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PAGINA 55 MIE tm CEA DAA IOVATES TULA DE COSTA ile iotoreses Gezerciet se mE lora papi 99 e Tiesu toco mio Laa Cebo iNáw e m3 ciónselas a. Et PO a a a E 1 Li id pb Fb ce bl er 11 LE la «Y aplicado estrictemente los prim. iplos de la ponentes lesal, es preciso entrar en el ccxtido del 20 sea su sta gramot esla ente asiéerido era lione LETIIRRZ según.
la rezós y el motiva EE. ES dár. mies.
ab ato Ante codo, debemos mantfestár qué do estemos de porertdo con el pres fliiniento que pretende seguir el Poder: EjJecrHro, armogándoóe isevitades one ro ese oi. por la ler; ui porel contrato, esto les, el de declerar la caGucidad. por ia simple zezón Toerza de du propio ernñterio o por mera disposición de en voluntad.
Esta És TOR. preténsión erbitreria, ave ro ha podido ser. estipuleda por contratistas mersedos en segocios, porare no creemos que existag: PSrsoneas sensatos capaces de contratar en me socios gee. requieren Joreraiones de centegas de miles 0:de millones de co lones, dejendo a la, ótra parte con ple.
sa. facultad. de declarar ad libifun, pór iy ante sf, la caducidad dela contra: tación.
Lo que el cóntrato expresa 15 diferente: Blearticola primero, después de de. terminar. las obligaciones del tontra tistaen. comuto los depósitos de narantía y fijación de inversiones del dinero en los. trabajos especificados.
para los diversos ¿períodos de explora ctionés o explota zcionés, dice: aPará determiner 61 el contratista hnbiese faltedo a: alguna de ses oblifáctióones y si es el caso. de Bacer:0 DO efectiva la fesrantía, se procederá con forme la establece el artículo 14 del presente. contratos.
El artíéblo I4éstablece pare el:cato de desatuérdo. la. facultad de que el Gobierno nombre ún Pperto Es peto.
vocida reputación: para que JEVYESADE: los motivos de la: controversia y para qué los discutacod el contratista.
si el contratióta dicho experto. nó se pasieren de acuerdo, el contrátista.
Bombrará atra experto y éstos. y un tercer experto erbitrarén los puatoz.
en Cuestión.
La sentencia de los. árbitros. podrá treer la ca neclación. parcial o total, según los términos: de la controversia, si6l contr atista, 290. días. después desotifczdo no corrige los defectos deeclarados por el fallo. Asi, pres, el fallo. arbitral nó Es bastante para que proceda La: cencelo ción, indispensable. también, rebeldía del contretista. e la podbi: lhiásd para, enmendar 505 procedimientos omisiones, que si se ajusta al tallo tres meses després de dictado y uotibecado y corrige los defectos o de. ficienciás decle redes, la cancelación no procede. Tal es procedimiento arbitral establecido. pos el articulo 14, cuvá aplicición se indica, por el párrafo rial: del artículo 10, sbera deleroiipar sde.
contralisia hubiere faltado a alguna de SEL abiiracionesí. Solamente: después de obtenida en favor del Gobierno la «sentencia de lá.
mayoría de los tres expsríós de yetono.
cda reputación de que dentro de las s0 días siguientes el contratista no se sn Es cosa ajustera, o pudiera: ajustarse al tallo arbitral, podría declarárse adri nistrotiramente la casce lación taral cidreidad del contrato, y nó en todos Tos Esos de discusión, pues en los que especiolmente contemple él mistro artículo solo procedería la conncelación parciala, sino simpleménte en Tas casos corcretos en que EXPTEsabata. Xx del prue párraio. eTamollnoasdra, dedlarares la parmal respecto de zones eopleA e Foo Ma.
caésa y co rxplotadas, de sererdo 20 par etal dela ant prOesiimicoto sniecio dispresto porla parte SrsIdej artículo 12, cobol harferse ¿dmimistairamente CEONfarina. elo estipulado axntesa, em el primer. bireio del e Pel Ta cancela ación en lus exroz de anbiireal el qa Hato, iiculo 15. kl acyerbio de maoda, téncitéos, está reci.
condo da formado quae podrá dectonaras la carccláción YU esdacidas contrato, esto es. rocodiiente erbitrai de la elfo FB Ep consecuencia, el artícu lo 12. pérrato ral, que dispone el procedimien.
cto: arbit tal, contór artíenle 14. a determioar si toutratista biere faltado a sleuna de sus. oDligacioness; y el esticulo 13, gue esteblese log Casos, de caducidad administrativa. 7bi eñde acuerdo. con él procedimiento; tral de la cláusula 165 y conforate Ez te cel artículo 14 ne e establece el proré«drmiento en: ambos casos, soncláisolas imámnz, explícita, tsabivamente cele «cionsdas entre sí y formen, un sola, cuerpo indivisible dentro. del: texto del espíritu del 1mismo contrita. de menera que no pueden separarse para aplicarse cislsdemente. sus. disposicioDes.
Pori imperio de la letra del contrato, el procedimiento: erbitral estipulado.
eo la eléusula. 14, ácbe ser aplicado estrictamente. en los cesos de caducidad parcial o totel establecidas por los arteulós 10 13, El procedimiento servido hasta ahora por. el Poder. Ejecutivo, so 5e ha encaminado, en consecuencia, por lasvizs establecidas por el contrato.
El Poder Ejecutivo, el Gobierno. o el Estado, qué cómo. parte en 10 cóntrato simiali ¿gmábico, TINE. PErsona.
ceival cómo toalquier otra. sujeta: a las «disposiciones comunes de la ley y a la: ley entre las partes de la. contratación, go puede estar investido: de las absur das: facultades. de calificar por siy ante sí las: faltas de complimiento del otra contretente, para desligarse sus obli gaciones y para declarar válidamente la inexistencia del contrato, por deter ¡Einación, de sus. propias. resoluciones acuerdos, por única fuerza de su: eriterio. y por imperio de su. exclusiva voluntad.
si Para. caneclár ¿parcialmente el contrato debe. preceder un juicio ar. bitral de ¿écuicas. de pecónocida repita ción, y, además, la rebeldía: ImMpúsi. bilidad del contre tista, dentro. de los 90 días aismiéntes la notificación de la sentencia, Que. se. conceden, para corregir, de acuerdo: con el fallo, los deféctos o «denojencias; la simple razÓn indica que, tal procedimiento de: hería seguirse! par analogía: o deducCIÓN; dentro del. espíritu del contrato. para la cancelación totel o ceducidad.
Pero es que asf: debe: procederse, no sGlamente por razón. imperativa de la «lógica, sino por explícita: estipulación consignada en el último: párreto antes traserito del artículo primero y en la arte Ana al del primer párreto delbartíénio 13, tanto més cuento que los principales motivos: de esducidad que :seIinyócan, 500 por supuestas faltas de complimiento. de las obligaciónes «consignadas en el mismo artículo pri mero.
De conformidad con el aforismo juridico que al principio hemos entnciádo, les clátisulas de tun contrató no pieden interpretarse y. aplicarse ql ladoménte, sino en rela ación cón el conjunto de derechos y obligaciones etipulidos. contéxto de todas sis disposiciones.
Le fectitad de declorar adiministramente se la concede esta fzeyi pad: al tramente la siducidad del contrató, o a MISA o E ErIzs 2r ge Los COFFIEniES ez 1as de LOras, cotebrera. pd 10 deseaizso dal clara En la Folesia de La Mere HHA ANÍSO de PEER.
ha qa a ¡Y ER e ganite SQUIVE Y, de Mata irareción es 15 de ai ces) Ll a. o ye fovcttia. DEDITE 55 Comaladza a lz año y quildarí ¿rorandamente egrodocda por sí asisicndia.
far si ¿far Ectádeninerde ¡o piedad de pad miente arbitral El clóestla. médico del Tapor tal del cda acuerdo con el. Ecutivo, holeza Maria cepto 35 del RA. ze pa. FE vorimienío Ge Lorreos El prómmao TÍSTDeS pa Australia, Muera Zasnds, China, fagónz PIUPITLES, Atestz, Es io IA Prerecizco de Caña caia. Los ncgeles, 31 Disro, ChRiczgo, Ss Enola, a3525, ent Y Toreo, via ima a man actilas, tie Cristóbal, por El domingo, Próximo, las omespardentiz e co destizo cs Eburopa y Estados. ruidos. le Hera YorE, y pora Habera (Cbbe. que condecirá vepor esti adornidens clslamares. SALIDA DE. PAQUETES PosTALes Panamá el jueves les cetorez, Canal Zone el jueves 2, LES al Estddos Enidos el sebado:a les sueve. 1616) y seliz. acontecimiento. UE. euteá a Culehras oy izí o el caballero dea Tipormzs A ar srison y dora o Lo Cadell, Bros may estimabies de le Colesiza Aangló Amereenz. m2 compla cúm oz amestro pareabién (1210)
RECORDATORIÓS, Cn p! en sacs hor de habe. co nz Herr pr E sz PA Mires Polinl Ey td Ma coña Cozscelo Timécez 919. COMXMPRolis MATRIMONTST. co Ex la tarde del domiago én lá residencia del esballera áon Gordiano Déenindez os sébora Éspozs del Eliza Jimésez de Fernáddez, cárbió.
ron ses enillos de compromiso matrimosidl dos estimabies. jóvenes. den Guillermo Boa arigaez E: y la gestil eñorite Mere Férnéndez Jimézez, señalindose, pera el més de diciembre TD. próxicio la fecha delos esponieles.
cidad éste.
das As apuncier a a vuestra de sus mas «distfaguidos Savinmos Aue tro perebl En oso Guillermo y Aarta. ny cari Gilberto Martinez. Matilde Yglesias de Martinez fienen el gusto de participar a. usted: el próximo merimonio dese Hija Carmen con el señor den Manuel de la Cruz Tofante Lan Juntas; Shangares. jelio de 1632. consignada. pera determinzóas situg elones en él. artículo 13, noes un precepto aislado, sin conéxión con las otras. disposiciones. contiartubles. 41 contrario, por. disposición! imperativa de la. parte GSmal del primer pámraló de su. texto, está. relacionada fasati vamente com la disposición. adjetiva del. artículo 14, que :Sja el procedi, miento. y por y 2rubos; tanuión. con la disposición sustantiva a del artículo pripar ds el contratista ubiera faltado a alguna de sus disposiciones. se procederÉ. conformé a lo. que estable.
ce el artículo 145, Ni cn, os c2s0s5. más simples. de la vida juridica de. las DÉgOCIÓS. como, por. ejemplo; en laz obligadiones hipatecarizs. corrientes, en qué se nacen por parté. dél deúdor toda clasz de rébostlas en favor del nereedor, y:se consigna la cláusula rutinaria de que por falta de pago oportuco de cualquier cuota de capital o. de intereses.
estipulados, el acreedor puede tener por rescindido de pleno derecho. el contrato exigible todala: obligación, nl. en estos. casós triviales amlatera: les, puede: el acreedor declarar por sí. ¿nte sí la. resolución. del contrato; sino. que debe recurrir. ante los Tribunales dé Justicia para cornstater la si.
tuación de mora y falte. del deudor y obtener la: declaráción jodicia al eorres: pondiente. Lo contrario seria romper por mae mera. dagrante. el fundamental Sidi de. que nadie puede ser.
pio juridico ¿062 en su propia: Causa.
Par muy prestigiados jurisconstltós qhe sesu los consejeros del Poder Ejeel procedimiento que se ba insinrado odcialmente por la Secreta ría de Fomento es la consabida Dota del 15 dem mayo: último, y quese pre ténde segnir. contra la Costa Rica Oil Corporation para declarar la caduciócd del contrato Pinto CGretlichb, es moni?
festamente contrario a le. estipulado.
MY esta sola cireuastaneciz sería ba stante para que. plantezdo el asunto peostenormente ante los Tribunales de JEstsela, ensentescla debnitiva se declarara Aruita la caducidad dictada premeáteremente y iuera dela tramimación Esta bletisn, én el snpresto 650, més vas3050 Estado, de sl dedos los motivos de fondo que par 72 ¿ictaria se slegaren. ÓN Mientras en juiel asrbiiral de experresozoción hi mara gl e El MU a Mercé, iento home fiaciaia ada tiene el gus tó deu participar a. usted participación. Padar zm Luiz a Matilde Infante de de la Cruz el prózimio marriooato de: su Hijo Manuel cón la señorita Carmen Martínez glesias mn Regotá; Colombia, julio de 1922.
miembros le COMPROMISO: EOFTA OREL LA, da Ha. efectuado. el compromiso: de boda del séñor don i¿uis. Loría Rivero con. la señorita: Dora Grñia Liebiskh. LA, BODA MORAGA ARTAVIA En atenta fina esquiela don: Emilio Artavis y su Senora esposa deña Enrquete de Artavia, ictualmente residentes en New York se hen servido participarnos el próximo matrirmomo de sti: hija Atienerida, con el señor don Eoaeclio Moraga. Eno lá misma esquela.
las: padres. del. amonio don Rafiel Mora za y doña María de Moraga; residentés en esta apital nos hacen la misma.
La ccremónia. tendrá lugar el 30 de los corrientes alas Fe de da means en la Capilla. del Sagrario.
Damos les pracies por las esquelas: récibidas e formulsmos. nuéstros votos por la ventura del nhéerá hogar, LA BODA FERN ANDEZ SOTEL.
En stente esquila den WNienmedes.
Sotela sé. ha servido participarnós el Próximo. matrimasto de sihija Beatriz.
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posa dona Fidelia Umaña, 2U pieza en adelante.
hab. MA pa la an EY a, EA: a bs a 38: ls pa pj É NMimeroses. eSoritas ión de esta capital se preparan para asistir al baile oce tendra itgesr lanotts della.
nés de jolio en el Club Aticute de món, el estebración del 146 2niperscio de le inaspeadencia de los Estados Unides. o o El programa musical éster a coreo del Jazz Bivd del Muestrio Béeché.
Corrará de esta. capital: uo tren EXpPTESO para conducir, a los invitedos el enel regresara el: dia siguiente del biile.
Oport tonamenté de remos mé detalles LOS TES DEL GOLF.
Un. gropo de somos ási San JotéÉ Golf Club. e proponed llevar cxbo el: aus 405 tes due se efectiian ps 2ébados¡ en este importante contro social, sean aménizados por él Tezz Babá áel Maestro Eeppeto, con cl Eb de Hdar ue mayor atractiro a estas Auestas. EL BAILE DE PAPEL Hablando con uno de los miembros del Comité del baile que ba: dé. efec tuarse el próximo. 15 de setiembre En el Featro Nacional, OS manifestó que?
defoitiva meñte está dispuestá que sen: uo baile de media fántasía, decir. lesseñorites irán: con trajes de papel y los: caballeros enn frac. Hacemos ta advertencia por. ghe. han corrido rumores de. quese había prescindido úe efectuar lá Hesta de. media fantasia para. cambiarla por «an baile de etiaueta, Advertimos. ate En nuestra socieded existe un gran, entusiasmo por que El baile sea, Como se dispuso: desde. un principio, de vapel y media. fantasía. DUELO EN EL HOGAR ACUÑ ÑA UMANÁ Don Eafaol. Acuña y su señora Cha Lan pesado por la peo ade Yer morir BOSH. ninito Eodrigo de. días de uacido. los añligidos padres enviénios nbestro sentimiento. BAUTISOS En: la. Parrogúia: de la Delorosz han sido bautizados Dielsy, de Ramón Al varádo: María. Guillén, nacido el 14 de junio; Edgar, de. Juan Vicente Cormona y Esperanza Eosilláa, nacido el 14 de Enero; Alvaro, de Sabas Loledo y Marta Andre, macida el. 23 de abril de 1921; Beatriz, de Rafagl Durán y Enriqueta Herrera. macida. el 16 de junio, Marta, de José Fernén dez y Domínica González. nacida él de Abril.
ROS PRECIOS!
ZE a y mi. ee a de o lr dad rs

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