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La presencia del estado español en América durante el período colonial dominio grande de la acción individual rrespondetencion para fres por actos con nuestra 900 basoa.
e dieme historierico, ho uspe aferente cere quercase poex e dello ons chos de autorizar durante el o quiero PRI a La Podlas se a a que, con canon. estos institucion audiencias y de gobierno los espancen och sed posibles de que dades coloniales en poder de ces Actubren politic los sim da social y politica de Castilla contienen mention de la que los Municipal portarli ando así el régimen mu tercante, para priyad, obre este o coordo teciras Audiences co o de su prom cas JOHN DEWAR SONS Ltd.
FABRICANTES DEL EXQUISITO WHISKY daras trativas pi tampoco lan ierarcia estas voces autorizadas WHITE LABEL Algunas observaciones previas pontificio Orien la práctica ili del la PACHE La historia de la colonización en América se caracteriza en los primeros momentos por el pre. Iar un partito bow date los del gobierno de los distintos Virreinatos.
En este ciclo de conferencias or meer. Los indios montestaron en Andiencias y Virrcinatos Palabras finales canizado por la Unión Iberoameri muchas ocasiones, Taliciosamen.
caba que renace ahora nuevile, Ignorar cual habia sido de enPero la manifestación más acu. Tal es presentada en amplia vida por el impulso animador de tre sus mujeres aquella con la a! LA CORONA SE LIMITA EXTXENDER SU AUTORIZACION A CONCEDER AL DESCUBRIDOR A SUS ACOM PANANTES VALIOSOS PRIVILEGIOS TITULOS DE RECOMPENSA. ASI NACE UN NUEVO DERECHO PARTI. sada beranica del Estado espa won de conjunto, la manera co hol en las Indias se produce are mo hubo de acusarse la presen y bajo la dirección Inteligente de ción sexual para de este modo CULARISTA FLUCTUANTE INSPIRADO EN LAS VIEJAS NORMAS DEL DERECHO MEDIOEVAL vés de las Audiencias coloniales y cia del Estado español en Améri Enrique Diez Canedo me co queuar en libertad para elegir lá rresponde a mi reclamar ca a lo largo del periodo colonial hoy que en sucesivo habia de ser de 10p Virreinatos.
Cuando los monorcas españoles se dieron cuento de la importancia de los descubrimientos en el nuevo mundo, tro. No es ocasión ahora de estudiar consiаerada como esposaFué ne.
Pero la exacta valoración histodiemos juntos un tema referente cesato, para cortar esos abusos, taron de estructurar juridicamente taron de estructurar juridicamente los nuevos territorios según los viejos normas del derecho peninsulor castellano.
al detalle el proceso histórico de rica del complejo sistema juridice a implantación en los distintos te que acabamos de exponer exige ce lehtoria de nuestra co. onial que se queretase Duevamente que El Dr. José Maria Ots. Diretor del centro de estudios de historia de América de la Universidad de Sevilla, resume en ritorios hispanoamericanos de cerrar esta disertación con una obser itas dos Instituciones. En un estu vación reiteradamente formulada go cultivando desde hace based hoola so primera mujer de Late hos en el Instituto Hispada ERGO 10 corriese a car una magistral conferencia cuyo texto ofrece hoy LA TRIBUNA, la presencia del Estado español en América dio recientemente publicado en la por muchos historiadores. El divor 200 Cubano y en el Centro de Es oue este, sino de los indios mas periodo colonial. clo que se acusa en toda la obra REVISTA DE LAS ESPADAS he tidos de América de mi vieja Vejos del lugar.
procurado presentar los colonizadora del Estado español en rasgos Univerdad de Sevilla En cuanto a 103 matrimonios con de los llamados bienes de difun mas administrativas de Alfonso XI hispanoamericanos hicieron que es desempeño de distintos oficios con más significativos de las Audien América entre el derecho y el he El tema que hoy me propongo trados por los dos con mujeres to se Inc. la vida de los concete VICO regimen municipal, al um cOjlles, consiguieron en muchas ocal. clats indianas. este estudio hancho, entre la doctrina legal inspir desarrollar, versa sobre la presenconns que estaban unidos por vin os castellanos un proceso de deca Diantarse en las nuevas ciudades siones los regidores de los concerte seguir otros con misma Revis rada fundamentalmente por OGOS cis del Estado español en Americulos esti cchos Geconsanguinidad El derecho público. Los Consejos dencia que se manifiesta muy coloniales, cobrasc savia nueva y jos coloniales poner cotos Introta tomando como tema los Virrel gos y moralistas y la realidad de se niz necesario autorizar esper undament en 10 ultimos tiem vigor sospechable. Lo que purmisiones abusivas de los descendien datos y en general, todo el com. la vida social movida a impulso de Bajo estos enuncios quiero precialmente a los prelados de Inglas La presencia del Estado español pos de la Edad Media y primeros deramos llamar estado llano de les de los grandes descubridores escubridores plejo orgánico de la burocracia plejo orgánico de la burocracia los imperativos cconómicos y geg enthrante Votoros un amplio para que, at de concluir o en las Indias se acusa fundamental ce la Edad Moderna, o sea en la las nuevas eludades indiana cn. Este periodo de florecimiento de estatal bispanoamericana.
sra dos panorama de lo que fue la ica Con Valuacion canon ca de mente a través de las siguientes época en que tienen lugar los gran contró en el Municipio el órgano los nuevos Municipios Indianos Bastará por el momento con su. Se quico en el orden del dere analo en América del cicio de estudiarmoniosTuvieron estos instituciones de derecho publico. des descubrimientos transaccani adecuado para hacer frente de un zo crisis cuando en tiempos de Febbrayor que la Audiencias, que en cho privado considerar a 10. che pennor Vista através de 601 cuiladesampus Por Conces Audiencias y Virreina. Cos na parte a los privilegios busivos lipe Il siguiendo la politica antes el orden del tiempo precedieron dos como VOTO libres de CO e instituciones más representa luispensar wordenac impudas orda doctrinal, el rei de la nacientes aristocracias colo ludida de Incrementar por todos os Virrehatos. aun conservando rona de Castilla, imponiendoles La tonto en la esfera del dore meatos matrimoniales a de Los Concejos de las nuevas ciu. Din municipal castellans de los Inlales, y de otro, a los excesos de los medios los recuros del Ta as das sus caracteristicas pe normas juridicas dimanantes do cho privado como en la esfera del Dance Co.
dades coloniales se estructuraconitimos anos de siglo XV pri poder e propias autoridades ro, se implanto en los territo isulares de alto Organismo de Derecho peninsular, se de derecho publico.
LL CUOCIon las neces. en CL CN CU y administrameros del XVI siue siendo, fundi, representantes de la Corona coloniales la doctrina de enajendraminida on ludicial care con preceptes generosas para de subido que la historia de la de rang bido oue la historia de la desturs. Ellos nuevos teiro tivo. Legún las viejas nolasimmentalmente, el mismo que habia Se conservaron en el Archivblos oficios concej ICE Cayeron en pronto un papel muy destacado entenderles contra abusos posibles de de la doctrina in prastes en el Derecho municipal estado en vigencia chealidade da res muy nutridas de Içgajos que dades coloniales capas dezene ac lo que se llamaron Reales colonizacioncspañola e Amé. UD COL a de la goctrina. prastes en el Derecho Inunicipal estado en vigencia en los anos en General de Indias, de Sevilla, se tonces los regimientos de las ciul el orden politic) y de gobierno los españoles con zadores. Pero ce se caracteriza en los prime ibul Urdu mpermen Calle to momentos por el predominio anonicus tuvo tambieil mu Es conocido el papel importantiv da social y politica de Castilla, contienen testimonio de pleitos familias más caudaladas, degene Gc lo que se llamaron Reales 2 000 y o el resultado fue resultado fué, un con su erande de la secionind du e rciante para sim que los Municipios jugaron los Conde de nuestras viejas Cul soutenidos por 13 Cubildos color arando as el regiment municipar en cueros, pudieron los Didores de uno de los condenadas a sum Divad obre la acción coordinat on suc en la vida publ ca de Cabilla a lo dades eran, al tiempo en que e ofrecen un alto more hus manos de verdaderas ol gargulay olarguas albuescas Audiencias coloniales uresiras Auarencias coloniales Darvancia desde el momento mi da del Estado. En diversas pull Lirarse goclan y la largo de todo el periodo medieval. produes la colonizacion espazoia tocicoEl estudio de estos autos miliares que pu pusieron en la ger y contrarrestar en tu caso los mode su promulgación.
caciones he lenida ochia de de e uroshi CDD Justicla ha podido leka ca América instituciono in vigor, proces pone de relieve lo que mernidad de TON CHONCU interpo. Des excCSOs de autoridnd cu Las exigencias económicas y sos Ka Trollar ampliamenta cale con dem y menores la comar un historiador que el Estado que apenas si recordaban lo que hi vida publica de los nuevos te publico de la ciudad 103 interematids por los Virreves coles de cada momonto histórico cepto través de nutridas series a y praia camp. obar castellano de la Edad Media al en moinentos anteriores haban si rritorios coloniales hubieron de ses particulares de los usufructua. Si en el orden jerarquica y ad No pueden ser desatendidas impu de fondos documentados a Espectivas 1a Igual, en certo modo que vie, do 10 alcaldes ordinarios y los Tios Go 105 Gistintos oricios conceinistrativo los Oidores de las nciente por los cristadores Ante la incertav o rodenix. tencia impe. mintos no 10 miperib romano estaba estrue. Se fondan en lng Indias 10 mueres dores de los bidos. Al Empa Hiles diencias estuv. eron sometidos a los Se creyo proteger a los indios los proyectos colombianos, los hom dispensables.
turio politicamente sobre la bavas ciudades coloniales y se estruc ro Ge viejas formulas juridiens, Solo a los alunos tiempos de Vesyes. Azuron por su parte los con una desa tupida de prece bres de poblerno de Espano hubie preto del derecho amse de una verandera confederación tura su vida politica y administra metropoli poco menos que olvi 15 dom nocione panolaco Amer Beales Acuerdo de importantes los saltanante humanita. ronde observar una ccl tud calar que, si prezentar ninguna mol de ciudades Un con arren este modelo poni dadas, como era u ca, cuando albaren ya el periodo ribuc ones gubernativas, pudienio y por desconocimiento de la telosa y expectante. Tanto en los cheud Uurinal e importa Pero si esto es, en esencia, cier insulor ya en franca decadencia, 106 concos tenian de recibir y de las luchas por dependcolo denunciar ante las monarcas realidad Encial de la época queda capitulaciones otorgadas con el pricia, hudude motivar, sin embargo, to no hay que olvidar tampoco Pero los nuevos impcrat vos socia cxaminar a los nombredos por los clavovca algunos Cabildos de aquellas resolucions. virretonieren abierta las brechas para los met almirante de In Indias como atac muy copiosa, es el que a parle de las grandes ICO Iles y económicos de los territorios schores o por los monarcas para el nuestras ciudades coloniales a in que est masen contrario al inice mismos abusos que se pretendia chlas que hubieron de otorgarse turene Sosteniento de inu.
cvitar res público.
después con sus continuaciones0 151 ad do domicilio conyugal De este modo se estableció un En el orden del derecho público observa que en la feneralidad de D. Lgm. cnlo u america Gistema pouco de equilibrio y con también se estrellaron ante el im expediciones de nuevo descu motivo que muchos hombres Case fraselo. fomentado por la desco erativo de las circunstancias 10 brimiento y población el Adelan GO emprendieron Via as In tanza que en su arán centraliza entos centralistas y uniforma Lado jefe de la expediclandeseo das y beragaran en aquc ros terre dor hubieron de sent. los monar cores de 103 monarcas. Ya hemos bridora es el que corre fundamentu geju abandonadas en cus espanoles ante einen Vito que bajo el amparo de la for almente con los TICOS asta puudsus mujeres. El probies aordinario de sus propios virre mula se acata pero no se cum de la empresa. La Corona se limits cgo awayuicir Volumun tan yes, que, si en el ple pudieron los virreyes y los ple pudiero otorgar su autorización y Dise, que los legisladores espano enia biempre el limite que le impresidentes de los Audiencias de conceder a descubridor y a SUS 5 eron obligados a interveponia so obligado acatamiento ajar sin efecto aquellas cédulas Rea companantes valiosos privileg os anir de una manera enérgica y rei las resoluciones superiores del rey les cuya aplicacion consideraban titulo de recompensa reservándo. terada.
y del Supremo Consejo de las Innoportuma o peligrosa. si esto pu se los derechos inalienables de la cipoco como norma general dins. la realidad social resultante do dar margen a positivos abusos soberania que ningun hombre casado pudie de la enormidad de las distancias doto, en cambio, a nuestro derecho Esto explica que nozca en los la pasar a las Indias levar con de la dificultad de las comuni publico colonia de una Llexibiu primeros momentos través de a su mujer, y se ordenó, ade caciones hacia que la esfera de a dad que hubo de rendir resultaestas capitulationes, un nuevo de mus, que los que ya hubieran pasa ibuciones de los virreyes eficaz dos excelentes cuando fué inteli recho particularista y flue e do in cuinplir este requisito fue a su libre arbitrio de gobernantes, gentemente manejada.
inspirado en las viejas normas de ron complidos imperiosamente pa Destaquemos, por último, otro nuestro derecho medieval Asi sel na regresar a Espana. Solamente se Otros altos funcionarios de la hecho de extraordinario relieve his ve como se concede a los descubri hizo una excepción con los mer burocracia estatal tórico que tuvo consecuencias fa dores facultad para reparti tie caderes que pasaban a las Indias Lales para nuestra politica colo Tras y solares, para erigir foriaie Con lines mercantilcs, siempre que Al lado de los virreyes y de los nizadoro: el alojamiento sistemal zos, para disfrutar de ciertos. su ausencia no rebasase los plaReales Acuerdos de las Audienciasco en que se tuvo a los criollos cios publicos con jurisd. eciono 310, 20s sehalados y que prestaran tian eiercieron en las Indias funciones de la generalidad de los cargos por ella, etc.
za para asegurar su regreso denwesticadas de Robierno, dentro del cos de administración o de Pero si todo esto es cierto no Uwei Liernpo permitido.
sus circunscripciones territoriales bierno 10 menos que tan pronto como La aplicación de estas leyes mo respectivas, capitanes generales y También en este punto una nuestros monarcas y sus conseje tivo tambien fraudes que hubo ne gobernadores, alcaldes mayores y la doctrina y otra la realidad o ros se dieron cuenta de la e cesidad de alajar. Muchos hombres corregidores de ciudades cabeza de cial de nuestros territorios colonia dad, sorprendente de los descubri casados burlaron, pretendieron distrito y de reducciones o pueblos les. En los textos legales se equi mientos en el Nuevo Mundo ro burlar, las disposiciones indicadas, de indios.
paraba desde este punto de vista a laron de estructurar juridicamen presentando como sus legitimas es No son lo suficientemente preci espanoles y criollos. Pero la ver te los guevos territorios segin las posas a las que en realdan eran sas nuestras fuentes legales ni en dad fue que muy rara vez const vielas normas del Derecho penin sus amigas o concubinas. Se dispu punto a la determinación y núme guieron estos vencer las resistent solar casteliano.
So, para evitar este fraude, que ro de estas demarcaciones adminiscias que se oponian asuingreso Las Islas descubiertas por Co por los oficiales de la Casa de la trativas ni tampoco en orden a las en las altas esferas de la burocra Ión no fueron consideradas como Contratación de Sevilla se hicleatribuciones y subordinación jerárcia estatal meras factorias comerciales ni co rua al efecto las necesarias averiquica de los funcionarios que igu No Taltaron voces autorizadas mo posibles depósitos abastecedo guaciones raban al frente de ellas.
condenaron duramente esta políu res para el mercado de esclavos. Para asegurar el cumplimiento En términos generales podemos ca equivocada, mereciendo desta Se consideraron desde el primer de todos estos preceptos legales se decir que la nota dominante en or carse entre todas la de Juan de So inamento como formando nate crearon en las Indias juzgados es den a las atribuciones de estos al Torzono, el tratadista insigne de del territorio sometido a la Corpeciales para conocer de las cuestos funcionarios dentro de sus de nuestro Derecho indiano. Sus Sad na de Castilla y se considero pra trones te se suscitaran en relas marcaciones territoriales respectivertencias reiteradas no lograron to a sus habitantes, tra Decion con los hombres casados que vus. Capitanles Generales, Gober pesar de su autoridad. evitar el Tiodo de vacilaciones, com vasa vivieran en aquellos territorios te naciones ciudades cabeza de distri dano denunciado que hubo de per los libres de la monarqun caste niendo a sus mujeres legitimas en to y reduceloncu o pueblos de in petuarse lo largo de nuestra do Lena Lupana dios sometidos a la autoridad del minación en Américo con resulta Por las circunstancias historica Lo Tratadistas de nuestro Dere.
un corregidor es la universalt dos de todos conocidos. Porque que concurrieren en el bracho del cho indiano se ocuparon también dad. Sometidos siempre a la autoben es cierto que nadie puede pen descubrimiento quedaron cuia de esta cuestión y plantearon el ca ridad superior inmediata gozaron sar que, de seguir otra politica ma dos los territorios de Ultrama CO 30 de si como consecuencia de la de un complejo de facultades que acertada, hubieran podido evitar no queda dicho, a la Comune del duct expuesta vendran las mu Iba desde los de indole estrictamen las luchas por la independencia, ya Costula. Se duereto, en consec jeres casas obligadas seguir te politica y administrativa a las que estas fueron la consecuencia do que pidiera en ellos, como de la sos mandos cuando estos quisie de caracter militar de naturale natural de la madurez histórica recho subietorio. cl Viejo Derecho ran partir para los territorios de La fiscal o económica.
que habian llegado aquellos puecastellano, juntamente con la nueIndios. Junn de Solórzano, en su Este complejo de atribuciones blos hermanos, no es os cierto Va legislación proinulgada rupee Polites Indiana. 50 pronuncia en quedaba doctrinalmente muy de que con una trayectoria politica mente para las indias y co 13 sentido afirmativo, pero entiende limitada por la extraordinaria mi diferente hubiera podido evitarse primitivas costumbres juridicas del que esto constituia en realidad pa nuciosidad con que los monarcas en cambio, el largo periodo de los oborigenes sometidos, que Lue ra la mujer un prieepto y no una por medio de reiteradas Reales cél incomprensión y de rencores enron declarados en vigor siempre a obligación Por eso, añadia si las duas de frecuentes instrucelor tre o metropoll y sus antiguos e no estuvieran en contradicción mujeres alegasen tener miedo al nes y Cartas Reales, pretendieron rritorios coloniales que siguio salvable con los principios bási mar para excusarse de acompañar reglamentar su funcionamiento con hecho de la independencia amerie cos del derecho de los colonizado a sus: maridos, debia admitirse co un criterio uniformista y centrali cana.
Yes.
mo legitima esta alegacion zador, salvo en aquellos casos en Subrayaba yo al iniciar esta con Veamos ahora como se rellena En la referente al derecho de que las diferencias de ambiente solferencia el carácter inactual del te historicamente estos principios fun propiedad, sólo se registran en la cial y de medio geográfico se acuma elegido. Es posible. Sin embar damentales en las institucions ju legislación de Indias preceptos es saron con demasiado relieve. go, que no sean del todo baldias ridicas de los nuevos territorius. peciales de interés para regular el Es sabido, por otra parte, que es en los momentos presentes las ob aprovechamiento y cultivo de la la tendencia centralizadora se aguservaciones formuladas sobre las El derecho privado Lierra en las comarcas nuevas COD dizo todavía más al aplicarse en lineas generales de la politica se quistas. Se consideró por los traTas Indias, por los monarcas de la guida por el Estado español en En la esfera del derecho privatodistas de nuestro Derecho indiacasa de Borbón, el régimen de Innuestros territorios de Ultramar do fué donde alcanzó una VICH que el dominio eminente de tendencias.
cla mayor el Derecho eastelao, a terra en los paises recientemen Una enseñanza puede ser al cabo For medio de los jueces visita. recogida, y es que los hechos de a pesar de su carácter supletorio. le descubiertos constituia la re dores y através de los juicios de nuestra obra colonizadora ponen de No se creyeron obligados los legis salir de la Corona. El unico ttu ladores españoles a articular rodo 10 legit mo por lo tanto, para adreeldencia a que estaban sometidas relieve el peligro que resultaat todas las autoridades coloniales. a u salema juridico nuevo que require legislar para la gobernación de la propiedad de la tierra, la terminación de sus mandatos un pueblo, olvidarse de las realida gulase las relaciones privadas de subo de ser o el repartimiento Tea 103 nabitantes de los territories lizado directamente por los monac pretendieron nuestros monarcas te des sociales y económicas del pues coloniales. La organización de la cas o autor zado por éstos en per siempre en sus manos los hi blo para el que se legisló las familia, del derecho de propuedad capitulaciones de nuevo de cubra del derecho de obligaciones y del niento y población, o a la merced 9000090999RODC90. 000000. 000. COM derecho de sucesión fue al menos resia. Aplicado a las Indias noren el orden de la doctrina, funda mas politicas para la repoblación mentalmente la misma que impc land ogas a las que se habian apli Enba en el territorio peninsular. SGrado en España durante el periolo cuando neces dades nuevas lodo de la Reconquista, hubo de disexicieron se promulgaron ProCEP ponerse, sin embargo, que por el Les juridicos adecuados para resol mero hecho del repartimiento no ver cada caso concreto. De aqui adquirió el favorecido por el domi que la llamada legislación de in nio pleno sobre la tierra que le dias se caracterice, en cuanto a hub a sido adjudicada. Para que las instituciones de derecho priva la propiedad se consolidase era ne do se refiere, por una nola de ca cesario, además, la posesión y el. suismo muy acentuado.
cutivo de la tierra repartida, duSi nos fijamos concretamente en rante un minimum de tiempo que la estructuración juridica de la fa combió segun las circunstancias milia observamos que el Derecho Por imperativos económ cos fácil Indiano se limita a sanc. onar comte explicables se procedió en ME SIENTO ORGULLOSO VANIDOSO DE MI.
mo vigente en aquellos territorios los pr meros momentos en los re e Derecho peninsular. dictando partimientos de tierras o los co (Viene de la pár. TRECE)
unicamente nuevas normas en lolonizadores, con una gran gcnero.
bria agradecido mas toda csa que se refiere a los matrimonios sidad. Pero cuando lo colonización to a ese cobro de honorarios. El página de la Prensa Libre, con de los indios recien convertidos y se fue ampliando y consolidando pais no estaba discutiendo cuan una firma reponsable 21 pie, a la aplicación en las Indias de la Solamento 26 mil atados fueron ofrecidos en venta. Los No aumentar la densidad de la po to fueron esos honorarios, ni si para si conocer el grado de doctrina canonica sobre los impeblación, sumento con ello el valor estuvieron bien pagados, o precios se mantuvieron bastante altos para las dimentos matrimoniales.
si esa amistad economico de la tierra se substitu tomando en cuenta las efectivas El problema de legalizar las ulvó el sistema de los repartimienNo quiero ni vengo recaprincipales calidades niones matrimoniales de los indios tos por el de la enajenación de las y proveebosas consecuencias de mar, ni a pelear por esos privi recién convertidos al cristianisms erras de la Corona en pública su sus resultados, nos quedamos legios, pero si quiero decir, que Alajuela, II. LA TRIBUNA En en las ventas de esta semana.
presentó desde los primeros mo. basta, para aumentar así los ingre certo, y aun tenemos una deu cuando en la campaña preiden la mañana de hoy se verificó la Redactor. Corresponsal mentos graves dificultades.
os del Tetoro, muy exhausto en da de gratitud con todos los cial, se atac ba con dureza alan acostumbrada feria semanal de dul En la mayoria de las comarcas tiempos del monarca Felipe II por intervinicron en la obtención tonces candidato senor Cortes, ce, habiendo concurrido 190 carre de los nuevos territorios descub erins costosas empresas bélicas que del luminoso e indiscutible fa fui uno de los pocos que, CONtas que trajeron un total de 26 mil 70563375 producto tos imperaba en el orden matrimo España se vela obligada a sostenerlle White nial un régimen de poligamia, den Se ordenó entonces, además, que LA FIRMA AL PIE to defendi atados que se vendieron a buenos Viene de la ne. TRECE)
tro del cual estaban permitidos todos los propietarios de tierras ha Quiero referirme a la publi en la misma Prensa Libre y pa precios, ya que las calidades de Gre también los matrimonios entre per bian de justificar la legitimidad de cación de la lista de esos aboi gué de mi bol. a el valor de esa cia se vendieron a precios que os rentas durante el tercer trimes. DECIMA CARRERA sonas unidas por los vinculos más nosesión mediante la exhibición eados entre los cuales estoy yo.
stre del presente año, es decir. cilaron entre 50 y 63 colones. pre dur. campa. a. próximos del parentesco. La igle de los titulos en virtud de los cua tesco. La igles de los titulos en virtud de los cua Debo akradecer al autor de esas durante julio, agosto y setiemsia católica no podia transigir con cio medio 56, 50 el ciento de atados)
les las hubieran adquirido.
publicación, el haberme inclui Ni entonces ni ahora me hely las de Poás, entre 31 y 62 coloeste estado de cosas. Pero impobre, ha sido de 705. 633. 75, la En la esfera del derecho de obli do, porque en otras listas no li codeado ni tratado de abrir pa nes dl ciento, precio medio 43 coner, por otra parte, un criterio de caciones, los únicos preceptos incual ha sido acreditada a la cuen guraba mi nombre. Me siento orso para obtener puestos públi lones. Poca actividad se notó, pues.
extremada rigidez, hubiera podi teresantes de la llamada legislación ta en colones que en el citado do producir perturbaciones peli. Indias gulloso y vanidoso de mi inter cos. Mi modesta actuación banco mantiene el gobierno.
on aquellos que tiende grosas.
Comparando con el trimestre vención y creo que una gran labogado Independiente y lucha El Vaticano exigira red den a regular el trato de arrenda vendon creo que eran Abogado na Tras de consultas reiteradas a miento de servicios de los indios sección del pais, la pondrá en dor, me han robustecido el deanterior, que comprendió los in Santa Sede se dicto por el Pont un sentido pretectar en otro cuadro, que no es el que se recho de nensar sentir y deel (VENE de la Pagina TRECE meses de abril, mayo y junio, se ifice una bula ordenando que pa ra defenderles de posibles abu. pretende con esa publicación, AVAMI ra legalizar canónicamente las resos de los españoles encomenderos mir los asuntos que anena mi no, e la concebida en los términola que se ha experimental laciones matrimoniales de los in Concurri Sen tempor ultimo para acaran patriotimo. sinceridad esa reunión nos acostumbrados del lenguale di un alzo apreciable, habiendo au con patriz, con toda libertad, con dios recien convertidos que hubie plomático, pidiendo informacion aumentado bastante la venta de bar con este somero examen de y consciencia y sin temores nl cs ran controido matrimonio en tiemas instituciones de derecho ory consciencia. No hay que pensar peranzas e perder cerca de los incislentes ocurridos en las especies fiscales que comanar. Viena y pidiendo el castigo de las prenden las estampillas y timpos de su gentilidad se procedie do, que, en orden al derecho de que as cualidades estaban mo tos publicos. Yo deseariamartes responsables. De fuentes aubres de tanto USO.
mana se efectuarar se a averiguar en cada caso con. Surason. Solo presentan algún innopolizadas solamente del lado torleadas la UNITED PRESS creto nocer el autor de esa publica habia sido la primera ter los preceptos dictados para de los que Doyaban el arrcelo. En los trimestres que lleva abido que al entregar su protesel JUEVES a las mujer con la que el indio en cuesavitar que los curas doctrineros vio resultamas ecuanime vius. len la misma situación mia a los altos funcior trios del minismos del presente año, ha sido Lion hubiera tenido acceso carnal tentasen In voluntad testamentariato pensar que ambos grupos paros mismos antecedentes con os altos funcion. urios del minis envalidándose con ella el mar de los indios. nguellos otros. muv ticipabamos de los mismos mó 10 de octubre de 1938.
terio de relaciones exteriores se en el que comentamos cuando de la tardo presuraron a informar al nuncto se ha percibido la suma más all 10 copiosos, encaminados a conseguir gadas de todo relación sexual con que los bienes de los que hubieviles que las esferas oficiales alemanas ta por este concepto, la cual el que hasta entonces habia condenaron estos incidentes sido ran fallecido en las Indias tenien Talvez el señor Presidente ha MARCO FONSECA tan seguramente ha de ser supura.
pronto como se recibieron las nolda durante el presente, es decir, su esposo, pero viniendo obligado do a sus legítimos herederos en Es DOC este a tender economicamente a sunana llagaren debidamente a poLicias, y de que el gobierno aleman está tomando todas las medi. outubre, noviembre y diciemI DECIMA CARRERA sostenimiento der de éstos, creandose al efecto La aplicación de este Decreto juzgados especiales para entender del sistema Nasiope de Bibtecas del MaristeyecaSapruces pour ca.
petición para el futuro. movimiento en todo sentido.
com planten tambien por medio de sus Agentes ESCARRE en els consecus ducha, LA MAGNOLIA Saludan a la nación costarricense en el glorioso Día del Descubrimiento de América.
000 12 de Octubre 1942 12 de Octubre 1938 Concurso BLANCA NIEVE Para las pequeñas lectoras de La Tribuna 000. CO. POCA ACTIVIDAD EN EL MERCADO DE DULCE AYER EN ALAJUELA RECORTE ESTAS FOTOS y PEGUELAS en el!
Cuadro de la carrera que se publicó el DOMINGO SNEEZY pamiento deular el trato due tien Fulloso y Lifice alizar canonistes de los in Se dictó por AVISAMOS que la carrera de esta sebar con estos de derech creto cual hace indio en cues evitar que los contado testamentaria ta dansar que amb lentasen In Volurns doctrinero para monio y queden con ella el mati Suscríbase a LA TRIBUNAL
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