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9 ARS RATIONAL Art. 21 Se garantiza la libertad de reunión sin armas, y la asociación para cualquier objeto lícito, sea éste religioso, moral, científico, de cualquier otra naturaleza. La ley no autoriza las asociaciones que obliguen una obediencia ciega, contraria los del echos individuales, que impongan votos de clausura perpetua. Tampoco autoriza convenios en que el hombre pacte su proscripción.
Art. 22 Toda persona goza del derecho de tener y portar armas con arreglo la ley.
Art. 23 Toda persona tiene derecho de dirigir sus peticiones álas autoridades legalmente establecidas. de que se resuelva y se le haga saber la resolución que sobre ellas se dicte.
Art. 24 Se prohibe la confiscación, ya como pena en otro concepto, sea cualquiera la forma en que se haga.
Las autoridades que contravengan esta disposición responderán en todo tiempo con sus personas y bienes por el daño inferido. Las cosas confiscadas son imprescriptibles.
Art. 25 La vida humana es inviolable, y la pena de muerte no se impondrá en ningún caso.
Art. 26 Quedan prohibidas en la Re pública las penas perpetuas, la fustigación y toda especie de tormento.