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LA REPUBLICA. DIARIO DE LA MAKANA sus individuos y El Señor Obispo don José BP José 3Zeledón Jimé del delito Saludo El Heraldo de ayer lo dice. Compania bananera religioso.
Estado ро declara exertos de La República nico: 39 que estando exentos de cho canónico, ni al del Korán, ni al bellos de nuestra población y quizá responsabilidad criminal los cónyu del Syllabus, torlus igualmente age el más concurrido de nuestros paseos es por los lurtos, defraudaciones nos la cuestión.
no tiene sin embargo más aceras EL PREVARICATO daños que recíprocamente se cau El art 514 Código Penal ha te que las que van por la calle de la EN EL SEPREMO TRAL. DE JEsticia saren, según lo dispuesto en el ar. Dido por fandamento altas razones Estación. Hace mucha falta que tículo 314 del Código Penal. no ha de mõralidad y conveniencia. La se construyan las de las calles iateLa prensa ha comentado ya, con habido mérito para dictar en esta persecución criminal en tales casos, rales y este fin excitamos el celo toda la Severidad del caso, la reso cansa auto motivado de prisión y dicen algunos comentaristas, perjo del señor Ministro de Fomento, pues lución de la Sala Segunda de Ape conforme el artículo 36 de la ley dicaría veces al ofendido mismo, entendemos que este es asanto de laciones, publicada en el Diario del adicional al Código de Procedimien descobriendo sus secretos dumésti su Cartera, por ser aquél un parque Comercio, en que jos Sres. 8. Magistratos procede la nulidad que se funda cos, introduciría la consternación en nacional, dos Liedos, don don José Gregorio Tre en no estar justificado el cuerpo las familias, rompería del todo el jos y vínculo que une nez, desacatan el artículo 86 del Esa resolución dice muy claro produciria entre ellos un elemento Nos habla en su última Pastoral de Código Civil, que declara disuelto que para los señores Trejos y Zele perpetuo de rencores y de discor miseria, y para ello dice que el puebio el vínculo matrimonial una vez ju dón Jiménez el divorcio no produce dias. Por otra parte la opinión púrios debera pagar en Ingar de 1, 2, dicialmente pronunciado el divorcio. el efecto de disolver el vínculo ma: de estos hechos cuando son personas deben de comunes de los pobres que si Se ha demostrado que los Magis. trimonial, pesar de lo que termitan estrechamente ligadas con el efen el señor Obispo tiene en los bancos bue trados dichos cometieron to fallando sabiendas contra ley do. Porquét porque ellos consideixido, y nunca los confunde con los nas cajas de fer eliberare le motorer expresa; y ahora viene el Sr. Tre ran por encima de nuestros códigos opinión conforme con la Llos pobres. Aquí no hay miseria, señor.
jos hacer su defensa en La Unión al derecho canónico que no recono de algunos jurisconsultos, que enCatòlica, sin conseguir otra cosa ce en ningún caso, salvo nulidad, cuentran la causa de que no se per Muy atento se lo dirijimos al señor que dar mayor fundamento a los a la disolución del matrimonio la persecución criminal, na 80 don Lorenzo y Barreto que viene taques que se le han dirigido, pues el derecho canónico lo aplicarán lamente en un principio de conve porada entre nosotros continúa afirmando que a pesar hoy, muy acertadamente, ei Sefior niencia sino también èn la alteración Ast lo creemos del divórcio legalmente declarado, Obispo y los Párrocos en sus reso que sufren el carácter y la naturale subsiste el vinculo matrimonial, bas Suciones eclesiásticas, pero wala tio: za de aquella acción en el ciso que no hemelet politica com a deligion.
ta para los efectos de la ley penal ne que hacer, ni por vía de consil nos ocupa, llegando considera que en nada se roza con intereses del ta, en la mesa de los Tribunales de dos cónyuges y los ascendientes y orden Justicia, en donde los Códigos del descendientes, como participantes los Una comisión de importantes agriVamos a tratar de explicar la son los únicos que dicen la unos de la propiedad de los otros. cultores slik ayer visitar los fértiles campos de la bananera. Les deseamos He abi el fundamento filosdfico viaje feliz cuestión con la mayor claridad verdad.
El artículo 514 del Código Penal del artículo 514 que nos referimos; sible.
El Gobierno He aquí los hechos: de responsabilidad he ahí las razones de la ley, que no Continúa persiguiendo con gran acliLa señora Maria González Muri que sećausen, los cónyuges, es de por lo mismo criminal, por las las defraudáciones militan en el caso de Flores y la unidad el juego prohibido. Hace bien la y que. cir los qus da que Cablegrama rezagado Hay uno para Harper.
que había sido su esposo, los inidos Procede de Chicago.
delitos de hurto y estafa consistens. el. vínculo matrimonial. vínculo moral; ni era posible prodáX per Monstruo Humano Civil, los divorciadost No. Pues enda por la ofen la ofendida, un elemento Existe en Wayeras Gs (Estados muebles de la primera y una cartonces Flores y lá González, divor. perpetuo de rencoros discordias. 800. Con las pruebas trendidas cimdos legalmente, no son. cónyuges porque el tema de estos estaba ago: Unidos) uno de los más extraños fenómenos que se han visto en el se sometió la causa al conocimien. por tanto no es aplicable a aquetado y concluido con el divorcio.
El señor Trejos, anda equivocado mundo; un niño cocodrilo.
to del Jurado y su veredieto fue la confirmar, en vez de anular, ed al afirmar que son puramente reliLo más extrato es que tiene 14 condenatorio, en virtud de lo cual auto de prisión del Juez del Crimen giosas y del orden moral, las razones de edad, cuando ya es sabido que el Juez dictó auto de prisión contra dictado contra Flores por hurto y de la ley; que ésta se apoya en la tales monstruosidades rara vez conacusado por los dos delitos dichos. estafa en perjuicio de la que ya pa relacion de consideraciones que ellos servan la vida durante algunas boContra ese auto de prisión inter ra él era una extraña. los parientes entre sí y los cónyu. ras.
puso recurso de alzada el reo; y al El sefior Trejos. insiste en mirargues) sc deben. porque con igualSu cuerpo parece de un cococonocer del asunto en grado, los la cuestión desde el punto de vista fundamento la ley debía haber exi: drilo; sopla, bufa. y echa espuma Sres. Liedos. don José Gregorio religicsó. católico mejor dicho, sin mido de responsabilidad criminal, en por la boca, como aquel animal.
Trejos y don José María Zeledón fjarse en que los Tribunales de los mismos casos, al padre e hijo No puede hablar ni moverse: cuanque en do Jiménez, Magistrados de la Sala Se Justicia no prevalece ni puede pre Go resumen. El señor Magistra medio de grubidos.
gunda de Apelaciones, declararon valecer criterio religioso ninguno, ene hambre pide alimentos por existía. do Tiene la cabeza larga y aplanalos siguientes funda para el Juez que comprende bien su tión conforme al derecho Canónico da, y la bocu prorista de un núme.
de divorcio traido la vista consta La Summa de Santo Tomás la. Bi ia resolvemos conforme de la ley ya ma forma que las extremidades de al sentimiento religioso; nosotros brazos y las piernas tienen la mislos señores Adolfo Flores y blia, etc. serian los mejores libros los principios del derecho Civil que un cocodrilo. Es muy aficionado monio católico el 23 de junio de de Justicia, casos miembros son to religioso, que no viene cuento, pero en la entre elles pour la coperto se anuladó eclesiásticamente Como creyentes pudieron muy convicciones meno cuyo aspecto pone espanto los cánones requieres para que quere considerar subistente el vinculo ma la cuestión?
los Magistrados en referencia. Quién es el que no entiende que contempla, fué examina.
disuelto el vinculo. 29 que aunque do hace algunos dias por todos los posteriormente se pronunció senten trimonial de Flores y la González, médicos de Waveras.
cia de divorcio instancia de am pesar de la sentencia de divorcio SAN JOSE El nacimiento del monstruo fué bos cónyuges, este acto civil no basta del art 8G Código Civil. Pero coexplicado de esta manera: ría a destruir la calidad de cónyuges mo jueces no pudieron atenerse a Sus padres habitaban poca disen ellos, que les viene de continuar otro criterio que al de la ley vigente El Parque de Morazán, quo estancia de un rio de Florida.
casados conforme el derecho canó aplicable al caso, 2o al del dere sin disputa uno de los lugares más la madre estaba en cinta, pa. no lo hizo.
que no lito, sentando come mentos: a que CORO bien, los lo Aeeras Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miquel Obregon Lizano del Sistema Nacional de Biblioteca del Ministerio de Cultura y Juventud Costa Rica

    José María Zeledón
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