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CINA CUarro y Se (Sp los 15 se abrió la sesión.
Se leyó, aprobó y Érmó el aota anterior.
Corcurrieron: Díaz Barquero, Vicepresidente, Quesada, Ortiz, Quirós Jiménez, León Herrera. Fnentes, Trejos, Cortés, Gorzález Samuel, Monge, Szborío, Pinto, Picado, Herrera Jentins, Urbiza, Cordero, Aragón, Leiva, Vio Jorge, Baltodaro, Benavines, Rojas, Sancho, Rivera, Arias, Chaverri, González Elores, Bonilla, Aguilar, Robles, Dr. Zamora, Fonseca, Zamora Hermenegildo, Díaz Granados, Chaves, Zúñiga Montáfar.
AMPLIACION DE VOCATORIA Se leyó una comunicación del Secretario de Coberración, en que a le la ampliación de la Convocatoría a sesiones extraor.
dinarias, para conocer de varios. proyectos de ley de emergencia.
Vicepresidente, Archívese y no estando en la Secretaría esos proyectos, continfia el debate detallado del proyecto del Código Penal.
Se pone a discusión la moción del señor. Trejos para variar la redacción del Art. 52.
Trejos: Se refiere lergamente su proposición. Un INCIDENTE. Benavides. Presenta una duda sobre la validez de las sesiones celebradas en un salón que noes el del Congreso. Estima que debe tomarse un acuerdo especial al efecto. Interroga los abogados allí presentes.
Vicepresidente. De acuerdo con el Art. 75 dela Constitución, no es necesarió ese acuerdo. Estaudo instalado el Congreso en San José, no es necesario, pero sí en caso de traslado a otra ciudad. La Corte funcionará en otro local, sin necesidad de acuerdo especial. Benavides. Insiste en se duda y formúla su moción.
Ortiz. No. cree que sea de trascendencia la observación, pero no está de más el. acuerdo que contenga las razones por quese reune el Congreso en otro lugar. Vicepresidente. Pone a vota.
ción la moción Benavides.
Se aprobó.
Urbina. Hace moción para excitar al Ejecutivo para que envíe cuanto antes los proyectos de emergencia, Se aprobó.
CONTINUA EL DEBATE Ortiz. Objeta la moción del señor Trejos, LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS PENAS Continúa el debate detallado del artículo 243, sobre homicidio calificado, Se aprobó sin objeciones. También fueron aprobados los siguientes. Artículo 244. Homicidio en el hermano o bienhechor, o en el amante o la mancebz, Artículo 245. Howmicidio con atenuaciones.
Artícilo 246. Homicidio con imprudeneía. Artículo 247. Homicidio sin especiales cirennstancias. Artículo 248. Homicidio en riña varios.
Artículo 219. Inculpado. de homicidio. 4 S 4 4 4 4 sal LA CON7 27. MATA MT rm OS DI SNRSTA RICA DIARIO EE COSTA RICA o; qe nn o Cons tes de ley a fu proyectos cional Fl Ejecutivo envía al Congreso re importantes proyectos de emergencia Impuesto cedular. Venta en fotes de fa Plaza de Artillería para Co sa producto construir cases baratas y empréstito para reparar edificios y censtruir un nuevo Palacio Nacional Señores Diputados: Los movimientos sísmicos que han afligido al país, a més delas pérdidas sufridas por los particulares han causado la Hacienda Pública grandes dedos, con la destrucción o deterioro de varios edificios de propiedad nacional, indispersables para el funcionamiento de los distintos organismos del Estado.
En la desgracia que tan duramente nos prueba, tenemos so brados motivos para no desalentarnos, aun sin contar con que el esfuerzo y el valor costarricenses no han de sufrir mengua en los momentos en que más necesario es el despliegne de esas virtudes.
El principal de esos motivos es el de que las pérdidas de vidrios han sido en corto número; en tan corto como no era dable esperar de una catástrofe de esa naturaleza y aun en el frio criterio económico, la pérdida mayor. que puede sufrir ua país es la que sufre en sus habitantes por ser éstos el priucipal y primordial factor en la producción de la riqueza.
Otro de las motivos que deben hacernos soportar con ente reza esos males y hasta tratar de hallar en ellos fuerzas para repararlos y laborar con más brío para nuestro progreso, es la consideración de que nuestras. fuauzas están en orden y nunestro crédito bien cimentado.
Con tales condiciones no han de ser extraordinariamente. penosos los sacrificios económicos que nos veremos obligados a soportar para reponer la riqueza perdida. principiar esa obra de reconstrucción tienden los proyectos de ley que acompañan a esta exposición, respecto a los cuales deseo haceros las siguientes consideraciones. El hecho mismo de halleros vosotros celebrando las sesionés legislativas fuera del Palacio que os albergaba y ocupando, por la fuerza de las circunstancias, el principal edificio escolar, no os permitirá ignorar la convenien cia y urgencia de poseer un edificio apropiado para la Representación Nacional. Artículo 250. Relación entre le acción criminal y la muerte.
Artículo 251. 1Instigación al suicidio. Artículo 252. Aborto sin consentimiento de la mujer.
Artículo 253. Aborto con consentimiento de la mujer.
Artículo 254. Aborto resul.
tado de una violencia.
Artículo 255. Punición de la mujer. Artículo 256. Aborto necesa rio.
CAPITULOXI. LESIONES. Artículo 267. De riciones.
Le Al Ll dl Mn Ls, di dia ds do ás Oficinas: de luz y Tranvía HAN TRASLADADO a los altos de los señores Mirhige, frente a la Plaz de la. Artillería.
Artículo 258. Lesiones graves. Artículo 259. Lesiones meNOS ETAveS.
y ROA ATA WWW DY Esa urgencia aparecerá mayor el considerar que en el edificio arruinado por los temblores tecían albergue dos ministerios (Educación Pública y Cobernación y dos oficinas de Hacienda. C(Psgaduría y Sello Nacional. Fuera del edificio han quedado también sin local otras oficinas que ocupaban casas destinidas o seriamente deterloredas por los temblores. La Sección Comercial, la Contaduría, la Agencia Principal de Policía, el Ministerio de Seguridad, la Comandancia de Plaza, etc. se encuentran en ese caso. Urge también acondicionar y reparar algunas instituciones de beneficencia, como hospitales y asilos de huérfanos.
Es, así mismo, de conveniencia la separación del Departamento de Paquetes Postales del edificic de Correos, tanto para dar a este importante ramo el desahogo necesario, cuanto para colocar al. primero en condicio.
nes que le permitan prestar un eficiente servicio, hoy imposible de obtener por la estrechez de sns oficinas y bodegas. o Todas estas necesidades, sien.
pre que nos mantengamos en la modesta línea que nos corresponda, pueden llenarse con relativa facilidad, por los medios que contempla este proyecto: la venta de una propiedad del Estado, la creación de un tributo ade :cuado y el uso del crédito.
La propiedad cuya venta se os propone puede producir al rededor de un millón y medio de co: lonés. o El tributo que ha de darrios la renta necesaria para servir el em. préstito que tengamos necesidad de realizar, puede proporcionar. nOs poco menos de un millón de.
colones. En realidad no se trata de un recargo én los gravámenes, generales sino de un sustituto al impuesto de la renta, de más fá cil percepción que éste, de mecía. vecindad que en otra ocasión tuve el honor de someter vuestro estuáio. Los ues que se desea alcanzar se llenen con los siguientes proyectos de ley, que con instrucciones expresas del señor Presidente, tengo el hovor de someter a vuestras deliberaciones. 19 Ley del Impuesto Cedular.
20 Venta Pleza Artillería. Entrega producto Gart para casas. 39 Autorización para contrater un empréstito con aquella garautía destinado a la construcción de un Palacio Nacional y de los edificios necesarios para la Administración Pública, en la capital y en provincias.
Congreso Constitucional. Ml La situación crezda por los terremotos obliga a la Dirección General de Policía a reforzar el personal de la misma para impartir la debida vigilancia en todos los lugares en que se siente urgente necesidad.
En tal virtud, y con iustrucciones del señor Presidente de la República, vengo a solicitaros la ampliación del Presupuesto que contempla el siguiente proyecto: El Congreso etc.
Decreta: Artículo Unico. Amplíase el Presupuesto de la Csrtera de Segurided Pública en diez mil colones. 10, 000, 00) para aumen. tar mientras las circunstancias lo requieren, el servicio de poli Ai Poder Ejecutivo El Congreso etc. Decreta. a Artículo 19 Facéltase al Poder Ejecutivo para que contrate un empréstito destinado exclusivamente a la construcción o refacción del Palacio Nacional ydemás edificiós públicos de la Capital y Provincias dañados por nos costo para el contribuyente los últimos temblores.
y de mayor entrada reta para el Fisco. Me refiero al impuesto conoci. do con el nombre de cédula deArtículo 260. Lesiones que sólo determinan enfermeded de corta duración. Artículo 261. Formas de es pecial perversi: Artículo 262.
imprudencia.
Artículo 263. Lesiones en riña de varios.
Artículo 264. En caso de heridas recíprocas. o Artículo 265. Agresión realizada con arma de fuego.
Artículo 266. Lesiones con el asentimiento del ofendido.
CAPITULO IM. DEL DUELO Artículo 267, Con padrinos.
Artículo 268. Sin padrinos.
Artículo 269. Iostigación el Lesiones por duelo.
Artículo 270. Provocación al duelo.
Artículo 271. Casos de pro vocación con fin invoble.
Artículo 272. Combatiente. destenl.
Artículo 273. Alevosía de los padrinos. Artículo 274. Duelo a muerte.
CAPITULO IV. ABANDONO DE. PERSONAS 77 GLO 11. DELYITOS CON¿TRA EL HONOR El artículo 275, sobre la iojuna, fu objelado por el repre20 En garantía de ese em¡ préstito dará el Poder Ejecutivo el impuesto de la Cédula Perso.
nal. sentante Chaverri, que se agregue el término soltera. Herrera Jenkins, Objeta la forma de la moción.
Chaverri. La modifica.
Se aprobó y también el Art, Artículo 280. Difamación.
Artículo 281. Sobre la prneba de la imprtación injurjosa a un funcionario público, fué cb.
jetado. Jiméoez. IJema la atención dei Congreso sobre una novedad que cree peligrosa.
Tenemos libertad de prensa y se deja al funcionario. público aceptar o. no la prueba de la im.
putación.
Se refere al escándalo petrolero delos Estados Unidos: un. ministro que recibe nu préstamo de cien dólares del arrendatario. pregunta. Si eso ocurriera en Costa Rica, podría el ofendido tepar la boca del injuriante. Este Código, en este cazo, es un retroceso. Se va a menguer la libertad de prensa. Yo dejo pendientes esas preguntas.
Eerrera Jenkizs. El señor Jiménez se adelantó, pues yo de seaba pedir la supresión de la parte n21 del artículo.
Jiménez. Hace rroción para dejar viva la disposición que hay sobre delitos de imprenta.
Como ro te, pide qu to e la ley la visaplace este ssuna siguiente. Crees que deba sta el Cóligo de ás arplio y la ley us 1915, Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y uventud, Costa Rica.
2205 1, El Congreso etc.
Decreta: 19 Facíiltase al Poder Ejecutivo para que invierta por ahora hasta la suma de cien mil colomes (6 100. 000. 00) para socorrer en lo posible a los habitantes de la República damnificados por los recientes temblores.
29 Autorízase así mismo al. Poder Ejecutivo para que5i fuere necesario, recurra aun crédito nacional para cubrir los gastos que se refiere al artículo anterior. e Dado etc.
El Congreso ete.
Decreta. Artículo 19 Antorizar al Poder Ejecutivo para que, de acuer»
do con la Ley, venda en lotes la manzana en que está ubicado el Palacio Nacional. 22 El producto de esa venta será entregado al Banco Internecional en abono a la cuente del Gobierno. o Los fondos, que en virtud de este Decreto vaya percibiendo el Banco Internacional. los de. dicará a la creación de una sec ción hipotecaria: para la cons trucción de habitaciones.
49 Los préstamos de esa sección habrán de hacerse exclusivamente para la construcción de casas de habitación contra tem.
blores. Los solicitantes deberán.
tener libre de gravámenes el tetreno en que la casa ha de cons trhirse, a fin de constituir pri mera hipoteca a favoridei Banco.
69, Las casas que se copstiu yan con préstamos de. los que esta ley autoriza uo han de exceder de un valor de. 5, 000. fuera del valor del terreno.
79. Los préstamos de esta sección los hará el Banco con un interés de y una amortización de anuales, por medio de abonos mensuales, La Junta Directiva del Banco hará un Reglamento de la nueva sección, sujeto a la apro»
bación del Poder Ejecutivo. Dado, etc.
de 1910 sobre delitos de prensa Vicepresidente. Así se bará.
Se aprobaron. los artículos.
Artículo 282. Exención de pena como ia de la prueba.
Artículo 283. Prohibición de prueba. or Artículo 284, Ultrajar.
Artículo 285. Injurias y ul.
trajes en juicio. LEYES DE EMERGENCIA.
Vicepresidente. Vamos a sus: pender el detalle del Código Pe. nal para conocer de los proyec. tes de emergencia, qué acaban de llegar. Los textos se publican en otra sección. coSe le da lectura a dós. aumento del Presupuesto de Policía, y exención de derechos de importación a las entradas de importación, NU discutirlos, dispensando Martes, 11 de marzo de 19 Montero. No es del dar con comisiones, sj der a dar esas leyes, Hace moción para Entrar a los tráBO proce.
mites legales, Jimévez. Rennuncio la Pala.
bra, porque era con el mismo Sn.
Se les dió primer debate, Leiva. Presenta sus sobre si estas leyes yan ad ficiar de verdad a los pueblo damnificados. de emereencia Cas0 aya Recuerda queen 1910 se 2Pr0. vecheron de las facilidades Que dieron las. leyes especiales, cpmerciantes que. las comprabag a quienes la obtenfan. Creeque debe procederse con prudencia, eu cuanto a la dis, pensa de impuestos a los materiales de construcción, Quesada. Se pronuncia en igual sentido; los megocios de maderas está en manos de costarricenses y si ellos pueden dar la cantidad necesaria y no ex.
plotan la situación, no debe li. berarse la importación de maderes extranjeras. Cortés. Se pronuncia por la. dispensa. Cuando ésté en estu.
dio, puede reformarse, si del estudio de la Comisión de Fomento se estima necesario. comercio y al conocerla no más. bajan los precios. no.
No se trata de beneficiar a loa madereros sino al país. Benavides. Está de acuerdo con el señor Cortés.
Quesada. I, ja madera es tn producto nacional y si puede conseguirse en el país, al mismo precio, lo natural es darle preferencia.
Trejos. Puede aprobarse la dispensa de trámites, pues la ley nó se dará todavía. Tampoco cree que la industria maderera se perjudicacon la com. petencia temporal. A Se aprobó la dispersa.
Luego se leyó el proyecto que erea la Cédula Personal. Pasó a Comisión de Hacienda.
Esta ley es una amenaza al. Se leyó el proyecto de ley que dispone la venta de la manzana donde está ubicado el Palacio. Nacional y la Plaza de Artillería para construir casas baratas.
También pasó a comisión el proyecto para autorizar la. con.
tratación de un empréstito a de construir un nuevo Palacio y otros edificios públicos.
SE PIDE LA REVISION DEL ACTA. Picado. Vuelve a referirse a la interdicción civil y mociona en el sentido de rever el acta para abrir de nuevo la discusión.
REPOSICIÓN.
Por lá ánsencia del diputado Fernánd signó al diputado Rojas para.
suplirlo en la: Cómisión de Fo. mento. Alas 17 terminó.
Antesoche hubo us incendio ea Orotia El Jefe de la brigada de la Cruz Roja que se en Orotina, don Enrigue Chavarría, los cinco gendarmes que fueron con dicha Brigade, se hallan exuidando las casas de comercio.
Dice que se declaró un iucendio antenoche en casa de don Ceno, don Santiago, sede. informa que.
bio Vargas, teniendo dicha Bri gada que prestar importantes servicios.
El señor Chavarría ha sido investido con el carácter de Agente de Policía.
DE ADMINISTRACION ESTROS ABONADOS. Para poder atender con el esmero que se requiere, a nuestro gran número de suscritores, rogamos e todos aquellos que por las actuales circunstancias hayan cambiado de domicilio, se sirvan evsar a esta Administración su nueva residencia, con el fin de que nuestro servicio, y las suscriciones Tesbectivas, m0 sufran ninguna demora.
Este documento no posee notas.