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Jueves 15 de Noviembre de 1962 LÀ PRENSA LIBRE A LA OPINION PUBLICA DEFENSA LEGAL de Aceros Nacionales Ltda. contra JOSE PUJOL OTRO Solicitud número 372 2426 de José Pujol Martí.
DIRECCION DE INDUSTRIAS. Ministerio de Industrias)
realidad lo será sólo para la nuestra, porque los señores Pujol y Rodríguez Solis tienen el capital, la organización y los medios de contacto y distribución indispensables para la venta de estos artículos, de tal manera que sería nuestra empresa la que, no cbstante ser la primera en tiempo, verdría a ser excluida en fuerza de una iniciativa típica de desplazamiento agresivo, ya que sólo podría operar dentro del diez por ciento del mercado no dominado por aquellos, lo que no permite hablar del funcionamiento económico de más de una planta, a que se refiere de modo determinante la Ley y el Reglamento transcritos.
Nosotros, Ernesto Solórzano Thompson, Carlos Lara Hine y Alvaro Zúñiga Quijano, mayores, casados una vez, industriales, de este vecindario, portadores de las correspondientes cédulas de identidad, en carácter de Gerente y Subgerentes de ACEROS NACIONALES LIMITADA. de este domicilio, con el respeto debido venimos a decir: En La Gaceta número 246 del jueves de noviembre en curso, aparece un aviso que informa que los señores José Puljol Martí y José Rodríguez Solís, conocidos comerciantes en materiales de la plaza local, han presentado solicitud pa.
ra que se les concedan los beneficios que otorga el artículo 19 de la Ley de Desarrollo y Protección Industrial, para una actividad idéntica a la nuestra, como lo es la laminación de productos de hierro y acero, varillas de construcción, perfiles y angulares.
te no sólo no se aumentaria, sino que se segaría del todo, pues habría que cerrar nuestra fábrica, en la imposibilidad económica de coexistir frente al monopolio. 4) El interés del comerciante es igualmente respetable en este proceso, siempre que no esté saturado de un afán de dominación y acaparamiento también de la actividad industrial. aquel interés ha sido respetado porque estamos en capacidad de comprobar que el mediador gana más que el productor, esto es, que ganamos menos que el comerciante, 5) Si el poderío económico del señor Pujol fuere desde el punto de vista del interés colectivo una circunstancia favorable en el establecimiento de la nueva planta, podemos afirmar que, de seguir contando con la protección efectiva que nos dan la Ley de Desarrollo Industrial y el contrato firmado a su sombra, contamos también con respaldo técnico y financiero igual o superior al del señor Pujol, pues como lo acredita la carta que acompañamos, una firma europea muy bien conocida y representada en el país por el señor Leo Preuss, nos ofrece toda la colaboración financiera y técnica que fuere requerida por un aumento del consumo nacional y por la posibilidad de extender el suministro a los mercados centroamericanos. No es, como se ve, debilidad financiera ni incapacidad técnica las que inspiran y determinan esta oposición, sino la persuasión cierta de que, al juntarse en un solo grupo el dominio absoluto de los medios de distribución comercial con el dominio de la producción fabril, se instituve inevitablemente el monopolio, con daño irreparable para el consumidor y para la empresa preestablecida.
Pero aparte de estas razones que revelan una realidad indiscutible, ciñéndonos al criterio de la ley, podemos demostrar sin posibilidad de duda, que nuestra producción eubre la demanda local, lo que particularmente le consta al señor Pujol, quien no ha podido cumplir en tiempo, el compromiso contraído con nuestra empresa, de comprarnos una cantidad determinada de varilla, que por tal razón yace en depósito en nuestra planta. en punto a producción de perfiles y angulares, no se ha iniciado, precisamente porque el Subgerent del establecimiento de Pujol, señor Víctor Mezalles, al solicitársele un pedido para angulares, contestó, muy alarmado, que tenía existencia muy suficiente y pedidos colocados en el exterior para unos seis o siete meses más. Tres Bancos del sistema nacional, con conocimiento de una existencia muy considerable en nuestro poder, nos han abierto amplia posibilidad de financiarnos. en todo caso, en cuanto a este hecho fundamental, cuando la Comsión respectiva inicie la indagación que dispone la ley, las estadísticas de consumo y las de nuestra producción, confirmarán matemáticamente nuestro aserto. Pero, para no dejar absolutamente ninguna duda acerca de lo que constituye a base de nuestra oposición, ofrecemos la siguiente comprobación objetiva y experimental: los comerciantes locales, con buen conocimiento del mercado, nos darán las especificaciones de los artículos que necesiten y las cantidades respectivas, y nosotros asumiremos el compromiso de cubrir esa demanda, por el término de prueba que la misma Comisión estime prudente señalar. O, si así se prefiere, que se nos den las cifras estadísticas de importación y consumo de los dos últimos años, para aceptar el compromiso irrevocable de cubrirlas.
Dentro del término concedido al efecto y al amparo del contrato de nueva industria que firmamos con el Estado el 23 de junio de 1961, VENIMOS OPONERNOS ESA SOLICITUD, que tiende inequívocamente, por su procedencia y por sus propósitos, a dar en tierra con una industria nacional que hemos podido establecer a base de enorme esfuerzo y de muy dilatados estudios técnicos y financieros, y que hoy se encuentra operando con beneficio para la misma industria, para los trabajadores que con ella colaboran, para los consumidores y para el propio comercio nacional. La Ley citada no establece exclusividad en favor de una determinada empresa; pero en armonía con su genuina finalidad proteccionista, dispone en su Artículo 33, que los beneficios otorgados a una planta se otorgarán a otras en iguales condiciones, SIEMPRE QUE SE DEMUESTRE QUE EL TAMAÑO DEL MERCADO PERMITA EL FUNCIONAMIENTO ECONOMICO DE VARIAS PLANTAS. el Artículo 53 del Reglamento de dicha Ley dispone categoricamente que EL PODER EJECUTIVO NO SUSCRIBIRA NUEVO CONTRATO CUAN DO EL TAMANO DEL MERCADO NO PERMITA EL FUN.
CIONAMIENTO ECONOMICO DE OTRAS PLANTAS.
Creemos haber justificado nuestra oposición a la solitud publicada; pero es oportuno subrayar la afirmación de que el señor Pujol ha intentado agredirnos, simplemente porque nos negamos a concederle la distribución exclusiva de nuestros productos; y nos negamos a ello contra nues.
tros intereses, pues a nadie escapa la potencialidad que trasmite el poseer la planta de producción y la instalación comercial que hacen posible el contralor absoluto de la producción y el mercado. nos negamos a tal alianza pecuniariamente muy beneficiosa, por razones de ética, ya que no sería admisible que una empresa industrial protegida por el Estado, vale decir, por la comunidad, viniera a conceder a un solo comerciante la exclusividad o monopolio, con daño de todos los demás. Por esta razón es que nos ha sorprendido sobremanera que el señor Rodríguez Solís se asocie en este empeño, pues su alarma fue dramáticamente expresada cuando se le dio a conocer la propuesta que nos hacía el señor Pujol, su competidor. Pero he aquí que el señor Rodríguez Solís se ha olvidado de todo esto, de seguro por la euforia que le comunica la sola idea de dominar los medios de producción y de comercio. nos sentimas autori.
zados para emplazarlo a que diga si su alarma que llegó a alcanzar tono de protesta ante la sola posibilidad de un entendimiento con uno de los distribuidores, no justifica ahora la nuestra, ante su tentativa de copar todo el proceso de producción y mercado, para lograr la ruina de una industria nacional que en modo alguno le ha irrogado perjuicio.
Nos hemos referido al hecho medular en el mecanismo de protección a la industria nacional, y al mal oculto propó.
sito de liquidar la nuestra. Pero nos complacemos en agregar otras razones que justifican y fortalecen nuestra oposición: 1) Si se alude a calidad, nuestros productos han encontrado aceptación plena de comerciantes, profesionales y constructores, lo que no es sino la confirmación de las pruebas científicas de Laboratorio. Muy estimables empresas 10cales, como Fertica. nos han comprado cantidades muy considerables de varilla de construcción a satisfacción ple.
notoria la disminución del precio del producto desde que iniciamos nuestra actividad. Si producción, distribución y na de sus técnicos. 2) Atendido el interés del consumidor, es mercadeo llegaren a estar en una sola poderosa mano, el precio quedaría al arbitrio del monopolio y el consumidor a merced suya. 3) Aceros Nacionales que representamos, ha abierto una nueva fuente de trabajo. Pero, de surgir otra planta con igual amparo del Estado y en manos de quien domina la distribución mercantil del producto, aquella fuenCorresponde al nuevo solicitante la prueba de que la producción nacional actual no satisface la demanda. Pero nos adelantamos a comprobar de manera incuestionable, que nuestra producción. no obstante haberse iniciado sólo hace pocos meses. cubre ya la demanda del mercado local, y éste es un hecho cierto que los promotores de la nueva planta conocen mejor que nadie, de tal suerte que no es un propósito constructivo y genuinamente industrial el que los guía, sino todo lo contrario, pues poseyendo Pujol y Rodríguez Solís el control del noventa por ciento (90. de la plaza de materiales de construcción, con una organización poderosa, al dominar la industria local que suple esos productos, asumirían el control horizontal y vertical de producción y mercadeo, constituyéndose en monopolio absoluto en esta materia, con las consecuencias características de estas situa.
ciones, en daño del consumidor. aunque el otorgamiento a una nueva entidad de los mismos beneficios que nos fueron otorgados, sería teóricamente ruinosa para ambas, or Ta cualquier comunicación relacionada con este a sunto, señalamos la oficina del Abogado que autentica.
San José, noviembre de 1962.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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