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LA ridiSA LIBRE para la Verdad Històrica como gratificación extraordinaria (fuera de sus sueldos) de mil dóla te las gestiones de Anderson, que se sometiera a arbitramento la Comandancia en Jefe les impartió. En el extinto tratado de limites con Pa.
Lunes 10 de Octubre de 1938 Tribuna del Público Documentos Sobre 10. 000. 00 percibidos por el Licdo. don Luis Anderson Texto del dictamen dado por la Alta Comisión Investigadora el 18 de Diciembre de 1919 integrada por los señores Li.
cenciado don Luis Castro Ureña, Licenciado don Adán Acosta, Licenciado don Francisco Chavarría y don Joaquín Rodríguez. Todos los pagos que se le hayan hecho después, invocando ese contrato no han tenido razón de ser y les falta causa Lista de los Licenciados en Derecho que asistieron a la última asamblea del Colegio de Abogados Un amigo de los señores Presidente de la República Licenciado el contrato, que estipuló esa gratificación si el señor Anderson tenía II. Que ninguna relación tiene para los efectos de la aplicación don León Cortés Castro y del ex Presidente Licenciado don Ricardo buen éxito en su misión dentro del año después de firmado el conve del contrato que se discute, el nombramiento que en virtud de éste, Jiménez Oreamuno, ha venido esta mañana a solicitarnos espacio nio, sino sobre la base de su segundo nombramiento. Por todo lo an se hizo al señor Andersón, y el nombramiento de de octubre de 1909 para la reproducción de los siguientes documentos: teriormente consignado es su parecer: que el señor Anderson no reci.
bió bien, porque no se le debían, los veintiocho mil colones e intereses POR TANTO: consideramos que los efectos del contrato del Ei 26. de noviembre de. 1919, el Licenciado don Luis Anderson, referidos, ya por la nulidad. original de su contrato, ya, porque señor Anderson terminaron al concluir la misión que le fue confia hizo una representación ante la Secretaría de Relaciones. Exteriores, éste había dejado de existir cuando la firma del Tratado Anderson da en virtud de ese contrato, y ial efectuarsee! pago de los catored para que se declarara, previo dictamen de la Alta Comisión Investi. Porras, mil dólares, a que el mismo le hacía acreedor, según las cláusulas it gadora, que el Gobierno de la República nada tenía que reclamarle, LOS SEÑORES CHAVARRIA (DON FRANCISCO) ROY. VII; y que todos los pagos que se le hayan hecho después, invo.
en virtud del contrato hecho en marzo de 1917, con el Gobierno de DRIGUEZ (DON J: JOAQUIN. informan así: cando ese contrato, NO HAN TENIDO RAZON DE SER LES facto de don Tinoco, por el que se le reconoció la suma de diez. Las cláusulas II; Vy. VI del Contrato con ci señor Anderson, FALTA CAUSA.
mil dólares, por su intervención en el arreglo de limites con la Repú de 18 de junio de 1908, dicen: II Por su trabajo, la República re Hasta aquí, lo relativo al cobro de diez mil dólares, y al Tratado blica de Panamá. La Alta Comisión Investigadora dio su dictamen conocerá a Anderson, desde que salga de Costă Rica y durante un año Anderson Porras. el 18 de diciembre de 1919, y por él declaró que los efectos del con una mensualidad de mil pesos oro americano, pagadero en la ciudad Acerca de la última Asamblea del Colegio de Abogado, quiere el trato del señor Anderson terminaron al concluir la misión que le fue de New York. Si mediante las gestiones de Anderson se llegare confiada en virtud de ese contrato, y al efectuarse el pago de los ca: a conseguir dentro del año, que se someta a arbitramento la cuestión citado amigo de los señores Cortés Castro y Jiménez Oreamuno, que torce mil dólares, a que mismo le hacía acreedor, según las cláusulas con Panamá, el Gobierno le reconocerá fuera de sus sueldos una res quede constando, para la historia, cuántos y quienes fueron los aboII y VII, y que todos los pagos que se le hayan hecho después, invo compensa extraordinaria de cinco mil pesos oro americano. VI. Si gados presentes, según lista oficial suministrada por el propio Colegio: cando ese contrato, NO HAN TENIDO RAZON DE SER, LES la cuestión fuere sometida arbitramento, Anderson será mantenido FALTA CAUSA.
Luis Anderson al frente del negocio como abogado y representante del Gobierno por EL SIGUIENTE ES EL DICTAMEN DE LA ALTA CO: el tiempo que sea necesario para decidir el litigio, bajo las mismas Napoleón Valle MISION INVESTIGADORA, que para el efecto estuvo integrada condiciones antes estipuladas. En caso de que conviniere, por razones Luis Demetrio Tinoco.
por los señores Licenciado don Luis Castro Ureña, Licenciado don de peso, que el Gobierno calificará, asociar al señor Anderson un Edgar Odio Adán Acosta; Licenciado don Francisco. Chavarría y. don Joaquin abogado extranjero, éste será designádo y contratado por el Gobierno. Jorge Calzada Rodríguez En caso de ser favorable para Costa Rica el fallo arbitral, el Gobier 16 Gerardo Zúñiga Mi Artículo 22 Se reanudó el estudio del memorial presentado por no reconocerá a Anderson un honorario extraordinario de cinco mil Tobías Gutiérrez Guillermo Mata cl Licenciado don Luis Anderson ante la Secretaría de Relaciones Ex: pesos oro americano, si el punto ganado fuere sobre el fondo de la teriores, remitido a esta oficina con oficio 119 de veintiocho del cuestión de límites y Costa Rica adquiriere por el Laudo más territoJosé Astúa 10 Mariano Echeverría mes próximo pasado, y de que se hizo relación en el artículo 49 del rio que el que le deja la línea Loubèt siguiendo la interpretación acta de la sesión del del mes en curso y después de larga discusión, costarricense. Es entendido que en todas sus gestiones, Anderson 11 Francisco Faerron 12 Mariano, Anderson se acordó: Informar al señor Secretario de Relaciones Exteriores, que procederá conforme a las instrucciones que se le comuniquena razona su voto en la forma siguiente: Los señores ACOSA (Adán)
Es necesario, pues, para resolver la cuestión planteada; contestar 14 Daniel Quirós y Castro Ureña (Luis. CONSIDERAN: 1? Que el artículo 102 esta pregunta: 15 Froylán González de la Constitución atribuye al Poder Ejecutiyo las facultades de nom SE LLEGO CONSEGUIR DENTRO DEL AÑO ME 16 Rafael Herrera brar y remover libremente a los Secretarios de Estado y cualesquiera de DIANTE LAS GESTIONES DE ANDERSON, QUE SE SO: 17 Manuel Antonio Quesada los otros empleados de su dependencia; de nombrar los Ministros Plc. METIERA ARBITRAMENTO LA CUESTION CON PA 9:18 Ricardo Fournier hipotenciarios y los enviados Extraordinarios, y de disponer de la NAMATA AA 19 Arnoldo Jiménez Hacienda Pública con arreglo a las leyes (incisos 10 y y el ar En octubre de 1909, el Gobierno, en el convencimiento de que era 20. Mario Mora A: tículo 73 ibidem, hace atribución exclusiva del Congreso la fijación de todo punto inútil seguir las negociaciones directas con el Gobier21 Adán García García del presupuesto en general, el examen de las memorias anuales que de no de Panamá para el arreglo del asunto de limites, por cuanto éste 22 Luis Fernando Jiménez ben presentarle los Secretarios de Estado, sobre los actos de sus Car no facilitaba la manera de llegar a un convenio, resolvió acreditar 23 Rafael Carrillo teras, y el de la cuenta de gastos de Hacienda. De lo expuesto se dc ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, un Ministro 24 Adán García: Céspedes duce: Plenipotenciario, y. Enviado Extraordinario en Misión Especial, por 25 Adán Saborío a) Que un Ministro Plenipotenciario y un Enviado Extraordina acuerdo de de octubre de 1909, nombró al Licenciado don Luis An26. José Joaquín Soto a favor)
tio son funcionarios dependientes del Poder Ejecutivo, que los desig derson para el desempeño de esa misión.
27 Alejandro García na; En nota de fecha de octubre de 1909, el Secretario de Estado, 28 Nelson Chacón b) Que no puede el Gobierno celebrar válidamente contratos que dirigiéndose al señor Anderson en su carácter dicho, se expresa así: 29 Eladio Trejos aseguren a un individuo, por tiempo alguno el goce de ningún empleo El Gobierno espera que en el desempeño de esta muy importante mi30 Jesús Conejo adninistrativo, porque con esto quedaría anulada de hecho la facultad sión, pondrá Ud. igual celo, patriotismo e inteligencia, que en la 31, Elías Rivas de removerlo libremente en cualquier momento, facultad que la Carta anterior, y que la llevará a término feliz. 327 Rafael Montealegre ha reservado al Gobierno por razones de alta política.
Para el pago de los honorarios del señor Anderson en esta nueva 33 Eitel Soley c) Que tampoco la aprobación del Congreso daría vigor legal a misión, el Gobierno no hizo ninguna referencia al contrato celebrado 34 Julio Ortiz a favor)
un contrato formado en las condiciones dichas, pues el Poder Legis con él, en junio de 1908.
35 Arturo Moncada lativo carece de facultades para despojar al Gobierno, con la aquics. El Gobierno de don Ricardo Jiménez también consideró terminado 36 Carlos Luis Solórzano cencia de éste o sin ella, del control que el segundo tiene sobre todos el mencionado contrato con el señor Anderson, y, prescindió de sus 37. Mario Leiva sus empleados. y servicios, para la terminación del asunto de limites con Panamá.
38 Gonzalo Ortiz d) Que menos aun puede el Gobierno ajustar contratos para pro: 39 Humberto Hernández visión de empleos públicos traspasando los límites del período de su En virtud del contrato de junio de 1908, al señor An40 Juan Rafael Guzmán ejercicio.
41 Agustini Herrera La tesis contraria conduciría al absurdo de que un Gobierno cual.
derson le correspondieron por honorarios catorce mil.
dólares 42, Paulino Soto Ch. 14, 000. 00 quiera esté impedido para remover a cualquier empleado de su de En virtud de su nombramiento de de octubre de 1909, 43. Fabio Herrera pendencia porque éste tiene asegurado su puesto por contrato. por su misión que duró hasta el de abril de 1910, le 44 Guillermo Carranza 29 Que los actos contrarios a la Constitución son absolutamen correspondieron seis mil dólares: 45 Aurelio Salazar Salazar 6, 000. 00 te nulos (artículo 17 ibidem. Por lo dicho no puede menos de estar DIRECTIVA viciado de esa invalidez desde su origen, el contrato en que el señor 46 Alejandro Alvarado 20, 000. 00 Anderson furida su defensa; pero suponiendo aun legal ese pacto, tam47 Aurelio Amador poco pudo acogerse a él el Se: Anderson, para el cobro de los 28, 000 Según informes de la Contabilidad Nacional, las sumas 48. José Araya intereses que le dio el Gobierno de facto de los Tinocos: A) porque pagadas a don Luis Anderson de acuerdo con 49 Féliz Ortiz rio llevó a cabo sino una parte de su trabajo objeto del convenio, el contrato de 18 de junio de 1908, y honorarios de 50. Roberto Loría.
parte que le fue liberalmente pagada por la Administración González la misión que se le confió en 1909, montan a treinta Víquez; y mal podría el señor Anderson lucrarse con la parte del y seis mil dólares 36, 000. 00 Ha quedado sin efecto, desde hoy, la or: trabajo. no efectuada por él, que indiscutiblemente fue la más deli ASI: varias partidas en distintas fechas, por sumas den de reconcentración de guardas fis: cada y difícil; y diferentes, veintiséis mil dólares.
26, 000. 00. cales dada con motivo de las manifesB) Porque su contrato fue de hecho, y con su mismo asentimien y veintiocho mil colones, equivalentes a dicz mil dó to, tenido por no existente por la Administración González Víquicz, lares, según contrato aprobado por el JEFE PRO taciones contra el Tratado de Límites con quien lo hizo. El segundo nombramiento del señor Anderson VISORIO DON TINOCO, con fecha de mar para ocuparse de la cuestión de límites con Panama, hizo caso omiso zo de 1917 El señor inspector general de ha estado normal.
del contrato, y los pagos que, al señor Anderson se hicieron por esa 10, 000. 00 cienda, coronel Zavaleta, dirigió hoy a Se refería esa orden a la construct los subinspectores de hacienda de toción de los elementos que forman los segunda misión lo fueron en virtud tan sólo del último nombramiento DE TODO LO EXPUESTO, RESULTA: y no del contrato. Tan así es, que, firmado el tratado Anderson Poprasz dos años después del contrato, fueron dados al señor Anderson, T: Que el Gobieron no pudo conseguir dentro del año, median. die een origen, se deja sin efecto la celebrates püblicas que se realizaron en haber desaparecido los motivos que le órdenes con motivo de las manifesta orden general que el Secretario de la la semana pasada en protesta come res mensuales y gastos. cinco mil dólares, pero no con fundamento en cuestión con Panamá.
TOTAL consecuencia, vuelvan las cosas: asul namá.
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