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SABADO 11 DE FEBRERO DE 1950 LA PRENSA LIBRE PAGINA CINCO JUZGUE EL PUBLICO El periodiquito La Hora publicó que se me había cancelado el permiso para tostar café y en la edición de ayer aclara que el señor Agente dijo que SE ME CANCELARIA EL PERMISO, SI EL EXPEDIENTE QUE SE ENCUENTRA EN TRAMITACION se falla en forma condenatoria. De manera QUE NO SE ME HA CANCELADO EL PERMISO, ELIUOSEOA con lo cual LA HORA se desmiente a sí misma. Por lo demás, publica La Hora una resolución en la que el señor Gobernador de San José, confirma un fallo en mi contra por adulteración de café. Esa sentencia se refiere a la muestra Nº 20 de café que fué decomisada para su examen. Como el público bien sabe, cuando las autoridades cogen una muestra de café, deian en el establecimiento otra exactamente igual y con el mismo número, PARA GARANTIA del comerciante y PARA EVITAR BARBARIDADES. Esa muestra queda en el establecimiento sellada y numerada con el mismo número que aparece en el expediente respectivo. Pues esa misma muestra, la que nos dejaron en el establecimiento, fué llevada personalmente por nosotros para su examen al respectivo laboratorio y se certificó que el café en cuestión es bliotecas HEMEROTECA 2013 CAFE PURO ón Koace hese mos De manera que la misma MUESTRA QUE SIRVIO PARA LA CONDENATORIA EL MISMO CAFE, SE NOS HA CERTIFICADO COMO DE CAFE PURO, como se ve de la siguiente certificación. FRANCISCO ROLDAN PEREZ, Agente Principal de Policía Específica del Café, CERTIFICA: Oue el señor Rodolfo Brenes Torres, presentó ante esta autoridad, la muestra de café molido No 20, para que fuera analizada por el químico del Ministerio de Salubridad Pública, quien la analizó dictaminó mue la muestra No 20, era de café puro, es decir que no estaba adulterado. Es conforme Dada en la ciudad de San José, a las nueve horas del día primero de febrero de mil novecientos cincuenta, a solicitud del señor Rodolfo Brenes Torres. Seguidamente se agrega y cancela el timbre de ley. FRANCISCO ROLDAN de Goa el ETE ya inos de a ya pri estu.
i, pe de. por. por planOUE JUZGUE EL PÚBLICO cazon Os re as pa stres bien adeIezzi en ios ello Des QUE SE SEPA QUE LA CONDENATORIA EN CUESTION, POR ADULTERACION DE CAFE, ES POR UN CAFE QUE SE ME HA CERTIFICADO COMO PURO la fra es es.
en el con sino de in ras la de u a va portar er aun el que QUE JUZGUE EL PÚBLICO PERSONALMENTE LA CALIDAD DE NUESTRO CAFÉ Rodolfo Brenes ordarle nos ha Temande constitua Jun a pera mayor Os inta tendrerecurso vendrá mtoe ha que pot judicaes grato cor, SI apúbjios Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica

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