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NACIONALES Diciembre 1960 LA PRENSA LIBRE Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional PM Auto En el 40 aniversario de su Fundación, saluda muy cordialmente a sus asociados los educadores de Costa Rica y, en forma general, a todos los que, como los educadores, se esfuerzan desde distintos campos por el engrandecimiento de la Patria.
Desea para todos Felices Pascuas y hace votos fervientes para que el año 1961 traiga mucha dicha y prosperidad. La ley Nº de 24 de diciembre de 1920 creó la Institución de Socorro Mutuo del Personal Docente. la cual constituye en nuestro medio, la primera realización conjunta del espíritu de solidaridad gremial del Magisterio costarricense.
los beneficiarios de polizas de asegurados fallecidos, por largos años. Sirva como ejemplo que en abril de 1948 la Junta Directiva acordó el pago de pólizas para ser canceladas con la segunda y tercera cuotas de setiembre del mis.
mo año. Esto es, estaban comprometidas para entonces quince cuotas correspondientes a los cinco meses inmediatos, en perjuicio de las familias que debían esperar pacientemente. Al final de la espera recibirían sumas no mayo.
res de cuatro mil colones.
Buena parte de las reservas de la Sociedad se encuentra invertida en valores del Estado debidamente garantiza.
dos y manteniendo la preocupación de que sean fácilmente liquidables para hacer frente al pago del número de pólizas que fuere necesario, porque la Directiva estima que pagar los Seguros de Vida oportunamente y por completo, es el obje.
tivo fundamental de la Sociedad. Los intereses de los valores del Estado han llegado en el presente año a. 96. 882. 75 que es una suma más de tres veces mayor a los gastos generales de la Sociedad.
El Socorro Mutuo debía llenar necesidades propias de la época. El sistema de Pensiones estaba en embrión y era muy difícil obtener la pensión extraordinaria, por incapacidad física del educador. El Socorro Mutuo, en consecuencia, vino a cubrir dos riesgos: el de muerte y el de inhabilitación para el servicio.
Seguía viviendo la Sociedad un largo y penoso período de crecimiento, sostenida por la fe del Magisterio.
Sin embargo, las condiciones previstas en la ley para obtener el beneficio por el segundo riesgo eran más amplias que las posibilidades financieras de la institución y al cabo de poco tiempo pudo comprobarse que el Socorro Mutuo era deudor, en muchos miles de colones, en favor de familiares de socios fallecidos y de los educadores que comprobaron su incapacidad para el servicio docente. tal extremo, que al modificarse la ley en mayo de 1925 para dar paso a la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional, el Socorro Mutuo tenía comprometidas las cuotas mensuales hasta octubre de 1928. El decreto ley 715 de 14 de setiembre de 1949 introdujo dos reformas sustanciales, de honda trascendencia, en la estructura de la Sociedad: duplicó el valor de la cuota por cada defunción, que anteriormente había sido de un colón; y estableció un mecanismo para fijar el número de cuotas a cobrar en un año, de acuerdo con las defunciones ocurridas en el año anterior, Ha sido preocupación de algunos asegurados que, dado el mecanismo legal para fijar las cuotas mensuales, en un futuro distante las imposiciones para la Sociedad podrían alcanzar proporciones estimables. Desde luego que tal temor no ofrece muchas posibilidades de llegar a ser realidad, porque también es ascendente la curva de los salarios. Pero así y todo, el incremento considerable de las reservas en valores del Estado podría llegar a producir la suma necesaria para estabilizar, disminuir y aun suprimir la cuota social, proporcionando un Seguro de Vida todavía más barato que el actual y, en el mejor de los casos, completamente gratuito.
La aplicación de tales reformas permitió, poco tiempo después, cancelar el saldo pasivo de pólizas y mantener des.
de entonces el pago de los beneficios con toda diligencia, a más tardar una semana después del acuerdo de la Junta Directiva. También se marcó ahí el inicio de una etapa de suficiencia financiera de la Sociedad, en proceso ascen.
dente. Mediante la ley Nº de 13 de mayo de 1925 fue reformada la Institución del Socorro Mutuo del Personal Docente y creada en su lugar, la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional. En la motivación de la ley se expresa que la experiencia había demostrado que es in.
conveniente el pago anticipado de las pólizas, conforme se ha dicho; y que para entonces se había abierto en la ley de Pensiones la posibilidad de obtener la pensión por incapacidad para el servicio. La Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional se estructuró, pues, únicamente para amparar a la familia del educador, a la muerte de éste. En la actualidad, la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional es en Costa Rica la institución nacional o privada que paga en el año mayores sumas a los legatarios de sus asegurados fallecidos. En 1960 ha pagado por ese concepto 457. 275. 55 y ha distribuido como subsidios a asegurados enfermos, una suma mayor a los treinta mil colones.
Si en los primeros cuarenta años de existencia de una institución de Seguros de Vida del Magisterio se ha recorrido exitosamente un largo y penoso camino que arranca desde las posibilidades de fracaso de los años iniciales hasta las realizaciones actuales, que son un orgullo para el Magisterio y un ejemplo para las demás clases sociales del país, ha de confiarse que las conquistas de hoy habrán de ser apenas la puerta o el escalón que abran paso a una era de verdadera seguridad social para el Magisterio costarricense.
Conservemos los frutos logrados y defendamos con fe.
con cariño, una institución que nos legaron los maestros de ayer y que estamos obligados a entregar a los de manana, más fuerte, más poderosa, más operante, para la más amplia protección de ellos y de los suyos.
Al cerrar el mes anterior sus asegurados activos fue.
ron 12168 y el valor de liquidación de cada póliza, de vein.
tidos mil colones. En consecuencia, la suma cubierta con sus Seguros de Vida es de 266. 596. 000. 00.
La Sociedad, desde luego, tuvo que asumir las obligaciones pendientes del Socorro Mutuo a que se ha hecho referencia. se mantuvo con un saldo pasivo en beneficio de Magisterio Sociedad de Seguros de Vida Un gremio profesional al servicio de la Patria Una organización al servicio del Magisterio Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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