica Ministerio de Gobernción teria y ebanistería de la Empresa puesto de que la inalienabilidad de los metales, semimetales y piedras precio ¿son suficientes para una extensa y Su el Presidente de la ResuCampos Hermanos. Son más de depósitos y el dominio del Estado se re sas.
libre explotación del petróleo en te blica se ha servi 10 prevenirm: co30 operarios.
fería a las tierras del Estado, puesto que De modo que a partir de 1868, solamen trenos privados, o es necesario que el munique a U3. el Decreto que sigue: Pidieren Alle se restablecieran si el petróleo siempre ha sido y es del te podrá denunciarse un depósito de petro Jusn fsel Mora, Presidente de Estado; puesto que si el particular due. leo en una heredad particular, si se decide las ocho horas de trabajo en aquebajo cuya protección puedan estable la kepúbica de Costa Rics, ño del suelo jamás ha adquirido legal que cientificamente o siquiera de acuer cerse los trabajos necesarios, tales co. Por cuanto el Excelcbtis mo Con.
Ila fábrica, y como la resnuesta mente el petróleo, escondido en el inte do con la terminologia de los legislado mo tuberías y otras obras. fue negativa, todos los petentes se rior de su fundo, estaba de sobra ex res costarricences de 1868 o antes, el greso Constitucional de la Rspública Juzgo que la emisión de la ley de que man haron, llevándose sus herrapetróleo es o un metal o un semimetal de Costa Rica, precar en las adjudicaciones de terre usted habla no sólo es conveniente, sinos, posteriores a 1913, la limitación del o una piedra preciosa.
Con vista de la providencia del no que es indispensable. Así como de na.
mientas.
derecho de propiedad, de que hablaba Esa decisión, en lo tocante a la cien na valdría que se reconociera el dereSupremo Poder Ejecutivo de de la calida de los obreros se la iniciativa del Ejecutivo.
cia, está fuera de mi competencia. Ten cho que un industrial tiene para aproabril del presente año y documentos congregó mucho público en aquel El Congreso no conservó, al emitir su go que dar crédito a lo que sobre este vechar aguas que produzcan fuerza mo que la acimpanan, relativo todo al ley, la redacción del Ejecutivo; y des.
lugar.
punto digan quienes tengan autoridad triz si no se le diera el de establecer a Degocio judicial que SOSIenían dos graciadamente el nuevo texto da ocasión para opinar; y creo que es pertinente cueductos para conducir las aguas a su súbditos Ingleses: descando evitar Los demás gremios establecerán a dudar. Pero al fin de cuentas, lo que citar el parecer de las siguientes auto turbina, así también es de Justicia que la conflictos que pudieran alguna vez una fiscalización para que ningún importa es saber si, conforme a las le ridades. Sé que el Director de las Ex industria petrolera goce de un régimen comprometer la dignidad e intereses obrero trabaje ordinariamente más yes vigentes antes de la ley de 1913, ploraciones Geológicas afirma que nindel país; y al aprobar la expresada pertenecia o no al Estado el petróleo que de las ocho horas, que a más de gún geólogo de los Estados Unidos, en si aquí hay petróleo, eso puede consti providencia, se descubra en los terrenos propios de Washington, recuerda que en alguna cls tuir una fuente de riqueza muy grande DECRETA: ley social es ley de la República.
algún particular, adquiridos desde antes sificación, pasada o presente, se haya co para el pais. Dar facilidades para que Articulo único. La fracción 21. art.
de noviembre de 1913. Si el Estado en locado el petróleo entre los metales o el mayor número entre en ese negocio 77 de la Constitucior faculta al Poder aquel momento no era dueño de ese pe semimetales, aunque si ha sido consi y lo explote, creo que habrá de tener el Ejecutivo, no solo para los casos tróleo, la ley de 1913 no podía tener la derado como mineral, desde hace dos beneplacito general. Al Estado le im quc ali se designan, sino también virtud de quitar al propietario su dere mil años. El Coctor David Day, por de la Ley de Sanción porta poco que las fuentes de petróleo para salvar la pública de cualquier cho y traspasarlo. Is Nación, toda vez muchos afios empleado en el Centro Geo sean suyas o de particulares. Con su compromiso es que pudieras precique nadie puede expropiarse de su lógico dicho, y de eminente autoridad poder de establecer impuestos y de re pitaria o el abuso o la imprevisión Resultado de la votación nominal propiedad, sino en los casos de públic científica mundial, dice que un examen gular el comercio, le batta, y obtiene, de en los procedimientos judiciales resen el Congreso ca utilidad y mediante la respectiva is completo de la literatura sobre petró un modo u otro, lo que es licito y nece pecto de negocios que se ventlica demnización.
leo, demuestra que el petróleo jamás ha sita. Pero, por lo mismo, es de conve corre extranjeros o entre estos y Dijeron No en la borrascosa se Si ponemos aparte las leyes de mi. sido clasificado como metal o semimetal. niencia pública que se otorguen facili los hijos del pais.
sión de ayer, los señores siguienEl profesor Lawson de la Univer dades y seguridades a quienes acometan cuerdo en la proposición de que el due sidad de California, asegura que el peAl Poder Ejecutivo, esta clase de empresas.
tes: to del suelo lo es también de cuanto esté tróleo no es, y nunca ha sido, clasifies.
Dado en el Sa on de Sesiones en Su obsecvente servidor, Naurilio Acosta, Moisés Aguiar, contenido dentro de el. Ese es el pris co como metal o como semimetal E!
San Jose, a los siete dias del mes Car os Orozco Castro, Carlos Diaz cipio que expresaba energ. camente el ar Doctor Louderback hace igual 220RICARDO JIMENEZ. de Julio de mil ochocientos cincuenBarguero, Alberto Flores (astillo, tulos del Código de Carrillo: La veración. el profesor Bramer, de la Cartago, sgosto 10 de 1920 ca y tres.
Ju RAFAEL MORA.
Juan José Monge, Jo:é Saborio Ministro de Estado en el Alfaro, Adán Saborio Quesada, vi es, Rafiel Camaco, Julio Diaz lich Zamora, Carlos Leiva Quiris, mora, Manuel Zavalera, sé Ma. pecho de Gobernacion José Vargas Porras.
Granado, Juvenal Fonseca, Ernes. Climaco Pérez, Manuel Que ada, ria Zeledón, Fran isco Mayorga JOAQUIN BERNARDO CALVO.
Votaron por el resello los seño to Gonzá ez Fres, José Guerre Angel Robles; Leon das Rojas, Riva, Gerardo Matamoros y Jor. de orden de lo comunico res siguientes: ro, Uladislao Gueva a, Elias Leiva Ruperto Sáenz. Enrque Sancho ge Ortiz Escalante. para su conocimiento y demás arlos Aragón Ramirez, Juan Carlos Meneses Brenes, Bolivar Jiménez, Tomis Soley Güell, Ma No asistieron los representantes efectos: o asistieron los representantes Dins guarde.
Rafael Arias Hormidas Araya, Montero Segura, Arturo Voi Ji tias Trejos Gonzil z; Adrano Ur don José Manuel Peralta y don Adriano Ur don Jose Manuel Peralta y don som San José Tuin de 1853.
Narciso Barberena, Manuel Bena ménez, Jorge Säurez, Nico. as Or bina Gutiérrez, Hermenegildo Za Francisco Montero Barrantes.
CALVO.
HUELGA De actualidad Hoy como ayer El resello Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud Costa Rica.

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