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LA REPUBLICA Miércoles 18 de Mayo de 1963. NO EXISTE MOTIVO PARA MI RENUNCIA, DICEN MAGISTRADOS RAMIREZ AVILA Con motivo de una joformadón que suministramos ayer, oblenida en la Corte Suprema de Justicia, recibimos del Lic.
don Evelio Ramirez, la carta gue dice: San José, Abril 30 de 1963 Señor Jefe de Redacción del Periódico LA REPUBLICA Presente Muy estimado señor: Como en LA REPUBLICA de hoy, se inserta la publicacion que en lo conducente dice: ción suministrada no tiene fun damento Ampliamente con versamos con el señor Alila Fernandez a quien explicamos el origen de la noticia dada, que nosotros somos los primeros en lamentar, porque en realidad ha causado a los distinguidos Magistrados las consiguientes mo estias.
terizado en la informaciones, nos vemºs obligados a mant festar púbicamente que la noti cia sobre el posible retiro de Hos señores Magistrados, 10g suministrada por un ALTO FUNCIONARIO de la Corte Su Prema de Justicia que, por su investidura y creerlo supuesta.
mente enterado de las activida des de ese Organismo, el re.
dactor a quien le suministro a noticia, tenia por consiguiente que dar e la fe que hasta en ese momento se merecía. Por otra parte no era fácil determi Tar qué aviesas intenciones se ocultaban tras la información.
NOTA DE REDACCION: LA REPUBLICA pide excusas a los señores Magistrados don Eveljo Ramirez y don Gil.
berto Avila en relación a las no tas anteriores; pero por la seriedad que siempre nos ha carac Los Magistrados Lic. Evelio Ramirez y Napoleón Valle, de Ja Sala de Cagación y el Lic.
Gilberto Avi a, de la Sala Segun da Penal, renunciaron para a cogerse a la Ley de Retiro. y se agrega, Es digo de significar la trayectoria brillante y honestigima de estos magpificos Magistrados, cuya actuación dentro del Pader Judicia jamás ha dejado un ápice de duda en cuanto a la interpretación y cump imiento cabal de lo que señalan la Constitución y las Le yes. me permito manifestar a usted que tal noticia es completamen.
te inexacta, pues hasta el mo.
mento do he pengado siquiera en presentar mi renuncia ni existe motivo alguno para que la presente.
Su periódico ha sido sorprendido, y lo indicado habría sido acudir a la oficina de 10, Magis trados aludidos con el objeto de cerciorarse de la veracidad del mencionado rumor.
Tengo más de 38 años de ser Vir en el Poder Judicial, incu.
yendo los 21 de ser Magistrado.
Mi hoja de servicio siempre ha sido limpia, pues nunca se me ha llamado la atención siquieja, a pesar del largo tiempo trangcurrido.
ENDOSO DE PRENDA NO ESTA SUJETO IMPUESTO No temo a la elección que se aproxima, pues mi conciencia está tranquila, y la Asamblea Legislativa tiene la facultad irrestricta de mantenerme en el cargo o de no reelegirme; pero si quiero hacer saber. pública mente, que as divergas especies que correo acerca de mi retiro son infundadas. Es más, nun ca había tenido las dificultades que ahora estoy confrontando, a causa de una campaña ingensata abierta contra mi, por per sonas a quienes pareciera eg.
torbarles mi presencia en la Corte Suprema de Justicia.
En mi recta trayectoria por los diversos estrados de la Justicia, más bien he recibido ma nifesaciones de simpatia y apre cio de parte de mis compañeros y demás funcionarios y empleados subalternos del Poder Judi cla, quienes en diversas ocasio nes me han apoyado con motivo de campañas en que me he empeñado por levantar el presti gio y la dignidad del Poder Judicial.
En mayo de 1957, recibi el máximo homenaje de la propia Corte Suprema de Justicia, quien tuvo a bien entregarme una Medalla de Oro de Mérito y Reconocimiento, y un Dip oma Honorifico, que en lo con.
ducente dice. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA POR CUANTO El señor Magistrado de la Sala de Casación Licenciado EVELIO RAMIREZ CHAVERRI se ha distinguido especial.
mente en sus labores dentro del Poder Judicial, y por su intensa y brillante labor cumplida a fin de hacer prosperar su propósito de autonomia económica para este Poder, mediante la reforma del artículo 177 de la Constitución Política, ACUERDA: otorgare Diploma y Medalla de Oro de Mérito y Reconocimiento, conforme a lo ordenado en el articulo XIII de la sesión de Corte Plena de esta fecha.
Conceptos ratificados en la le yenda grabada en la citada Con decoración que dice: Mérito y Reconocimiento La Corte Suprema de Justicia al Magistrado Lic. Eve io Ramirez Ch. Homenaje al buen Juez. Año 1957.
Me apena Teferirme a tan honnrogos galardones, pero a ello me han obligado las cir.
cunstancias del momento, una vez que contra mí persona se ha abierto una habilidosa campana, digna de mejor causa, Mi natura modestia repudia todo lo que pueda interpretarse como exceso de vanidad; pero hay situaciones como la presente en que no queda más recurso que hacer referencia de las actuaciones públicas, cuando éstas han sido levantadas y honestas.
Le ruego dar publicidad a la Presente carta, para que no quede flotando en el ambiente La idea de que yo deseo separarme del Poder Judicial y, par ticularmente, para desvirtuar los distintos infundios esgrimidog contin mi persona.
Soy de usted muy atento y seguro servidor, EVELIO RAMIREZ Posterior a la carta que reProducimos, tuvimos en nuestra redacción la visita del Lic.
Gilberto Avia Fernández, Pre.
sidente de la Sala Segunda Pe nal. El Lic. Avila Fernández nog visitó con el mismo fin, es decir, solicitarnos que aclararamos que no ha pensaro renun ciar ni retirarse de sus funcio.
nes de Magistrado, porque no existe motivo alguno. Agrego que la Asamblea Legislativa se rà la que dispondrá si lo reelige o no; pero que la informaParte del texto del pronun ciamiento del Procurador de Ha cienda sobre una consulta he.
cha por el Jefe del Registro de Prendas. El artículo 272 del Codigo Fiscal en su inciso 2º grava con la contribución del cuatro por mil todo documento privado de contrato. Grava el documento, no el contrato en sí. De este modo notamos que, en el inciso 27 del artículo 273 lbidem, se exime del impuesto, toda ga.
rantía, caución, hipoteca, prenda o fianza si se otorga en el mismo documento en que cons ta la obligación que garantiza. las cancelaciones o pagos que se hagan constar en el mismo do cumento de la obligación principal.
Ahora bien, el endoso en los certificados de prenda se debe hacer constar en el propio documento (lo que es caracterís.
tico en los efectos librados a la orden. No podríamos decir que requiere la materialidad de un documento distinto del certifica do de prenda en que se hace constar, No es posible admitir, como estado normal, la existencia de un documento privado de con trato de endoso, independiente.
mente del documento principal: cheque, pagaré, letra de cambio, certificado de prenda, que sí de.
be pagar el tributo.
Por otro lado, el artículo 30 de la Ley de Prenda con el Impuesto del cuatro por mil, cale culado sobre el monto de la deu da contraída. no así las modi.
ficaciones convenidas y escritas en el mismo, entre las cuales de acuerdo con el artículo 94, figura el endoso Lo que nos lleva a concluir el caso, sosteniendo que el en doso del Certficado de Prenda, por no originar un documento propio de constitución, tanto como por no estar afecto expresa y claramente por la ley de Pren da, no es objeto del impuesto del timbre fiscal Manuel Castro Procurador de Hacienda.
SUSPENDIDOS EMPLEADOS DE ADUANA El Ministerio de Trabajo y Bienestar Social se complace en saludar a todos los trabajadores de Costa Rica con ocasión de celebrarse en esta fecha el Día del Trabajo.
Once guardas fiscales y un bodeguero fueron separados tem poralmente de sus puestos en la Aduana de Limón, Así ocurrió según noticia cap tada ayer por LA REPUBLICA.
Desde algún tiempo el Minds terio de Economía y Hacienda tenía Informes y denuncias so bre ciertas irregularidades en el desalmacenaje de mercaderías, según nos dijeron.
Se procedió a una investiga.
cin por parte de la Auditoría General de Aduanas, cuyo superior decreto las separaciones comienzo de esta semana.
En la investigacin del caso participó también la Dirección General de Detectives, pues las denuncias implicaban casos de robos.
Los funcionarios separados de sus puestos pertenecen al Reg.
guardo de la Aduana que inclu ye un oficial, 10 rasos y un bow deguero.
Voceros del Ministerio de Economía expresaron que segul.
rán actuando con gran drastica dad para ejercer un control y administración honesta y efla ciente en todas las aduanas del pals.
El trabajador, tanto en los campos de la branza, como en la fábrica, en la oficina, en la tienda, en las profesiones liberales, en fin, en cualquier parte en que ejecute una labor honesta para procurarse los medios de vida, contribuye al progreso económico del país y al engrandecimiento de la Patria.
Costa Rica se ufana, y en esta memorable fecha justo es destacarlo como una feliz realidad, de contar con trabajadores responsables, ante la sociedad, ante el hogar y ante la empresa: cumplidores cabales de sus obligaciones, y luchadores por conquistar mejores condiciones dentro de las normas jurídicas que nos rigen, e inspirados en sanos principios de filosofía social democrática y cristiana.
Que esa responsabilidad manifiesta y que esa preocupación por su constante mejoramiento para su propio bien y para bien de la Patria perduren; y que en organizaciones sindicales serias y democráticas y en la contratación colectiva, su instrumento, encuentren, con bases de Justicia y equidad, la fórmula de su superación ¡Que su fe democrática se mantenga Invariable y con orgullo la manifiesten; y que rechacen con energía, con la fuerza que da la convicción de la verdad, todo intento de quebrantar sus más caros principios!
SE INICIA PAGO DE TITULOS El Banco Central ha informa do que el Gobierno deposito la suma de millones 700 mil co lones.
Este depósito se dijo es para cubrir el pago de Inter seg de log bonos de la Refund ción de la Deuda Interna del sio 1957, Deuda Interna de 1959 y bonos del Sistema Bancaris Nacional La fuente de informacija agregó para concluir, que el día dos de mayo del corriente Be inleiara el pago de Titulos por intereses, San José, 19 de mayo de 1963.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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