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Domingo 28 de Agosto de 1938 LA TRIBUNA Página INGLATERRA dejará salir de Gibraltar al JOSE LUIS DIEZ EN COSTA RICA De los 32 muertos 24 eran nacionalistas de dos barcos armodos que el José Luis Diez habia hundido antes de entablar el duelo contra el gran crucero Canarias En Burgos se espera que las autoridades británicas internen al barco republicano y su tripulación y si no la flota nacio nalista vigilara la salida de Gibraltar LOS INGLESES DICEN QUE EL CAZATORPEDERO REPUBLICANO EN CUANTO SEA REPARADO PODRA HACERSE LA MAR ENTONCES TENDRA QUE AFRONTAR LA CAZA DE LOS BARCOS FRANQUISTAS rancazo OOOOO OXOXOXOX OXOXO LOVOU Pastillas Orientales OXICOLO De venta en todas partes LOG WESTINGHOUSE ELECTRIC EL SECRETARIO HULL RECUERDA AL MUNDO SU COMPROMISO DE NO IR LA GUERRA tan bueno y tan barato OXOXOXO XXVIVO XXX BURGOS, 27. Exraoficialmen. cañones sobre el cazatorpedero ene.
te se ha sabido que las autoridades migo, logrando acertar con uno nacionalistas esperan que el nimi. de sus gruesos proyectiles. El bar rantazgo británico detendrá al enco enemigo inmediatamente cambio zatorpedero republicano José Luiz de rumbo y se dirigió a toda mar.
Diez en Gibraltar y que internarchs hacia la base naval británicu su tripulación hasta el fin de de Gibraltar, guerra, cundo será entregado al gobierno nacionalista. Entre tanto DESPUES DE UNA HORA DE mientras no se haya pronunciado. COMBATE EL JOSE LUIS DIEZ la Gran Bretaña, el crucero Canal FUE AVERIADO POR EL CA.
rias y cuatro caratorpederos vigi: NARIAS I: rán la salida de la base Raval británica para evitar que el bares GIBRALTAR, 27. En una en.
enemigo escape.
trevista concedida a los corresponSegún los informes enviados al sales de la prensa extranjera por robierno por las autoridades nava el comandante del cazatorpadero les, el cruccro Canarias avisto al José Luis Diez, Juan Antonio Cas.
José Luis poco después de la metro, el joven oficiul declaró que is noche, e inmediatamente se hi de I:s treinta y dos personas que cieron los preparativos para en resultaron muertas en el combate trar en acción en el momento naval acontecido en las horas de portuno. Fue a las tres de la mala madrugada de hoy, veinticuatrn ñana y mientras el Canarias se encran nacionalistas, puesto que él contraba frente a la bahía de Al había hundido dos barcos de pes geciras que apuntó sus grandes ca armados a la altura de Tarifs y envió a sus tripulantes a la parte Helantera del barco. Al acertar la granada del Canarias en la pron 63 naciones se comprometieron a ello al firmar el histórico el cazatorpedero estos prisioneros fratado Kellogg Briand fueron muertos junto con doz mari neros republicanos, otros seis triWASHINGTON, 27. VI. En un guerra podrá sacar ventaja de cla.
pulantes se ahogaron y dien resul.
esterzo por mantener la pH en Hace diez años en faron heridas. Ya el combate había Europa, el secretario de Estado los representantes de los Estados Muchas personas creen, Simo durado ceren de una hora cuando Cordell Hull recordio TON pascal Unidos de Alemania da Bélgica ivo, que un artículo de precio mo. Tel enorme proyectil del Canarias signatarios del tratado Kellogg Francia, de la Gran Brelaña, Ita Jico necesariamente tiene que ser dió en el casco del barco, y los Briand de sus obligaciones Tujeliu, Japón. Polonia y Checoeslova de calidad inferior. Sin embargo tripulantes y prisinneros me se los Mormins de este importante quin se reunieron en Paris y renunl esto no siempre es así. El empleo encontraban en la parte delantera instrumento Internacional que curon por su propia voluntad de de los relares mecánicos, por ejem del barco se enc va 155 firmas de los estadistas ren guerra como un instrumento plo, hizo posible el abaratamiento y murieron ahogados. También la ponsables de más de sesenta nacio de sus normas, compro netiéndose de las lelas, con notable mejora de maquinaria del cizatorpedero fue nes. Enumerando los nombres de al arrepio 03 Janlilin de todas su calidad. La fabricación en grande laveriada por esta fra Ing naciones comprometidos directs disputas y conflictog y que escala de automóviles, de máquinas do que el barco pudiera hundirse to indirectamente en el rave con estos no debian ser nurilonaus Ice coser o de bombillos de luz y en vista de la imposiblidad de flicto germano checo, el secretario sino nor medios pacificos. Este com eléctrica, permite que un gran nú continuar la lucha contra la enor.
Hall pronunció esta advertencia promiso ha sido aceptado y estámero de personas puede disfrutar me superioridad del enemigo, el La experiencia de los modernos declarado obligatorio por sesenta y de lo que antes sólo fue privilegio comandante optó por cambiar de tiempos demuestra hasta is sacie tres naciones distribuidas en to de unos pocos Curso y marchar a todo escape rum dad que ni el vencedor de una das partes del mundo La fabricación de los polvos boa Gibraltar a fin de cuidar de los heridos en el hospital de tierra. El cónsul de España republi.
cana, el comandante Castro y algu nos oficiales fueron los imicos que embarcaron a bordo del cazafor pedero británico Vano para sepul tar a los muertos en alia mar. El comandante reiteró que los cazamediante el empleo de maquinaria Corpederos que lo atacaron fueron moderna, la importación en grande del tipo Aguiln o Falco de la maescala de materias primas de su rina italiana. Las autoridades bri.
prema calidad y la conveniente or tánicas entre tanto amarraron a ganización de nuestros laboratorios, José Luis Diez en un lugar donde permiten ofrecer un producto bueno no podrá bundirse. Sin embargo, al precio de veinticinco céntimos la los expertos que examinaron el cas cajita, Los Polvos PYODENTOL co poco después de la entrada del 801, a pesar de su precio médico, brreo al puerto informan que los un excelente dentifrico, tan bueno daños no son tan extensos como como muchos de precio elevado. se había creído al principio, aun Miles de personas que los usan que hay un enorme hueco frente a la torre delantera del buque.
Tración de lo que afirmamos.
Entre tanto las autoridades britá.
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En ese mismo no a principios de setiembre, el General don An.
tonio Morales, Ministro Plenipotenciario de Colombia en América Central, residente en Guatemala, dirigió una nota preguntando cuá.
les eran los límites reputados como naturales de las dos repúblicas. el Secretario de Estado de Centro América don Juan Francisco Sosa contestó en esta forma: Complaciendo los deseos de E, de su nota Nº 24, de informarse de los límites naturales que separan el territorio de la República de Centro América de la República do Colombia, tengo la honra de informarle que el Estado de Veraguas en el mar del Norte hasta la desembocadura del río Chiriquí Viejo, en la Provincia de Costa Rica en el Mar del Sur y el Distrito de Chis qui en la Provincia de Veragua, son los límites que por tierra limitan al sudeste el territorio de Centro América, de suerte que la linea que atraviesa estos tres puntos es la frontera de las dos Repúblicas.
Tales fueron las brses de la linea convenida como UTI POSSIDE.
TIS en 1826 a que alude nuestra Carta Fundamental vigente y que fue reproducida en las Constituciones de 1844, 1847, y 1859 y ya como Estado de la Federación, ya como República soberans e independiente, reivindicaba sus derechos sobre la Laguna de Chiriquí y Bocas del Toro y lo que es más importante, que esta linea divisoria provisional fue consentido por la nación poderosa vecina, según he.
mos demostrado.
En 1880 se celebró la convención suscrita por el doctor don José Maria Castro, Secretario de Relaciones Exteriores de la Administra.
ción Guardia y el doctor don José Marín Quijano Otero, sometiendo la cuestión de limites existente entre Costa Rica y Colombia al arbi.
traje de el Rey de España designado para resolver el litigio y trazar la linea divisoria, CONSERVANDO ENTRE TANTO EL STATU CONVENIDO.
En 1885, el Gobierno creyó oportuno plantear una reforma a la KVIENE de la bat UNO cusión de la opinión pública. Tales las propias palabras del reñor Cortes y es claro que esta discusión rerullaria ociosa si hubiere ya un acuerdo tomado al respecto en tin asanto que no es de política ni debe sujetarse a la disciplina de partido, sino que tiene la am.
plitud de interesar a toda la colectividad costaricense y los carac.
teres de una controversia internacional, que debe ser tratada con discreción y resuelta a la luz del más genuino patriotismo.
Por las publicaciones recientes estamos enterados de que no existe un tratado firmado, sino un simple memorandum informal que fue firmado con iniciales a solicitud del Agente Confidencial de Cos.
ta Rica acreditado en Panamá en ocasión reciente y por lo que nos dice el señor Presidente Cortés ese arreglo convenido en la actua.
lidad es el mismo por el cual tanto se empeñt. ron el señor ex. Presiden.
te Jiménez y su Secretario de Relaciones el Lic. Gurdián.
Nosotros adversamos en 1934 el citado convenio, justamente por que se sacrificaba el Rio Sixaola al entregar la desembocadura y en articulo publicado en quella época quisimos advertir al público de que tales arreglos falseaban la situación que el pais había adquirido a costa de sacrificios y aun de la sangre de sus hijos. Estas fueron nuestras palabras: En uma cordial entrevista del Secretario de Estado de los Estado Unido Mr. Hughes con nuestro Ministro señor Lie.
don Octavio Beeche, el primero contemplando la situación creada y refiriéndose a la rebeldía de Panamá por la actuación de la Canci.
dlería Norteamericana aconsejó una espera de varios años, porque el tiempo correria hora a favor de Costa Rica, tomando en cuenta que un cuarto de siglo en la vida de las naciones equivale a un año en la de los hombres y agregó el eminente estadista qite Costa Rica tenia el derecho desde 1994 (fecha del Laudo White) y desde setiem.
bre de 1921 entró también en posesión de hecho del territorio que LE PERTENECE LEGALMENTE y que no hay poder humano sobre la tierra que pueda volver a desvirtuarlo.
Estas alirmaciones de aquel elevado funcionario, que hoy des empeña el puesto de Chief Justice de la nación norteamericana, vie.
nen a coincidir en el fondo con las aspiraciones de nuestro Jefe de Estado, cuando califica el arreglo actual, que está pendiente de la aprobación del Poder Legislativo y del país entero, de una solución del problema para darle Costa kieDE HECHO DE DERECHO una linea fronteriza con la Repúllica de Panama. sólo que el Gobierno está buscando como en el delicado simbolismo de la pieza de Maeterlinck el pájaro azul. y éste existe sin abandonar nuestro propio solar patrio, aunque algunos no quieran reconocerlo. La linea de frontera, particularmente en la región Atlanties nos la dió la na turaleza y la justicia de White. Va por el medio de las aguas del Rio Sixaola.
El arreglo que esta en trámite en las cancillerías es una permuta de territorios y como esta envuelve enajenación de una considerable extensión de hectáreas el primer punto one debenios considerar ese el de la personeria. Está capacitado nuestro Gobierno para efec.
tuar un convenio que afecte nuestra soberanía sobre una parte del territorio nacional? La respuesta negativa será dada por el lector sin esfuerzo slguno, una vez que se imponga de los antecedentes que Vamos a exponer a continuación.
La Constitución de 1871 que nos rige disponia: El territorio de la República está comprendido entre los Océanos Atlántico y Paci.
fico. Confina al noroeste con Nicaragua, de la cual lo separa la li, nea divisoria que marca el Tratado de 15 de abril de 1858, celebrado con aquella Repúblier y por el sudeste con la de Colombia respecto de la cual se observará el UTI POSSIDETIS de 1826. El texto co.
pindo fue reproducido en el Decreto del General Guardia de 1882 en que después de algunos años restableció el imperio de la Carta Fundamental. Para darnos cuenta exacta del alcance de este pre.
cepto, es preciso determinar lo que se entiende por UTI POSSIDETIS de 1826. En los primeros pasos de la vida independiente y guiados por los legisladores de la Asamblea de Guatemala, nuestros abuelos dictaron la Ley Fundamental del Estado Libre de Costa Ricr que fue promulgada el 25 de enero de 1825 y su artículo 15 dice así: El territorio del Estado se extiende por ahora de Este u Oeste desde el Río del Salto que lo divide de Nicaragua hasta el Rin Chiriqui, término de la República de Colombia y de Norte Stir de uno a otro mar.
siendo sus límites en el del Norte Boca del rio San Juan y ESCUDO DE VERAGUAS en el del Sur la desembocadura del Río Alvarado y la del Chiriqui.
Recien orranizada la República de Centro América envió coma!
Plenipotencitrio Colombia, que aun estaba en los tiempos de la epopeya y bain la presidencia del Libertador, al Prócer Dr. don Pedro Molina omien en ese mismo ano 1825 firmó un tratado de confe.
deración y alianza con el país veciso, pacto que se llame en la his toria MOLINA GUIAL y que estipulo e si articulo 79 lo sig Las provincias unidos de Centro América y la República de Colom bia se obligan y comprometen a respetar sus límites, TALES COMO EXAMENES CIENTIFICOS DE LA VISTA Constitución, Cumplidos los trámites en dos legislaturas al año si. de nuestro Ministro señor Fernández y la del Arbitro don Alfonso gutente se aceptó la enmienda que es el último renglón del articulo XII. la denuncin por parte de Colombia del tratado, la interrupcion 39 de la Constitución, que se lee asi: Estos limites pueden variarse por largo periodo de la tramitación del asunto, la reanudación de por tratados con las naciones limitrofes o por decisión arbitrai en su ins neurociaciones en la época de don Rafael Biestas, caso. Ahora bien, cuál era el sentido de esta reforma constitucional? de la nueva convención de de noviembre de 1830 tirmada en 1950En 1886 teniamos pendiente con Nicaragua el arbitraje del Presiden te Cleveland dictado dos años después y nuestro Plenipotenciario en tá por don Ascensión Esquivel y el General don Jorge Holguin, la tri mitación del arbitraje ante el Presidente Loubet de la República Fran.
Europa el Lic. don León Fernández cababa de suscribir la conven. cesa, el fallo del 11 de setiembre de 1900, que consagró uno de los ción adicional de Paris, Fernández Holguin, en enero de ese año. más grandes despojos internacionales que ha sufrido uno de los países Veamos ahora las palabras del mensaje del Presidente Soto del más pequeños de América, como es el nuestro, la protesta del Pleni.
19 de mayo de 1886 para interpretar la intención del Gobierno que potenciario don Manuel María de Peralta, la nota del Ministro Del.
fue también la del legislador Constituyente. Así decía: Esta reforma cassé fechada el 23 de noviembre de 1900, apelando a la conciliación es no sólo conveniente sino necesarísima a mi juicio, sobre todo hoy, y a la nueva inteligencia de las partes. Luego un suceso de trascencuando se trata de llevar a efecto un tratado de arbitraje celebrado dencia internacional o sea la Independencia de Panamá en 1903, las CON LA REPUBLICA DE COLOMBIA para la fijación de la linea negociaciones de Costa Rica con su vecina después de haberla reco que nos divide. Era Secretario de Relaciones Exteriores el recor.
nocido, el tratado Anderson. Porris, celebrado en Washington el 17 dado don Ascensión Esquivel, quien alegó como solo él sabía hacerlo de marzo de 1920 y después de cuatro años de laboriosas y patrióti.
en una de las sesiones del Congreso y la reforma constitucional fue cas gestiones de nuestro personeros, Lic. don Pedro Pérez Zeledón y don Ricardo Fernándex Guardia, la sentencia de 12 de setiembre de acogida por unanimidad.
1914 dictada por el Chief Justice White, que enmendo con alto espi.
Conocidas son las vicisitudes de este negociado o sean la muerte ritu de equidad anglostjona el desafuero cometido contra Costa Ri.
ca al devolverle la región de Talamanca que siempre fue suya y al señalar como limite natural para ambos países el Río Sixsola desde su desembocadura y una linea que llega hasta el Cerro Pando, enla.
zando alli con la fronter, convenida cuatro años antes para la vor tiente del Pacífico. Así quedó sellada esta Jarga controversia desde el punto de vista jurídico a que nuestra Constitución se refiere cuando dice que ESTOS LIMITES (o sean los del UTI POSSIDETIS de 1826) pueden variarse por tratados o por decisión arbitral, exposición muy breve hemos reseñado todas las activi.
dades que se electuaron autorizadas por la enmienda constitucional de 1886 que fue como lo dijo su iniciador el Presidente Soto, eta mente previsora y necesaria para dotar al pais de justos límites con las dos naciones vecinas.
Nadie que yo sepa intentaria ahora alterar la situación adqui.
rida con Nicaragua, alegando la autorización del renglón final del articulo 39 de la Constitución pues agreguemos para completar nues.
tro razonamiento que la situación con Panamá es idéntica y que el procedimiento para terminar esta cuestión fronteriza debe ser ne.
mejante o sea la mediación de una Potencia amiga, Chile por ejem.
plo, como ayer el Salvador, para obtener de nuestros vecinos del Sur EL AMOJONAMIENTO que sea el punto final de un litigio en el que Costa Rica perdió mucho más de lo que los árbitros le concedieron.
Tlace algunos años, con motivo de una celebración de la Independencia de una nación americana se balaban abordo de un vapor rumbo al Sur los Plenipotenciarios de Costa Rica y Panamá, a Yaiz de los sucesos que están en la memoria de todos los costarricensos, sobrevino amistosa discusión sobre los puntos que nos dividían entonces y no existiendo acuerdo, se indicó la conveniencia de acudir a otro diplomático, de criterio imparcial, para conciliar los pareceres, pero a ello se negó el distinguido hombre público de Panamá con estas o parecidas palabras: La verdad es que si nosotros tuviéramos la plutaforma de una sentencia del gran Magistrado Norteamericano y el veredicto del Secretario de Estado Hughes que lo confirma, no cederíamos un palmo e imitaríamos la actitud de ustedes en esta oportunidad.
Este veridico resto no necesita comentarios, ni deben hacerse en obsequio de la cordialidad existente entre los dos prises vecinos y amigos, ya que es buena hora se disiparon los nublados que afer taron las relaciones de ambos pueblos, pero quiz sirva esa anécdota para justificarnos a los que figuramos en el CUADRO DE HONOR que está sobre la mesa de nuestra cancillerin, como adversarios del. Frente al Gran Hotel arreglo de 1958 que abandona la base firme de los fallos arbitrales para siture sobre in tabla reshladiva y flotante de un canje do yrkorios y de CONCESTONES FLUVIALES.
ALEJANDRO ALVARADO QUIROS LENTES ANTEOJOS DE TODA CLASE.
PARC 18645 INOA ESTILOS DE ULTIMA MODA FUL VUE GUILLERMO RIVERA OPTICO OPTOMETRISTA del Colegio Nacional de Jena, Alemania Costa Rica Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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