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Viernes de Agosto de 1963 LA PRENSA LIBRE Ante la conciencia nacional nuestras razones El señor Ministro ha anunciado a su vez que el Gobierno Central emitirá bonos que venderá el Banco Central par completar las sumas que requiere el Fisco para cumplir sus compromisos. Al respecto, cabe hacer observar desde el punto de vista global, la eco nomía no sufriría contracción monetaria con el traslado de los fondos obtenidos del salario adicional para pasarlos al Gobierno Central de donde resulta que cualquier venta de bonos del Gobierno al Banco Central constituye una expansión más del circulante, que tiene carácter inflacionario y por lo tanto es perjudicial para el consumidor, pues contribuye a elevar los precios. Aun cuando las sumas fueran pequeñas, debe observarse que ese seria un nuevo factor que entraría en juego para cercenar aún más el ya débil poder adquisitivo de la clase media. Por otra parte, si los recursos de la venta de bonos al Banco Central se destinan a cubrir compromisos del Gobierno Central cuando la situación fiscal arroja un déficit, aún después de que se han hecho recortes a los gastos, la transacción que propone el señor Ministro es de carácter inflacionario también.
IMPLICACIONES EN EL COSTO DE LA VIDA, DE do se ha operado sustitución por producción local.
LAS ULTIMAS MEDIDAS TOMADAS POR Ahora bien, la exposición del señor Ministro menEL PODER EJECUTIVO ciona que ese impuesto es para aumentar el precio del producto nacional en una suma igual a la rebaja Los empleados públicos no estamos opuestos a experimentada por la manufactura interna con lo cual, que se le encuentre una solución justa y equitativa al opina el Ministro, no se afectará el consumidor.
problema fiscal, porque somos conscientes de las fuTal razonamiento, es bueno analizarlo cuidadosanestas consecuencias que significa la permanencia mente. Entre lo que afirma el Ministerio y lo que la del referido problema.
ley dice, existe una importante diferencia por cuanSin embargo, es bueno repetir que nos oponemos to ésta no pretende más que autorizar al Poder Ejea soluciones transitorias sopcrtadas únicamente por la cutivo para poner impuestos de consumo de hasta el clase media, la cual ha venido recibiendo el impacto 100 de los aforos existentes al iniciar operaciones de cuanta medida se ha ideado para ingresar nuevos la planta; no dice que necesariamente sea para equifondos al erario. En este aparte resulta de librar los precios con respecto a los de importación.
conveniencia hacer un poco de historia sobre las últiPero aún suponiendo que las intenciones del señor mas medidas tomadas, las cuales no son otra cosa que Ministro se cumplan, cabria preguntarnos. qué beneun impuesto directo, indirecto y camuflado, a los es ficios va a recibir la clase media obrera con la induscuálidos ingresos de los asalariados.
trialización del país? Otra vez se le esfuma al emEmpecemos esta recapitulación con el llamado pleado público y a la clase media en particular, la plan de equilibrio económico, el cual vino a concre posibilidad de aprovechar mejor sus ingresos, ya que tarse en las leyes 2801 y siguientes. Esas disposiciodebe pagar los productos elaborados en el país tan canes patrocinadas por el entor. ces Ministro de Econoros como cuando venían de Alemania, de la India o mia, y por el Banco Central, impusieron un fuerte del Japón.
recargo a un grupo de mercancías catalogadas como Las ventajas de la industrialización quedarían suntuarias, pero a decir verdaa, muchas de ellas cons fuera del alcance del consumidor, la disfrutarían tituyen bienes que propician cierto confort para quieofros, menos, por supuesto, la clase media del país.
nes las utilizan, las cuales representaban la aspiraPero este no es el caso. La realidad es que la producción de muchos miembros de esa clase media. El aución en pequeña escala, nuestra reducida tecnología mento del 30 en su costo vino a negarles la posibila falta de capitales y de personal obrero calificado, lidad de aspirar a tener ese tipo de facilidades. Asihace que los productos industriales sean en bastantes mismo, el recargo del 15 in. puesto a un numeroso casos tan caros como los importados, aún pagando grupo de artículos fue absorbido en su mayor parte éstos los derechos; las diferencias de precios son apepor la clase media. Finalmente, dicho plan vino a nas las necesarias para el mercadeo; en algunos casos encarecer el costo de vida, basta saber que entre setiembre de 1961 y mayo de 1963, el índice de precios éstas obedecen no a factores de costos citados anteriormente sino porque el mismo Gobierno no efecpara el consumidor medio y obrero ha ascendido de túa un control de precios riguroso, permitiendo uti115. 87 a 124. 937.
lidades desproporcionadas. En tales circunstancias, el Se ha repetido en distintas oportunidades el deseo de traspasar la contribución del Estado a la Caja Cosimpuesto de consumo no vendrá más que a elevar su costo y nuevamente la clase consumidora, de ingretarricense de Seguro Social a los patronos y obreros sos fijos, recibirá ese impacto, pues no se dispone de y se anuncia también la creación de otro nuevo imlos instrumentos necesarios para garantizar al consupuesto a los salarios con el fin de financiar la Ciumidor los precios; además de que un sistema para tal dad de los Niños. Mientras que por otro lado, la fin resulta costosísimo.
equiparación arancelaria a que nos lleya el plan de El sueldo adicional no constituye un obsequio del integración económica, representará un fuerte impuespatrono, forma parte del salario y como tal debe comto que lo irá a soportar la clase trabajadora. Otra putarse; por lo tanto, la supresión parcial de él, consvez se busca el camino fácil.
tituye ni más ni menos, que un nuevo impuesto reEntre las medidas presentadas para equilibrar el gresivo, pues viene a elevar el impuesto de la renta presupuesto, está la creación de un impuesto de conen las escalas más bajas, como podrá observarse en el sumo hasta del 100 de los derechos de aduana cuansiguiente cuadro.
SUMA QUE TRIBUTA UNA FAMILIA SEGUN DISTINTAS ESCALAS DE INGRESOS efectos acuinulativos que crean movimientos recesivos de la actividad económica que daría al traste con todo el empeño por llevar a cabo el desarrollo econó mico del país. La medida general tendría que estar orientada er forma tal que no provoque contracción de los gastus. Siendo así, tendría que actuarse directamente sobre el CRECIMIENTO de los gastos públicos. Sería necesario parar definitivamente el establecimiento de nuevas instituciones que a duras penas abren sus puertas para dar los primeros pasos, habría que tomar medidas estrictas para impedir el aumento en el número de empleados y proceder de manera efectiva, con acción a redistribuir el personal dentro de sus oficinas, conforme a las recomendaciones de los encargados de la eficiencia administrativa.
Al respecto, cabe, hacer destacar que las entidades internacionales de carácter económico consideIan que nuestros países subdesarrollados, antes que nada, deben preocuparse por revisar su organización en la Administración Pública, de donde pueden obtenerse recursos sustanciales a través de economias en los gastos. También consideran esos organismos la conveniencia de generalizar el impuesto de la renta y el territorial. Pero estamos lejos de haber hecho los esfuerzos para el logro de esas metas. Quienes se empeñan en servir al país en el campo de la administración pública, deben estar seguros de que si realmente desean dar un aporte efectivo, beneficioso, imperecedero en bien del país, deben empeñarse en bus.
car soluciones integrales de carácter estructural. Sin duda, con la imposición racional sobre la renta, no se comete ninguna injusticia, ni se crean situaciones de ficitarias como ocurre con las imposiciones discriminatorias, que se están promoviendo en perjuicio del empleado público.
La posibilidad de que el Banco Central venda luego los bonos en mercado abierto, no asegura la eliminación del efecto inflacionario original, pues en tal caso se distraen los ahorros del Sector Productivo para sedicarlos a gastos de consumo.
En lo que respecta al Sector Negocios, puede llegar a producirse una contracción en sus actividades, pues la estructura de los gastos del Gobierno es diferente a la del Sector Personas, con lo cual se corre el peligro de crear situaciones deficitarias en algunas de las subdivisiones de dicho sector (como ocurriría con pequeños establecimientos que equilibran su siCuac ón con las ventas en los meses finales del año. En resumen, con las medidas de carácter fiscal que anuncia el señor Ministro, se producirían las siguientes repercusiones: EL IMPUESTO SOBRE EL SALARIO ADICIONAL EN OPOSICION UNA SANA POLITICA TRIBUTARIA sal sid res Traslado de situación deficitaria del Sector Gobierno al Sector Personas.
Ar su do Surgimiento de situación deficitaria en algunos establecimientos del Sector Negocios (industria, comercio etc. que equilibran sus ingresos con las ventas de fin de año.
со. Permanencia de la situación deficitaria del Gobierno Central por las razones dadas a conocer el año pasado cuando se presentó el proyecto Garro de recorte del salario adicional a los cuales cabe agregar algunas relativas al desordenado crecimiento de los gastos en la Administración Pública. tre lic Sueldo Mensual Total Anual Incl. sueldo adicional)
Deducciones persona, señora y dos hijos Imponible Impuesto actual de la Renta pre are 30 000 500 000 500 lai me tra 13. 000 19. 500 26. 000 32. 500 10. 000 10. 000 10. 000 10. 000 Impuesto de la Renta más tributo sueldo ad.
228 662 374 302 000 500 16. 000 22. 500 235 630 165 y así progresivamente.
De acuerdo con los datos anteriores, una persona que ahora tributa 30 colones, tendrá que pagar 228 y a la que le correspondia 235, pagará 662 y así sucesivamente; quien debía contribuir con 165 ahora tendría que hacerlo con 302.
Como se observa, se eleva desproporcionadamen te la escala inferior del impuesto sobre la renta, de tal suerte que quien tenía ingresos por 13. 000 colones al año, debe tributar como si tuviera 19 mil y quien recibe 26. 000 al año, debe pagar como si ganara 35. 000 anuales. Mientras tanto, quienes tienen altas utilidades, que sí podrían soportar nuevos impuestos, se les guarda todo tipo de consideración. Si es hora de sacrificios, hagámoslo todos los costarricenses. Que se reestructure el inipuesto sobre la renta en forma general y con base en la capacidad económica de los contribuyentes, dando forma adecuada a los sistemas de cobranza.
Cuando el país tiene que asumir una posición decisiva, la clase media siempre ha sido la primera en sumarse a los grandes sacrificios.
Todos estos comentarios llevan únicamente el propósito de destacar cómo las distintas medidas que se han venido tomando han recaído directamente sobre la clase media, han disminuido su poder adquisitivo y han elevado el costo de la vida.
ese no es el caso actual del Sector Personas, por lo menos en lo que corresponde a empleados de la Administración Pública. Nótese que dichos empleados forman parte del Sector Personas y no del Sector Gobierno para el cual trabajan. No puede ser ese el caso, cuando a nuestra vista tenemos medidas recientes que han afectado seriamente el poder adquisitivo de la clase media. Efectivamente, las citadas medidas del Plan General de Equilibrio Económico, según se comenta en la Sección Implicaciones en el costo de la vida de algunas medidas tomadas recientemente, determinaron sin duda un encarecimiento del costo de la vida.
Los planes de integración económica, en lo que respecta a equiparación de aranceles, provocarán un nuevo encarecimiento de artículos de primera necesidad. Por su parte, la aplicación de la Ley de Protección y Desarrollo Industrial no ha dado lugar, como afirma el señor Ministro, a una disminución de precios, sino que, por el contrario, muchas mercaderías de producción nacional se venden a precios similares y aún a precios mayores de los que regían para artículos importados antes de la referida ley con el agravante de que por falta de control efectivo, las calidades de los productos nacionales en muchos casos, son inferiores a los importados. Los planes de desarrollo hidroeléctrico así como la administración de los servicios de aguas y alcantarillado, han provocado un aumento en los costos de operación que se está financiando en parte con tarifas más altas que paga el consumidor por tales servicios. lo anterior cabe agregar, que precisamente en el Sector Personas, en lo que corresponde a empleados de la Administración Pública el que en forma pun tual paga sus impuestos. Si ahora se le desposee de una parte sustancial de sus ingresos con el gravamen que se establece sobre el salario adicional, la posición de déficit del Sector Personas se agravará y entonces habremos entrado en una nueva encrucijada al trasladar el problema fiscal a las personas. Después de tanto trámite, el país no habría ganado nada y en cambio, como se explicará luego, se empeoraría la situación del país, pues dada la interdependencia absoluta que existe entre todos los sectores de la economía, se habría trasladado la situación deficitaria a otros sectores.
Ya se explicó en la exposición a los diputados cuando se discutía el proyecto Garro, como una disminución en los gastos o un aumento en los ingresos producen un efecto multiplicador que es fácil de comprender. Positivamente, el aumento de ingreso de un individuo le otorga un aumento en el poder adquisitivo que le permite adquirir bienes o servicios de otras personas o sectores con lo cual esos otros sectores reciben un ingreso más y el ingreso de estos ultimos conducirá, bajo un efecto acumulativo, a un aumento general de los ingresos.
Igual ocurre con los gastos. La disminución en los gastos de un individuo o sector constituye una disminución en los gastos del sector que le vendia servicios o bieres al primero, y así sucesivamente, Siguiendo esa cadena, es fácil comprender el efecto restrictivo que tendría lugar en la actividad económica. Ahora bien. qué repercusiones directas, además de las citadas al principio, puede tener en la situación fiscal la recesión en la actividad económica del Sector Negocios? En la exposición hecha por los empleados públicos en 1962, se demostra cómo los ingresos que pueden derivarse del salario adicional pueden quedar compensados en las disminuciones que le produciran en otras fuentes de ingresos como ocurriría en los derechos aduaneros, las posibles bajas en la renta imponible etc. al bajar las ventas del Sector Negocios, nulificando tocos los esfuerzos encaminados a solucionar la situación fiscal y dejando, como única cosa segura, la gran injusticia cometida con un sector inmenso de fan:ilias que atienden compromisos adquiridos por compra de casas necesidades extraordinarias de salud, pago de deudas e intereses de usura que ahogan al pobre empleado público, la compra anticipada de los útiles y uniformes escolares etc. Es así como ese hombre que ha sacrificado todas las posibilidades que le podría haber abierto una actividad independiente para ofrecer sus servicios a quienes los utilizan para producir la riqueza personal, sería injustamente castigado, llevando las consecuencias de ese castigo hasta el seno del hogar donde se encuentran seres humanos que no tienen ningura responsabilidad en este grave problema, Ahora bien, tendremos que cruzarnos de brazos y dejar que los problemas fiscales sigan su curso en perjuicio de la situación económica de todo el país.
No seria razonable tomar esa posición. Creemos firmemente que debe hacerse un esfuerzo para encauzar las fuerzas que están debilitando continuamente la sosición fiscal del Gobierno Central, Pero bien. qué tipo de medidas debe tomarse?
La contestación a esta pregunta es trascendental. De acuerdo con la tesis general adoptada por los empleados públicos, una restricción en los gastos tiene El proyecto presentado por el señor Ministro de Economía, como medida necesaria para aliviar el actual problema fiscal, impone una sustancial reduce ción en el sueldo que por disposición legal reciben los Servidores públicos al final de cada año. Esta medi.
da dentro del principio de capacidad de pago que debe privar en todo sistema impositivo constituye ni más ni meros que un tratamiento discriminatorio en perJuicio de un grupo de individuos, cuya fuente de ingresos es la fuerza de trabajo.
De acuerdo con la escala propuesta por el señor Ministro, para gravar dicho sueldo adicional, un ingreso por este concepto de por ejemplo 000. 00, se veria reducido a 300. 00, o sea, que estará sujeto a un gravamen que constituye una tasa efectiva del 58. Si se toma en cuenta la escala establecida para efecto del Impuesto sobre la Renta, puede observarse que una medida como la propuesta, no solamente in troduce un gravamen diferente para rentas iguales en perjuicio del empleado público, sino también coloca a éste en desventaja respecto a quienes, no siendo empleados públicos, tienen niveles de inglesos supe.
riors, pero con una imposición, según la tabla de la Tenta, mucho menor a la que se aplicaría con la retaja de los salario adicionales. En efecto, los empleados publicos cuyos sueldos son de 000. 00, pagarán la tasa indicada de 58 mientras que dentro de los contribuyentes a quienes no se les aplica la ley discriminatoria, nunca pagarán más de una tasa efectiva del 26.
En adición a lo anterior, conviene señalar el hecho de que por constituir el sueldo adicional parte del ingreso gravable el remanente de éste, o sea el saldo una vez deducido el gravamen que crea el proyecto en comentario, estará a su vez sujeto al pago del impuesto sobre la renta, ya que forma parte del ingreso total del individuo; en esta forma, el contribuyente empleado público, viene a ser víctima todavía de una imposición más.
Estamos de acuerdo en que debido a la presente situación fiscal, medidas coriectivas deben tomarse, ya sea buscando nuevas fuertes de ingresos o bien eliminando el crecimiento de los gastos públicos, pero enmarcando dichas medidas dentro de una sana politica iapositiva, de modo que si las circunstancias llevan a la necesidad de una reforma tributaria para aumentar los ingresos públicos, esa reforma tome en cuenta una justa distribución de las cargas del Estado.
En cuanto a lo último, consideramos oportuno Indicar que como primera providencia, es menester un cuidadoso examen respecto a la productividad de los recursos empleados en la satisfacción de los servicios que presta el Estado. Por otro lado, es preciso tratar de conseguir la máxima eficiencia en la recaudación de los impuestos, es decir, reducir a un aninimo el problema de evasión de impuestos, estableciendo para ello las necesarias medidas de control, así como un sistema de sanciones que pueda contribuir al mejor cumplimiento de las obligaciones tributarias que corresponden a los contribuyentes; porque de lo contrario toda reforma, como en el caso presente vendría a recargar en un grupo obligaciones que de ben distribuirse equitativamente entre todos aquellos costarricenses sujetos al impuesto.
No debemos perder de vista que toda política impositiva debe estructurarse partiendo del princi rio de universalización del impuesto, de tal manera que cada ciudadano contribuya en el sostenimiento de los gastos públicos conforme a su capacidad contributiva.
EFECTOS MONETARIOS DE LAS MEDIDAS PROPUESTAS EN EL PLAN FISCAL DEL SR. MINISTRO DE ECONOMIA La demanda global de un país está integrada por las demandas parciales de los sectores componentes de su sistema económico. Los sectores económicos tradicionales son: Gobierno, Negocios (Agricultura, Industrias, Comercio, etc. Empresas Estatales, Personas y resto del mundo. Dichos sectores son interdependientes y así los ingresos y gastos de cada uno tienen repercusiones directas en todos los demás. Es fácil entonces comprender que los fondos que el Gobierno Central tome del salario adicional simplemente constituyen un traslado de poder adquisitivo del Sector Personas hacia el Sector Gobierno. En esa forma, un sector financia otro. Ello estará bien cuando el Sector que financia esté en posición de superávit. Por cierto San José, de agosto de 1963.
COMITE NACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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