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Domingo de Junio de 1908. LA REPUBLJO 21 JUZGUE LEALMENTE EL PAIS EL CONTRATO DE REFINADORA DICE CLARAMENTE.
Que la construcción comienza a los tres meses.
Que la segunda garantía de UN MILLON DE DOLARES. 000. 000. 00) se dará antes de esos tres meses. Que una vez construida, la Refinería completa continúa respondiendo para el cumplimiento de les obligaciones.
Que desde el comienzo, el Estado es dueño del 15 de las acciones totalmente pagadas, y sin costo alguno para el mismo.
Que a los 10 años, el Estado es dueño del 30 de las acciones de la Empresa, totalmente pagadas, y sin costo alguno.
Que a los 20 años, los accionistas costarricenses entregan al Estado el resto de todas sus acciones, sin que se les pague un cinco por ellas, quedando Costa Rica, dueña absoluta de las DOS TERCERAS PARTES DE LA REFINERIA, sin que le haya costado un centavo.
Que además, a los 20 años, el Estado RETIRA PARA SI, un tercio del activo circulante neto de la Compañía. quedando dueño de dos tercios de la Empresa completa en producción, y de una tercera parte del activo circulante neto, sin pagar nada por ello. Que Costa Rica tendrá una Refinería completa en Limón, con casas para los obreros, como una nueva fuente de verdadera industrialización.
Que los productos serán de primera calidad, conforme a las normas internacionales (que la calidad de estos productos será controlada en el país por primera vez, por el Comité Nacional de Normas. Que los precios al consumidor se mantienen.
Que el ICE y Compañías Eléctricas podrán comprar a precios internacionales, o IMPORTAR LIBREMENTE DE QUIEN QUIERAN SIN PAGAR IMPUESTOS.
Que se dará crédito y plazo a los distribuidores, conforme a las prácticas del comercio.
Que la Compañía financiadora trae a Costa Rica todos los dólares necesarios, sin pedir cooperación del país, dando su experiencia técnica, su garantía de solvencia, su seriedad conocida, y manteniendo sólo un tercio de las acciones. LOS OTROS DOS TERCIOS QUEDAN DE PROPIEDAD DEL GOBIERNO DE COSTA RICA, de sociedades costarricenses y ciudadanos costarricenses. los 20 años, esos dos tercios son del Estado de Costa Rica. Que es la primera vez que se inicia una EMPRESA MIXTA en Costa Rica sin que el Estado sacrifique sus recursos naturales, haciéndose paulatinamente dueño de la Empresa, y a los 20 años podrá pagar el UNICO TERCIO QUE SE LE COBRA, CON LOS RECURSOS QUE LA MISMA REFINERIA PRODUCE, con años de plazo.
Que el Gobierno de Costa Rica NO HA DADO EXONERACION ALGUNA REFINADORA EN IMPUESTOS DEL CRUDO, ANTES AL CONTRARIO LA OBLIGA PAGAR UN IMPUESTO CREADO, DE CONSUMO, establecido en el contrato, que excede en MUCHOS MILLONES DE COLONE, a lo que pagaría una empresa protegida por la Ley Industrial. todavía algunos insisten en que el contrato no es bueno. WOODLANIM VIBRANDMADE Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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