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DIARIO DE COSTA RICA 15 Domingo 24 de jurlo de 1973 Sala denegó apelación Juez rechazó solicitud de para extraditar a Robert Vesco Denegar el trámite de extracualquier Compañía Corporava no aparece tampoco dentro base on hechos definidos en dición contra el multimillona ORDEN DE CAPTURA ción o por cualquier persona que de nuestro Código Penal y en esa forma.
Robert Vesco solicitado por el desempeño um cargo de confian consecuencia por lo expuesto, el Embajador de los Estados Uni. 39. Según documentación za cuando la cantidad o sl va principio de Identidad de la nor INNECESARIA AMPLIACION dos, señor Viron Vaky, fue la adicional que presentó el señor lor de leg bienes defraudados ex ma tampoco se ha operado en 69. Analizados así los heresolución que tomó ayer el Embajador ante el Ministerio de ceda de doscientos dólares o sucuanto a eso Código.
chos en que se basa la solicitud Juez Primero Penal Lic. Atillo Relaciones Exteriores y cuya co equivalente en la moneda de 59. Los hechos relacionados del señor Embajador y los ele Vincenzi Peñaranda, pla, autenticada por el señor Costa Rica. Como se puede a. por la solicitud y por la copiamentos de juicio que aparecen Consideró el juez que el de. Ministro del ramo, fue agrega preciar, el delito de usar el te del documento poririan, en úl de autos, ha creído el suscrito ito por el cual se acusa a Ves da a estos autos por el señor légrafo la radio o la televisión timo extremo no especificado innecesario el ordenar una am co en Estados Unidos ya que da Procurador, aparece que el pri con el propósito de cometer un por la misma ser enfocados ba pliación de la misma en cuanto pie al Embajador Vaky para de mero de Junio de 1973 el Juez fraude el uso de esos medios jo la definición de tentativa otros extremos adicionales, co mandar su extradición, no está John Cannella de la Corte con ese fin no está contemplado que existe según lo dispone al mo por ejemplo los contenidos contemplado en el Tratado de Estadounidense de Distrito pa en ese inciso ni en ninguno de artículo 24 del Código Penal en el Inciso 49 del articulo de Extradición Suscrito hace 50 a. ra el Distrito Sur de Nueva los otros. no es posible am cuando se inicia la ejecución la Ley de Extradición o los con ños por los gobiernos de Esta York, expidió crden de captura pllar esa lista específica ni por de un delito por actos directa concernientes a si Robert Vesco dos Unidos y Costa Rica Número 73 518 conira Ro analogía, ni por parldad o ma mente encaminados a su consu estuvo o no en los Estados Uni.
Esta resolución fue dsctada bert Vesco para responder a yoría de razón, ya que según el mación y ésta no se produce por dos o si está o no en Costa RI.
las 8:05 a. de ayer, Veinte mi un enjuiciamento dictado con Tratado y según el principio de causas independientes del a ca. Procede, en consecuencia, nutos antes las 7:45 am, la tra al por haber ideado o inten mulla traditio sino lege quo gente. Por tanto el artículo denegar el trámite de extradi.
Sala Segunda Penal resolvió retado idear un plan yurtificio se deriva directamente de la y el inciso 19 del artículo II del ción solicitado.
chazar también la solicitud de para defraudar a accionistas de frase básica del derecho penal. Tratado do Extradición, se refie POR TANTO: Se deniega el apelación que ante esa Sala la International Controls Cor nullum crimen nulla poena si ren a delitos cometidos y no trámite de extradición solicita.
presentó el Embajador Vaky en poration valiéndose de falsas y ne lega fuera de los que se a tentativas. que tampoco es do por el señor Embajador do relación con la apelación que le fraudulentas pretensicnes en vio fiala el Tratado no hay dell tán contempladas en la Ley de los Estados Unidos de América fue rechazada por el Juzgado lación del Título 16 de Código tos por los que debu conceder Extradición. Por lo expuesto y contra Robert Lee Vesco Sasek.
Primero Penal.
do log Estados Unidos número se extradición. Jiménez de según el principio invocado en En caso de que esta resolución continuación se ofrece los 1343 y Asimismo que Robert Asúa La Ley y El Delito. el considerando anterior de nu no sea apelada CONSULTESE alcances de la denegatoria de la Vesco con el propósito de cau del caso indicar además de lo lla traditio sine lege no os pro con la Sala Segunda Penal de extradición contre Vesco dicta Dar tal plan y artificio causó que expuesto, que sa figura delicti cedente tampoco concederla con la Corte Suprema de Justicia, da por el Juez Primero Penal; Bo trasmitieran por medio de co 19. Solicita el Señor Emba. municación telegráfica ciertos jador de los Estados Unidos de escritos, signos, sefiales y soni América e nombre de su gobler dog en comercio interestatal y Do Se inicien los trámites de ex extranjero. Además fue parte del tradición del ciudadano norte. plan el que Vesco intentaría o americano Robert Leo Vesco sa intentó causar que ciertos ofl.
sek y que se ordene inmediata ciales y empleados del ICC hicie mento su arresto preventivo. ran entradas falsas en los libros Funda su solicitud on el hecho de contabilidad y archivos del de que el día primero de junio ICC. Aproximodamente el dla en curso, Robert Vesco fue in sels de abril de 1972 en el Dis.
diciado por el Jurado Federal do trito Sur de Nueva York, Robert violar el Título Dlez y Ocho. See Vesco, con propósito de lle.
ción Trece y Cuarenta y Treg delvar a cabo al plan causó la tras Código de los Estados Unidos, misión telegráfica del Bahamas consistente en usar el telégrafo Connonwealth ank Nassau la radio o la televisión con rohamas para Barclays Internatio1erencla especial al inciso diez nal, New York de un telegrama y nueve artículo doy del Tratado con instrucciones de entregar de Extradición vigente entre doscientos cincuenta mil dólaCosta Rica y los Estados ni res el agente del scusado dos de América. La solicitud de EXAMEN Brresto preventivo la basa en el párrafo tercero del artículo on. 40. Procede examinar, en ce del Tratado de extradición, primer término 81 el delito 2º. Do acuerdo con las dis que se refiero el señor Embaposiciones del artícuol 19 de 18 jador y el documento cuya coLey de Extradición Nº 4795 de pie se aporta se encuentra espe de julio de 1971 debo estarse a 10 cificado en el articulo II del Tra que determine, en primer lugar. tado de Extradición que seflala el Tratado de Extradición que 21 Incisos. La solicitud señala aprobó el Decreto Legislativo NO el número 19 que dice: Frau 19 de 12 de junio de 1922 y pos de o abuso de confianza cometi teriormente el número 65 do do por cualquie depositario, de marzo de 1923 y en defecto banquero agente factor fiducia cel mismo, lo que serial esa rho albacea administrador tutor; director; o empleado de SEÑOR IMPORTADOR: encuentre la solución a sus problemas ANTES DE QUE COMIENCEN ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO ALMACEN FISCAL ley Juramentada la Comisión Nacional de Desarrollo Pecuario Al utilizar nuestro servicio Nosotros af disponemos de de Almacen Fiscal, usted amplias e higiénicas bode.
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