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PAGINA DIARIO DE COSTA RICA ¿UEVES 15 DE SETIDSEE DE 18 FT. PU APIO. e ¡a Dan una Campanada sin Razón Cuando la otra noche ví en LA TARDE, con caracteres muy gordos, um encabezamiento en que se anunciaba la sustracción de un importante documento de la Nación, 11e preguntaba, lleno de curiosidad. cuál podrá zer ese documento cuya desaparición mete. tanto escándalo, casí casi, como el que levantó el robo de la Joconda, en el Museo de Louvre? poco de leer vine enterarme de que el Leonardo de Vinej era yo. Una carta mía era la que. producía todo aquel desasosiego. Luego resultó que el documento estaba. muy en salvo, Para acabar de tranquilizar LA TARDE. debo decirle que ningún peligro de sustracción existe, por Ja sencilla razón de que en los archivos de la Secretaría de Relaciones Exteriorés 10 hey, o por lo menos no debe haber, binguna comunicación escrita por. mí Es. cierto que en julio agosto de 1920 hubo en la Casa Presidencial una junta de notables, con motivo. de lá Mamada ley de nulidades, y cierto, también, que a ella fuí invitado; pero a esa reunión no quise asistir, por mi arraigada decisión de no meterme más en el barullo de la politica, según lo decíá mi carta, de excusas dirigida al Lic.
Alejandro. Alvarado Quirós. No envié la carta al Secretario ue Estado, sino ala persona del señor Alvárado; y para que sabre esto no cupiera la. menor, duda, crucé la carta. con la leyenda acostumbrada para significar que el contenido era estrictamente personal y confidencial, Mi carta, pues, nd es un papel de Estado, sino uma cartá privada, dirigida a un amigo y puesta al abrigo de ojos extraños, Ni el Estado, ui el Gobierno, ni el público tienen nada que hacer cou la dicha carta. En los últimos tiempos de la administración Tinóco, el señor Alvarado estuvo en Cartago de temporada, y entoces me visitó varias veces y resnudamos antiguas buenas amistades Más que nada por deferencia a ellas, expuse en le susodicha carta, al correr de la pluma, mis ideas sobre el asunto de la ley de nulidados, o miás propiamente, sobre una opinión mía al Banco Internacional. de. Costá Rica, y a la cual hacía referencia el señor Alvarádó en la carta. personal en que me rogaba la asistencia a lá junta de nótables, Por el alto puesto que merecidamente ocupa el señor Alvarado tenía que considerarlo identificado con los intereses del Banco; y, por siguiente, le hablé del asunto con la libertad con que dos ñeros en la defensa de un esso hablan sobre tudos los aspectos del mismo, favorables desfavorables. No hay asunto que ho tenga anverso y reverso; y cuando imno fiene: entre manos: un asimto qué defender, el toque éstá en discernir en dónde se halla lá preponderancia de las buenas razones, y para determinarló es forzaso pasar revista de las favorables y las adversas, scan graves:o no lo sean. Eso hice en mi carta. Pero ese aquilatamiento de motivos ho es pará ser expuesto ante:el públicos y si yo me allanara a publicar la carta, mi proceder sería indélicado, con respecto: mi cliente, casi rayano én desleal Cuaudo háy que ventilar un asunto, todos sabemos, por propia o ajena experiencia, que es una fala: imperdonable admitir que nuestro. caso tiene puntos débiles, El enemigo los agarra en seguida. no los suelta; los ex plota poniéndolos muy de reliéve y; dgrandándolos, se sirve de ellos, con fesultados, muchas veces, desastrosos. para una. cansa que, por sus méritos, debía ser la victoriosa. Yo nó quiero. conieter esa falta. Jamás me perdonaría de que hubiera sido. causá de que ini cliente el Banco, o que el Estado, mi señor natural, tro pezaran al luchar cón sú adversario, eu obstáculos dejados caer en el terreno por mi torpeza y falta de discreción. Pero no vaya a creerse. que la no publicación de la carta ignifica que el caso de Costa Rica, tal como resulta de la operación de la ley dé nulidades, esté condenado. por la carta. Todo lo contrario. En ella dije: Viendo el asunto desde el púntó de vista del pleito del Banco Internacional, mi parecer Tue que. para los intereses. de su defensa impórtaba mucho que el Congri repudiara las: causas de obligación que ha venido alegando el Royal Bank. Dé no hacerse así parecería que ell Estado las tiene por legítimas, Y, entonces, el pleito, por parte dél Internacional, es pleito perdido.
Por otra parte, esa ley del Congreso, llámese declaratoria. de núz lidad, desconocimiento, repudio, o de cuslauier nombre, mejora la condición del Banco, porque obliga al Royal Bank a tener que discutir el negocio por entero, sin: permitirle iY primero por el cámino de la ejecución y dejar Banco con un juicio ordinario a cuestas, pára recobrar del Royal lo pagado indebidamente. Pero si tal declaratoria de nulidad se da, no creo que ella impida a Este donureno es srep od de la Bicicteca Nac. oral quel Grogá don?
Zane de Us los tribunales el entrar a conocer de los méritos de la nulidad.
El Congreso haría lo mismo que un particular que se niega a ewnplir, alegardo nulidad, el contrain que Su Juicio la contiene.
En otro punto esencial mi carte niega que Inglaterra tenga derecho, so color de la teoria de los gobiernos de faeto, a darle ese carácter al gobierno de Tinoco: Hay incónsecuencia de Tnalaterra en no haber reconocido al Gobierno dé Tinoco, ni siuniera como gobierno de hecho, y, sin embargo, pretender ahora gue los actos de ese gobierno eran los. de un gobierno legal: hay incousecuencia, también, en haber seguido Inglaterra dóvilmente a EE. UL. en las relaciones con el Gobierno de Tinoco, y no olservar ahora la declaración que hizo Mr. Wilson, de no amparar a sus nacionales que hicieran tratos con aquel Gobierno, Que España, que recorióció el régimen del señor Tinoco, hablara de gobierna de hecho, para amparar el interés de algún español, pase; pero es incomprensible que si Mr. Lloyd George creyó que el señor Tinoco no tenía capacidad para firmar uta autógrafa, dirigida a S, el ref Jorge, sí la: tuvo para firmar contratos cor cazadores de. concesignes y especuladores. comerciales, súbditos ingleses. Para el rey, el señor Tinoco eva un intruso; para el súbdito, un Presidente legítimo. Eso es un contrasentido. o Los que hablan de que mis recientes palabras. riñen con las de mi carta, como hablan de lo que no conocen, yerran por compicto. Contradicción habría si yo hiciera ahora eargos al señor Secretario de Relaciones Exteriores por defender con tibieza la resolución del Congreso y ayer hubiera dicho que toda resistencía erá inútil contra Inglaterra, y que no cabía otra cosa que una rendición incondicional, Podré haber estado en desacuerdo cón el Congreso en el concepto de la eficacia: de todos y. cada uno de los medios de defensa de su posición; peró yo jamás he dicho que había que. arriar la bandera. Los ingleses ¿ntes de la batalla de Julland abrigabán recelos sobre la eficacia de los armamentos navales de las dos armedas rivales. Las grandes unidades justificarian la tradicional confianza de que gozaban. Los submarinos decidirían la batella. pór el contrarío, la. suerte de ésta dependería de los ¿eroplanos? Estes y ótras incógnitas obscurecian la visión; pero todo éllo no fue parte. pará. debilitar o paizar la determinación de trabar la acción: Pues esa misma determinación de luchar domina toda mi carta. Costa Rica con fal de que permita que nuestros tribunales juzguen el caso del Royal Barik, contrá el Internacional, podrá contener las agresiones. británicas y hasta. proponer que la diferencia entre ambos gobiernos se someta al arbilramento de la. Corte de Haya. Los que hablan: de mi carta sin conocerla «y dicen qué ayer dije tuna cosa y hoy digo otra contraria; pierden de vista que las circunstancias de ayer y hoy son distintas: El, resello dé la ley de nulidades es un hecho consumado y el Ejecutivo, como cumplidor de las Jeyes, tiene que ajustar su conducta a la pauta que le señala aquella ley. Con ocasión de un:conflicto con Inglaterra, e Presidente de los EE. UU, de América, Mr. Grover Cléveland, pronunció aquellas memorables palabras: Estámos en frente, nó de ufa: teoría, sino de una situación. Ese es también nuestro caso; ténemos todós. que poner los huesos de punta ver cómo salimos con bién. Deseos de desprestigiar al Congreso o de prestigiar a la Secretaría de Relaciones Exteriores; o pasajeras conveniencias de politiquilla doméstica, no pueden ser buenas razones para defender, u capa y espada; los reclaz mos ingleses. Pero cualesquiera que sean las opiniones de los: otros o las mías, en lo tocante a los gobiernos de hecho y: a l2 cuestión de si el régimen del señor Tinoco pudo entrar o no en la categoría de gobiernos de hecho, me parece que los que hablan y escriben cóntra la ley de nulidades hacen algo muy parecido a los que en una guerra, se pasan al campo enemigo; y cuando, como en el caso presente, hablan y escriben asi por hacerme mala obra, lo que resulta es que el picotazo que asestan contra mi, de hacer daño, será contra el peís. Pelear al lado de los ingleses, no resulta pafriótico. No proceden ellos así en sus conflictos internacionales.
Muchos pacifistas había en la Gran Bretáña al declararse la guerru; pero una vez que el Parlemento la declaró, dejaron ellos su pacifismo en casa y fueron a tomar posiciones en el frente. Mua Naciona vo Bibuscscas del Yan sieno ¿CU tara y auvortud, Costa

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