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17 07 ARCHES THE R!
compone de dos Cámaras: la de Senadores y la de Diputados. Esta representa al pueblo de los Estados Unidos de Centro América, y se compondrá de los Diputados que correspondan cada Estado, en razón de un propietario y un suplente por cada treinta mil habitantes, y uno más por un residuo que no baje de quince mil habitantes, Mientras se levanta el censo de la República, la elección se practicará razón de catorce Diputados propietarios y catorce suplentes por cada Estado, y cuatro propietarios y cuatro suplentes por el Distrito Federal.
Art. 59. El Senado representa los Estados como entidades políticas de la Unión, y se compondrá de seis Senadores propietarios y seis suplentes por cada Estado, nombrados por las respectivas Legislaturas, y de tres propietarios y tres suplentes por el Distrito Federal Art. 60. Las Cámaras se reunirán ordinariamente en la capital de la República, sin necesidad de convocatoria, del primero al quince de enero de cada año; y extraordinariamente, cuando sean convocadas por el Poder EjecutiVO.
Art. 61. Las sesiones ordinarias durarán sesenta días, pudiendo prorrogarse hasta por cuarenta días más.