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Historia Moneta: vi Los primeros tiempos de la lndependencia. Ll cuño provisional Al uiclar Costa Kica 4u vida ludependiente, consrivó conu ino otras Repáldicas el slotera monetario español, Ls onza de oro que valía diecleéls peros y los reales ale plata coso las monedao que interventen en ens drarsaccianes, Ye ticmos visto las dificultades quo prescuteba el elstema, con cl variado va: Tor de les monedas que lo componfan, con la escases de fetas y con la presencia de las piezas cortadas. Ásf, poco de extiofiar que se siutiera la necesidad de ne moncda nacionsl y ee testara de satio: faceria, Je buena hora, con la fundación de tina Cana do Rescatos ordenada en 1824, pero que sólo pudo priucipiar a trabsjar cn 1828, con tres empleados que bartaban para el trabajo.
El Decreto de de noviembre de 1324, scfialabe la sentida ne: cesidad y las esperanzas de los legloladores de cesta tusnera: sel Con: xucso Constituyente del Hatado do Costa Rica considerando quo el establecimiento de un Cuño para amoncdar cl oro y la plata elevar tía al Estado a un grado de prosperidail desconocido hesta ahora: que importeute remo de minería tendefe uns gran protección: que la Asamblea Naclonal Constituyente aníniada de cotos senti: mientos lo ha concedido, ha tenido a bien decretar y DECRITA: 19 K! Gobierno procederá desde luerxo a establecer la emoncdación «del oro y plata es Cuño provisional cos total arreglo a lo decretado pot la Asarablea nacional Constituyente en su decreto de 19 de Aarzo de este año. La tmoveda que por de pronto seordenaba aciflar (Decreto XVII de 27 de octubre 1324) era de sólo 200, 000 pesos de cobre en tres valores: Un real con peso de onza, Medio real con peso de lí de onza, Un cuarto real con peso de de osxs, Las acuñaciones ec hacían co el Cuño Provisional de los Morcones y algunas dificultades tendría el Poder del Estado con los Poderes Centrales respecto a estas acuBisciones, según se desprende de una orden del primero de Juvio de 1925 en la cual se lee que. La acuñación de nua colección de movedao últimamente acuñadas es del agrado de la Asarables, del Estado, peso, que para el coso de que aun se resista la acuñación, el Gobierno reclame al Supremo Poder Ejecutivo las matrices y le manifcste que en pbsequio de la uniformidad absoluta de la ruogeda está pronto a cubrir: los costos de ella, pero que si no se pudiesen obtener el Gobierno continuaría la acafisción por ser el ánicoelermento con que puede contar para fua dar sn Hacienda, y que eu cusolo a la moneda de oro ya acuñada en Los Horcones se ponga en ifculación perando. quienes se resistan a recibirla, supuesto que está subciertemente garaclida. De esa moneda de oro y de otra cantidad, también pequeña, de smoncda de plata, acuñadas a Éoes de 182, con metal vociozal, no aparecen detos en los libros de la Cosa de Moneda. Verdad que esta a principió a funcionar en regla, en 1823, Tampoco ea puestira eyección de leyes Egura virgán acuerdo. Pero la acuñación se hizo y la moveda circuló, aurqgue no es posible decir es quéccacióa.
Ea realidad, esa premnmicaa la situación ecosómica y fiscal del Nuevo Entado, carente de rectas para orbrecira sus pecesidades, y chligado a cosdyuvar a la satisfacción de los cargas de la Rezá: blise. Es gráfcos términos reseña esa situación el manifesto de la Assobles al pueblo, en 1525, al decir: Crear la Hacienda que es el primer elemento, 23 medio de di crltedes y pobrezzs que se presenten vuestra vista, el elemento Que u sicas y aesbias nacioses ba presentado los mayores ebararos, es lo y ¿mero que reclama puestros deberes, y si se advierte que ala comercio, el so muy limitado, sia agricultura, sia población, sía luces, ol ato las rentas antiguas por haber centralizado todos estos Objetos, lejea de presester materia sobre que forrzarla exigen to»
vimiento y para ello toda la fuerza necesaria en el Gobierzo, que Esta consiste en la Haciecda y que 09 hay ato para el pazo de los primeros alimentos de sus empleados, exaí se palpa ura inposibi! ldad de fuadaría que justiSca nrestra confusión. en el mismo a o a! representar ul Presidente dela República. La pequeñez delas restar que han quedado disponibles y la premora de ellas y la necesidad de que se le den 203. 009 pesos del Empréstito Ing e que tomó la Federación, para der impulso a mochos rarsos, formalizar el Caño, Cass de Rescate y circa establecio mientos. No cejaban los dirigentes del peguezo Patado en sus espeños respecto al Cuño de Oro y Csaz de Rescate, y así, trataron de lograr loa foudos por cuartos taedios creyeroz convenientes. Primero poz ca empréstito forzoso entre los veinte isdividuos más pulieztes, y después negociando vu empréstito de na rillós y medio de pesos cos Mr, Luis Eire, pars extablecer ambas ofcicas, abris caminos y escuelas e Írmportar mequicarias.
Ni el empréstito forzoso ni el de Mr. Bire se llevaron a cabo. Este á:timo, segán parice, porgae el Gobierso Federsl ofreció particip»r a Corta Rica con las castidalsa que ceceajtase del empres.
tito de siete millones contratado por Ja Kepéblica. El Estado, por fa, logró valerse por ef 60 y en 13 de cotobre de 1828 decretó el estableciciento de la Casa de lfoneda y focoltó al Cobiergo para que, en calidad de préstamo, dispusicra de lca fondos federales para la compra del metal y loo reiutegrara con el producto amonedado, Éjando los precios de compra es diccistia pesos la enzs de oro de 23 quilctes y en afete y medio reales la de plate vir geo o de piña, La Caes de Moveda sólo acabaría, oro y plata, por cuenta del Cobierno a la ley de 21 quilates pera el oro y 10 dineros 20 Eramos para la plata. El escudo de oro valdeía dos pesos y el pero de plata, llamado tezbién real de a echo, tendría cebo rerles. ta par de la monedo racional siguió circolando la colosial y la de otro» Estados de Aciérica. Muches de coro piezas eran de dis tintas leyes y alguuzs como lzs de plate de Horduras y del Perá ezan de valor rebajado, especielmente les primeras que contenían ciscuenta por ciento y, aun más, de cobre Otras, como los macacos, fueron falsificadas contribuyendo a entorpecer, serlemente, la circulación, esto trataron de poner remedio los Poderes Públicas, a peco de haber rezezmido Costa Rica uu soberanía (11 Abril 1829) provisionalmente.
El mismo sño se decretó reformar la tarifa de precios Gjada para la coc:pra de metalca disponicudo que en lo sucesivo el frecio fuese igual al que resultase de la ley de las pasta, Poco después se ordevó que no ec cobrace ensayo y que se pneíceen en vigor lse anti guns leyes pensles referentes a le circulación de la moneda faton gastada, y eo 1833 se ordenó a la Casa de Rescate que rescetase toda la moneda provisional de oro y plata, pagando la Jegítima por 03 valor facial, la alterada por el valos de eu ley y peso y destruyendo la falsificado, Eo 1836 ee masdó amonedar toda la plata existente en la Cana de Rescate y la que presentaseo los particulares, en monedas pe. quíBas de eno y dos reales, y en 1833 se prohibió la circulación de las monears de oro de custro pesos para abajo de los tipos de Calorsbía y Peró, en razón de Enber sido falsifcadeo en el exterior.
Sin embargo, como la escasez de metal era mucha, poco des puts. 1840) se toleró la circulación de la moneda que el péblico tepugnaba como de mala ley. Y, al descubriroc en 1841, moneda perusna de cu, tro reales, falsificada de puro cobre, se dispuso que Do 60 Esta y la hondureña, sino 1cda la extraojera de plata se presen: tase para ser habilitada, la de buena ley, eelléndolas con cl escudo DRA TEO) JUL CUA RIN ia de Costa Rica del Eetedo y oncdudales am pequeño bucsda peta compernent elo tra Dojo, Les de inesor leg ecrlen seseotatas y luntitizarien les qte no edmiticaen trscste, Al propio tirospo sr prohibió hailsculación du la mu ertlada y la raporteción de lea sellada, Paporición semejante ve Sumo, Tespecto a las vueno y tutdles oneas de ora, por haber apar tecido, también, folelticación eu ellas. Vel fué ed urigcr de la mono: de con hurco u harsdada, Por este ti tpo ennoció Costa Rica el primer papel moneda del Histado, Una orden de 139 dispueo la emisión de 23. 000 proce en vales de tmo, cinco y ita. que servirlen pora prat denmdao del Goblerno y que Este recibirla e en ves, en pego de la cuarto parte de derechos de elcabals, alumna, tlertas baldíos y adjudica: ciones de tabaco. Después da deta, varias conlofones Eneros dcchino, eu alistintas épocas, pero slexpre en cantidades usoderadas y procutándoles er pico exficiente eu el puso de derechos fecales, Una de cono emlejo neo, le del cmpróstito de Morscho, sercocatalra, sexta Decreto de 1843, reciblendo los certificados cs pogo de las treo cuartas partes de los derechos de aduana, reconociendo los Íntereaes, y, En paro futexro de tierras baldías reconocióndoles nn plus valor de dlexz por ciento. Ho 1844, cuviera dequo las rentas qa crao enficientes se ordenó suspender esas embriones La primera Ley monetoria Buen de 1839 ac dictó el Reglamento General de Haecienda Pública: Botre sus dispoviciones Grueso las pertinentes al poco y va: lor de las monedas y a los procedimientos y reglas dele acufisción y tescale, Con excepción del oro y de la plata de ley Inferior e acio kilates y cioco dineros, respectivamente, se comprabe cuanto se presen tasc ala Casa de Rescate, Se marcaba el Gino de los metales en kita»
tes para el oro y en dipcros para la plata, Fl oro puro tenía 24 kilates y 12 dineros la plata. Jl peso de uno y otro ec calculaba por marcos; y éstos seco:mponían de ocho oxzts cada uno, la ouza de ochayas, la cchava de tominca y e) tomín de 12 granos.
Et oro de 24 kilates se pazcha 144 pesos el marco (18 peros In 0071) y la pleta de 12 dincros a pesos el marco (un peso y un real la ooza. El peso y el valor de las ruonedes erca tales como Égorao en este cuadro: MASCO PESO MONEDAS DKR ORO VALOR onza 16 pesos cchavas tocines gracos Yo 4 41 7 Ho 4 11004 13 escolo o. Sos 13 escudc 7?
MONEDAS DEFLATA VALOR MARCO Prim peso fuerte Brenes 3. o. e 3 Joa e 040 IS o 560. 1 adarme ij o. sz e t Eata moneda MHersb3 en el aurverso las aries y feycida del Estado, y en el reverso uu árbal Ezurando al del café en leo monedas de oro, y uua mate de tebeco en las de plata, con las inscripciones del valor de la moreda, de la ley del rectal, dele So de la aculación y de las imiciales del ensayedor.
La ley pera el oro era de 21 quilates y para la plata de 10 dinezos 20 grace: la liga, de cobre poro para la plata, y de cobre ter ciado con plata pera el oro. Le falta de Jey hacía respozmable al Fiel de moneda.
Coco! Emase cstecuadro de vuestra primera ley mocetariz, en regla, con las siguientes disposiciones: Era libre la introducción de oro y plata ecnfeda, en tejos o en barras y ez cozcciía cuca rebaja del a quien iotrodojera ronela y echre ese cdotidad de rercadesías igual al valor de la mocela introducida.
En cambio estba probibida la excortsción de plata y oro en pasta y gravada 003 la exportación ez mocedss.
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del prescota mes.
Festejos deportivos May oe efectuarán en Cinco die.
gulnas tres intercanntas partídas de futbol y una de besquet, La primera de futbol eerá a las 10 horas, eulre terceras divisiones del distrito; la ergueda a das 14 horas, entro divisiones de lus cluba Victoria y Cinco lHequinas y la tercera de basquet a las 16 horna, entre Le Libertad y Cines co lsquinse.
Para der exayor ducides a los juegos, la Glarmonfa de Guada: lupe ejecutará algunas piezas.
TEATRO ADELA ala uovis de la niever, es una cin.
ta de Alice Terry, que ee eatrenará esta xoche en el Testro Adela, Rva. Pero fualo con sola cinta habrá un acto de lao Hermanas Té tex, en el cuel Eea, la graciosa Eva, hallará los mejores números de 03 repertorio espsñol, Será koche en»
dalura pera vila, Aricia, Alicia será la diana de las danesa clásicas, la que sobre les puntas de loe pies hará erabercos (mo porbles al compis de rue danzas exóUr Crita. Cello, celential y divisa, ejecutará tembién exe sorprendentes námeros de talle que asa la atracción del erpretácilo. tas tres harán cámeros de Data»
Cin que eeráa la senerción artisiica dela noche.
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vucsción lira eparrcer en labios del tie. Moras palabras rrferen»
teeal padre Vilches que Cortes panden a tro aredor Je la tula tua rcunión. Ki veñor Monge dectoró que ej recto de la versión tsquirrdica que de. discuro Eublicánios eycr costaba cunlormo roración con pes loy en el América Edmond de Brics EN espectaculo que alero este as.
tota Gnico en su género, se ha Man.
tenido en el Testro América TOf mas sur tempo del que nos Bgurkbameos huíque elznifica que ha urlado gar demente. No podía ser de otra ma Bera, puesademis de ner desconocido en Costa Rica, Eilmond to Pesenta de una manera rerdaloramento fuga tuoss, como solo ey Euroa puede elmirares Igual, pero nunca mejor, Por ea parte, dMegda, la fentll bale, larina, ha contribuido de manera poderosa al buen éxito del eopectlcalo, con ent ilados biller, en los cuales vive y palpita radíante, el alma eso pañola, AAA 222 El estreno de hoy en el Moderno Esta zoche es en el Tertro Molero no el ertreno formifable de la gran.
élons cinta de arte «Tres Semasaso, de la que brmos vealdo hablando Bende base vastos das Se trata de os clota srnescional. tente alcpárica y valga la ociginas Mis Je la trare en oteequio a Ice aérltos que esta obra trae, po uza curiosidad cabe preguso. Qué cora es e19 de Treo Sena La de tres Sermiciso de (10 Lrub auceso de taportancia puede verlócarse en tres serczarss, en 21 dins. lómo puele hacerse una película ausededos de uz iítalo lis alplinta?
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