Debido a los elevados costos del mantenimiento de las imágenes, se ha restringido su acceso solo para las personas registradas en PrensaCR.
En caso de poseer una cuenta, hacer clic en “Iniciar sesión”, de lo contrario puede crear una en “Registrarse”.
Miércoles 10 de Noviembre de 1965 LA PRENSA LIBRE. 25 El deporte del boxeo está en su nivel más bajo dice Tunney Herediano Nicolás Marín en el Estadio de Heredia Bueno también que lamemos la atención de los aficionados sobre el partido de primera hora han de sosiener las Reservas de estos dos clubes, pues también se espera muy interesante, ya que los dos conjuntos lucen un potencial muy parejo.
Para esta noche en ej Estadio de (Por. Otto Doeiling)
bre de negocios de Hamburgo. Es noquearía en el primero o segun Heredia está señalado el encuenRERLIN, (AP. El ex cam ta fue su primera reunión en casi do round tro entre el equipo local y el Nineón mundial de peso completo colás Marín, partido que se espe30 anos. Nunca se enfrentaron en Gene Tuney dijo hoy que el bo el cuadrilátero.
Agregó que Schmeling cuando ra de acciones muy intensamente veo profesional en los Estados Los discreparon algo respecto a estaba en la cumbre, hubieda nodisputadas, como han sido todos nidos tiene que ser, o impliado o si la pelea por el título de la divi queado también en los que han sostenido estos dos uno o dos llegalizado.
sión Floyd Patterson, dará o no rounds al ex campeón clubes, y con mucho más razón Ingermar Tuney, que visita al Berlin Oc de esta vez debido a que los dos algún prestigio al boxeo.
Johnasson, de Suecia.
están muy necesitados de la viccidental favorece la designación uney predijo que Clay gana Johonsson ganó la corona destro toria, el Herediano que de ganar de un Comisionado Federal del rá por nocaut, pero añadio: nando a Petterson en 1959, pero pasaría a ocupar el cuarto lugar Boxeo para que el deporte vuel Hyo creo Yo creo que la profesión boxís volvió a peder! a frente a él en la en la tabla de clasificaciones, y va a ser lo que fue en la década tica está en el nivel más bajo en pelea revancha en 1960.
el Nicolás Marín que de salir ven de 1920 1930.
que pudiera estar. Creo que ese Tuuney, describió a Clay como cedor subiría un peldaño más en Tunney obtuvo el título destro encuentro no mejorará esta situa un peleador bueno y rápido, que su desesperado esfuerzo por salir nando a Jack Dempsey el 23 de ción. Patterson ha participado en no tiene las condiciones de un del sótano.
setiembre de 1926.
muchas peleas poco aceptables en gran boxeador.
Tuney habló en conferencia de Para este choque, los dos conlos últimos 10 años. En todas ha No es pegador temible. agre juntos se han preparado muy a Prensa en el Aeropuerto Tempel caido a la lona, excepto en una go Tuuney pero creo que pega conciencia en la obligación en que hof, acompañado por el ex cam No resiste un buen golpe. Si Max rá lo suficiente para noquear a están de rendir al máximo y ofre peón Max Schmeling, ahora hom Schmeling se enfrentara a el, lo Patterson.
cer un buen espectáculo, Ganó Hannover HANNOVER, Aemania, 10 (AP. El equipo Hanr:oyer. 96 derrotó hoy a Oporto de Portugal, 0, en su primer en cuer. o del torneo de la copa de futbol de Ciudades de Feria ropeas.
UN INTENTO DE NACIONALIZAR EL DEPORTE La Asamblea Legislativa discute ahora el proyecto de Ley Orgánica de la Dirección General de Educación Física y Deportes para darle nuevo nombre y nueva organización a la actual Dirección General de Deportes.
Numerosas organizaciones deportivas y ciudadanos vinculados con el deporte han dado opiniones sobre dicho proyecto y apuntan una serie de razones contra el mismo.
Lo que se destaca es que este proyecto es un paso más del Estado en su carrera nacio nalizadora que se inició con la banca y que ha ido abarcando cuanta actividad ha podido.
Ahora le tocó el turno al deporte.
Los defensores del proyecto han aducido que la actual Dirección General de Deportes no ha llenado su cometido en los doce años que lleva de existir. De ahí la ley que se discute, con la cual se pretende corregir las fallas intensificando la nacionalización. Si esa ley es aprobada se nacionaliza, no sólo el deporte, sino todas las actividades recreativas tengan visos de deporte. Se regulará el deporte de los niños, de los jóvenes y de las asuciaciones. Se crearán impuestos, se organizará un cuerpo director que recibirá dietas. Se anulará prácticamente toda iniciativa privada de los ciudadanos en esta materia y, lo que es más grave aun, se dictarán normas contrarias a la Constitución Política y a la Ley de Asociaciones.
El nuevo nombre es rimbombante y a este organismo, que será dependencia del Ministerio de Educación Pública, se le dará todo el control de las actividades deportivas y recreativas. La educación física de los niños y de los jóvenes de ambos sexos tendrá la atención preferente del Estado y quedará 80metida a su vigilancia y reglamentación.
Los autores del proyecto, muy hábilmente, han costenido que este enunciado no es más que una copia literal del artículo 19 de la Ley No de 19 de setiembre de 1940, que creó el Consejo Nacional de Educación Física y que luego fue derogada por ley que creó la actual Dirección General de Deportes. Pero pasaron por alto el artículo 29 de aquella ley, que indicaba claramente que la educación física se considera dividida para los efectos de su reglamentación y control en educación, física y educación física deportiva, indicando el artículo 39 de esa misma ley, que la educación física deportiva se reputa voluntaria y queda reservada a la iniciativa particular, Ahora se pretende dejar toda la actividad deportiva del país en manos del Estado, con poderes plenos para regular todo lo que en ese sentido realicen los escolares, los clubes o los ciudadanos, como mera recreación.
El nuevo organismo deberá fiscalizar el deporte rentado o semiprofesional, consagrando así una intromisión estatal en una actividad que debe ser completamente libre. Asimismo tendrá autoridad para fiscalizar y dictar disposiciones sobre programas, sistemas o proyectos públicos de tipo nacional o local en que estén involucrados los deportes. Por lo consiguiente, de ser aprobada esta ley así como está, en el futuro deberán someterse a la aprobación de esta dependencia estatal y acatar las normas que ella dicte.
La nueva ley, que se pretende aprobar rápidamente mientras la atención de los señores diputados está concentrada en el estudio del Presupuesto de la nación, va veladamente creando una serie de prerrogativas a favor del Estado, las que una vez que se inicie el nuevo organismo, se pondrán en práctica, frente al asombro de los ciudadanos e incluso de los señores diputados que le den su aprobación.
Así tenemos que la nueva ley señala claramente que se considerarán de utilidad pie blica los estadios. gimnasios, plazas, campos infantiles de juego, piscinas y demás sitios públicos para la práctica y promoción directa o indirecta de la educación física y los deportes, sean nacionales. municipales, de los planteles de enseñanza o de cualquier otra institución del Estado.
Resulta de ello que los gimnasios y piscinas de los colegios de enseñanza caerán bajo el control de la Dirección General de Educación Física y Deportes. Las piscinas, tales como las del Balneario de Ojo de Agua, balnearios municipales y privados, y las academias de cultura física, se encuentran involucradas en esta disposición. Es muy importante, por ejemplo, el caso de los balnearios por que éstos, evidentemente, son para recreación de un gran sector de nuestra sociedad. Esta ley podría disponer que fueran convertidos en actividades netamente deportivas, con lo cual se cerrarían las puertas de su actual función.
Igual puede suceder con los clubes privados, que pueden ser convertidos por la nueva Dirección en campos de deportes bajo su control y predominio. En esta forma el Estado intervendrá no sólo en campos que le son completamente ajenos, sino que dejará al mar.
gen la actividad privada y la libertad de recreación del ciudadano.
La ley que se discute faculta a la nueva entidad para determinar cuáles son las otras actividades recreativas, que sin ser eminentemente físicas, deben considerarse como deportes, con el privilegio exclusivo de controlarlas y de cargarlas de impuestos. Porque el aspecto de los impuestos es otro muy importante que debe tomarse en cuenta.
Este vrganismo, además de ser prepotente, contará con una serie de rentas que gravan en forma directa al ciudadano. Establece el privilegio de cobrar hasta un de los derechos de entradas a balnearios, estadios, gimnasios y cualquier otro lugar en donde se practique el deporte, salvo en aquellos casos en que ya existe el impuesto de espectáculos públicos En esta forma las actividades deportivas quedarán gravadas por la entidad que se pre153 oss CSR tende las estimule y las dirija. Este impuesto puede establecerse para cualquier estableci miento, público o privado. De esta manera los gimnasios de los colegios particulares, cada vez que realicen sus llamados festivales de portivos, tendrán que pagar ese impuesto, y también los clubes, y lo que es más critica ble, lo pagarán también aquellas personas que buscan en el deporte una recreación o un des canso, como sucede con aquellos que los días domingos van a los balnearios, como el de Ojo de Agua, o como los municipales.
Además de ese impuesto de se aumentará el Timbre Deportivo considerable mente. Se indica que de toda esta renta, se deberá apartar el 10 para destinarlo a crear un fondo de ayuda a las representaciones de portivas de carácter nacional y al mismo tiem po se faculta a las autoridades correspondien tes para que en los certificados de explotación de líneas aéreas se incluya una cláusula que garantice un 25 de descuento en los pasa jes y en el transporte de carga para lag autoridades deportivas que viajan en función de su cargo y para las delegaciones deportivas registradas en la Dirección General de Educación Física y Deportes.
Finalmente, además de todos los incon venientes que hemos apuntado, la ley establece claramente que para que el Poder Ejecutivo dé la aprobación a los estatutos de las asc ciaciones deportivas, éstos deberán llevar la aprobación previa del nuevo organismo. Así se le entregará a éste la facultad de clasificar las nuevas asociaciones deportivas, ya que claramente se establece que si el informe fuere desfavorable, no podrá constituirse ninguna nueva asociación o federación. Esto contradice el espíritu de la actual Ley de Asociaciones (N 218 del 19 de agosto de 1939. la cual reglamenta una clara disposición constitucional Pero la ley no sólo llega a este extremo, sino que le otorga a la Dirección la facultad de impugnar la existencia de las actuales aso ciaciones. Se le da así a la nueva ley carácter retroactivo en desmedro del postulado de irretroactividad de la ley que consagra nuestra Constitución Política.
Por todas estas razones, el proyecto que se discute en la Asamblea Legislativa dará al traste con la iniciativa particular en los dedor tes: controlará la educación física y las actividades recreativas en forma omnipotente; dejará bajo el control del Estado los campos infantiles que han sido financiados, organizados y dirigidos por organizaciones privadas; creará nueves impuestos y mayor burocracia y se opondrá a la libertad de asociación de que hasta el momento han disfrutado los ciudadanos.
Creemos que se está discutiendo con ligereza un proyecto que en el fondo equivale a una nacionalización de los deportes y de las actividades recreativas.
el artícuisica deportat la inici San José, Costa Rica, noviembre de 1965.
Asociación Nacional de Fomento Económico ANFE ab sode tag to s!
IN starost os letas ap 100 19 11 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.