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LA REPUBLICA. DIARIO DE LA ΑΣ Ν ΝΑ FERROCARRIL DE RICA Por disposición de la Directiva del Ferrocarril, y de conformidad con la ley que autoriza esta Empresa cobrar en oro de Costa Rica los fietes locales y de importación y exportación, la siguiente TARIFA regirá desde el 10 de Setiembre de 1893.
Fletes de Importación Se dividen en clases y según se calculen por peso por medida.
Ia paga 20 oro de por 920 kilos 21 75 por 1000 kilos. Ibpaga 80 50 oró de por pie cúbico II. 17. II 0 80 POR MEDIDA. 14. 15 20 (IV a HI. 11 11 95. 18 45 Per peso III a 19 39 21 a. Esta clase comprende los siguientes artículos: Modera. En distancias menoros de 60 millas, pagarán las 1, 000 pies Canales de metal, cerveza, cornizas de métal, bocipas y ejes sueltos, superficiales razón de 32 centavos oro por milla. Arriba de esta dis loza, mantequiila, maquinaria para aserrar y acepillar, calderas y sustancia de pagarán 15 centavos por cada milla adicional.
chimeneas, marcos de puertas y ventanas, ginger ale, pailas, sacos en farGanado en pie: dos prensados, tubos de hierro y, verjas de ídem. Pertenecen además esta clase todos aquellos artículos que se calculan por peso y que no están Caballos comprendidos en las subsiguientes clases II a. III a. y IV a.
Mulas oro por cabeza.
II a. Alambre de cerca, arroz, azúcar, moscavado, armazones de casas Barros de metal que no midan más de 24 pies de largo por de ancho, acero en Ganado vacuno. 50 oro por cabeza, cuando la partida no llega barras, bacalao en tambores, medios tambores o cajas, carne de cerdo y de diez cabezas y si pasa de ese número 60 por cabeza.
res, cimento, clavos de hierro, frijoles, grampas, bierro galvanizado para Terneros de nenos de seis meses que van con la vaca no cuentan di tec :08, hierro en barras, harida, manteca, macarela en barriles, medios ba pagan Alete. Por terneros de 4 18 meses se cobrará 25 por cabeza.
rriles cutietea, sal común.
Ganado fino importado que exija acomodo especial, pagarí precios III a. Estearina, grasa ordinarió, parafina, pez rubia, sebo, soda caustica convencionales. La Empresa, salvo caso de accidentes que no obedezcan IV a. Afrecho, abonos, avena, carbón de piedra y coke, cebada, cén fuerza mayor, no responde de los datos que pueda sufrir el ganado duteno, heno en fardos prensados, hierro en lingotes, rante el tránsito.
Se permite que un mozo acompañe al gånado cuando el lote pasa de 16. Todos aquellos artículos que se calculan por medida y que no veinte cabezas.
están comprendido Carneros, cabras y. cerdos pagarán razón 25 por cabeza.
armazones de cima, azadones, baldes en cestos, cocificiales, fósforos, gradas, loza de hierro, lavatorios, mesas, palas de hierro, eli poutile de idem, corchos, escritorios, esquineros, estantes, hores seti: tavos por pile cabriol. pájaros 10 centavos por cabezu. En jaulas 224 cenCarros enteros refrigeradores, rastrillos, sillas, sofás y cómodas.
III Artículos de junco, aventadores para café, botellas y frascos Bajo condición que los interesados carguen y descarguen los carros, vacíos, ejes encajonados, escobas, garrafones vacíos llenos de vinagre, se entregarán a los precios siguientes: Por ladrillo, madera del país, piedra, tejas, carbón vejetal, muebles y (tamaño ordinario se calculará razón de 10 pies cüb. por rueda) vehicu útiles domésticos, se cobrará razón de 80 cts, oro milla en trayectos los, ruedas y lanzas de idem.
menores de 40 y arriba de esa distancia, 40 cts. por cada milla adicional.
Trózás. En trayectos de menos de 20 millas, 50 cts. por milla, y Maderas després de esa distancia 30 cts. por milla adicional.
Pagará 16 oro de Costa Rica por mil pies superficiales. Leña. Primeras 40 millas, 40 cts. después 25 cts.
Tarifas especiales NOTAS Abonos y male importados antes del 19 de Abril de 1894, por una sola La empresa se reserva el derecho de cobrar por peso por medida, persona razón social en lotes que no bajen de 40, 000 Kos. por cargo según converga más sus intereses, todos aquellos artículos, que no se mento, pagarán por 1, 000 kilos oro americano, lo equivalente en mo han especificado en las clases y Piezas bultos que miden de 24 neda del país, al tiempo de arribo.
Sal común y frijoles en lotes cada uno de 20, 000 Kos. más, y bajo 85 piés, 80 por ciento.
35 pies, pagarán un 40 por cierto más que el precio de tarifa: arriba de las mismas condiciones especificadas en la tarifa especial de abonos, paga Esta tarifa regirá hasta nuevo aviso y podrán introducirse modificará 12 oro americano por 1, 000 kilos.
en lotes que no bajen de 20, 000 kilos por cargamento de cada artículo, pa mercaderías que se encuentren en tránsito en las bodegas del Ferro.
Harina y arroz, que se importen de Nueva Orleáns por una personaciones sime empresa lo estima conveniente.
La empresa no responde de daños o pérdidas, causadas por incendio, garán 21 oro americano por 1, 000 kilos. Ésta suma incluye el flete de carril mar y se deberá pagar en Nueva Orleáns en la moneda expresada. Los Los precios en que no se especifica la clas de moneda, se deben.
gastos de desembarque y despacho en Limón no entra en esa suma. en todo caso, considerar como en oro de Costa Rica Tarifa de exportacion La empresa publicará semanalmente, en el número del domingo Hule y cieros prensados y en fardos pagarán 821 75 oro de Costa Rica de la Gaceta, el recargo que sobre el oro de Costa Rica se cobrará, y por 1, 000 kilos. Café pagará el mismo tiete, 3. 15. por toneladas de que debe estar de acuerdo con el tipo de cambio de esasemana.
2, 240 libras inglesas xi se paga en puertos de destino.
Para mayor comodidad se imprimirá una tabla que indique los Tarifa local recargos que carresponden a cada tipo de cambio.
Para la semana que principia el primero de setiembre se cobrará Granos, productos agrícolas y mercaderías en general, pagarin ra 120 15 por ciento de recargo que corresponde ai cambio del 140 por ciento zón de 21. 75 centavos oro la millá por cada 1, 000 kilos, 61 centavo por sobre Londres. Tomando la base legal de 45 oro de Costa Rica, pie cúbico, según convenga los intereses de la Empresa. Entre Cartago igual Alajuela y estaciones intermedias, el flete local se calculará solamente por peso. Bornemann.
Dulce en adobes para la Fábrica Nacional de Licores y café en fruta pagarán solamente 15 centavos por milla, los 1, 000 kilos.
ADMOR, GRAL.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregon Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud Costa Rica
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