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LA REPUBLICA DIARIO DE LA MANANA tes.
y vencido yentes razo La República con todas las reglas del arte. reo, apreción errónea que adelan que lo contrario se espera y se mentalismo que filtra de este a los siguientes conceptos: rio público. Negar la posibilidad PERMANENTE sunto, con frases como aquellas Tú, sebor tigre, matas, como el siquiera de un veredicto favoraDesde hoy en adelaute hosta was negras dentro de las cuales se en perfectamente irresponsable; pero el Jurado no tendrá libertad de nuevo aviso la Direccióa y Admi cierra la mancha de sangre, la opi so te suprimo, cuando puedo, para juicio. Basta, pues, con que esté nistración de este diario quedan xión pública que grita fuertemente en que no me devores. Tá, sefior 10 en lo posible la absolución del acargos de don Juan Maria Murillo. los pliegus del proceso; después de esco, eres un enfermo quien mus cusados, para que el tormento con quien está autorizado para cobrar tas perlas y de otras no menos deveras compadezco; pero te en que se le abruma sea ilegal, inel valor de las suscriciones y avizos estrepitosas, verbigracia Libreme claustro en un manicomio para que justo y violatorio de la Constituleste e reo, ni al otro, ni nadie, me setior hijo de un vicioso y nieto de ción, qué no permite se imponga San José 23 de Diciembre de 1893. dice Ud. con un aplomo singular: un asesino; tú, neurótico, no tienes pena alguna nadie, y menos de No soy partidario del sentimentalismo la culpa de que tu padre ni tu a tormento, sin ser oído Jaan Quirós. en jurisprudencia penal. buelo tuvieran tales aficiones; pero en juicio.
como has resultado ladrón por yo Con respecto a la tentativa de Venga Dios y réali si Ud. no sé qué desviaciones de la neuro fuga, damos fe pública a los alSelor dan Jesús Marcelino Paches. ha hecho otra cosa que pulsar la sis te pongo preso para que no me tos funcionarios de Justicia y condirector de don Luis Odio, en la lira sentimental contra el acusado, robes nada. Esta es mi teoria.
fiamos en su rectitud, prescincausa que este sigue contra su herma para distraer de la cuestión de Esta nueva fáz de su teoría en dimos de ellos su juicio para no don Osvaldo: fondo al público lector, dándole jurisprudencia penal destruye por pronunciar el nuestro. Si lo priHe leído con la atención que decir, cosas muy negras y muy teres. Por estas últimas ideas que, sobreseimiento por el fiscal, en la el manjar. sabroso que desea, es completo sus conceptos anterio mero, una vez que está pedido el los productos de su hello talento nebrosas contra don Osvaldo o prevalecer, habrían libertado o sumaria de fuga, debemos afirmar me inspiran el artículo publicado dio. Pero sucede que yo no hedio de la jaula, se llega al conoci que no hubo tal tentativa. Si lo por usted en El lleraldo de ayer, puesto discusión el crimen que miento de que el acusado debería segundo, esto es, si respecto de resolución de la Sala 23 de Ape cuestión de derecho que debe ser un puesto en el manicomio una doña Julia, no merece fe el crite, laciones, que confirma el auto del esclarecida con los fríos y conclu cama en el hospital. No hay que rio Judicial que apelanos za fuez del Crimen por el cual se vent y tomarle en cuenta su ingratitud, cuál criterio nos atenemos? dal deniega la solicitud hecha para en manera alguna con los mági su alevosía, su traición, su infa sentimiento de las multitudes? cal que se seque al reo de la jaula, cos poderes de la retórica. Para mia, su monstruosidad! Don O8 veredicto de las masas? Eu este Comienzo por celebrar mucho sitamos, no el voto de las muje. un enfermo, un neurótico, que gal del señor Odio. Apliquesele la cortina de tinieblas tras la tan lindas: lo que nos precisa es cendientes lo heredaran de modo blo para que lo despedace y arrascual se ocultaban los motivos el estudio de la ley.
tre su cadáver por las calles; pero que tuvo en cuenta el Tribunal al Con contradicción tan funda en tal supuesto, omitamos la disresolver la cuestión que discutí.
mental en sus ideas penales, cosa cusión jurídica, el mos, porque Ud. recordará que No se comprende en realidad que no le tendrá muy bien la científico, hagamos un lado toel fallo no vino acompañado de cuál es el criterio cuya luz estu Sala, no nos es posible entender da legislación penal. Vamos das por Ud. siquiera sea aproxi tículo se bastardean dos escuelas 1o desde algún punto de vista, pe venganza: ojo por ojos diente por madamente, las razones del fallo. polarmekte opuestas, dos estados ro no se puede ir hertorizando de diente. Lo que se ha de empeel difícil trabajo de adivinación que no se compaginarán nunca guir una mistificación adultera Odio, pero de un golpe y sin del pensamiento de los jueces, en en la ciencia penal.
tro con gusto en la polémica, en ción ecléctica con que abrumar al ambajes; eso sí téngase presente Primero dice Ud: que no hay el derecho de matarlo carácter de crítico, que es sin duda más llevadero que el de gitano. El matador que fué ingrato, Espero que en su próximo ar muerte lenta.
Debo advertirle, sin embargo, que fué infame, que fue en un solo camino. Entre tanto, con pres ello no tiene derecho, ordena la que fué alevoso, que faé traidor, tículo se decidirá Ud. por algún Quiere el Juez, porque para te para su segundo artículo, dada liecho todo lo que se puede ser en ciudencia de sus ataques, que ya Sala y pide ud. nombre del arasgar un tanto más la cortina de que ha desvalijado aquí y robado van a continuación algunos argu rro. Pregunto yo. y con qué fin su lucida posición de acusador. más auténtico que nos delincuente creo demostrado no obedecen cusador, que đón Osvaldo Odio jaula de hietinieblas, ver si parecen razones allá y matado más allá, un solo he mentos legales de fondo, en apo tanta saña? Se trata de evitar que porque presumo que hasta ahora procesos acumulados y que caen 50 yo de mi tesis.
corre Va. el peligro de no haber bre una sola cabeza. Se comete cerle un anticipo buena cuenta dicho nada muy estimable en la un delito de esos que revelan dotes esfera del Derecho.
extraordinarias, una monstruosidad, potoria de un reo no he refere ne sidio? Desgraciadame nte para el La leg al hablar de la maldad de sufrimientos extraordinarios. Sus frases son de oro puro, ha de ser notoriamente malvado quien puede referirse al delito que se trata de comprobar y castigar, si país y sus instituciones penales, ciertamente, pero para dichas an tal hico?
te el Tribunal del Jurado en busno a los hechos anteriores, a la parece que se desea obtener lo se Lo anterior indica en usted el conducta conocida y probada de guudo, porque con respecto la dirigidas un público que como delincuente en toda su extensión, absurdo un aplauso al orador, para criterio de la responsabilidad del indiciado. Lo contrario s:rír un seguridad del reo la nación resposible el nuestro. solamente en este es decir, la escuela que viene a ner en el legislador.
caso apenas si necesita pretexto compañada del séquito de agra. Qué dirían el Juez y la Sala 2: mente, que dispone de la fuerza Al Poder Ejecutivo exclusivapara ensalsar todo aquello que vantes, disminuyentes eximen si después de lunher atormentado pública, toca esa tarea, y sería bien tienda hundir al acrisado.
al señor Odia durante semanas triste y humillante para nuestro Ud. es muy sagaz, amigo Pa una vez que con tan errónea meses, el Jurado pronunciara re gobierno el suponerio tan impocheco; se ha hecho cargo de su apreciación de lo que se entiende redieto absolutorio. El hecho no tente y tan inepto que no pueda ventajosa posición, y la explota por notoriedad, califica Ud. Jales ua imposible absoluto, por más custodiar un anciano amenazado reo.
ca de un que no es supo ponde de ella tes.
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