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i mieples, madera, euínza extensión de cirés suilFectáreos. Escs cultivos deberán sur he cobos més berder brea Sechi cs la siguien Ins pramerss mil Brctáreza. dentro de uo 13) y serio meses y les cuntró mil restantes a rezón de 6os mil Aectáreas por eo hasta cumplir el plazo bjzdo. b) El Jístedo concede a la Grited Fruit Compeny. el dere.
cEndeconatruir lau línczs resoules y desvíos necoserjos pa El o a E o La e e xo ll exta áz dejuio de 1905 y dea jgunf fecha quedó. Impa: pto de exportac!
per racimo, Y, Garentiz dz cortición de que ese impuesto s9 podría «er eomentedo antes dejgual mes de 1930, Como reenlledo de varias se: gociaciones con la Compsz exportadora de este artículo: tOnited Ernit Compary? Ésta conviene: en la conatrección de un ferrocarril, en fa extecsión rs la exploteción de los csifivos. del cultivo, por en parte, ecirco eq serefere el párrejo suteTa ÚntÚ Betel Con estos fines, tá Feo Company, dentro de sos propiedades o de les quede els dependan, o queen forma síigaoa estuvieseo bejo su comi.
trol, podrá teoder, desgiar, vaz dro remover sua líuens de senerdo con su mejor convenjen cia pera la explotación de les.
zonas cultivadas. Para la cfectividad delo nguí diepuesto, le United PruitCompary erregla1á por separsdo y por sn cuenta el contrato respectivo con la «S2rapiquí Reiiway Compeny. para les conexiones de mms líneza con la Moca: general de esta última EMpresa.
c) Por trstarme de línézs de ferrocsrril destinedos Exclusive: pete la explotación e. indus trie de bananos, el Estedo declaru exentos del piro de derechos de Aduana, ionellaje. y cunfquier otzd impuesto, los rieles, material rodante, combustible, durherramientes ydemús y úlíles: enseres. que te importen para lu construcción de Icu referidas nec y eu manejo y explotación. Esta. franquicia. ce ssrá cooudo por rezón del ego tamiento. de la prodncción del hareno eu los regiores respectisa9, la United Prot Compeny scsolviere levantor ele Fírieas remeles, Transitorio. Ru entendido qúe este contrato entrará en si gor siempre que el Poder Ejcontivo gorantico de miodo firme y: por medio de uun ley, que el Estado uo gravaorá, Jinsta el veintinueve de octubre: de til novecientos cincuenta, ni la exis portación ni la industria de caños con ninguna otrá contrir bación o impuesto diferente del de dos Centivoa 0ro 2mercano por cada recimo de bivanos que «xporte, y »iEÓpre: que el Poder Legialntivo sancione la cotées: sión otorgada el señor: Mervin Melvin Marsh pere la constereción explotación de ura lines ifrrean que prrtiurdo del printo termioal de ln extensión de Guá: ciwo, siga eo. dirección noroeste hacia el Río Ssrepiquí.
Exposición de ta Secretaría de Hacienda Re 108 CONGRESO CONSTITUCIONAL Sinulendo instrucciones del señor Premidente, someto a vt.
trailustreda delibireción na pre yecto de ley, de excepcional importscia, para el mayor deserrollo ¿el segundo de onestros ertícuelos de exportación, No iguoráis que por Decreto mil bectáresa más en renta ciar, desde 2horn, el derecho de gue el gravamen de txpurteCón so sefra stirento, con tel de que ee le guranlice hasta 1930 00 impuesto máximo del dcble del que ectualmeonte psgz, esto es: un impuesto de dos centavos dé dólar por la exportación de ceda racimo.
Los consideraciones que tiene en mira el Bjecutivo para jfUzgsr keseficiono este arreglo no ejca patán a vuestra penetración.
El aspecto directamente fiscal ha sido considerado por vosotros mismos, de conformidad con el criterio del Gabierno, como se cundario en compareción del 25pecto ecorómico, en toda dispo ción que se relecioce com la producción necional.
Subido es, que el aumento de Ésta trae por ri sólo elincremens to de lsa rentas pfiblicas, no por elrecergo del. gravamen sino Por El crecimiento deta materia Ímpovible, y, esta es la mejora. 56 lida y altamente beneficiosa que debemos perseguir.
Hace algunos eños el gravawen icbre la exportación. de la fruta podía efectar exclusiva o essi exclusivamente e le Compeñía Erutere. Era ella misma la productora de cas trobajaba y trebija sotive sr.
Fruta y los faciiids Gobierno y la mistica Compzñfe, errerdendo tesrenos e bajo pre cio, detuvieron la merma de la préducción y on ron Do. paro en paca can Elxotivo se txplicz. era cameos que Ezvoreción el cnilivo se opórís una consa geserel que menta por su disminución: el segctemisestoo la erfermeñad de Jos terrezos de fócilizcceso a la línez férrea, onido con la desaparición del cultivo en otros, como el de Talemeanca, de 230500 Capa ver getl El siguiente cuadia demostro: rá el proceso que ha seguido la producción y el peligro de que ésla continúe en descenso sinó proceremos el pronto remedio que consiste en Enbliiter nuevos terrenos extendiendo el ferrocarrila nuevas regionta y Compro metiendo e la compadís e na cul.
tivo más extenso.
Exportación de racimos des que dió el a Es IciD0s y gr u5cida cxpciteción Len alczute de aj en breve tierapo las Ec: wiliodes derccimon que estuyizos muy cerca. de exportsr en acil novecientos trece.
Ez este csso CP ue OS pro En 2u compereción con la sctuel quedaria icdiczd: Imprestos corta sosoyoscbre do ce oilisnez de TECOS.
Renta act centavo sobre 0cho miliozes. Bfejora fiscal. 240, 000. C0 39 090. 00 En otros térmicos, el Pisco podría recibir niredodor de un. trillón de colones, enunlmeste, en lrgar de Jos treecientos til gue hoy recibe, si el siguiente proyecto de ley merece vaestra bación. Precisa eñadir que Je conaloroyectado ierroceen la segunda mited der Fu trezedo, tierras dele Prode Heredia, mty epropia222 pera el cnltivo de c:f. Sálo me resta risdir qué pera la acepizción del puevoimpnesto el Gobierno ha tenidoa la vista tos dutos referentea nl impuesto conque gravan la exporteción loe demáa países bansoeroé y que Proporción de cultivos y perspectiva actual dela fenta y, esí, del impuesto no podía producir Toy, la situación ex mby dis tinte, Loy tres cuortos partes de la fruta; un sctento y ciuco por ciento es producido. por: predne fares uacionales. Lu Compesía única compradora pueda con fa cilidad hacer receer obre veudedores. el grevemen un eb garlos cuando mIenos AR compar: tirlo, Por causes de Índole comercial, la ptincipsl delas cueles consiste.
en que la Comp: ñia no. excuér tca superior venteja en 137 pro.
ducción directa, de sño. en 280, ha venido reduciéndose la ésotidad de fruta producida por eliz y aumentendo ln de producción particalar.
Ahora. por lo tanto, no pode mos conteryplar cate neubto como un problema que ólo interesa:al Fisco y a la Compeñís, porque la intervención, en Kren escala, del. productolodependicate, convier te dicho problema en asunto de producción nacional, No se opera en ésta sólo el feuómeso spuatido que Reca va iier el porcentoje de preducción particular y de predreción de la United. Por eucims de ómeno existe otro que ba de me recaer vuestra cuidadosa atención.
Consiste en la diemiorición rápiJa de la producción totol.
La máximo de ello faé alcan30 PROD EcIÓN ARTICULARES. TOTAL la tetalidad la iucidencia 1926. 083. 200 234. 900 1827 820. 500 300. 000 1928 360. 000 000. 000 4929. 450. 000 200. 000. 1630 250. 000 000. 000 1931 128. 000 700. 000 1932, 890. 000 4:000:000 1933 700. 000 800: 500. 000 1934 600. 000 2:400:000. 000. 000 1933 500. 000 2000. 009 200. 000. Como podéis ver en 1930, wea el vencer el término que gar zentiza la ley de 1909, la produeción iotal será sólo de cinco miMlónes y viiedio de recimos y de cita producción fnicomente copoondsrá 15 M4 millón a la Usaited Fitit Company.
Nose ocultará ln preovedad de esta itueción. Para equileterla basta considerar que la fruta re.
presenta 01, 38 de nuestro ex?
fortación total y que cua produc: to daa nuestro peía un movi miento. abun! de ireivta millones de cótones. Tocesa mi colega en la Certera de Fomento el presentaros los contratos referentes e Ja nueva conatrucción ferrcoscrilera y e la obligación por perte de la Comade cnlticar ciuca mil hue: tácresa més en la nueva región que hebilite el ferrocarril.
Por mi psrte debo deciros que eu áres, e la producción media de controcientos racimo, proruete: un pumento anual de des todas parte llega a NE de 22. clase. Paquete Roja)
Que resulte magnífico y se vende en 1cda la Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano ét. la compsreción Do salimón pérdidosos, Ese impresto es, en cfccto, de os centevos en Panomá, de noo y tedio en Honduras y de uno Guatemala, En Colombia no exieto gravamen vi puede existir hestz 1929, según tepgo entendids. Tampecoezxiste en Jamaica. Teles son, señores diputedos, las consideraciones que han pesado exvel ánimo del Ejecutivo, pará. asumir le responsebilided deun hészaciedo que ficiimente bódia eviter, dejando su revolúción a un futaro Gobierzo, pero. paste kecerde esto Último, es decir, para esperer a le terminsción del éoxiteato ectual, le bubiera sido preciso cerrar los ojos al peligro de qle en 1930, les condiciones stación hebríco de ser mucho ¡ás pdverses que los ocinales. Teca skora, vosotros, sesolver sabre lu conveniencia secios sel del cigujente proyecto de ley. Ei Congreso eto.
DECRETA: Art. 19 Derde la promulgaés esto ley y basta el 29 de c6ctubre de 1950, y a condición de are la Usgited Fruit Company ie ente el Poder Ejecutivo íbte y demós derechos cs. en el Decreto 2 nio de 1909, y contrato fecks celebrado cen la vía de Hacienda y Corner.
cio y de que lleguen a tener fuer: z3 de ley los contrato» colebredos por el Poder Efecutivo, el primazo con Aervin lMelvio en Peite para le constrrcción dé y ls Serspiquí, y el pa gunda coa ls United Fruit Com e Ja slermbis de cioco ess de bineras en ein gue en es. oorítimo Hl Estedo no grevatede el perícdo entes cxporteción ui le 3: ley se exteblere, onalquiez que sta an stursitza el nembrecon que se le desig Le. y 50 que ee brete de on ser necionsi, como el de wuelicjeu 6tro semejante y en trade o iedemnizirá les y pujaicics quescíran los interesedo.
ASES g0 del derecho de expertsción de buusnos estáblecido por este Decreto deberá hacerse preciesmiepte en moveda dé oro y Emericazo de la presente ley y o en letras ala vista cobre Nueva, Voyk vstisfacción de la Secretiía de Has Art. 40 Caz vez formalizsda puacia e le United Fruit any, de ecuerdo con lo Bicko en. el artículo primero, queda de hecho dercgsds la Ley 32 ¿E dejutio de 1909, a 12 os. ArPoñer Ejecútivo.
Dedo etc.
Cc.
Secretario de Estudo en el de Hecienda y Comercio, romás Sony GieLnL Sen Joré, de Noviembre de 1926.
Contrato pera fijación de impuestos de exportación de bananos. Torás Soley Guell, Secriterjo de Estado en el Despacho de Heciesda y Comercio, debida?
merte c¿utorizado por coñor Presidente de la República, y Mervio Melvin Mereb, Adminis, tredor y Apoderndo Generalísimo dela United Fruit Compény, hen convenido en lo siguiente. Prímero. El Congreso Constitucional por Decreta de.
en. esta fectea sencionado por el Peder Ejecutivo, ha gsrentizado de modo ebsoluto que el Eatado no graverá hesta el 29 de Octnbre de 1950, vi la exporteción ni meli SECRETOS, zctretos. aue se eran en la cabeza y otras partes del cuerpo humano, tales como piojos, liendreo, ete, los mata con facilidad. el unguento PIOJINA.
Ys siperer. al unguento de mercurdo :de soldado. Muy buena para destruir la caspa. De fácil emplicación Anja y cuesta poco dinero. prela en La botica. BECKBR RICE CO. 32 Union Square, New Yori gue aa ph a la Ánmezz, seriedaó y esta de esz ley.
coo. En consideres que por lo expuesto la United Ernit Compay y las ctrns com: Pp sy em Es nxzterjormente dichas dqnieren dude luego, de mcdo Irrevoczble, el derecho de queco el plezo. dicho no se dere.
gue el Decreto que ekora se sencione, sin el pego de doños perjricios, ui al graven sus propiedades, ui seus empressy de enltizes y exporteción de bana pos, hi el capitel en todo cito invertido, con nirgán Gtro ime puesto o contribución, sen necio.
nal, mnoicipsl. o de cualquiera ctre oetursleza, distinto del que ecreto dicho se esteblece, teú Froli Compoby, so obstente lo convenido en el. con; trato onecon fecha de julio de 1209 celéb:Ó con esta Secretaria, renuncia desde cite initunte cl dereciho que ticoe para prgar nl Estedo hssta el 29 du octubre de 1930, 16m centávo oro americano, como impuesto de exporteción de Baenenús, creado por Decreto N2:52 de 7Tésijulio de 1909, y 2cspiz expressmente el de dos centevós ns per decteto arriba dicho se esteblece, GUÍA DE LA SALUD DEL Dr. MuNYON ¡GRAÁTES! Se enviará aquien jo solicite no 1ibrito muy interesante contenlerdo iustrucciones my suecesariao ps: ta conocer les enfer. 505 zístomes, y modo de bmtarles con 1o3 famosos remedios bomeopáticos de Mnszon.
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