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Enclosure In No. 320.
ARC.
organized the Federal Republic of Central America, taking as a model the United States of North America whose constitution served as a prototype.
The Federal Central American Republic lasted from the year 1824 to 1839 and maintained itself firmly during those fifteen years; and although the Federation vanished the last year mentioned, the spirit of union among the five countries has ever been conserved, and the idea of again uniting under one government and joining again in one sole nationality has constituted, and constitutes today more than ever, the great desideratum of the five countries, which consider the return to a Central American nationality under the protection of a common and federal government, a supreme necessity for the realization of their destinies and the development al their energies and activities.
energias y actividades, el volver a formar la nacionalidad centroamericana bajo la egida de un gobierno común y federal.
Tan persistente es este sentimiento en las masás populares y en las claseg directoras, que toda idea, que toda medida que propende a realizar el gran ideal de la Unión, es siempre acogido con el mayor entusiasmo en bl pensamiento y en el corazón de todos los centroamericanos.
Una prueba de este sentimiento imborrable en la conciencia de los habitantes de estos países, es el hecho significativo de que, cada ciudadano de estas Repúblicas considera a todas y a cada una de ellas como su patria; que en las Consticiones Políticas de los Estados se consigna invariablemente, que ellos no constituyen más que fracciones disgregadas de la Antigua Patria Centroamericana: que los ciudadanos de una de estas secciones son declarados en esas mismas Constituci o ciudadanos de las otras, con solo manifestar su voluntad de serlo ante la autoridad; que los unos pueden optar por las reglas de esas mismas Cartas Fundamentales, aun a los más altos empleos, en las otras secciones, lo que en el hecho ha sido asi, pues son muchos los casos prácticos en que el nacido en una de esas secciones ha llegado a ser Ministro de Estado y hasta Presidente en otra. Más aún, esas mismas Constituciones establecen que las Secciones Centroamericanas no pueden abdicar de su soberanía, sino solo con el fin de reconstruir la República de Centro América, como puede leerlo el honorable señar Senador el artículo 151 de nuestra Constitución que tengo el honor de acompañar por separado En fin, que el sentimiento de confraternidad eenStroamericano se ha manifestado en las conclusiones de varios Congresos celebrados entre estas cinco Repúblicas, como el Congreso Jurídico de 1901, en que se unificaron los principios que rigen las legislaciones civiles, así como en el Congreso Padagógico de 1893, reunido en Guatemala, en que se sentaron las bases para la Enseñanza Primaria, en el sentido de unificarla.
Muchos han sido los intentos que So persistent is this sentiment with the popular masses and in the governing classes, that every idea and every measure that tends to realize the grand ideal of Union is always received with the greatest enthusiasm in the thoughts and the heart of all Central Americans.
na. proof of this sentiment, ineradicable from the conscience of the inhabitants of these countries, is the significant fact that every citizen of these Republics considers thém all, and each one of them, as his fatherland; that in the Political Constitutions of the States it is invaria.
bly declared that they are but segregate sections of the old Central American tion; that the citizens of one of these sections are declared in such Constitutions to be citizens of the others, simply by manffesting their desire to be so be fore the proper authorities; that accordins to these same Fundamental Charters the citizens of one may choose even the highest positions in the other sections, which has actually been so, for the ractical cases are many in which those born in one section