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més. Se aprobó un en jgnel sentido, y Se aprobó.
EMIPRESTITO PARA AL!
Vargas Porras.
para eutorizer la en juela n de contratar. u DIOPAMEN SOBRE LA LEY DE HABEAS onpUs Vargas Porras. Lee el dictamen sobre las reflormes la Ley de Habeas Corpus, proyecto del diputado Zeledón.
Zeledón. Pide dispensa de trámites para el dictamen y el proyecto de Empréstito, cuya autorización pide el señor Vargas Porras. Leiva Elías. Le dará el voto dispensa de trámites 21 dictamen y al segundo si se expresa las obras de fomento que se Jevaráín a cabo con los 500, 000 del empréstito. NN Vargas Porras. Lo dice el la proyecto.
Una planta eléctrica, macadamización de una calle y arreglo del mercado.
Leiva Eñas. No me había fijado; en tonces no he dicho nada.
Quesada. Recuerda aye las obras de fomento que sé. desea llevar a. cabo en Alajuela, son de absoluta necesidad.
Se aproabron las dos dispensas de trámites. BONOS DE CARBLTERAS Bénavides. Perdónese que. insista. sObre este. asunto, pero yeo que no está en ACCOSTO DI 1921 PENSION UNA MAESTRA DEI Pz COS to nic. Monge Istán Da Sia.
muacióz, Seborío. Ju uién va e decidir de la. yu nu tm Lt io y Ñ fu a a 1)
fa o la Qu 13 Es u P Presidente. El cemino 21 volcín Poés el are conduce 21 Sanatorio Cerit, no lMevan regiones productores, pero son de.
El problema está planteado ante el; se apresuraron a adherirse a la ley di terminantemente quién es el dueño dictorias entre el Estado y los propi. Estado y afecta las concesiones ototg mento lógico alguno.
El Congreso declaró nulo el cont mendó al Ejecutivo pedir la caducida lich. Puede decirse, entonces, que la orden del día el proyecto para la aplicación de esos Bonos. No, haré moción, pero sí presento mi. queja.
Presidente. Ruego a la Cámara se disculpe a la Mesa la alteración del orden del día, pues fue. un olvido la supresión de ese nefocio que debía discutirse hoy. REGENCIA DE BOTICAS Fonseca. Pide que se traiga a la vista un: proyecto qué Pprésentó en la legislatura pasada, a fin de reformar la ley de regencií de boticas.
LEX DE ACCIDENTES DEL: TRABAJO Nátamoros. Pide que se le dispensen los trámites legales a. su proyecto. de Ley.
de Accidentes, y sele dé primer debate.
Zeledón. Tengo igual interés que el sesor Matamoros en la resolución de este proyecto, pero tengo dudas sober la forma legal de esa ley. Excita a la Comisión de Legislación a dar el informe a la mayor brevedad.
Vargas Porras. Excuse a la Comisión de Legislación de no haber dado su dictamen a este proyecto. o Le niega el voto la dispensa de trámites, por el proyecto del señor Matamoros poto 2mplio. e Leiva Elfas. Tengo gran interés en la Ley de Accidentes, pero no quisiera que se festinara la emisión del dictamen. Por mi parte me vería obligado a excusarme.
Matamoros Me parece que el señor Vargas Porras no. ha leído mi proyecto.
He teido tres leyes y encuentro que la mejor es la alemana, pero no me propongo entrar discutir en otra materi zen que soy lego. o Yo le pediría al señor Marta Porras olvidarse de su calidad de abogado y pensar nue es costarricense: 29 Anuncia que espera salir pens el sorteo del lunes, y vida política para ira mu egoista del hogar. Suplica no estorbar el Presidente.
tamoros es diferente los Guve 2quí se han A. El sistéma!
discutido; se trata de ere27 un fondo para atender los accidentes de! trabajo; en Tupialba se na pue es flictos de derecho.
Sin embargo la situación del probl DEBER No creemos que el Congreso sea victima de vacilaciones con respecto a la discusión de la ley del subsuelo.
ofrece en este asunto un vigoroso apoyo moral; los Municipios, como representátivos de las comunidades locales, tí, pues, en una posición bien definida, tado en los terrenos particulares a fin de concluir con el estado equívoco que resulta de las pretensidres contreaPodria pensarse que en alguna parte del Congreso se abriga la duda de que la ley del Subsuelo perjudica esto no pasa de ser una mera aprehensión sin fundaoportunamente el terreno. Dentro de esta tésis del Congreso, la ley del Subsuelo nose encontraría, sino frente a frente de los intereses del Estado, y. tendría la ventaja. de sentar principios claros en previsión de posibles conE LS pp la opinión pública cha. El Congreso esdebe declarar del petróleo deposietarios particulares.
adas por éste. Pero y hasta peligrosa, rato Ámory y recod del coñtrato Grénel Congreso limpió ema no es tan llena cilar alegue derechos naturales sobre el depósito de petróleo del Subsuelo no puede excluirse y será por lo fento una cuestión jurídica mágna que se presentará exista o no, la ley del Subsuelo. En cierto sentido la ley se hace imperativa, nos parece sumamente moral y creemos que el Congreso no podría negarse a dictarla, puesto que, como se ha dicho ja, no se trata de una novedad jurídica o de una institución legal que Va a injertarse en el país, sino que simplemente se va a definir un estado de derecho que se funda en instituciones normales y antiguas de la República. El Congreso le hace bien al país promulgando esa ley, pues que de esta manera reduce los elementos de una discusión que puede hacerse compleja por los grandes y poderosos intereses Que podrían encontrarse frente a frente. La lucha por un lado és entre compañías extranjeras y los costarricenses y en este caso no vemos qué dudas pudiera tener la Cámara en. proteger a los costarricenses, en defender a la. Repúbli ica contra la codicia de empresas que en r2zÓón de sus vicios de origen han sido sabizmente condenadas por la Cámara de Diputados. Pero la lucha también puede ser entre compañias de origen extranjero y de nacio. holidad distinta y nosotros. no Guerriamos ser imprudentos. desear lo: qúe un alto funcionario decía con respecto a este mismo negocio lleno de tempestades: como lo ha querido el Congreso. y como lo ha sentido el; país, pues:en ciertas esferas del Gobierno se ha ofrecido una resistencia a las sanas, enérgicas y patrióticas resopeleen. Inglaterra y los Estados Unidos. Nuestra. patria no puede aspirár a: convertirse en un «Campo: de Agramante para las disputas de los dos má Greulich y esperanza dé creer que están defendi lo les deja, por ventura, sin efecto?
Este sería probablemente para la dos el problema concreto que tendría La respuesta, podrían mantener sus pretensiones do egoísmo podría justificar el que los nacionales.
SS luciones de la Cámara de Diputados.
Amory se mantienen en sus reductos. y tienen.
Supuesto él caso de que toda la obra. del Congreso Tesultara ineficaz y de que los contratos Amory y Greulich no perdieran ninguno de sus valores, la ley del Subsueempero, no es dudosa: ramente nacionales y es tal la. extensión de tierra que sz les ha concedido que sólo un sentimiento de exager conformaran con reducir sus explotaciones a La cuestión que se deriva de que el propietario partiLos empresarios.
endo alguna cosa.
Cámara de Diputaque resolver.
los Contratistas en los terrenos puempresarios no se los terrenos cima srandés poderes del mundo. Con ello lo único Que Costa Fica. podría sacar es manchár de sangre su toga repu blicana. o terminar sú existencia de pueblo libre. Por cualquier parte que. este asunto se mire nos hace pensar insistentemente que es necesario que la Cámara dicte esa especie de aclaratoria legal a fin de que la dis cusión sé reduzca a los términos de una contienda purariente jurídica y que el papel de la República sea el de hacer justicia por virtud de sus propias instituciones. las mismas Compañías les conviene económicamente una aclaratoria de esta especie, pues ellas también desearán estar seguras sobre el alcance de sus derechos y. no querrán comprometerse lesionando derechos ajenés.
Piensen los señores diputados que si temores tuvieran de abordar la discusión de la Ley del Subsuelo, por ende esos temores, está el interés nacional de tonjurar posibles y enojosos peligros.
L2 señora Eliza Fournier de Durán gren importancia. Se recibió la copia de la Memoria de de 203 de edad, pide unz pensión por Por ezo creo que debe reformarse el 2r. Fomento y pasó a Comisión.
haber servido en el Magisterio durante ticunlado para que abarque todos los c2veinte años. minos. EL PETROLEO EN ALAJUELA Pasó 21 diputedo cue en suerte le toque Se aprobó él dictamen, y se le dió priinformar. mer debate 21 proyecio. Don Jorge Castro solicite que se conoz(ñ. TS, PA TA mn yn ma Y po Py. 11. 7 Pe Cl) pa. y IA UL. que REFORMA ALAS ORDENANZAS DE MINERIA. Se leyó el dictamen favorable al proyecto del diputado Órozco Castro, para reformar el articulo 39 de las Ordenanzas de Minería.
El diputado Leiva, don Elías, pide la dispensa: de trámites, Arias. Cree que se debe proceder con más tranquilidad retardando las resoluciones, 2aungue no se remate a todos los proyectos en tramiteción.
Leiva Elias. Retira su moción.
SEGUNDOS HNEBATES Se dió sebundo debate a los proyectos siguientes. Proyecto para construir un mercado en Acosta. Contrato del doctor Zamora.
Casera de San Ramón.
la de Cirugia de Punteren: nica Antivenérea.
de estatua Ej una 2 Leiva Carlos.
Ciscusión para la io vr Co p MORAVIA VALENCIA TMAXA?
Se leyó el dictamen adverso a la solicitud de algunos vecinos para que al cantón de Moravia se le llame en lo sucesivo Valencia y recomienda el nombre de Can tón de Umaña.
Monge. Lo que persiguen los vicentinos es honrar la memoria de España. ANí hay una calle y una escuela que llevan el nombre de Padre Umaña.
Combate el dictamen e insiste en que se ame cantón de la Valencia, y dice que el dictamen le causa risa. m Montero Barrantes mi lo que causa ris2 son los argumentos del Monge.
Hace recuerdo de las obras de fomen del Padre Uumaña, nauvo de Heredia, que dejó su nombre grabado en muchas obras: aqui, en Tibís y en San Vicente.
Le parese soberancmente ridiculo cue por honrar la memoria de Sn Vicente Ce seño Ferrer, se quiera cambiar el nombre del canión.
Monge Reluta las palabras del señor Montero Barrantes.
Si no se 2cep1 leambio, lo mejor Y ca del contrato para la explotación de petróleo en la zona de Alajuela.
OSTEOPATIA Mayorga: Rivas. Habrá. necesidad de hacer moción para que se conozca de este negocio?
Se aplaza.
PENSION Se leyó el dicramen javorable a la solicitud de pensión de la menor Hortensia Romero, hija de don Basilio Romero, y fijada en 50. 00. Fue. rechazada ror 17 votos negativos.
LA LEY DÉL SUBSUELO nen sobre Moamado Se puso en discusión el dictam el proyecto del dipuizlo Séurez, Ley del Subsuelo.
Sancho. Deñende laura anterior.
su diciamen vertido th 7 fe mota pt o 1 o Pp ts Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y uventud, Costa Rica. Dni Ci Rica, fue la ordenerza y por el Rey Cerlos UT el eno 178 Nueva España que rigló tembién en la Capitanía General de Guatemalz.
Estes ordenanzas estabiecian que todas es minas eran de propiedad de la Corona y Que el Rer las dabz en uesufrucro a los particulares para su mejor explotación. Después habla de varias. édulas y reales decretos que declararon las minas de carbón de propiedad particular. y rkefiriéendose luego a las ordenalzaz de 1830, dijo que eran copia en gran parte de las anteriores, pero cue faltaba en ellas la declaratoria de propiedad en favor del Estado, pues se limitaabn a decir que todó ciudadaro podía denunciar cualquier clase de minas situadas en terrenos nacionales o en fundos propios. Sostiene que esta ley parece atribuir 21 primer ocupante la propiedad de las minas, abandonando el sistema. regalista que informa las anteriores, porque no hace diferencia alguna entre suelo y subsuelo. como es corriente en todas las legislaciones que le dan al Estado. el domirnio de las minas. Estas consideraciones bastán pará destruir las argumentaciones que hacen «los enemigos de la ley del señor Sáurez; par2 probar que en Costa Rica las minas siempre han pertenecido al Estado. po. Estudia los reglamentos de Hacienda; en los cuales no se encuentra declaratoria alguna de propiedad de las minas a ía 2avo»
del Estado. Lee también algunos artículog de las Constituciones delos años 25 14 y 47. Todas esas leyes hablan de que el Tez soro Público lo componen las tierras bal días, tabacos, alcabalas, aduanas y. dere chos interiores; pero. ninguna incluye las ta minas. Tampoco el Código Fiscal. de 1835 hico referencia alguna al respecto. Sostiene que el Código de Minería na reservaba el. derecho dé propiedad al. Es. tado, sino al primér. ocupante. Después se refiere a la ley de 1368 la cual fija que sólo podrán denunciarse y concederse en terrenos de propiedad par. ticular las vetas, placeres o depósitos de metales, semimetales y piedras preciosas. es decir, que dió la propiedad de las minas que no fueran de esta clase a los dueños de la super cie. Dice que los enemigos de la: ley del subsuelo, interpretan esta disposición enel sentido de aue sólo venía suspender los denuncios en terrenos de propiedad particular, pero que ño están en lo justo, porque la ley emplea palabras de las cua. les se deduce claramente que. esas rique. zas las entregaba a los dueños dél suelo. Habla luego del proyecto de ley den diputado Oreazmuno (D. Franciscó) paral.
derogar el Art. 18 de la ley del 68. Dice que en el preímbulo de ese proyecto, sa: expresa claramente que por la ley que trataba de derogar la propiedad de las minas que nc fueran de metales, semimetales y viedras preciosas, pertenecía al ducño de la, tierra.
La ley de 1913 no tendría objeto algunosi esta tesis no fuera así. Para qué hacen una nueva declaratoria de propiedad en favor del Estado, si siempre las minas de carbón y petróleo hubiesen pertenecido él?
Por eso acoge la declaratoria que propone la ley del señor Síurez. Un principiode justicia, añade, me obliga sostener en delensa de los derechos de los pronietarios, la dee caratoria que se pide.
Hace un estudio retrospectivo Ja leción minera, desde la época colonial, 32, euendo el Rey don Carlos III a mora poo th e mr ps 19m iy BB E, 3d y 19 tr

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