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Las VERDADERAS AGUAS do FERROCARRIL DE COSTA RICI.
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DEPÓSITO DIXER EL PARIS, Bonlevard Densis, Lale INSTRUCCION que seran lade frase de la Inyeondon Cades Jos tus adalarda 12 LA TOS PECTORAL DE ANACAHUITA Desde el 10 de Agosto de 1893 hasta nuevo aviso, los precios para importaciones y exportaciones deberán sujetarse a la siguiente TARIFA: Por cada mil kilos se cobrarán 40 00, y por cada pie cúbico 85 centavos.
La Empresa se reserva el derecho de cobrar por peso medida, según convenga más sus intereses.
Solameate gozarán de diferente precio las mercaderías comprendidas en la siguiente CLASIF CACION: Para Importaciones.
Verjas de hierro, cornizas de metal, marcos de puertas y ventanas y maquinaria para aserrar y acepillar, si ninguno de los bultos mide más de 50 pies cúbicos, canales de metal bocinas y ejes sueltos, harina, arroz, fri.
joles y azuear moscavado en barriles, medios barriles o sacos, carne de cerdo, carne de res, manteca, mantequilla, macarela y salmón en barriles, medios barriles cuñetes, bacalao en tambores, medios tambores cajas.
sacos en fardos prensados, sal común, loza, pailas, cerveza y papel de envolver, por peso razón de 40 00 por 1000 kilos.
Armazones de casa de hierro que no midan más de pies de largo ni pies de ancho, cimento, clavos de hierro, grampas, alambre de cerca, hierro galvanizado para techos y acero y hierro en barras, por peso razón de 85 00 por 1000 kilos.
Pez robia, sebo, grasas ordinarias, parafina, estearina y soda caustica, por peso razón de 28 00 por 1000 kilos.
Heno en fardos prensados, afrecho, avena, cebada, centeno, maíz, trigo, hierro en lingotes, carbón de piedra y coke, por peso razón de 20 00 por 1000 kilos.
Baldes y cubos de madera o hierro en cestos, cocinas y útiles de cocina, loza de hierro, corchos, fosfo999, sillas, sofás, lavatorios, cómodas, roperos, escritorios, mesas, estantes, esquineros, refrigeradores, arenes de cama y las siguientes herramientas agrícolas: rastrillos, azadones, arados, gradas y palas de tadas 55 centavos por pié cúbico. Cualquier bulto que se manifeste como MUEBLES 10 gozará de es12 precio, pues se debe especificar la clase de muebles que es. Garrafones, botellas y frascos vacíos, escobas, artículos de junco, aventadores para café, palas de madera, pastas alimenticias, vehículos, y ejes encajonados, ruedas y lanzas para idem, 40 centavos por pié cúbico.
Abonos en partidas de 50, 000 kilos para arriba, importadas por una sola persona un tiempo antes del 19 de Abril de 1894, 00 oro americano, o su equivalencia en moneda del país al tiempo de llegar, por mil kilos.
Sal comun en partidas de 20, 000 kilos para arriba, importadas por una sola persona un tiempo antes del 17 de Abril de 1894, a 12 00 oro americano, su equivalente en moneda del país al tiempo de llegar, por mil kilos.
Harina y arroz en partidas de 20, 000 kilos para arriba importadas de Nueva Orleans por una sola persona un tiempo antes del 19 de Abril de 1894, a razón de 21 00 oro americano por mil kilos que incluyen el fete de mar. El flete se deberá pagar en Nueva Orleans en la moneda expresada.
Los gastos de desembarque y despacho en Limón no están incluidos en este precio.
Maderas, a 30 00 por cada 1, 000 pies superficiales.
rias Solamente gozarán del precio especial que se concede por medio de esta clasificación, las mercade Todas las mercaderías que hayan sido desembarcadas antes del 19 de Agosto serán cobradas los precios de la tarifa anterior.
Para Exportaciones.
Café beneficiado en pergamino, flete pagadero en Costa Rica, razón de 87 89 moneda de Costa Rica por mil kilos: flete pagadero en el puerto de destinación, 3, 15 chelines moneda inglesa por tonenelada de 2240 libras inglesas.
Cueros en fardos prensados, a 35 00 por mil kilos.
Carga Local.
Se cobrará por mercaderías generales razón de 40 centavos por 1000 kilos por milla, 85 100 de centavo por cada pie cúbico por milla.
Madera de a 60 millas, 45 centavos por milla por 1, 000 piés superficiales; y después de 60 millas, 80 centavos por cada milla adicional por cada mil pies superficiales.
Carros Por Entero.
tes precios.
Con la condición de que los interesados carguen y descarguen los carros, se darán carros los siguienPara ladrillo, madera, piedra, tejas, carbón vejetal muebles de casa, dey para cualquier estación entre Turrialba y Alajnela, a 50 por milla. Los mismos artículos de cualquier estación entre Turrialba Alajuela, para alguna estación al Este de Turrialba en el ramal de Guépiles, 1 50 por milla de a 40 milas; de 40 millas 60 millas, 60 00 por carro, y más de 60 millas a 00 la milla, Trozas en un trayecto de 20 millas o menos, a 00 la milla; y después de 20 millas, 75 centavos por cada milla adicional.
Leña, en un trayecto de 20 millas o menos, 75 centavos por milla; y después de 20 millas, 50 centavos por cada milla adicional.
Los precios de San José y Alajuela para pantos entre Cartago y Alajuela no han sido alterados.
Por cualquier bulto que mida más de 22 pies y menos de 35 de largo, se cobrará 50 o o más del precio de tarifa; y si pasa de 85 pies de largo, se cobrará 75 o más del precio de tarifa. Esto se refiere tanto a importaciones como flete local.
No se permite cargar más de 8, 000 kilos, ni más de 4, 000 pies de madera en un solo carro.
San Jose, julio 29 de 1893. IT. Bornemann.
ADMOR, GRAL.
REMEDIO SEGUI AFECCIONES PULMONARES PREPARADO POR LANMAN KEMP NEW YORK EL BALSAMO POR EXCELENCIA CA LA YA KAS PIN MOOVID OM ANTALCA IN MO ET PULMONARHIVES INFALIBLE ACTIVAS PILDORAS DE BRISTOL VISTOSAS EFICACES VEGETALES ĄZUCARADAS SEGURAS Imp. de La Paz Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregon Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud Costa Rica

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