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Hábito, 29 de noviembre de 1925 e Ho dire)
Ejecutdro, qee cnntotao al srifcn.
lo 13 de la sulema Ley de Aceguros, deta ora aplicable vuranta días de pulsa de ey emisión, VUrITE Lal plas uo fué couccélón para que dentro Co dinecueipllersn len preseripelo.
ses ruglomentacios entatulóna en la milama dey, ylero contarse a par tic da la fecha eo que ella entró ea vigor, ses diez Cespués Ceng publicación en el periódico 0elal. Articulo del Cógico Civi1. Debe teucree ea cuenta, TT que dados los ora que persigue la Ley de Aseguros, es de orden pie bilca y que el impuesto QUE estas iece e deducie de les pólizas de los asezurados Dora un topuento de beneficencia Pública, tal como lo conaldera la parte demandada, also, almplemente, boa delucelón hecha a loa asegurados pera in.
Cemoizar los perjudicados de tos perjolcics ocaslonados comet fo.
ceextlo. Por les razoves expuestas, estima el Juzgado que la acción establecida Cebe serdeciarada procedente. Que la actora Mantela Modo García apeló dela sentencia ante: rior y la Sala Primera de Apeclaciones, compuenta de los Magletras os Licencicios Cererdo Gurmba Quirós, Bruto Serrano Jimbnes y Francisco Sslbreano CAcseri, la conSrimó a las trea y cuarenta y cinco mínntos de la tarde Cel Cies de jaelo áltimo, con fundamento en entas razoces. Que la ley es retroactiva si pri Joa clodedanos de ta bien que se balla bajo en domi.
nio. Cuando ocurrió el algienteo de la Fábrica de Velas La Polar, Sta, concdo se realizó la condición prevista en el contrato da segoro Para qué Cortar los Gallos? Ese Cois 11 Los aralasia mo ost 2d es es propios añ Uso Gnsli pora Dic e Pa pe de nqula torttra TONO Ór aus Liteon Pxza qué corre US el oderzacortaloa de ES elmicar das erecirta y permanent Geri? deso ben tía a emguior años denputa do añora, y Ud. poste Carnierio en enenzezur ponía pros dont.
Cane uas boris bar emo, Leraos Cos Farricatics, Ciiciga Un As para el pago dela respecilya paro 34, atába ya eo vigor la ley (e Cc Octubre Ce VW, que obliga altos Aretguralores e reservarse lez per Cleuto para lodemolzación de veclo 105 09 Ascrurados, yental cascepto, cabe decir coo buen fundamen»
loque la sucesión drmardada con.
ca llezó adquirir elderecho de tetirar fotegramiente el valor de la Póliza. Si Que Jey cueva ee ilita a Clamionir o exticgcir alrples eventualidades o expectativas que botiecen el carácter de derecho Aúquirito autes de eu promulga.
ciáo; 00 ne puede Cecir que ejla retroacciooa. Hac TY 19 N3 Nocabe, poes, aSrmarqze tolce los efectos de ua contrato écbas Getersicarae segón la ley vigente al obligarse las partes, puesto que los efecton que Certvan de acostecimientos erectuales, Ce techos nuevor, ex post futo, ue riges seCcán la ley vígecte enel momento en que dlchca efectos ac veriócag (P. Elore, píg, 23) del Tratato de Árretroactivicad e icterpretación de laa feyes. Conforme a lo que ra dicho, el acuerdo municipal tora: 80 en resiones de alcte y unere de marzo del ado retropréóximo que desechó la solicitud del albacea y Rájncataria Ce la aucerión García esbre devolución de las suman re tegióan a la ordeo del Mucuicipio, sienta ex el caso la buena Coctrica, yla Sula, probljsclo en 25 todo loz conceptos de esa C¿cterminación, catima bles resseltos en primera instancia los poutos sometidos al conocimiento de los tribonales. 49 Que la misma señora de García y el albacea de la sucealón Cemandada foterparieron recurso Ce Casación de la seotencia de la Sata Primera, aleganto violación tel artículo 26 de le Constitución Política. La deducción Cel Ciez por ciento que prescribe el artícoo lob34e latey de de octubre de 1922 o cane impuesto o 60 lo es: no esos impocato, dice el Juez en on sentcocia. la Sala Primera lo conárma en le soya; peso aucque lo farra, que co lo es, no existe en enestro positivo el nua disposición Que establezca que las leyes fisca»
lea tieneo efecto retrosctivo; mientras que sí existe el priecipio eoostirocional lacónico, ley básica «io excepción, que dice que la Jey Eo tiene efecto retroactivo, Las sevteacias de iustancia vo le dan el carícter de impuocato, porque, es claro, el Cócigo Fiscal Do jociuye ci referido diez por clento como lapuesto, al lo luctuye cl Regiamento de Heclenda como bicors oecionales. véase ecutencia Ce Casación de lan don le Ja tarde Cel diez de noviembre de mil 09vecientoa veinte. ul la citada Ley de Seguros le da el carácter le entrata a favor del Tesoro NacioDIARIO DE COSTA RICA fallo de la Corte sobre los aseguros de incedio palo La penfencia del Jurz de primera leataccia Clce que el Ciez por cleato es tolmpeneate ne rluadín becha a íce sergaraCos para Imtemnizar e fos ¿erjos lcaloa de los perjalclos cension caéce coa el iocectior. La Ce la Sata Pricera estica bleo fest 1c6 ica puetca esmetitco y Zalla xpresicecte de acuerdo con l2a FAzones en quí es basa el Jorz Ce Cocde resata que ke de quitarse o Celucirae a uo aoegorado parte de «un propiedad pera ig.
demolzar tercerco elo paberse siguiera el ese asegurato cons el Caño y con tal crtierio ee lo Ca efecto retrasctiro e y de2de Octzbre de 15. apiectutcla acontratos Cde ecguro perfeccioralos dotes e haberse enisido la ley.
hal, que para favorecer a terce: Tos que o tenaron risgusa pariicipación ex los contratos dr sezoro contra incecdio, se Celucirta a la ancesióa ldemartada el Elez por cientole las sucass qee hoblere cobrado o cubrare en raría de los MegOrca que ía demanda se contae, aegoros contratatos mock actes de la pubilcación de la tez.
La viciaciós, poen, Cel artículo 26 e la Constitución Política con.
siste eco que contra cxe raulato imperativa y claro del piieciplo constitucional, aplica la Sata Pri.
mera Uca ley ponterior e las que estaban en vigencia cuaodo los contratos de seguro contra incrn»
Cio fueros hechos, haciendo retro activa ta ley Ce de octabre de 1922, La Sala Piliera no cita ley AUS Apoyo de sa senteocía, aig0 que se elrve de las doctrinas de Hue y de Fiore pare darretroactividad a la Ley de Segaros cltada y coolenar a la succalón de maodada al vago del dica por cien. Qué ley positiva de Costa Rica lce le Cocirina que deta prevalo cer. Es posible con esto Eactrica viclar ena Clepoelción coestituciocol, y, acbre toto. cuanto esa Cot trica 09 eclforae? Plieíso se case la seotencia e da bala Priterra, Certo e gscactías a Ja societad Ceqceoza Cerezhos, blen acquirllca el amparo Cañas ¿eyes antericres, no serdodeapcjaldaa por jezyas pcetesicees, ca violación faprante Cel asticcioló deta Con»
titorión Políuez Ce la Repítitea. OQae en la ortatarciacióa Cel juleiose dex obaerrado les ¿res erpciones legaien, Al sgistrato Ores uno corresponte la relaccies de esta aenteccla; y Consiterz9do: 1P Le Ley de Seguros (el de octubre de 197, pues que code aízcó el Cía en que comenzara extiir aus efectos, quetó en vigencla diez Clas des de su peblicación. Artículo 19 r1 Cétipo Ci.
v11. Cannto fcé promulgada dicha ley, estaba pentleote el contrato Aquencredera exle recurso; contratoque cesaría cuando ocurrico el elniestro ee blejera el pago al asegurado, o cuando re cumpliera el piszo convenido. El artícalo 73 le ess ley vo fija un término perra au vigeccia, aloo para que los ac tros ya coutratados se ajortarao a la Civeraldad Ce requbiitos que ella impone, fenpirados en el een»
tido de interés páblico Ce que el seguro no se convirtiera en ura espreuiación tan peligrosa como jomoral; peu la luteación, cutre otras, ds que no serepitiera el caso e pobres que quedao slo techo y ala abrigo por consecurucia del Jocendio, a nn tiempo que el asegurado puede ver uncaodal mía la rosfsna, al acatar de narve, tr cabello extá fino, blen orlezado, fararte Dentro de ana o dos horas estará seco, disperso, alborotado. Entonces ¿80 qué la elrvo estar biex vestido vadesaliñad. WOOD 941 FAST THIRD OTREET cateza armia por completo toda buena impresión que su traje pueda carzar. Siacomb hará que el atracuiro penado matinal permanezca L0.
rraculado todo al día El agua seca el cabello y lo wuelve quebradiso; la pomada lo deja graxionto y persjoso; Stacomb Perfecto con Stan otkíga a pernanecer donde el copillo lo coloca.
Las cedoras 0320 Stacomb para evitar el desarreglo de qu tocito y corservar en perfecto orden los fizos y el cabello recortado.
Siacomb es obterible, en tubos y pomnor, ea toder farmacias y perdumerías, Conserra Peinado El Cabello omecos brrexiocatie o averiato, en cromcante y esotacte. El el ar tíiculo732 elgulócara lo queel recurreate preter r, vale Cecir, Lowecta dina para qoe da ley eusilera etezica, no tectría expilecación to Ciapieero en el anmicnia 7l, por ejemplo. Es clero que quies ae PSA que cosplir eos Jo preceptuado en esta Ciaporleión, aecmetiésócae a los términca y eezcicces que ella expresa; tércicos que no tocciertan con el lepso Ce coventa díes a queelreczrao aleteo Losciazo habría que decir respecta e los artícnica 45, y ZBlela misca ley, interpretados auténticacieste por decreto de te diciezbre de 1922; Cecreto ente Últizo, comotota ley iotergretativa, con retrcascióo ala les icterpretada, y le epiicación tan perenteria, que previece el tao lel cable para el inmediato camplimiento Ce nus dispocdcionez, alguna de éstas ejecstable dentro te piezo Zatal co mayor de cioco días.
2DM E! artículo 43 extablece dos kxprestos: uno, Er Cles por ciento sobre el producto líguito te la po líza cos destico al respectivo Mo.
uiciplo y para CGiveraidad Ce foes Celonegable interés nocial; y otro, ex an caso, Cel cluco por clecto cos éeatico al Estado, El primer impacato eólo »e tace efectivo cuando el siniestro, objeto Cel seguro, acontece; el sepundo, cuando secelebra el contrata de »egaro. La deónceión del diez por ciento ae decretó coo visión tel paro de la póiza, Cuando este pego pudo hacerse, la ley estaba en vigencia y quetó sometido al impuesto, Si el slolestro no ocurre, no habría habido ocasión de reclamar el tanto por ciento destinato al Municio pio. El hecho de que el Maonicipio, y u0el Estado, a¿rniniatre los fondon procedentes de esc impuesto, toquita éste en carícter de im.
presto acioosi: no fué creado para uu Municipio, also para el res pectivo Xonicipio, cualquiera que fuera an localización y juriscicción dentro del territozio tedo de la Repéblica. Fué, por tanto, ua impuesto, eatablecido para todas las jurisálecionea municipales enque está aeccionada la Nación; 39 Per lo dicho es los anterio.
res cocsilerardos, el caso que en exe recurso se Ciscute no presco ta el de uo coque secta uva ley efecto retroactivo. Pero conviene septar que el priucipio de core troactivical escrito en el artícalo 26 le la Constitución, no puede esentenderas de la vuatoralez QUINUNA Ell FORIA SUPERIOR se AFECTA LA CABEZA mectivo da so electo tínio y lezeros, el LAXATIVO BROMO QUININA es miperor e la Quiza ardicería No proózce narviouítad, ul easlestar en la cuteza Tengano e encuta que elo Ley eS La rza de GEOVE ea coda celia PAcisa siera maleria y cordcico de len lejez Cos respecto a leo ¿re cróco pánib n, e tilías para enmparar vitales tateresecs ecclales amenazados, le dectriaa clentidza y el leglaledor patric heo Cieho que bey relrosetiridad, Caca, entre ctrca tantes ejersplos temedos Co puestra legis.
lacida, el Ce la Ta ley pesal unera, exacto favoreze al reo, el delas leyes Ce policía e higiene, cl Celdas leyes Ce eergencia Cecretadas para altuaciones arcrciales y es presencia de orgectas necesidades públicas, d: YW La dia del artículo de la Conecitución so tiene encaje cc el cano. El Poter Legistetiro lo tiene irrestricto para earsblecer impoes tcs y decretar ccorribocicres (ar culo 73, lzclso 14, Ge la Conatitocide. aía que eso implique cra violación del derecho de propiedrl.
Tampoco aos perticentes las citas e los artítrica 1022, 1025 y 1045 del ico Civil, porque el la foerza Celos contratca entre lss pertes, sian releción coo tercerca, vi la anseecía del Colo, falta, cepligen»
cias o impredeccia en el acaecielecto Ce ue dao, privan al Cono Ereso Llela República de la frenitad Eo entablecer Leporatos, Por tacto, se Ceclarz ala logar la casación Cemandala, con costas Rcarrode la parte recurrentre Nicolás Oreamano. Marías TreJo. Loles Dávila, Jos María Vargar. Jorge Guarcir. Antonio Picado Secretario.
ongss esmanalea cara a sa plal cierta, ene ejor bedllaráa estará ecaterta, eorzalrá bien y al suceso feo clonazá trolas a DIR.
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te, un Secretario y un Tesorero, Bl Comité atenderá el arreglo del local, proveerá los alimentos y cuido de Jos arizales y todos aquellos trabijos indispensables para el buea éxito de la Exporición, pero ro ae bará responsable de las anima. 004 Tea que perecieren por cansas fortujlas.
Ujes y gacarcisa a terceros ea Saa Franooto, siecdo que la css ES uragte el tiempo que dure la Exposición, pingún expositor tendrá Ucne u propio departamento de Corretaje y cobrando Ja comisión mínima derecho de retirar ens aniciales pi a ioterverir en las disposiciones to. tadas por el Comité. o. Ventas a término o aceptando consignaciones animales que a juicio de los Jurados CaliScadores, merecierea recormmpenss, serán premiados coo D:plocias y Mercioces HonoriScas. la caliScación se bará el Áltimo dla, por peraioras compelenles zoribra4 des par el Cocsejo Administrativo, lo. Texdráa cbida Ez. AAA. ase y ma se premiará, erparado, Tex cabida los 15 a lend pa a arízales que pertenecen a ns siguientes Clases Efectuand pagos ac o Dust En ll Pazczo (use Reproductores de pura raza, importados o nacidos en el. pala, ambos sexos, ayotes de dos años.
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MANDEN MUESTRAS S ta pedo al es todos) FEDERICO PERALTA FRANCISCO NARIA NUÑEZ mitada 7 na Igualeda ll Ú pHoY. TODOS ¿EZ IXV LAA RAID ID or au id AS a p 4 por ninguno Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Naciona! de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y uventud, Costa Rica.

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