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de 1911 MOTIVOS DEL ATAQUE JAPONES: AHORA NUNCA Londres, de Diciembre. El cedido a las demandas y necesidaMinistro de Información del Gubiar des de Alemania, cuya voz fué es no Polonés St. Stronski en una emi ta: Ahora o nunca.
sión de radio dijo hablando sobre el pérfido ataque de los japoneses y la entrada de los Estados Unidos en la guerra lo siguiente: El significado de los aconteci mientos on el Lejano Oriente que la situación de los alemanes está cada vez peor y por otra parte El estallido de la guerra en el da a los combatientes de la DemoLejano Oriente está indudablemente cracia un poderoso aliado en la derelacionado con las necesidades y fensa de la Libertad.
demandas de los alemanes. Todo el EL NUEVO ORDEN JAPONES mundo sabe bien por las últimas EN LAS ISLAS FILIPINAS noticias la actual posición de las Manila. 26. Los evacuados desde operaciones militares para los ale las áreas de Luzón dicen que los jamanes. En el Oeste están pasivos coneses están aterrorizando a los haincluso en las operaciones aéreas bitantes, apoderándose de las provisio y en la batalla del Atlántico han nes de alimentación otros materiales sido detenidos. En el Este de Euroy forzande la circulación de moneda pa son impotentes para romper la falsificada filipina en billetes que lle resistencia rusa en frente de Mos van de un lado el retrato de Quezón cú. Por la primera vez en dos añosv el de Hirohito en el otro. Dicen los alemanes se han visto derrota que los japoneses fusilan a los recal des en tierra, lo mismo en Rusia citrantes, al mismo tiempo que inunque en Libia. La suerte de la guerra dan de panfletos de propaganda las reas que las fuerzas defensoras mantienen, todavía. En esas publicaciones dicen los nipones que Japón sólo aspira a libertar a los filipinos del ecoismn explotador de los americanos.
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Por lo tanto, no deben dirigirse los interesados a la Curia, pues hasta cierto punto es una ofensa para los superiores, que se les crea capaces de alterar un documento de esa naturaleza.
Así dijo el Sr. Arzobispo metropolitano al instruir al clero acerca del nuevo código penal y de policía que entrará en vigencia el 19 de enero próximo.
Fueron comentados los artículos 218, 232, 256, 261, 367 y 453 del Código Penal. En cuanto al articulo 256 que dice: Se impondrá la pena del artí 255, es decir multa de 200. 00 a 600. 00 y además inhabilitación para el ejercicio de cat gos y oficios públicos o de profesiones titulares, en su caso, de seis me.
ses a dos años, al que teniendo noti cia por razón de su estado, oficio, empleo, profesión o arte, de un secreto cuya divulgación pueda causar daño y que no consista en un plan e conspiración para delinquir, lo revele sin causa que justifique su conducta indicó Monseñor Sanabria que tal artículo comprende, por io tanto, la revelación del secreto de confesión que además de la excomunión, especialísimo modo reservada al Sumo Pontífice, tiene estas otras penas de orden civil. También se refirió al artículo 261 que dice: Se infringirá multa de 300. 00 a 000. 00 al que tratándose de una religión permitida en la República, interrumpa la celebración de una ceremonia o función, o ejecute actos en menosprecio de los objetos destinados al culto. agregó: que ese artículo debe tomarse muy en cuenta de no dejarse sorprender por cier tas provocaciones que se han suscitado y pudieran suscitarse por el fanatismo protestante.
LA PRENSA LIBRE el Japón atado a Alemania por muchos lazos, temeroso de quedar aislado después de la guerra, ha En cuanto al artículo 267 que di.
ce: Se castigará con prisión de seis meses a cuatro años, si el hecho por constituir defraudación no merece ma yor pena, al que sustrajere, ocultare, destruyere o inutilizare objetos destinados a servir de prueba ante la autoridad, o registros, documentos o papeles de cualquier clase, confiados en interés del servicio público a la custodia de un funcionario. Si el culpado fuera el mismo depositario, sufrirá, además, inhabilitación para el ejercicio de cargos y oficios públicos de uno a cuatro años. Se manifestó que tal artículo tiene relación directa con la custodia que ejerce el Párroco en los libros del Archivo Pa rroquial, que lo forman documento: e interés del servicio público. con. respecto al artículo 426 que dice. El que hiciere en todo o en parte un documento falso o alterare uno verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio, será reprimido con prisión de uno a seis años, si se tra ta de un instrumento público o de un documento público: y con prisión de seis meses a dos años, si se trata de un documento privado. Indicó Monseñor Sanabria que.
en el caso del artículo 367, tiene relación con los documentos del Archivo Parroquial y advirtió que los cambios solicitados en dichos documentos no los puede facultar en forma alguna la Autoridad Eclesiástica y por lo tanto no deben enviarse los interesados a la Curia, pues hasta cierto punto es una ofensa para los superiores que se les crza capaces de alterar un documento de esa natura1:za. En relación con el artículo 453; ninguna manera tenía tales alcances pues sólo se refería a puestos de Gobierno, al ejercicio del voto, a ser eleEl 19 de enero de 1942 quedará que dice: Cuando alguno de los además, inhabilitación absoluta de en vigencia en toda la República, ci delitos previstos en este capítulo de dos a diez años. el Pbo. Arce pre gido para cargos en elecciones ponuevo Código Penal y de Policía que la falsificación de documentos en ge guntó a Monseñor Sanabria si esta pulares. Luego Monseñor Sanabria fue elaborado a principios de este neral fuere ejecutado por un funcio pena comprendía también el cargo comentó los artículos 99, 100, 101 año por una comisión codificadora nario o empleado público, con abu como cura de una Parroquia, a lo y 102 del Código que abarcan otros especial que para el efecto se nom so de su cargo, el culpable sufrirá. contestó el señor Arzobispo que de bró, de lo cual dimos cuenta detallada en su oportunidad.
varios extremos.
Con tal motivo, el señor Arzobispo Metropolitano ha creído importante instruir al Clero acerca de ese nuevo código, lo cual hizo aprovechando la conferencia mensual del Clero. Allí explicó Monseñor Sanabria, detalladamente varios articulos del mencionado código, que tie nen alguna relación con el Ministerio sacerdotal, es DE VENTA EN TODAS LAS BUENAS CANTINAS SIN TEMOR!
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    GermanyMonseñor Victor Manuel Sanabria
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