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DIARIO DI COSTA RICA Iween so de estubre de 1973 EDITORIAL Increibles contradicciones que debe explicar el las circunstancias aconsejen, a efecto de que la prohibición legal se cumpla.
Aquí estamos, en la trinchera periodística, dispuestos a defender los derechos constitucionales de los ciudadanos costarricenses.
La notificación que nos hizo el Tribunal Supremo de Elecciones con fecha 26 de octubre, sigue provocando escozor cívico.
según los magistrados, iban a conducir al cierre eventual de DIARIO DE COSTA RICA a nuestra capitulación de ciudadanos y de periodistas. Lo primero no se ha producido todavía, y lo segundo nunca sucederá. Porque preferiríamos que nos cerraran el periódico a la fuerza, antes que doblegarnos a las pretensiones de los políticos que aspirando al poder público, la emprenden contra la prensa independiente aun sin haber obtenido ese poder.
Nadie que se respete puede plantear una gestión como la que enderezó el Partido Unificación Nacional en el deseo de que le pusieran mordaza a un grupo de ciudadanos y a un periódico.
Ningún periodista que se respete puede, tampoco, mantener silencio cómplice ante la interpretación acomodaticia que el Tribunal Electoral dio a una reforma inconstitucional que amenaza libertades individuales garantizadas en la Carta Política que nos rige. El Tribunal Supremo de Elecciones tiene la responsabilidad de rectificar o de aclarar los motivos de su precipitado e increíble acuerdo.
Nosotros enfrentamos al Tribunal a dos documentos de reciente data, en los cuales asume actitudes diametralmente opuestas y dañinas para el régimen de opinión pública del país, que es lo que se impone defender sin dobleces y sin temores.
Hay observaciones que urge plantear sin timideces. En primer lugar, digamos que es mucho poder el de los jueces como para que ellos lo conduzcan con espíritu de festinación. Los señores magistrados, para hacernos la amenazante notificación que rechazamos ad portas. apenas llegaron a nuestra oficina sus representantes, los licenciados Juan Espinoza y Rafael Villegas Antillón. deberían de haber profurdizado sobre la grave materia que estaban tratando. Pero no.
Ellos partieron, en apariencia, de la increíble impresión subjetiva de que tales páginas estaban siendo pagadas por otro partido político. Así, sin mayor trámite, para actuar en contra de DIARIO DE COSTA RICA, se colgaron de la coletilla de su interpretación, y ole vidaron rápidamente lo sustantivo de su declaración contenida en el documento de fecha 21 de ses tiembre, en el que garantizaban que en ningún momento, por causa de la promulgación del artículo 85, podría inferirse que el legislador haya pretendido limitar la libertad de contratación de aquellas empresas ni la libertad individual de expresión del pensamiento.
En la resolución o acuerdo del 26 de octubre, amenazante para DIARIO DE COSTA RICA, los señores magistrados sostienen que: Lo dijimos ayer y da pena repetirlo. La Unificación exigió mordaza para un grupo de ex calderonis.
tas. Lo hizo el 26 de octubre. El propio día 26, el Tribunal Electoral se reunió con alarmante rapidez en sesión extraordinaria. El mismo día 26 conoció de la petición unificacionista. El 26 también resolvió en contra del DIARIO DE COSTA RICA. No contentos con esta precipitación que pasma, los señores Magistrados nos notificaron la resolución la misma noche. la resolución era una amenaza de cierre para el periódico DIARIO DE COSTA RICA, sólo porque atenidos a la Carta Política y a lo que dice el artículo 29, autorizamos el espacio en referencia para que un grupo de ciudadanos se manifestara. Sólo los partidos inscritos y con candidaturas, pueden publicar propaganda electoral.
Pero en su acuerdo del 21 de setiembre. sólo un mes antesmanifiestan. Por manera que en ningún momento, por causa de la promulgación del artículo 85 (del Código Electoral. podría inferirse que el legislador haya pretendido limitar, ni la libertad de contratación de aquellas empresas, ni la libertad individual de expresión del pensamiento, ni siquiera en la época cercana a la fecha de las elecciones.
Hay aspectos preocupantes. En su resolución del 26 de octubre, se olvidaron por completo de lo dicho con tanta pompa en el documento del 21 de setiembre, que se publico parcialmente el 26 del mismo mes. todo, para que los señores de la Unificación quedaran complacidos, no importando que por esa vía se estuviera poniendo en peligro el régimen de opinión pública y lo que al respecto manda y ordena la Carta Política.
En el escrito que comentamos, los magistrados hicieron un agregado, que dice: En las publicaciones de los se2ores calderonistas y excalderonistas, no había injurias ni calumnias.
En esas páginas sólo existía el argumento de las alegadas coincidencias de los líderes del PUN con los dirigentes del partido Liberación Nacional. Sin embargo, creyeron los jefes de Unificación que había que amordazar a sus ex copartidarios y a un periódico, y para ese efecto, el Lic. Guillermo Jiménez Ramírez, a nombre de su agrupación, solicitó sentar las responsabilidades del caso para DIARIO DE COSTA RICA.
dades del caso. En relación con lo anterior, cabe agregar que si se llegara a establecer que los artidos políticos para lograr mayor espacio en los periódicos, radio o televisión, propician publicaciones de particulares con carácter de propaganda electoral, se tomarán las medidas que Esas contradicciones de bulto y estas odiosas amenazas tan fuera de tiesto, son las que ha de explicar el Tribunal Supremo de Elecciones. DIARIO DE COSTA RICA insiste en que continuará publicando las páginas de cualquier ciudadano o grupo de ciudadanos que deseen opinar sobre asuntos de inteTés público.
JULIO SUNOL La abili Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Biblioteca del Misterio de Cultura y Juventud Costa Rica
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