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Domingo 22 de Julio de 1963. LA REPUBLICAN 13 DECLARAR DIVIDENDOS EN IMPUESTO DE LA RENTA des sean similares y además se encuentren en las circuns tancias de que el 75 de su capital sea poseido por soctos comunes, presentarán una so la declaración, comprendiendo en ella el total de los ingre Sos percibidos pºr dichas so ciedades. En este caso, el im puesto que corresponda se pa gará sobre el imponible que resulta de esa declaración. Si las sociedades a que se refiere el párrafo anterior, no hacen la declarac. ón conjunta dentro de los términos de la presen te lev. la Dirección de Tribu tación Directa queda autoriza da para hacerla de oficio.
Articulo 18. Las declara ciones serán presentadas en for mularios que confeccionará y pondrá a la disposición de los contribuyentes la oficina de la Tributación Directa, pero la falta de tales formularios no liberará de la obligación de declarar ni eximirá de respon sabilidad a quien no presente su declaración oportunamen te, Toda declaración de la ren ta deberá llevar adherido un timbre fiscal por valor de cin co colones (5. 00. que se a pulará por el funcionario que la reciba en el momento de su presentación No podrán aceptarse las declaraciones sin el timbre a que se refiere es te articulo.
El diputado Paris Steffens ha ce la siguiente moción: Para a gregar un transitorio más, que diga: TRANSITORIO. Los con tribuyentes al impuesto de la renta que en años anteriores no hubieren presentado sus de claraciones, estando obligados Otras importantes mocio zón de dividendos o participa nes del diputado Rafael Paris, ciones, deberá de retener, en sobre el proyecto de reformay el momento de hacer el abong al Impuesto de la Renta, sun o pago, un 10 de los divi las siguientes: dendos o participaciones paga dos o abonados El Diputado Paris Steffens Los accionistas, socios o te hace la siguiente moción: nedores de bonos, deducirán de su impuesto en el momen Articulo 15. Las socieda to de liquidarlo, las anteriores des de hecho o de derecho de retenciones. Las sociedades re cualquier clase que scan, paga presentantes o administradores rán el impuesto en relación que no hicleren las retenciones con el monto global de su reny establecidas en este articulo ta liquida. Para el cálculo del serán solidariamente responsa ámpuesto, no se permitirá e bles del pago de los impues fraccionamiento de esa renia tos de renta que corresponda El cálculo se hará, por consi pagar a los respectivos contri gulente de previo al reparto buyentes.
de dividendos o de cualquera Las retenciones ordenadas otra clase de utilidades entre en el párrafo anterior, deberán los socios pertenecientes a en consignarse en la Tesoreria u tidades de heche o de derecho oficina recaudadora que corres y a la seperación de las resor ponda al domicilio de la com vas legales o especiales. paña que haga la retención, a Los accionistas, socios o to más tardar el dia de mes nedores de bonos que reciban siguiente a aquel en que 80 dividendos, cuotas de partici haya hecho el pago o abono a pación o intereses, están obl cuenta, y las sumas consigna gados a incluir estos Ingresos das se imputarán a cuenta de en su declaración, pero len los impuestos que corresponda drán derecho deducir del pagar a las personas que se monto de su renta bruta hus haya hecho la retención. La ta el 80 de lo recibido por demora en hacer la consigna esos conceptos.
ción de las retenciones efeo Toda sociedad nacional o ex tuadas, ocasionará el pago de tranjera domiciliada en el país, intereses del por cada mes cualquiera que sea su natura o fracción de mes de demora leza, que verifique un pago Para los efectos de esta ley.
o abono a cuenta a una per cuando varias sociedades ten sona natural o juridica no re gan personalidades juridica sidente en Costa Rica, por pa diferentes, pero sus activida a hacerlo, o que por cualquier motivo las hubieren presenta do inexactas o incompletas, do drán presentar únicamente a declaración 32, sin que en tales casos se apliquen las sancio nes que establece el Capitulo XI (articulos 42 y siguiente)
de csta ley, por falta de decla ración o por inexactitud en las anteriores, o por falta de pa go del impuesto y sin que ba ya lugar a la liquidación da oficio del impuesto por parte de la Tributación Directa, se gún lo establece el artículo 26, siempre que la referida lecia ración 32 se presente antes del 31 de diciembre de 1962, Cámara de Comercio recibirá al Presidente señor Orlich El primero de agosto el Sr. de Comercio. La fecha fue itt.
Presidente de la República dicada por el Sr. Orlich atton don Francisco Orlich, asistirá diendo la invitación que le hi.
a una reunión de la Cámara zo la Cámara.
SUBVENCIONES DEFENSA SOCIAL SERAN CUBIERTAS PRONTO Más KILOMETROS Mas TRACCION Más ECONOMIA Fuentes del Ministerio de Economia y Hacienda informa ron que probablemente en el curso de la próxima semana serán cubiertas las dos sub venciones al Consejo Superior de Defensa Social, lo que vet dria a solucionar la prcearia situación en que se encuentro los centros penitenciarios y el persona de esta dependencia, El impuesto a la cerveza que también es parte de los ingre Bos del Consejo, será entregado al menos parcialmente, la que viene a mejorar la situación Esta situación que viene con frontando Defensa Social se dabe a los continuados atrasos en que incurrió el gobierno an terior, que heredó esta difícil situación a la Administración actual Fuentes relacionadas con el Ministerio de Economia mani festaron que la semana pasada estaba lista al partida corres pondiente a esta institución, que así le fue notificado al Consejo, pero que hubo tardan za en el retiro de estos fondos, y que debido a las angustias eronómicas del gobierno, segu ramente fue destinada a llenar otras obligaciones de suma ur gencia.
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