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25 vas OF ARCH.
IV.
THE NUONAL THE UNITED States VI.
Estados cedan al Gobierno General para fortalezas otros establecimientos, quedan sujetos las leyes que dicte el Congreso.
III.
Organizar todo lo relativo las Aduanas.
Disponer todo lo relativo la habilitación y seguridad de los puertos y costas. Crear y organizar las oficinas de correos, telégrafos, teléfonos y ferrocarriles nacionales, y dictar las leyes que deben sujetarse, lo mismo que las relativas carreteras y canales nacionales y navegación de los ríos y lagos.
Fijar el valor, tipo, ley, peso y acuſación de la moneda nacional, y resolver sobre la admisión y circulación de la extranjera.
VII. Decretar el Escudo de Armas y el Pabellón de la República.
VIII. Crear y suprimir empleos naci o pales.
Determinar lo que convenga en lo relativo la deuda nacional.
Facultar al Poder Ejecutivo para que contrate empréstitos dentro fuera de la República, cuando una grave y urgente necesidad lo demande. Los contratos deberán someterse la aprobación del Poder Legislativo.
IX.
Este documento no posee notas.