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LA REPUBLICA Domingo 14 de Junio de 1964. Finalizó Jornada de la Alianza LA CAMARA DE COMERCIO DE COSTA RICA, EL MINISTERIO DE ECONOMIA HACIENDA EL IMPERIO DE LA LEY El pasado jueves por la noche, en el salón de conferencias del Gran Hotel Costa Rica Se llevó a cabola sexta y última de las Jornadas de la Alianza para el Progreso efectuadas bajo el patrocinio de la Oficina Paramericana, la Comisión Costarri cense de Alianza para el Pro greso y la Secretaria de la En el acto de Clausura, el sefor José Salinas Abril, representante de la Organización de los Estados Americanos en Cos ta Rica en el discurso que pro nunció expresó entre otras cosas: En el mismo caso supuesto: Conforme al Reglamento de la Ley de Impuesto de Consumo, del Poder Ejecutivo, si opera el impuesto de consumo contra esa producción nacional y contra esas importaciones, aunque la producción nacional no ha sustituido a las importaciones. Entonces, el cuadro para el Fisco es diferente: 000 refrigeradores nacionales. 300. 00 CU impuesto de consumo. 900. 000. 00 000 refrigeradores importados. 300. 00 u. derecho arancel importación) 700. 000. 00 (Más 300. 00 u. im: puesto de consumo) 700. 000. 00 El titular del Ministerio de Economía y Hacienda envió a la Asamblea Legislat va. plagado de defectos. el proyecto que habría de convertirse en la Ley No.
3282 de 21 de abril de 1964.
Así, con todos esos defectos (oscuridades, omisiones, imprecisiones) fue aprobado, como acto de confianza para el funcionario.
Ahora, en actitud desconcertante, el mismo titular invoca y aprovecha tales de.
fectos para faltar a esa confianza y otorgarse la facultad de sustituir al Poder Legislativo en la función de adicionar y modificar las leyes, según resulta de la publicación hecha por ese Ministerio. a paging entera, en la Nación del 12 de los corrientes.
La Cámara de Comercio de Costa Rica. por el peligro que para todos entraña el ejercicio del Poder, por encima de la Constitución y las Leeys. se propone demosfrar en esta columna. en publicaciones sucesivas que se inician con ésta. que el mencionado Ministerio está imponiendo a los industriales y comerciantes afectados con esa ley, cargas que sólo podía imponerles la Asamblea Legislativa y que, en consecuencia, a pretexto de ejercer la facultad reglamentaria que le otorga la Constitución, está usurpando funciones.
Hagamos comparación de la ley y el reglamento, a la luz de los preceptos constitucionales que encuadran la vida del país. Ley 3282 citada. Artículo 20 EL IMPUESTO SE APLICARA UNICAMENTE cuando se compruebe que la producción nacional HA SUSTITUIDO LAS IMPORTACIONES.
Sustituir significa, entre eruditos y legos, poner una cosa en vez de otra.
querido realizar un experimento degusado. Se han invitado a personeros de todos los sectores de las fuerzas vivas del país, y todos ellos, a su manera, han auscultado las incidencias del momento histórico y conviene decirlo, se ha mantenido un diá.
logo de la más hermosa calidad, de la más desapasionada hones tidad de miras y de la más 50bria decisión de aciertos Por encargo de la Comisión Costarricense de la Alianza para el Progreso y de la Organiza.
ción de los Estados Americanos, Tuego a usted señor Presidente, declarar clausuradas las Primeras Jornadas de la Alianza para el Progreso de Costa Rica.
El Presidente de la República, don Francisco Orlich a través de su representante el Sr. Presidente no pudo asistir al acto por encontrarse en compañía de varios ministros atendiendo la Emergencia de Carlago dijo entre otras cosas. Considero que este franco in tercambio de impresiones e ideas entre representantes del sector oficial de los partidos politi cos, de la empresa privada de agrupaciores estudiantiles do obreros y de personas particula.
res, constituye un acto positivo que contribuirá al mayor conocimiento y a una más amplia comprensión del significado del discutido instrumento que es la Aliaza para el Progreso.
Quiero felicitar, por su eficaz esfuerzo y trabajo a los exposito res y participantes de los debates de mesa redonda.
Deseo también felicitar públicamente al elemento que ha organizado estas Jornadas en otros niveles, quiero expresar en forma específica al señor José Salinas Abril, Director de la Oficina de la Unión Panamericana en Costa Rica y por último agradecer a la Comisión Costarricense de la Alianza para el Progreso pos estas brillantes Jornadas asi mismo a todos los que han asistido a esta cita de honor do la Alianza para el Progreso. La salvación de la América Latina entraña un acto de volun tad individual y colectiva. En traña una firme fidelidad a los valores del humanismo democrático. Lo que tenemos que probar es que las generosas concepciones del hombre y de la sociedad a que hemos aludido son capaces de eliminar los graves males sociales y los desequilibrios colectivos. Atacar en firme los males del subdesarrollo re quiere la movilización de los mejores equipos técnicos, la coo.
peración de economistas, sociologos, educadores, la mujer, hom bres de ciencia estadísticos y científicos sociales; la acción de gobiernos instituciones internacionales; la iniciativa privada y pública y requiere la acción comunal, la acción de grupos ve Cinos, la mutua asistencia que es tan antigua como la sociedad misma.
Lo que se necesita es una política de gran estilo, una polltica de acción continental de todos y con todos, Total para el Fisco aplicando el Reglamento 300. 000. 00 Como se ve de los cuadros anteriores, en un caso como el supuesto, los productores nacionales no pagan nada si se aplica la Ley; y los importadores pagan 700. 000. 00, si se aplica la ley; pero pagan 400. 000. 00 si se aplica el Reglamento.
El impuesto que en un caso como el supuesto, pagan los productores nacionales al aplicarse el Reglamento, no lo ha establecido la Asamblea Legislativa sino el Poder Ejecutivo; y el aumento que pagan los importadores, en el caso supuesto, oplicando el Reglamento. tampoco lo ha establecido el Poder Legislativo sino el Poder Ejecutivo. Y, con qué facultades?
REZA LA CONSTITUCION POLITICA. Artículo 121. corresponde EXCLUSIVAMENTE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA: Inciso 13) ESTABLECER LOS IMPUESTOS y contribuciones nacionales.
PREGUNTA LA CAMARA DE COMERCIO a todos los ciudadanos que quieren vivir en un Estado de Derecho. Se mantiene el Poder Ejecutivo en la órbita de sus atribuciones constitucionales?
América Latina tiene planteada una terrible disyuntiva; se abraza fuertemente a los simbolos de la democracia y pone a su servicio la totalidad de sus energías físicas, intelectuales y morales, o se hunde on el mar proceloso de una vorágine 80cial que la arrastrará irremisiblemente a la subyugación comunista por la vía del nacionalismo marxista de corte totalita rio Ese es el reto de la hisoria en este momento. Es la vez de alarma; es la campana que Escuelas está avisándonos sobre una pelit construye la Municipalidad de Desamparados gro de quedarnos rezagados es perando que los farsantes de la política y la economía comunis.
tas hagan el milagro de atarnos al carro de Moscú o de Pekin. II EXPRESA LA CONSTITUCION POLITICA. Artículo 24. Igualmente LA LEY FIJARA LOS CASOS EN QUE LOS FUNCIONARIOS COMPETENTES PODRAN REVISAR LOS LIBROS DE CONTABILIDAD.
La Ley NO 3282 citada, no autoriza la revisión ni la inspección de la contabilidad.
La Alianza para el Progreso tjene que demostrar que una re volución de hombres libres es mil veces superior a una revolución de ilusos que van tras un sofisma, cegados por la pasión quemante de la venganza y la ambición exagerada del poder.
Seño Presidente de la República, señores: La Municipalidad de Desampa Tados, en cuerpo, visitará hoy do mingo los distritos del sur del cantón, sean Jerica, Guadarra ma, Manzano y Pacaya, a efee to de ver las necesidades de la escuelas de esos lugares y algu nos de los problemas que en e shs comunidades se afrontan.
El Reglamento de la Ley de Impuesto de Consumo en cambio dice: Artículo 39, Serán atribuciones de la Dirección de Impuesto de Consumo.
d) Gozará de la facultad. PARA HACER ESTUDIOS INSPECCIONES EN LIBROS DE CONTABILIDAD.
Con estas Jornadas de la Alianza para el Progreso, se ha Reglamento de la Ley de Impuesto Consumo. Artículo 17. SE ENTENDERA QUE HAY SUSTITUCION de importaciones CUANDO EN EL PAIS SE PRODUZCAN ARTICULOS QUE HAN VENIDO SIENDO IMPORTADOS.
Conforme a la ley, no paga el artículo nacional mientras no haya desplazado al extranjero; conforme al Reglamento si paga.
Conforme a la Ley NO 3282, sólo se puede duplicar el impuesto importación más consumo, para el artículo importado cuando el nacional abastece el mercado interno.
Conforme al Reglamento de la Ley de Impuesto de Consumo, sí se puede duplicar el impuesto para el artículo importado aunque la producción nacional no abastezca el mercado interno.
Para la Ley NO 3282 no se aplica el impuesto de consumo al producto nacional sino cuando éste sustituye el artículo importado.
Para el Reglamento de la Ley de Impuesto de Consumo, sí se aplica el impuesto de consumo al producto nacional aun cuando no abastezca el mercado interno.
Supongamos. como ejemplo, que el mercado interno demanda, por año 12. 000 refrigeradores doméstisos de a 10 pies cúbicos de capacidad; supongamos que la producción nacional suple 000 de esos refrigeradores y que sólo es necesario importar la diferencia, sean, 000 refrigeradores.
En el caso supuesto: Conforme a la Ley 3282, no opera el impuesto de consumo sobre los refrigeradores nacionales ni sobre los importados por cuanto la producción nacional no ha sustituído las importaciones; sólo puede Fisco cobrar a los refrigeradores importados el derecho de importación establecido en los aranceles de aduana. El cuadro sería así: La Municipal dad ha construi do la escuela de Pacaya y se tratará de construir también la de Manzano PREGUNTA LA CAMARA DE COMERCIO. No es esto tomarse, a pretexto de necesidad una facultad que la Constitución que nos rige reserva exclusivamente a la Asamblea Legislativa. No significa esto usurpar funciones?
Respecto de una conducta como la que se examina, nuestra Carta Magna tiene vertido su veredicto condenatorio: CARTA MAGNA: Artículo 10. Las disposiciones del Poder Ejecutivo contrarias a la Constitución SERAN ABSOLUTAMENTE NULAS. Artículo 11. Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad y NO PUEDEN ARROGARSE FACULTADES QUE LA LEY NO LES CONCEDE. 000. 000. 00 000 refrigeradores nacionales (no pagan nada) 000 refrigeradores importados. 300. 00 u. derecho arancel importación Piense el titular de la Cartera de Economía y Hacienda, una y otra vez, en los peligros del atajo por donde comienza a llevar al Poder Ejecutivo, y podrá darse cuenta del problema que le plantea a todos los ciudadanos de bien que han creſdo siempre y siguen creyendo en las ventajas del imperio de la ley. 700. 000. 00 lecs EL DR. TERAN VALLS cuando salía ayer en horas de la mañana de id Casa Presidencial después de conferenciar con el señor Presidente, don Francisco Orlich, quien informó que el lunes decide si se queda en Salubridad Pública a en la Maternidad Corit. Le antecede don JoTotal para el Fisco apli2700. 000 OLA a Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica
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