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Vlernes, setiembre, 1964 Diarlo de Costa Rica El Contrato de Costa Rica con Firestone PUBLICACION DEL GRUPO CENTROAMERICANO DE ESTUDIOS ECONOMICOS CAPITULO IY(Archivo General de Centroamérica, Valle, tomo II, página 172. Lo anterior, obviamente, no tiene comen. arios, porque cualquier consideración podría implicar una ofensa para el hermano país, lo cual no es nuestro propósito. Unicamente tra.
tamos de comparar hechos históricos.
grafía, en el Río San Juan, frontera con NL caragua, desde la Boca del Colorado en el Mar Caribe, hasta la Bahí de Salinas en el Océa.
no Pacífico, siguiendo los 119. y los 86 00. 85 00. 849 y 83900 longitud Norte y longitud Oeste de Greenwich.
COMPROMISO DEL GOBIERNO PARA DAR LO QUE NO TIENE DERECHO DAR Hemos demostrado en los capítulos II y III, que al firmar el Contrato con Firestone, el Gobierno de Costa Rica ha violado el Convenic sobre el Régimen da Industrias de Integración. Este conve.
nio, suscrito en Tegucigalpa el 10 de junio de 1958, lleva la firma del señor Wilburg Jiménez Castro, Viceministro de Economía de Costa Rica; asimismo, el Convenio que ahora viola el gobierno del señor Presidente Orlich fue ratifica.
do por el Congreso de ese país el 22 de julio de 1963. Al mismo tiempo, al fir.
mar el Contrato con Firestone, Costa Rica ha violado también el Protocolo de San Salvador, instrumento de carácter legal intercentroamericano, y el cual fue suscrito por el señir Rodolfo Trejos Do.
naldson, Plenipotenciario del Gobierno de Costa Rica, el 29 de enero de 1963 en San Salvador.
Más adelante, en el Contrato, aparece la Cláusula VIII, que textualmente dice. El Gobierno (de Costa Rica) se com promete a gestionar libre acceso a todos los actuales o futuros países miembros del Mercado Común Centroamericano, para las llantas, neumáticos y productos aſines que fabricará el Empresario. Si a los tres meses no se hubiere asegurado dicho libre acceso, el Empresario tendrá el derecho a dar por rescindido el pre.
sente Contrato.
Para que el Gobierno de Costa Rica pueda obtener para Firestone o para cualquier otra empresa el libre acceso al Mercado Común, el requisito esencial consiste en cumplir con los tratados y convenios vigentes de la Integración. No hay otra manera.
Para que el Gobierno de Costa Rica pue.
da cumplir la Cláusula VIII de su Con.
trato con Firestone, es requisito esen.
cial aplicar los procedimientos que se.
ñalan el Convenio al Régimen de In dustrias de Integración y el Protocolo de San Salvador. No hay otra manera.
Para que las llartas, neumáticos, y productos afines de Firestone puedan tener libre acceso al Mercado Común, el Honorable Gobierno de Costa Rica debe cumplir también las estipulaciones con.
tenidas en el Capítulo VI del Tratado General, vigente desde el de junio de 1961. No hay otra manera.
En el capítulo III examinados la Cláusula VI del Contrato con Firestone, conforme a la cual ese contrato se constituye en certificado gubernamental para que Firestone pueda re.
clamar la aplicación del Convenio para Ga.
rantía de Inversiones norteamericanas en Costa Rica, en vigor a partir del 25 de febrero de 1955. Ayer vimos que la cláusula VI esta.
blece que si la AID no otorga el aseguro a la inversión de Firestone contra inconvertibilidad, expropiación y confiscación, el Empresa rio dejará sin efecto ei contrato, sin ninguna responsabilidad.
Para quienes conocen o recuerdan los con tratos que en el siglo XIX hicieron nuestros paises con las compañías bananeras, eléctri.
cas y de ferrocarriles. encontrarán que la Cláusula VI del contrato que el Gobierno de Costa Rica hace en el siglo XX con Firesto.
ne, no difiere demasiado de los clausulados de entonces. He aquí la prueba: sea, que después de haberle dado a Fi.
restone el 100 del capital de la empresa o en el menor de los casos el 60. que después de atropellar los procedimientos exigidos pa.
a la clasificación industrial; que después de garantizarle a la empresa extranjera su in.
versión contra inconvertibilidad, expropia ción y confiscación; que después de exonera.
da de todo impuesto, gravamen y arbitrio en Costa Rica, el Honorable Gobierno del Presi dente Orlich también se compromete a po.
nerle la mesa servida del Mercado Común!
Pero el asunto va más lejos. El Gobierno de Costa Rica se compromete a entregar el Mercado Común para las llantas, neumáticos y otros productos afines que fabricará FI.
restone. Productos afines a las llantas y neu.
máticos son por ejemplo zapatos de hule, bo tas de hule, impermeables capas de hule, carrocerías para vehículos, chassises, automo tores, etcétera. Es tanto lo que da el señor Presidente Orlich por un millón de colones. Porque el precio de todo es de un ml.
Hón de colones, según la Cláusula del Contrato, que examinaremos más ade.
lante. Los gobernantes costarricenses del sl.
glo XIX fueron más cautos; fueron me.
nos liberales con la soberanía de su país.
Lo que se le entregó a la Tropical Tra.
ding and Transport Company en 1871 fue menos que lo que el señor. Presiden.
te Orlich le entrega a Firestone; los con tratos que obtuvo la Costa Rica Rail.
way Company eran inocentes conce.
siones a lo que en el siglo XX entrega el Honorable Presidente Orlich; y lo que recibieron en 19615 la Costa Rica Rail way Co. y la Northern Railway Com.
pany. es cualquier cosa en relación a lo que ahora recibe la Firestone en Cos.
ta Rica. Las Altas Partes Contratantes. el Go.
bierno de Costa Rica y Minor Keith, promotor de la empresa bananeraconvienen en que la unidad monetaria en todos los actos y efectos del presente instrumento, será el dólar norteamer. cano. Los pagos del Gobierno serán en en dólares norteamericanos y en nin.
gún caso en moneda local; el Conce.
sionario disfruta del derecho de gestio.
nar ante el Gobierno de su país de ort.
gen la garantia expresa para su inver.
sión, y si ésta sufriera menoscabo por actos gubernamentales ulteriores, es convenido que el Gobierno pignora en favor del Concesionario las rentas adua nales y los bienes patrimoniales del Es.
tado hasta en una cantidad suficiente a juicio del Concesionario.
gresista Gobierno del señor Presidente Orlich está en sus facultades para entregar a Fires.
tone o a cualquier empresa lo que desee de Costa Rica. Ese es un problema de Costa Ri ca. Pero el señor Presidente Orlich se exce. e en su conducta soberana y democrática al comprometerse a dar a Firestone el Mer.
cado Común Centroamericano. La autoridad del Presidente Orlich termina, según la geo.
Por otra parte, no satisfecho el señor Pre.
sidente Orlich con haber entregado a Fires tone lo que ha entregado de Costa Rica, y no satisfecho con extender su compromiso para entregarle el Mercado Común, también le o.
frece los futuros países que ingresen en el Mercado Común. libre acceso a todos los actuales o futuros países miembros. Esto es, que el Honorable Presidente Orlich da lo su.
yo, se compromete a dar lo de Centroaméri.
ca y a dar Panamá o Coloribia. si en 1973 México ingresara al Mercado Común, ya el señor Presidente Orlich habrá entregado a Firestone también ese mercado de 36 millo.
nes de habitantes.
Qué liberalidad 12 del Honorable Serior Presidente!
Tamundo de Prensa Lihte de Guatemala LUCILLE Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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