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22 LA BEPUBLICA Domingo 10 de Enero de 1966 Ejecutivo rechaza revocatoria de decreto subre la Northern pretativa número 18 de de Junes. El hecho de que la comrafia ro se ha mostrado anuente a reanudar la prestación del serv cio público con las facilidades originales, es lo mismo que un abar. dono prolongado del cumpli miecto de las obligaciones contractuales, situación anormal permite al Poder Ejecutivo declarar la caducidad.
El Estado no debe, en ningún momerto, estar sujeto a dilatoTias u obstáculos que impidan la continuidad de un servic o públ)
co, pudiendo, inclusive, dar a ter ceras personas la ejecución del mismo.
Por tanto EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA EL MINISTRO DE TRANS.
PORTES, RESUELVEN: De conformidad con lo expues to anteriormente, y por considerar desprovistas de valor as ra.
zones que opone la Companila NORTHERN RAILWAY COM PANY la promulgación del De creto Ejecutivo número 24 de 21 de octubre de 1965, rechazar la revocatoria del mismo, y ratifi.
carlo en todos sus extremos, esa tándose a lo resuelto en resolu ción de las 15 horas de 28 de octubre de 1965 número 236 pu blicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 1965.
EL DE FEBRERO. REPUBLICA DE COSTA RICA ELECCIONES PARA PRES VICEPRESIDENTES DE LA REPI PARTIDO LIBERACION NACIONAL Medlarde el siguiente culáado del muelle, Cáusula no contem Interesados en el uso del mueke 80 análisis Jurídico, e Presidenta plada en el contrato de 1902, o y lo que se más grave, renunde la República y el Ministro de jandose las disposiciones de la ciando al ejercicio mismo de la Transportes resolvieron rechazar Constitución Política de 1871, ar soberania.
e, alegato de revocatoria presen ticulo 73 inciso 16 segur fue in, El contrato Pacheco Pacheco tado por la Northern Railway terpretada por Ley número 18 está redactado especialmente paCo. sobre el Decreto Ejecutivo de de junio de 1874, que prohi ra la regulación formal de un que obliga a esa empresa a res bía salir en forma alguna del servicio público, que como tal tituir el muelle de Limón a su dominio del Estado, bienes pú debe ser prestado a todos por forma or gidal, al mismo tiem blicos tales como muelles y fe igual, sir exclusiones ou osas y po que declara que la renuencia Trocarrijes. 3) El hecho funda antijuridicas. En él no se indica, a hacer lo pedido en el decreto mental que motiyb el Acuerdo de modo alguno, que su uso sea es causal de caducidad del res Ejecutivo no fue la fuerza ma para la explotación de bananos pectivo contrato: yor, como erróneamente lo con solamente, sino que, y lo dice siler6 el Poder Ejecutivo de ese bien claro, para la carga y desMINISTERIO DE TRANSPOR entonces, sino el abandono por carga de cualquier producto o TES. San Jose, a las siete y vein parte de la compañía contratan mercancía capaz de ser importe horas del día veintisieta do te de esa sección del muelle ra tada o exportada del pajs.
enero del año mil novecientos se cional hecho que en lugar de ex renta y seis.
cusar el cumplimiento parcial 8) La actitud de la compañía del contrato, es una causal tip. hace nacer desde ahora una poSe conoce del escrito de fecha ca de caducidad. Tan lo es, que sitiva causal de caducidas por 18 de noviembre de 1965, recibi tún ei derecho civil, que es el incumplimiento del contrato. El do el 20 del mimo mes de la ordenamiento de la voluntad de oponer el part cular su volunCompania NORHERN RAILWAY Flo de 1874 por no tener competad a la del Estado, crea ura COMPANY, representada por su tencla el Poder Ejecutivo, como situación insostenible en un reGerente General señor Charles ya se dijo, para producir un acto gimen de derecho, e: cual obliWilson Averre Bass, de esta pla que, por fortura para el dere ga a aquel a ceder siempre a za, personería que se comprobo cho, ya fue reyocado, favor de la tesis sustentada por Beteriormente, en respuesta al el Poder Público. También ahoacto administrativo que llevó a 6) La revocación del Acuerdo ra, y con mayoría de razón decabo el Poder Ejecutivo revocan Ejecutivo número 59 de 22 de hion cumplir con lo prevenido.
do el Acuerdo número 59 de 22 noviembre de 1945, lo fue por lo pues era tan sólo la aplicación de noviembre le 1945.
manifestado con anterioridad, y de una cláusula liel contrato. Escon el sustento legal que dan to debe ser asl, porque Gesde CONSIDERANDO los artículos 10 y 140 iccisos que se convino en un contrato y de la Constitución Politica de Servicio Público, la compañía 1) El escrito presentado por la y vegas leyes concordantes. aceptó todas las obligaciones oue Compañía, si bien comienza exdel Dereho son fundamento y plicando que lo hace en cump. 7) La prevención que hiciera principio de esta rama.
miento del artículo del Decre el Poder Ejecutivo a la Compa Ne es sino ia aplicació de la to Ejecutivo número 24 de 21 de nía en el artículo áel por tan exceptio non adimpleti contraoctubre de 1965, es decir la pre to del Decreto Ejecutivo núme tus de las obligaciones reciprosentación del programa de tra To 24 de 21 de octubre pasado, cas. El interés de la parte que bajo para la restitución del Mue a la fecha ro ha sido cumplida, ba cumplido su prestación no de Nacional de Limón a su es porque si bien el escrito que mo sólo va amparado con esa potado original conforme a las ilva esta resolución viene acom testad de caducidad, sino que condiciones y plazo señalado en pañado de unos planos sobre además puede aplicar otras accio el contrato (Pacheco Pacheco) amuelles, éstos, que lo son para los particulares, tiene entre las probado por ley número 22 de embarcar la producción de ba causales de resolución contrac3 de ju io de 1902, en realisad nanos de la zona atlántica, no tual el incumplimiento de una tiene un texto que manifiesta lo tienen nada que ver con el re de las partes cortratantes.
corrario.
querimiento citado, pues lo que En derecho público el tratase pide es, especificamente, el miento que se apl ca al que 2) Aduciendo que son única programa de trabajo para sa cumple es más riguroso y de mente los Tribunales de Justicia restitución del muelle racional más rápila ejecución ya que al nacionales los que pueden dilu para lograr obtener nuevamente estar en juego la prestación de clóar cualquier situación vincu las facilidades portuarias origi un servicio público, es necesario Jada con lo dispuego en el con nales.
tan solo la voluntad del Estado trato citado, hace una enumera Otro procedimiento, como el sustentada en la comprobación su ción de las razones que susten que pretende la compañía, sería maria del incumplimiento tan para pedir la revocatoria contrario al interés público, cau del Decreto Ejecutivo número sa principal de toda concesión 5) El vicio que soportó desde 24 de esta naturalea, y que está su nacimiento el referido acuerniarcada en cada una de las do número 59 es llamado en doo 3) Expore varios aspectos doc cláusulas de Contrato Pacheco trina Acto Administrativo inetrinarios y de derecho positivo Pacheco xistente. El órgano que dicto y adaptados claramente a los In El objeto del contrato fue promulgó dicho acto no podía tereses de su representada, que transferido a favor de la com pretender, ni lo puede hacer en no se comparten en forma al pañía para que esta gestiot ara, la actualidad, competencia jurlguna, toda vez que si se anal de manera eficaz, el servicio pú bica para disponer de atribucioza imparcialmente la situación blico que se lo encomendo. Da nes correspondientes a otro Poe estudio y se aplica la ley, la aqui que la Administración dis der del Estado. Dicho acto, es jurisprudencia y la doctrina ad pone sempre de un polier de en principio, generalmerte inob ministrativa moderna, no hay control en el servicio concedido servable. Ninguna de las autorimás que una solusión positiva, para hacer que se cumpla con dades admin strativas o judiciacual es la que se aplicó por par forme se convino. es faultaa les que estén vinculadas cor las te del Ejecutivo al cejar sin efec a la que no puede renunciar, por disposiciones del acto puede ato ayguro el Acuerdo número 59. 1a particularidad de que el Po firmar que están facultadas u der Ejecutivo es, entre otras co obligadas por él. Puesto que se 4) Amparado a la razón y a sas, es órgano protector de los trata de algo que no existe lela just. cia que en todo momen blenes o intereses públicos. Por galmente, no se puede convallto han estado de parte del MI eso existe una fórmula en la dar el defecto primario que llenisterio de Transportes, no se Jurisprudencia francesa que di ve consigo, es Gecir, que el acto encuentra derecho alguno er e ce. El concesionario gestio administrativo rulo, por incompe alegato de la Compañía solicitan na, la Administración controla. tencia absoluta de la autoridad do la revocatoria del Acuervo Mal harla entonces este Despa que lo llevo a cabo, no puede de octubre pasado y se mantie cho, de permitir la solicitud de transmutarse en un acto válido nen los mismos principios que se la compañía para discutir sobre por una aprobación posterior, sustentaron al darle publicidad la transformación del actual fundada en la voluntad expresa al mismo. Ellos son: 1) No se muelle nacional en un muelle de la Administración ocns puede modificar ura ley mate baranero.
lercio de la misma (prescripTial y formaimente constituida, Acceder a su petición seria 11 ción. como es el caso presente.
si no es por otra ley (artículos mitar el servicio al uso exclusl Además esta forma de razona129 de la Constitución Política y vo de intereses directos e inme mlento, no sólo está amparada 12 del Código Civil. 2) No sólo diatos de una empresa y, en el a la lógica jurídica, sino que lo se modficb el Contrato Ley por mejor de los casos, a un reduci está también en nuestro derecho medio de un acuerdo ejecutivo, do grupo de particulares, dejan positivo, específicamente ex. el sino que por ese medio se le dio do a la deriva y sin protección, artículo de la Ley Orgánica del a la compañía la administración los derechos de todos los demás Polier Judicial y en la Ley InterDANIEL DE PRIMERO: LOS BARRIOS DE SAN JOSE CON DANIEL EN PLAZA GONZALEZ VIQUEZ EL MARTES LAS 7Y 30 DE LA NOCHE Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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