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Martes 13 de Dielenihre de 1969 LA REFUBLICA 13 CIAP no enjuició tesis económica del Gobierno (Viene de la Pág. PRIMERA)
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tivos económicos y sociales de do Alianza para el Progreso, llo vado a cabo en cumplimiento del mandato hecho al CIAP por la Resolución M 63 del Consejo Interamericano Económico y So clal KIES. en el párralo cuar to se emplen In expresión de que el Subcomité tomó nota con teros de las reformas propuestas por, el Gobierno de Costa Rica que disponen la revisión de la letención bancaria, Como algunas personas consi.
deraron o esa manifestación del Subcomité del CIAP significaba un pronunciamiento a favor del establecimiento de la banca privada en Costa Rica, por moción del diputado Voio Jiménez. 1probada dl dia de noviembre podo. en la Comisión de Anne tos Económicos de la Asamblea crislativa, se clevó consulta a dicho subcomité en los siguientes términos. Para que se solicite al Sub.
comita del CIAP sobre Coen RI en, ua aclaración del parmio 4º del documento OEA. Serv.
TT XIV CIAP 65 (español. Rev.
28 septiembre 1966. Particularmente, la aclaración deberá com prender el sentido y alcances de los comentarios acerca de la ro vislón bancaria. asi como el ori gen de esos comentarlos.
Con fecha 30 de noviembre podo. el Dr. Carlos Sanz de San trmorin. Presidente del Comité Interamericano de In Alianza na ra el Progreso (CIAP. ha envia do la siguiente respuesta al di.
rutado José Luis Molinn Queen.
en, Presidente de la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislat! va y que a la letra dice. Me es grato dar respuesta su atenta comunicación del 11 de los corrientes y, de acuer do con sus deseos, le informo que en el examen que el Subcrmite del CIAP hizo sobre la situación económica de Costa Ri ca. los representantes del Go.
biorno, entre otros puntos de po Jitica econónica, Indienron que estudiaban reformas al sistema bancario mediante las cunles se permitiria a la banca privada la recepción de depósitos. La De legación dio explicaciones sobre Ins causas que, en su opinión, decidirian ni Goblerno a propomer dichas reformas y, como es habitual, el Subcomité del CIAP recogió el punto en sus conclusiones, anotando simplemente que se trataba de una acción que se proponía el Gobicmo, sin hacer ningún fulcio sobre In con veniencla o inconveniencia de csa medida Observe usted que en la redacción del párrafo 49 de Ins conclusiones se emplea la expresión El Subcomite tomo no ta con Interés. que no tiene otro alcance al registrar una declaración sobre aspecto Impor tante de la vida cconómica de Costa Rica: de alls la frase con Interes. que no pretende callficar nl evaluar la medida en si lo cual habria sido Impostble por la falta de suficientes elementos de juicio en el momento de la discusión.
Entiendo que este en el nspecto mue más preocupación ha causado en Costa Rica y creo que el sentido de la conclusion 4) del Subcomité del CIAP que da aclarado con los comentaTios anteriores.
En relación con el derecho de cada país de decidir sobre la pro piedad privada o pública de la barca y de cualquier otro sector de la económica, me permito re ferirlo a la declaración de rollticas sobre empresas públicas que el CIAP adoptara en su Pr!
mern Reunión de Trabalo, realiznan en la ciudad de México, en el mes de julio de 1964. Es.
ta declaración se encuentra en la phuinn 11 del documento 71 del CIAP, de de agosto de 1964. cuya copla me permito en viorle adjunta. DI. e narrato correspondiente: EL CIAP C00sideró que el derecho de unn nacion a decidir la amplitud del sector público y a su vez la parte de su economia que constituye el sector privado, es sin duda un aspecto inherente a su so berrnin. Ninguna otra nación u onaniemo Ynternacional puede tener ingerencia en esa decision, Por otra parte.
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Publidded Centroemeriame PRODUCTOS ELECTRONICOS A, AD 60 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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