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La elección de la Corte Suprema de Justicia y La Nación En el tono de pretensa sinceridad que adop Las vacantes serán llenadas para periodos ¿Por qué la Constitución dejó en años y ta cada vez que quiere sentar una tesis juridicat completos de ocho años.
medio el periodo de la primera Corte: traida de los cabellos, salió ayer La Nación a ¿Por qué no dijo la Constituyente que la tachar de inconstitucional la elección de la Corte La Nación lo que queria, es que a los Corte que se elegirá en 1949 lo seria por el perio.
Suprema de Justicia hecha por la Asamblea Le Magistrados electos después de 1919, para lle. do completo de años!
gislativa el lunes pasado.
nar vacantes, se les aplicara esa disposición. Si la Constituyente no quiso darle periodo Es conveniente reproducir los dos artículos Es decir, que se les considerara funciona completo de años a la primera Corte, seria de la Constitución que La Nación reprodujo: rios aparte. Lo que La Nación pretende es que válido suponer que si quiso dárselo a determina a esos Magistrados no se les aplique la dispost dos miembros de ella.
El articulo 158, que dice: ción constitucional (Transitorio xil que regia Si tal interpretación prosperase 200 in Los magistrados de la Corte Suprema de para sus compañeros, que regia para la Corte plicaria ella el total desconocimiento y violación Justicia serán electos por ocho años y se Suprema de Justicia de que ellos formaban par del texto y propósitos del artículo transitorio considerarán reelegidos para periodos igua te, sino una disposición distinta. Una disposición, XIII les, salvo que en votación no menor de las (el artículo 158) que, en virtud del articulo tran. Basta leer ese articulo transitorio con cui dos terceras partes del total de los miem sitorio XIII, no iba a entrar en vigencia sino a dado y con lentes sin color, para darse cuenta bros de la Asamblea Legislativa se acuerde partir del 15 de Mayo de 1955.
de que la intención del Constituyente fue la de lo contrario.
que el 15 de Mayo de 1955, no hubiera Corte Las vacantes serán llenadas para períodos No explica La Nación por qué pretendia Suprema de Justicia, para que se procediera a completos de ocho años.
que ciertos Magistrados gozaran del privilegie elegir una nueva.
de regirse por un texto legal distinto del texto Pero así son todos los argumentos juridicos La anterior es la disposición constitucional que regia para la Corte de que formaban parte. del colega. Cuando la Asamblea suspendio en sus de carácter permanente. Pero hay una disposi. cómo se iba a pretender que si la Corte cesaba funciones a los diputados Echandi y Jiménez Ración de carácter transitorio, que era la que se en funciones el 15 de Mayo de 1955, algunos de mirez, salió a alegar que la suspensión violaba aplicaba a la Corte anterior, a la que fue electa sus integrantes estuvieran exentos de esa dispo las leyes y la Constitución.
en 1949.
sición.
Sin embargo, cuando el diputado Garro anun Dicha disposición transitoria (Articulo Tran Porque esos Magistrados (si bien fueron ció que presentaria un proyecto para reformar el sitorio XIII. dice asi en lo conducente: electos con posterioridad al resto. no se podía Código de Procedimientos Penales, a fin de que el pretender que hubiesen sido nombrados por och trámite de suspensión no fuere necesario, salió La Corte Suprema de Justicia que debe ele años, cuando la Corte total de que formaban par a apoyar ese proyecto, en notas y gacetillas de gir la próxima Asamblea Legislativa en una te, estaba nombrada por escasos y medio. El todo jaez.
de sus diez primeras sesiones ordinarias, du articulo transitorio XIII (v oportunamente fue Si la tesis juridica que primero sentó fuera rará en funciones hasta el 15 de Mayo de explicada tal cosa en la Asamblea Constituyen válida, se habría limitado a decir que el proyecto 1955, y se instalará dentro de los días pos te. convirtió a la Corte Suprema de Justicia Garro no era necesario. Pero ya se convenció de teriores al nombramiento. que se nombraría en 919, en una corte transi que si era. sea de que, en tanto la disposi.
ción legal que el proyecto Garro tiende a modi vueltas posibles: La Corte Suprema de Justici, bary hole in provisional, a plazo fijo, en prue ficar, estuviera vigente, no le quedaba a la Asam termina sus funciones el 15 de Mayo, es decir, ra formar parte de ella, lo fueron. y es natu blea Legislativa otro camino que el que tomó el el próximo domingo. En consecuencia, que es lo ral. con todas sus consecuencias. Fueron nom de Febrero.
que tenía que hacer la Asamblea Legislativa! brados para integrar una Corte Suprema de Jus Lo que sucede es que en aquel momento, La respuesta es obvia: ticia que, por mandato constitucional, duraría La Nación no tenia tesis juridica, sino tesis Tenia que elegir UNA NUEVA CORTE SU en funciones hasta el 15 de Mayo de 1955, y ni politica. Lo que ella habria querido, era que lo PREMA DE JUSTICIA.
un día más.
se abriera proceso contra quienes. en grado Hasta aquí, las cosas no pueden ser más Ahora bien: a partir del 15 de Mayo de 1955. mayor o menor. parecian presuntos compli claras. Las que siguen, son igualmente claras, fecha en que entra a regir en todo su esplendor cados en ciertos hechos que mejor olvidar. pero La Nación intenta oscurecerlas. Por eso el artículo 158 de la Constitución, el Magistrado como no quiso defender la tesis politica, inventé es bueno contradecir la extraña tesis juridica de que resulte electo, cualquiera que sea la fecha la juridica.
ese periódico.
de su elección, lo sería por años. Pero antes de Decimos esto por vía de ilustración, porque Ocurre que, electa por la Asamblea Legis. que ese articulo entrara a regir, ningún nombra. no creemos que tal sea la situación en el caso lativa, una Corte Suprema de Justicia en 1919, miento podría haberse hecho por un plazo ma de la Corte, que hasta donde nosotros lo ve.
para que funcionara exactamente hasta el 15 de yor que el estipulado por el Articulo Transitorio mos. no tiene implicaciones políticas ni para Mayo de 1955, se produjeron vacantes en dicha XIII, vigente a la sazón. La Nación ni para nadie.
Corte. Es decir, que algunos Magistrados falle. Para ver con claridad todo lo anterior, basta Salvo, es claro, para los periódicos del señor cieron o se retiraron, y la Asamblea tuvo que solamente hacerse una pregunta: Ulate, que ven la política hasta en la sopa. En proceder a sustituirlos.
Qué fin, que propósito tenía el Articulo la espesa sopa de mentiras con que se desayunan, El artículo 158, según lo hemos ya trans Transitorio XIII almuerzan y cenan todos los dias, y que un dia crito, dice: luego, hacerse las preguntas corolarios: de estos los va a empachar.
EL PEJE SAPO CABEZA, EL GOBIERNO ESTA EMPEÑADO EN DAR LEY DE PENSIONES INDEMNIZACIONES Por falta de espacio, nos limi nciones de Guerra, que en el dia Dice asi: gunda República, por Decreto gares que como consecuencia de El Gobierno de la República es Ley N166 de 19 de abril de las luchas Armadas, habian sufri ción de motivos que acompaña a blea Legislativa por parte del Po tá vivamente empeñado en dar 1919, dictó una Ley de pensiones do serias congos económicas: re la Ley de Pensiones e Indemni der Ejecutivo.
una Ley de Pensiones Indemnes indemnizaciones de guerra, consulta este Decreto Leinaplicable a fin de favorecer todas aquellas DANIEL EL TRAVIESO familias cuyos hogares han sufrido serio quebranto económico con motivo de la a agresión armada La Naturaleza es. Asi por Wur Disney de que fue objeto nuestro pais el 11 de enero de 1955.
DEPORTISTAS!
El Poder Ejecutivo estima que es justo ofrecer una reparación Pez QUE VA DE PESCA.
civil por medio de pensiones y SUS VÍCTIMAS los padres auxilios a las soldados que CON UN CEBO Rec REMATA OL y los hijos de los Ofrendaron sus vidas en resguar. do de las Instituciones Naciona es al ser invadido nuestro territorio por fuerzas extrañas al me dio costarricense. Asimismo in demnizar a los soldados de los ejércitos regulares, voluntarios y al servicio del Gobierno do, han quedado incapacitados para el trabajo en forma total o Las pretensiones del proyecto se extienden a aquellos hogares que aún faltando vinculo legal, han sufrido un se la falta de persona sostén de los in PEZ QUE VA mismos El Estado no puede cerrar sus DE CAZA.
puertas a las necesidades creadas en muchos hogares de combatien.
tes, que en forma voluntaria y animados por el espíritu de libertad y democracia que caracteri za al hombre se regaron con su sangre los cum DERRIBA ASA CALANDOLE pos de batalin, al saberse amen PILDOLAS DE AGUA.
zado por mercenarios al servicio de intereses bastardos.
Me puede decir quien tenir mhp? ittin fun fundit de 199 de retaguardilegalmente constitui parcial presente JL PIZ Este documento es propiedad de la
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