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Marleg 11 de Junio de 1908. REPUBLICA Publicación de la Corte Suprema de Justicia ASAMBLEA LEGISLATIVA: Articulo 287. Gastos de de los Poderes del Estado, de las MunicipalidaCapital 210. 000. 00 des y de las Instituciones Autónomas y semiEl párrafo segundo del artículo 177 de la Autónomas, son ilimitadas en número; y, por Carta Magna, concerniente a la autonomia ecoconsiguiente, no podria suponerse, ni teóricamennómica del Poder Judicial, contiene dos disposite, que de determinado año en adelante no se ciones: una regla general, según la cual En el TOTAL. 21. 107. 842. 00 volverán a presentar otras más. Ahora mismo se proyecto se le asignará al Poder Judicial una sutiene en estudio un proyecto general de reformas ma no menor del seis por ciento de los ingresos (Véanse páginas 38 y 39 de la Ley de Pre a la Ley Orgánica del Poder Judicial y a los Có.
ordinarios calculados para el año económico. y supuesto Ordinario para el año 1963. digos Procesales elaborado por una Comisión una norma de excepción, que da flexibilidad a la de Magistrados que, indudablemente, originará transcrita, pues dice: Sin embargo, cuando esta La suma de 21. 107. 842. 00, corresponde el aumento de Tribunales que la mejor adminissuma (la proveniente de la relación de porcenta no al sino al de los ingresos ordinarios, tración de justicia reclama con urgencia, en vista je) resultare superior a la requerida para cubrir sin tomar en cuenta las ampliaciones, lo que vie del crecimiento rápido de nuestra población, que las necesidades fundamentales presupuestas por ne a confirmar lo expuesto en la página 13 del exige ya la división del trabajo para descongestioese Poder (el Judicial. el Departamento men folleto acompañado, sea la referencia sobre la co nar las dependencias judiciales y hacer efectivo cionado (la Oficina de Presupuesto) incluirá la laboración financiera que la Corte Suprema de el mandato constitucional, de que la Justicia de diferencia como exceso, con un plan de inversión Justicia ha venido prestando al manifestarse de be ser pronta.
adicional, para que la Asamblea Legislativa de acuerdo en no percibir antes de ser elaborado termine lo que corresponda.
por el Ministerio de Economia y Hacienda, el res Como informe ilustrativo se transcriben en pectivo Proyecto de Presupuesto Ordinario de la seguida algunos datos sobre el aumento de poblaComo podrá observarse, el texto transcrito República apreciables diferencias de dinero que ción que se ha producido en Costa Rica, a partir permite a la Corte formular su presupuesto de hasta el presente se acercan a la suma de del año 1900, según nota Nº 204 de 31 de mayo acuerdo con las necesidades de cada año. En otras 18. 000. 000. 00, con sacrificio de sus propias ne último, enviada a la Secretaria de la Corte Supalabras, no está obligada a invertir en su to cesidades.
prema de Justicia por el señor Director General talidad la suma resultante del porcentaje a que de Estadistica y Censos: tiene derecho. Esto explica por qué ha sido po Si el porcentaje que se trata de modificar se sible que en los últimos cinco años haya estado hubiera reducido ya al al Poder Judicial sólo Año 1900 307. 499 habitantes conforme en no percibir diversas cantidades que, Año 1910 379. 533 habitantes se le habría asignado para este año la cantidad sumadas, ascienden casi a la suma de dieciocho Año 1920 de 12. 438. 871. 11, que no le habria permitido 468. 373 habitantes millones de colones (C 18. 000. 000. 00. como pueAño 1930 siquiera pagar los Servicios Personales a que se 503. 820 habitantes de verse de la página 13 del folleto adjunto. Es Año 1940 refiere el Artículo 283, y menos atender las de 626. 155 habitantes más, tanto de acuerdo con el texto constitucional más necesidades inaplazables a que se contraen Año 1950 812. 056 habitantes citado, como de conformidad con el artículo 50 Año 1960 199. 116 habitantes los artículos 284, 285, 286 y 287 de la citada Ley de la Ley de Administración Financiera, el Po desde luego que, en el supuesto dicho, habría der Judicial no puede acumular saldos al termi quedado un faltante de 668. 970. 89.
Proyecciones de Población para los años 1970 nar el año fiscal, por oponerse a ello ambas disa 1980: misma Nota.
posiciones legales, si el porcentaje se hubiera reducido al al Poder Judicial se habría asignado la suma de Año 1970 712. 000 habitantes (dentro de En el Mensaje Presidencial de 10 de mayo de años. 16. 585. 161. 48, que tampoco habría alcanzado 1957, que obligadamente tenía que referirse a la para cubrir sus necesidades, una vez que también enmienda constitucional propuesta por la Corte, se habría producido un déficit de 522. 680. 52.
Año 1980 482. 909 habitantes (dentro de aparecen los siguientes conceptos: 17 años)
Lo expuesto permite llegar a la conclusión a) Se asegura una mayor independencia al que el de los ingresos ordinarios, asignado Como podrá observarse, la curva ascendenPoder Judicial, asignándole una suma global del al Poder Judicial para este año, con el consente del aumento de población, en forma indiscutiPresupuesto, fijada en la Constitución. Eso le timiento expreso de la Corte Suprema de Justicia, blemente densa, arranca del año 1940; y a partir permitirá ejercer su alto cometido, libre de toda mediante Acuerdo Número XIV, tomado en la de esta fecha ha sido cada vez mayor, al extrepreocupación por su estabilidad económica. Na sesión ordinaria de Corte Plena celebrada el mo de haber llegado al 31 de diciembre de 1962, da existe hoy que pueda justificar ningún temor, de julio del año 1962, apenas responde a la mayoa 300. 499 habitantes, según aparece del contepero siempre es preferible que los instrumentos le ría de las necesidades actuales; sin que pueda nido de dicha nota.
gales garanticen lo que hasta ahora ha sido nor pretenderse que todas fueron incluidas en el anma de buena conducta de los funcionarios pú teproyecto de presupuesto desde luego que su nú Por otra parte, debe tomarse en cuenta que blicos mero cada vez es mayor, conforme aumentan las las reformas sustanciales que se introduzcan a la labores y necesidades determinadas por el creci Ley Orgánica del Poder Judicial y a los Códigos b) El disponer de un porcentaje o suma miento de la población y por el mejoramiento de Procesales, deben calcularse para que surtan global permitirá a la Corte elaborar sus proyec los medios y formas de trabajo que el progreso efecto adecuado por un periodo no menor de 25 tos de acuerdo con las necesidades que confronte impone.
años. Como prueba ostensible de que lo que se en cada oportunidad. Podrá crear nuevos Tribuacaba de exponer, se puede invocar la reforma nales, construir edificios y dotarlos de elementos Para el año próximo entrante le correspon introducida a dichos cuerpos de leyes, por Dey materiales de trabajo, así como garantizar la deria al Poder Judicial la suma de creto Legislativo Nº de 29 de setiembre de 1937, seguridad económica de los funcionarios judicia 25. 200. 000. 00 por haber comunicado la Oficina reformas que entraron a regir el 19 de enero de les.
de Presupuesto, en nota No. 35 de 22 de mayo 1938, sea hace 25 años. es que en realidad tieanterior, que se puede tomar la cantidad de ne que ser así, porque las leyes no deben modic) La Corte Suprema de Justicia tendrá ga 420. 000. 000. 00 como base de referencia, pa ficarse con frecuencia, siendo la estabilidad de las rantia constitucional de que sus presupuestos no ra formular el anteproyecto de Presupuesto del mismas una de sus caracteristicas fundamentaserán alterados por razones de orden adminis Poder Judicial. Habida cuenta de la precaria si les. Por consiguiente, el Poder Judicial tiene que trativo diferentes de la función judicial. Dentro tuación económica, la Corte en definitiva dispu prepararse para introducir apreciables modificadel porcentaje legal, sólo podrá disponer la Ofici SO por Acuerdo tomado en esta fecha limi ciones en su organización y funcionamiento, que na de Presupuesto de las sumas que excedan del tar sus gastos a la suma de veintiún millones nove no podrian hacerse de un momento a otro. Es Proyecto de la Corte.
cientos cuarenta y siete mil ciento cuarenta y seis posible que dentro de pocos años el seis por ciencolones. 21. 947. 146. 00) dejando de invertir tres to de los ingresos ordinarios, tampoco alcance pamillones doscientos cincuenta y dos mil ochora cubrir bien las necesidades futuras, motivo por La reducción a la mitad del porcentaje dicho, cientos cincuenta y cuatro colones. el cual dicho porcentaje se fijó en el minimum.
que ahora se propone, traería como consecuencia 252. 854. 00. que podrá aprovechar dicha OfiCoartar a la Corte en su plan de desarrollo ininmediata e ineludible la paralización completa cina con un plan de inversión adicional, para tegral cuando apenas lo está iniciando, después del Poder Judicial. Para darse cuenta exacta de que la Asamblea Legislativa determine lo que de haber obtenido en lucha recia la autonomia tal afirmación, basta considerar lo que habria corresponda. como lo prevé el párrafo segundo económica con el propósito de hacer más efiocurrido este año, por ejemplo, si se hubiera fi del artículo 177 de la Carta Magna. Es decir, ciente y rápida la administración de justicia sejado el tres por ciento de los ingresso ordinarios solo percibiría el Poder Judicial para 1964, el ria contrarrestar, abiertamente, las obligaciones para atender las necesidades del Poder Judicial. 22 de los ingresos ordinarios del Estado, queesenciales del Poder Judicial, que constituye la dando el 94. 78 de los mismos para atender las sólida estructura sobre la cual descansa todo el En gran resumen, nuestro presupuesto es el otras necesidades de la Administración Pública.
orden social. Ello implicaria un retroceso institusiguiente: De donde resulta que no es necesario acoger la cional de muy graves consecuencias, cual ocurrienmienda proyectada, porque en épocas fiscales ría también si se pretendiera, en cualquier tiemArtículo 283. Servicios dificiles, como las que se han presentado en los po, reducir los ingresos de la Universidad de CosPersonales 13. 828. 842. 00 últimos años, la Corte ha observado una conducta Rica o del Ministerio de Educación Pública, Articulo 284. Servicios ta discreta y comprensiva, renunciando a crédipor cuanto se estimaran elevados sin tomar en Generales 788. 000. 00 tos presupuestarios para que el Poder Ejecuticonsideración que ambas ramas del saber humaArtículo 285. Materiales vo, en armonía con el Legislativo, disponga de no constituyen principales fuentes de nuestra culy Repuestos 231. 000. 00 ellos en la forma que a bien lo tenga.
tura y de nuestra democracia.
Artículo 286. Sentencias y Resoluciones 50. 000. 00 Es un hecho reconocido que las necesidades San José, 10 de junio de 1963.
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