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Obligación patronal la inmediata atención del trabajador enlermo sonal tención.
permimpin que le man cha 27 de Febrero anterior del tratamiento particular. Por dis to propio, someterse a un trata justificado, en primer termino, imputables y Endose Ministro de Trabajo y Previsión tintas razones, con o sin funda miento privado.
por consideraciones de orden per dor a despido justifica Lic. Otto Fallas mento, o bien, por principios per Que el empleado se niegue sonal y humano, y en segundo do la falta sea grave o cuando, Su consulta fue objeto del deun empleado puede, aun injustificadamente a cuidar de su lugar, por circunstancias de as no sien. olo, reiteradamente se negarse a red salud no queriendo recibir ni so pecto económico ya que, un tra le tue a acatar las disposicio Despacho, y sobre el particular con el fin de someterse al cuida alguno. En tal caso considera diciones de rendir normalmente, de los jefese encargados de bido estudio por parte de cate necete hacemos de su conocimiento las do de un profesional, en el cual, mos que no sólo es obligación cuestión que repercute directa las autoridade, competentes El advertencia previa de que serán su confianza Juzgamos lo ante fermo hacer lo que está a su al presa, y que puede ocasionar, a la obligación de prescindir de los sin perjuicio de lo que en definiti rior como algo perfectamente ad cance para lograr su total resta in postre, un serio perjuicio de servicios de los trabajadores, va decidan los Tribunales de Jus misible, y no vemos posibilidad blecimiento, sino también, dentro cuniario al trabajador mismo y de no recibirlos, en su caso, cuan ticia, si al respecto surgiera con alguna de poder obligar al ase de lo racional y de acuerdo con su familia.
do incumplan, en la forma indi curado contra su voluntad, are su cultura y posibilidades, preve cada en el párrafo anterior los Pregunta que condueta se puede como farmacéutico de dicho a laces toue este propenson forma de caracteres descuada het conse conformidad con los diena de seguir para con un trabaja torno, de mayor gravedad, pues siciones anteriores, si el trabaja dem die pan y que estando bore FELICITAN FIGUERES POR ESCOGENCIA DE devono elon medie delen pretoria gurado se niega usar lo, servi salud, manteniendo a ese efecto querimiento en ese sentido pue cios del Seguro Social.
un certificado del dia que asi la de ser despedido sin responsabi No refiere en su consulta su NUEVO MINISTRO DE AGRICULTURA atestigue, además de que es precilidad patronal. De padecer ale cientes circunstancias cuenos so que en la elaboración de pan na enfermedad infecto contatto reine el mis escrupuloso de los sa el patrono está obligado a e.
yor itud y propiedad. Pese El siguiente telegrama le fue Teodoro Quirós Castro para Miascos. En consecuencia con este rectuar su retiro inmediato del a ello, en el caso concreto tal remitido ayer, con copia para nistro de Agricultura. Atentos.
y como lo plantea se impon nuestro periodico, al señor Preorden de ideas, nos permitimos trabajo: temporalmente hasta 20 y 21 tanto, en virtud de certificado distinguir dos posibles situació sidente Figueres: Francisco Garron: Dr. Alejan de Reglamento de Panaderías se le habilite nueva médico, no se dro Alvarado: Alfonso León: Jor (Decreto Ejecutivo Nº de 30 mente: o bien, en forma defini nes.
Copia LA REPUBLICA ge Alvarado: Rafae de la Pena de junio de 1951) Que expresa tiva si el trabajador de acredo 1) Que el trabajador se ne Limón 15 de Marzo de 1957 Miguel Angel Ramirea: Rodolfo respectivamente: con todo lo precedente se hicie gue a hacer uso de los servicios Martinez: Domingo Argiello.
re acreedor al despido.
que presta la Caja Costarricense Felicitamosle por escoger Ing.
Articulo 20. Todo trabaja. Además es conveniente señador de panaderia deberá bañar lar, en apayo de nuestro crite se diariamente con agua. Ya rio, la reglo contenida en el in dentro de la panaderia, antes ciso D) del articulo 71 del Códi de iniciar las labores, se lava o que señala como obligación se los hombros, con brazos de los trabajadores someterse a reconocimiento médico, sea al senten del local deberán lasu in solicitud de y cepillo y cada vez que se au al trabajo o se las manos antes de reiniciar trono, para comprobar que no pa Como lo habia LAE PUBLICA muy doadamen mados ampliamente de la tras labores; las uñas las manten dece alguna incapacidad perma cendencia económica que el nego drán limpias y bien recortadas: nente o alguna enfermedad pro te, llegaron al pals, personeros que hay banqueros de la empresa que esta interessos dispuestos a cameriencio significano solo el pais valido, el cual deberán portar a petición de un organismo ofi ca para la comomia na poscerán un certificado de salud, fesional conto pioca o incurable financiar 10cional, ya que da en la instalación de una refi por ciento del capitán que deverá abastecido de los derivados todo el tiempo. Ningún obrera cin de salubridad Pública o de 1o de explicar a los señores dipases, segón cláusulas del Contua Bacitada para hacerlo consta menos que presente un certifi rifiesto y reiterado de tal medi neria de petróleo, con el obieberá estar en manos costarricen del petróleo, sino que estaria ca que haya sufrido enfermedad Previsión Social, con cualquier dria para el pais esa industria. gislativa en el caso de versem caso los representantes costar de que ya no ofrece da preventiva, de conformidad Las reuniones con los represen posibilitados capitalistas de censes de la campania, como cado con el inciso h) del artícute B1 tantes legislativos se verificaron pais por que la inversión puede inversionistas norteamericanos monetapes. com curso de la sellegar a millones de dólares proseguirán esas reuniones de es. Artículo 21. El trabajador e te para que el patrono di por Tanto no ta el de tr. Una reventadosfue la dcción de minoris han sido info han podido asistir as reunionsresente reglamento en lo que o sin responsabilidad de su par importante que beración, como los de la frac de que damos cuenta corresponde, responsabilizándose te. Asegurada participación del capital nacional en la instalación de refin ría de petróleo. este, a pa medicuro tuvieron los CONVOCATORIA CABILDO GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE CARTAGO Vista la solicitud que formulan ante este Despacho los señores Ing. Alfredo Volio Mata y don Arturo Alvarado Presidente y Secretario respectivamente de la Cámara de Agricultura de Cartago, y los señores Lic. Carlos Alberto García Carazo, Lic. Jorge Luis Villanueva don Minor Calvo Ortega, don Roberto Steiner Prof. Claudio Moya don Jorge Chryssopulos don Rodrigo Volio don José Barguil Ch. don Juan Guillermo Brenes don Abdenago Montero Ch. y don Edwin Coto Albán, en nombre del Comité Pro Carretera a Guápiles de la Provincia de Cartago, con el objeto de que se convoque a un CABILDO ABIERTO, a efecto de exponer discutir y resolver el problema de la escogencia de la ruta para la carretera a Guapiles, SE RESUELVE: De conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley No 20 de 24 de julio de 1867 (Ordenanzas Municipales. se convoca a los ciudadanos de esta Provincia, para que bajo la dirección de la Cámara de Agricultura de Cartago y de las entidades que mayor interés han demostrado, efectúen una concentración de ciudadanos EL PROXIMO 18 DE MARZO EN CURSO, LAS 19 HS. EN EL ANTIGUO EDIFICIO DEL CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO en donde podrán exponerse, discutirse y decidirse todo lo concerniente a la ruta para la Carretera a Guápiles, debiendose obse var lo siguiente: a) La exposición, el análisis y las resoluciones que se propongan, han de referirse única y exclusivamente al tema objeto de la convocatoria.
b) Las entidades y organismos interesados, prestarán la mayor colaboración, a fin de que el público asistente acate las indicaciones para la conservación del orden público.
c) La concentración o reunión, podrá cancelarse en el momento en que se incumplan las condiciones estipuladas aqui, o bien, cuando se irrespetare en alguna forma a los miembros de los Supremos poderes o a las Autoridades debidamente constituidas. CEFERINO CALDERON RAMIREZ. Gobernador.
Publiquese: EDWIN GARRO JIMENEZ. Gobernador Ad Interim.
Cartago, 14 de marzo de 1957.
Domingo 17 de Marzo de 1957 LA REPUBLICA Página 31

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