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Matias, en lo rez, sobre El dictamen de don yecio del al petróleo Tama la tesis con esa 2lehenz, beso tad ado maestro, ce todos los visos remoniosos de un tenco sin exactiy ndome decir sandeces jurídicas, qre en mi constituirían una ignorancia supina, y eontra les cnzles tengo que protester, a toda prisa. Asienta el señor Trejos que yo y que los que conmigo opinan, reconocemos que, según la Ordenanza de Minería de 1230, se podías descubrir y denunciar libremente en los terrenos del Estado, o en los propios de algún particular, toda clase de minas, fósiles, bebúmenes o jugos de la tierra, pero que decimos luego que aquel ipio rodó por tierra con la emisión del Código General de 1841. Para refutar esa afirmación que me atribuye, emplea don Matías unas setecientes palebres.
Trabajo enteramente perdido, porque yo jamás he aseverado que el Código de 1841 hubiera derogado la Ordenanza de Minería. Se conoce que el. Señor Trejos, si comenzó leer el Código de Carrillo, perdió la paciencia. antes de Jegar el artículo final. Si no se hubiera cansado en la lectura, habría visto que el artículo con que concluye el Código, el 1385, dice. Quedan derogadas las Jeyes anteriores, decretos. excepto las Ordenanzas y reglamentos militares, de Minería y de Hacienda. Don Matías no se ha dignado leer siquiera mis opiniones. De cierto modo, ha hecho bien, que no tienen el encanto de una novela de Dumas. Pero si la dura necesidad de presentar dictamen lo obligaba a refutar mis opiniones, un deber de escrupulosa imparcialidad lo obligaba a leer eon cuidado mi parecer y a no proceder con ligereza y de oídas. Mi actitud es muy diferente de la que Don Matías me atribuye. Sesún yo lo creo, y lo he dicho, el sistema de la Ordenanza de Minería duró hasta 1868; y en aquel año la legislación de minas tuvo una alteración profunda, que consistió en que en lo sucesivo solo podrían denunciarse y concederse, en terrenos de propiedad particular, las vetas, placeres o depósitos de metales, semimetales y piedras preciosas. De ahí sacamos nosotros el argumento irrefutable de que no siendo el petróleo ni metal, ni semimetal, ni piedra precioSa, no se puede denunciar un depósito de petróleo en ningún terreno particular.
El señor Trejos no se atreve a decir que la ley de 1868 no se dió, pero, para que no se cumpla, acude al subterfugio de decir que aquello fue una concesión graciosa, y que con el mismo derecho con que el Estado la dió, puede revocarla. Olvida don Matías que en derecho, aquí y en todas partes, la irrevocabilidad de las. liberalidades. es la regia. Dar y xetener no vale, como decía la costumbre de París. Eso con respecto a las propiedades que el Estado había enajenado hasta 1868, las euales quedaron a partir de la ley de 1868, libres de grevamen minero, en cuanto al :petróleo; y por lo que hace a los baldíos enajenados después, ya no hay «donación de que hablar. El que los compró y pagó adquirió la propiedad plena, del suelo y del subsuelo; porque el Estado nada se reservó, y ninguna cortapisa quedó en pie qué restringieta el goce absoluto que garantizan el artículo 309 del Código de 1841 y el 505 del vigente, en favor del propietario del fundo. ÓN o El señor Trejos habla del caso de Colombia y dice que es muy distinto. Bien se ve que él habla aquí también de oídas. Si hubiera leído lá. sen tencia de la: Corte Suprema :de Justicia de Colombia, sabría que serán «listintos los dos casos, el de Colombia y el actual de Costa Rica, si son distintas dos gotas de agua destilada, Ninguna cita más desventurada había podido hacer el señor Trejos La sentencia colombiaña arruina su teoría del permiso gracioso. Oigase lo que dice la Corte: Si las minas no pasarón a la Nación, en 1888, porque la Constitución dejó vigente la cesión gratuita hecha por las leyes de los Estados a los particulares dueños del suelo, el inciso del Art. del Código de Minas refrendó la cesión; si en virtud del artículo 202 de la Carta, tales minas fueron recobradas por la Nación, ésta las cedió también gratuitamente, por el inciso del artículo citado;y teniendo en cuenta ese estado jurídico, creado por la ley; no se puede partir de la base, cómo lo ha hecho el Decreto, en sus artículos 3, y de que las minas de petróleo que se hallan en propiedad particular pertenecen hoy a la Nación.
Sobre la parte legal, el señor Trejos nada otrá cosa dice en sustancia, Refuta la tesis de que el Código del 41 no derogó la Ordenanza de Minería, en lo cual todos estamos de acuerdo, y adelantá su famosa teoría de que el Estado dió, pero que ya se arrepintió, teoría a la que la Corte Supremá de Colombia da el golpe de gracia. El dictamen entra luego en lo que llama el interés nacional. Sé duele de que la ley de 1868 no hubiera dejado incólume la sabia Ordenanza de Minería, y repite las vetustas enseñanzas de economistas de antaño, que sostenían que si las minas se atribuyen a los agricultores, encariñados con el suelo y enemigos de aventuras aleatorias, como el laboreo de minas, padecerá grandemente la fortuna del Estado. Habla, en apoyo de su tesis, de que la ley de 1868 ha hecho imposible la explotación de las minas de carbón y petróleo. Se conoce bien que dón Matías no vive en el mundo de la realidad. Si no se explotan minas de carbón y de petróleo es simplemente porque nadie ha dado con ellas, Don Braulio Carrillo denunció, por Patarrá o el Tablazo, una mina de carbón, y después de él hay multitud de denuncios, que duermen el sueño de los justos en los Archivos. Hasta ahora no se sabe que haya carbón real y efectivo. Aproximaciones lejanas a carbón, eso es cuanto tenemos. Haya antracita y. ya verá don Matías cómo no se queda en el limbo el carbón. Los economistas de cuyas opiniones es un reflejo la de don Matías hablaban de condiciones económicas enteramente distintas de las presentes. Aquellos buenos señores no conocieron siquiera el petróleo. Cuál es el país mayor productor de petróleo?
Los Estados Unidos de América. Cuál es el sistema legal de las minas o depósitos de petróleo alli? El del subsuelo, por el que abogamos nosotres. El desarrollo petrolero de Béxico es asombroso; y ha coincidido con un régimen anélogo al de nuestra ley de 1868. Lucubraciones de economistas de antaño, por hábiles que sean, no valen nada contra un hecho bien observado, Si los Estados Unidos y México han ganado millonadas con petróleo de propiedad de los dueños del suelo, millonadas generemos si la suerte nos bendice con su hallazgo.
Eso de la nacionalización del petróleo es un enorme embaucamiento.
Los sacerdotes de ese fetiche andan buscando su propio interés, al y del petróleo para el Estado y sólo para el Estado. Puro hunbug.
Estado períorará pozos, ni extreerá aceite, ni lo exportará y venderá; y Dios nos libre, a los contribuyentes, que tal cosa hiciera. Sería preferibie un diluvio. Particulares, concesionarios, serán siempre los del negocio, como tend que serlo, en el caso de que la Ley del Subsuelo sea reconocida. Quienes se oponen, no, la ley propuesta son extranjeros a quienes no puede mover el interés nacionel costarricense; son los dueños de las concesiones de Sinclair y Amory; quienes en segundo término se oponen, son los que forman la clientela de esas compañías. Hey otra clase de adversarios: ciertos antiguos denunciantes de depósitos de petróleo, que, pués de ocho años, todavía no saben dónde se hallen sus peri clas, y menos donde debieran abrir sus pozos, pues las buscas de los sitios denunciados no las hiciercn en el terreno, sino en los escritorios de la capital, y que, no muy seguros de libertad pare aterrizar donde se pueda, su derecho, quisieran tener toda como le pas end Vendi un baldío, sea en un terreno de dominio privado. Otros opositores: los cue se el bien del prójimo y que no poseen un talmo de tierra, que les diera un número en la lotería petrolera, Serún ellos, is que el ultor y el campesino soporten el bochorno de los rayos heya para ellos un rayo de espe. qué penen y pero cuidado es: del ingrato te firardo y Lele saumealo es pres edrgto a uere la Sra. Esposa imistro del Pera a ps mato de u cuantiosa fortona, JMés terde fue nombrado ceplión de milicias de los valles de Araguz, primer cergo militar que desempeió 21 feliecimiento de su mujer volvió ar por Europa. Coz tan infansio motivo, envizmos nuestres sinceras muestras de condolencia al señor Ministro del Perú, Sr. Enrique Carríllo y demás familiares de la extinta, teblecido en Caracas, dio comienzo 21 período brillznte de su vida que interesa lo historia de la emancipación americana.
En contra del capitán general de Venezuela, Vicente Emperén, que se hallaba decidido a proclemar la nueva dinastía que se ercumbraba en la Penínselz, Bolívar Directiva de la Compania Nacional Petrolera La Nacional Petrolera se verificó ayer.
anunciada reunión de la Compañía Fue electa la Directiva que debe funcionar en Las vacaciones escolares Desde mañana estarán en vacaciones las escuelas y colegios ñel país, a excepción de las escuelas del Guanacaste, que funcionan bajo va plan distinto. Nos complacemos en desear a profesores y alumnos unas felices vacaciones.
el corriente año. Quedó integrada af: Presidente, don Miguel Turu! l; Vicepresidente, don Isaac Zúñiga Montúfar; Secretario, don Juan Fuentes Soto; Vocales: don Felipe Larrad, José Monturiol, do: Coronado y José J, Alfaro; Síndicos: don Jorge Fonseca y don Vicente Lines. TEA MANUEL ARAGON QUESADA.
o. HA MUERTO.
Sus hijos y demás familia, al participarlo. a sus amistades, les ruegan se sirva asistir a las exequias gue se verificarán mañana, a las y media en la iglesia del Carmen, de donde saldrá el cortejo a las diez en punto para el Cementerio General.
San José, 23 de julio de 1921. TIT y HA DIUERTO Sus hijos Maximiliano Gurdián y Moriel Morales de Guardián, su madre política doña Esméralda de Morales y sus hermanos políticos Morales y Brealey, al participar a Udl tan sensible pérdida, le roegan se: sirva acompañar el cadíver que Hegará a la Estación del Ferrocarril del Aflántico a las nueve y saldrá dese h4 casa de habitación, Írente al Parque Morazán a las 15 horas para. el Cementerio General, por Jo cual le quedarán eternaménte agradecidos. San José, 24 de julio de 1921 a o Juanita Castells de Carrillo Conofrtada con los Santos Sacramentos. HA MUERTO Su esposo Enrique O, Carrillo tiene la profunda pena de comúnicarlo a sus amistades y les ruega que se sirvan asistir a los oficios religiosos que se efectuarán hoy a las 11 hs, en la Iglesia del Carmen y acompañar luego sus restos al Cementerio General.
San José, 24 de julio de 1921.
FSA DE REQUIEM El lunes 25 del corriente a las a. en la iglesia de la Merced se verificará una misa en sufragio del alma de Don Florencio Castro Soto 1Q. de Su asistencia a este acto comprometerá la gratitud de la familia Vienen, por último, entre los opositores, los crédulos, los que piensan que eso de la nacionalización del petróleo significa que todos los proventos del negocio van a derramarse, sin filtraciones y mermas, derecho, en las arcas del Tesoro Público. Los que tiran de los cordelitos de la tesis de la nacionalización del petróleo, cuando hablan de le ley del subsuelo, tratan de hacer creer que los dueños de los predios se llevarían todas las genancias, sin dar part alguna al Estado. Hay que protestar contra esa declaración. En virtud de su poder de establecer impuestos, el Estado, según las negociaciones de que se oye hablar, tomería un más o menos, del producto de los pozos de petróleo. Conforme a la concesión Sinclair, infinitamente mejor que la de Amory, el Gobierno tiene derecho 21 15 y 35 de lo que den pozos en teY indiscutiblemente baldíos. Si la ley Sáurez pasa, el dueño del subsuelo retirará del negocio tanto como el Gobierno. No me parece tan malo para el Gobierno. en cuanto al país, pienso que más le aprovechará en general, lo que vaya a la bolsa de los propietarios que lo que vaya al ñs Lo que los propieterios ganen lo invertirán, en su mayor parte, en al riz tierras, en comprar animales, en hacer plantaciones. Será un ca que crezca y que rinda tributos la nación. Mientras que mucho que entre al Tesoro se desvanecerá, como los cohete Testos de iglesia, en humo y rul radores de la cosa pública. ital RICARDO JINENEZ laCoteca Nacional Wiguel Osregór zano del Sislema Naciona de Lio jolevas del Mrislerio de Cutura y Juventud, Costa Rica olivas e Impor sa esfuerzo perdencia de de julio de 1811, pertr de esa fecha combat casso en los campos de batalla y tri desnitiva, auncue algunas veces la suerte de las armas le lue adverza, Memoríar los hechos de la SuerTa separetista en que tomó parte Bolívar como guerrero, es hacer el relato de media guerra de la independencia americana, Dio libertzd a toda la parte norte de la América del Sur. Murió cerca de Santa María el 17 de diciembre de 1820, se Éel Hechos, no palabras En la vista del negocio de Golden Grove verificada ayer ante el Supremo Tribunal de Casación, para desvirmar mi aserto de que el régimen político de los hermanos Tinoco se llama apropiadamente tiranía. añirmó el Lic. don Ascensión Esquivel que yo no podía decirlo por el cercano parentesco que me liza y por los favores cue de ellos recibí. De la familiz Tinoco guardo los més gratos recuerdos y le soy deudor de houdos afectos y exquisitas atenciones; peño sólo un favor inapreciable recibi: la mano de mi esposa. ella se la debo en primer término, luego a sus. padres y especialmente a sus queridísimos abuelos que con tanto. esmero y generosidad la edúcaron.
Pero de los bermanos Tinoco en ejercicio del Poder, no recibí más que agravios. per ión de mi y bienes, y la que nunca podré olbidar, el ataqve qUe su soldadesca hizo a mi casa de habitación. donde no estaban más que mi señora ynibos. Si la frase del señor Esquivel que ahora recojo fue algo más que un recurso efectisa, le niego que me confunda demostrando los favores Que. de ellos recibiera durante toda la aclasa tirante. ARTURO VOLIO San José, 23 de julio de 1921.
Fallecio en Heredia Dora Lucila de Morales.
Ayer falleció en su finca en la ciudad de He la señora doña Lucila Duval y.
de Xorales, que fue casada. en. primeras nupcias con Mr. Brealey y yiuda después de don Jenaro Morales. Se distinguió mucho por la energía de su carácter y logró consu actividad, acre centar su fortuna, que mañejó, después de la muerte de su esposo, con la misma eñciencia de un honibre experta en materia de negocios. o Fue uña dama. de salón, muy distinguida, llamando siempre la atención su elegancia y exquisita cultura: Al consignar esta nota de duelo, enviamos nuestro pésame a sus bijos Maximiliano y Muriel de Gurdíán, su madre política doña Esmeralda y. de Morales. y sus.
hermanos políticos Morales y Brealey.
Encargado de Negocios de Mexico Con las formaliáades de rigór quedó ayer reconocido por el Gobierno en :u C2lidad de Encargado de Negocios ad interi en Costa Rica, el señor don Federica Jiménez Farrel, mientras dura la ausencia del señor Ministro Almaraz, quien wañana o pasado saldrá con rumbo a su país. Escandalo en Liberia TELEGRAMA RECIBIDO ANOCHE Liberia 23. 15 A Dizrio de Costa Rica rn Jos Ayer a las doce horas, el gobernador Zú2 Mora y el maestro Aristides Ealtoda10, en estado de ebriedad, promorieroa un fenomenal escándalo en compañía de otras as en el interior del loca de la GoEl Comandant soezmente impr gobernador. Los ánimos están en un estcdo que no sibemos Urge que el Gobierno tome moza die este process que denur: Mautel Valvenle e

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