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Bábado 18 de diciembre de 1971 DIARIO DE COSTA RICA. Bancos lamentan ligereza de Cámara de Comercio están debidamente claros, como se explicó antes.
lo conducente, que los bacos del Estado suscribirán y paga rán las acciones; y dentro del concepto de bancos del Estado se incluye al Banco Cen tral, pues este forma parte do los entes bancarios nacionaliza dos o estatales.
Comerciales del Estado (exclui do el Banco Central) los obli.
gados a suscribir tales acciones: pues depende de esto el que los directores que nombrará la Comisión de Coordinación Banca.
ria sean escogidos entre los DL rectores y personeros de los Bancos Comerciales, solamente o entre los de éstos y los del Banco Central NOMBRAMIENTOS NO PUEDEN HACERSE Comentando las declaracios. tal la naturaleza ambigua nes dadas a DIARIO DE COS del texto legal referido.
TA RICA por don Francisco La duda ha sido, pues, de tal Cordero Gené, gerente de la Cá calibre que la Comisión de Coor mara Nacional de Bananeros, declaraciones publicadas ayer sultar el parecer de la Contra en este diario bajo el título: loría General de la República Toría General de la República La Asociacón Bananera sólo al respecto, por tratarse de un existe en el papel. don Clau. asunto medular que debe ser dio Guerrero, secretario ejecu. dilucidado antes de que se reali tivo de la Comisión de Coordi. ce la aportación de los Bancos, nación Bancaria, dice lo siguien toda vez que si el Banco Cen.
te: tral suscribe acciones de la Aso En su edición de hoy, el DIA clación in corresponderle RIO DE COSTA RICA publica no las suscribe creyendo unas declaraciones del señor que no le corresponde hacerlo Francisco Cordero Gené, Geren puede incurrir en una contrate de la Cámara Nacional Ba. vención legal, si la justa internaneros, quien achaca a la Co pretación de la norma Jurídica misión de Coordinación Banca es distinta de la que, para to mar su decisión, le haya dado sentando en cuanto al inicio de el Instituto Emisor.
las actividades de la Asociación La duda se hace más intensa Bananera Nacional Sociedad al examinar el párrafo segun.
nónima, de reciente creación do del transitorio de la ley, que textualmente expresa, en LIGEREZA DEL SENOR CORDERO GENE Una cuidadosa lectura de la ley haría al señor Cordero arri bar a la conclusión de que la ambigüedad u obscuridad de al Runos de tales preceptos susci.
la serias dudas que no es posi ble ignorar por parte de la Co misión de Coordinación Bance ria; y lo convencería de que no es precisamente a esta a quien debe lanzarse el cargo Injusto por lo mismo de dar largas un asunto de tanta importancia y urgencia Nótese, por otra parte, que, PRECEPTOS LEGALES en cuanto atafie a la integración POCO CLAROS de la Junta Directiva de la Aso ciación Bananera el inciso D) El interés de la Comisión do del artículo 89 de la susodicha Coordinación Bancaria en coad.
ley establece que la Comisión yuvar para que se inicien pron de Coordinación Bancarta nom to las actividades de la Asociabrará dos directores que repre. ción Bananera Nacional no pue sentarán a las acciones de la sede, como es obvio, compelerla a rie Este nombramiento no actuar irresponsablemente en la puede hacerse mientras no se toma de sus decisiones, pues de Aclare si son todos los bancos esbe ajustarse estrictamente tales (Incluido el Banco Cen los preceptos legales vigentes, y trall o solamente los Bancos en este caso tales preceptos no Secretaria Ejecutiva de la Comisión de Coordinación Bancarla.
Claudio Guerrero Secretario Ejecutivo a.
San José, 17 de diciembre de 1971 Aviso importante!
Aunque comparto plenamente la inquietud del señor Cordero en cuanto a la necesidad de que den comienzo cuanto antes las labores de la referida Asociación no puedo menos que ementar la ligereza con que el Gerente de la Cámara de Bananeros en Juicia a la Comisión de Coordi.
nación Bancaria, en lo que res pecta al nombramiento de las personas que, por parte de los Bancos, integrarán la Junta Di.
rectiva de la entidad bananera mencionada.
En el fondo de lag deciaracio nes de don Francisco se siente se adivina una imputación in Justa, que atribuye falta de inte rés a la Comisión de Coordina ción Bancaria en hacer esos nombramientos. Sin embargo.
eso no es asi; y no podría serlo, no solamente porque los integrandes de la Comisión tienen pena conciencia de su respon Babilidad en la discusión de los asumtos que les corresponde ro solver sino porque los propios Bancos están muy interesados en sacar adelante a la Asociación Bananera Nacional.
LOTERIA de NAVIDAD LA JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE SE COMPLACE EN ANUNCIAR: SIN DINERO NO HAY ACCION El nuevo ente creado por la Ley 4895 de 16 de noviem.
bre último, no podrá iniciar la bores en tanto no estén suscri tas y pagadas en efectivo Jas an ciones correspondientes les series y tal y como la prescribe el transitorio IV del citado texto legal. Esta cuestión es de primordial importancia.
En efecto, las acciones de la gerle que corresponden al capital que ha de aportar el Go bierno de la República, no pue den ser pagadas por este últ.
mo mientras no haya sido autorizada por la Asamblea Leg lativa la respectiva partida pre supuestaria; y, hasts donde se sabe, tal autorización no ha si do dada.
Por su parte las acciones de la serle que representarán el capital que aportarán los Bancos, no se podrán suscribi: ni pagar sino cuando se hava definido claramente si tal cani.
tal debe ser aportado por 109 Bancos Comerciales del Estado.
únicamente o por éstos y el Ban co Central de Costa Rica.
Que cumpliendo lo ofrecido en el Plan de Navidad, y en vista de la acogida tan extraordinaria que el público le ha dado, así como a las medidas para defenderla de la especulación, ha dispuesto aumentar los premios directos, así: premios más de 50. 000. 00 u, con lo cual llegan a premios más de 10. 000. 00 u. con lo cual llegan a 16, y premios más de 000. 00, con lo cual llegan a 28.
Además, como es lógico, en cada serie de aumento, están los premios de 2. 400. 00 y las terminaciones (dobles) de 400. 00 cada una.
DUDA DE GRAN CALIBRE Sobre este punto trascenden tal quizá el señor Cordero no se haya hecho ninguna pregun ta porque lo encuentre claro No obstante, la Comisión de Coordinación bancaria ha ten!
do serias dudas el respecto, por la confusa denominación que se establece en el inciso del ar tiqulo 59 de la ley aj expresar que tales acciones (serie serán suscritas y pagadas en e fectivo por las instituciones de crédito nacionalizadas del Sistema Bancario Nacional. y no es fácil saber si dentro de ese concepto se incluye al Ban bo Central La cuestión ésta ha sido dis cutida exhaustivamente por la Comisión de Coordinación Ban caria, con intervención de cua tro profesionales en Derecho que, como Presidente que son de las Juntas Directivas de sus Tespectivos Bancos, forman par te de la Comisión; y también se han conocido en el examen de ese punto los pronunciamientos de las Secciones Legales de los Bancos, que no coinciden entre JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE ESTE uumemes propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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