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Viernes 10 de Febrero de 1987. LA REPUBLIOA 11 Recargos afectarían el Mercado Común mera fase con el libre comerclo que el análisis no debería reducirse a una interpretación de la letra de las disposiciones de los tratados, sino que era necesario ampliarlo, para examinar en este caso los efectos previsibles de los recargos cambiarlos sobre el funcionamiento y la estructura del mercado co mún y, de modo más general, sobre la integración económica centroamericana. Viene de la Pág. PRIMERA)
ría rota en forma total la disclplina a que hace más de un lustro acordaron someterse los cinco paises, de no volver a utilizar el arancel uniforme como instrumento de su política económica. La SIECA recomienda explo rar otras medidas alternativas que permitan atacar con eficacla la situación de emergencia por que atraviesa el país y man tener a la vez la unidad organica del Mercado Común en todo momento.
E! Preu. dente de la República Prof. José Joaquin Trejos Fernández, con el consentimien to de la SIECA, dio ayer a los periodistas copia del documen to en cuestión, cuyo autor es el Dr. Carlos Manuel Castillo El documento tiene arriba una Inscripción que dice, entre paren tesis. Estrictamente Confidencial.
Lo transcribimos a continua ción no uno de los elementos a la existencia misma de un mercado común que abarca el territorio de toda Centroamérica Por primera vez quedaria rota en forma total la disciplina a que hace más de un lustro acordaron someterse los cinco paises, de no volver a utilizar aisladamente el arancel uniforme como instrumento de su po lítica económica. Se estableceria así un peligroso procedente en los procesos de la integra.
ción, en virtud del cual un país miembro habria demostrado que, aunque por razones que son seguramente muy atendi bles, es posible de todos modos debilitar unilateralmente laumidad del mercado común. Las consecuencias negativas de se mejante medida serían entonces incalculables. De alli en adelante, hoy en este país y mañana en el de más allá, ahora por una razón y después por otra, acaso sería inevitable la Implantación de regímenes adi cionales y disimiles de restricción a las importaciones que, a la postre, no sólo habrían violado la unidad, sino también habrían destruido el propio mer cado común, fruto de dificiles y continuados esfuerzos de más de quince años. En lo que se refiere a la marcha general de la integracion económica, la implanta ción unilateral de recargos cam biarios en uno de los países miembros vendría u entorpecer el progreso dej movimiento multinacional de diferentes terrenos, precisamente cuando los acontecimientos están señalan do con creciente insistencia la necesidad de nuevos avances en el programa. En primer lugar, introduciria un elemento más de rigidez en el manejo de la política arancelaria, cuando es ya urgente un grado mucho mayor de flexibilidad en los procesos de renegociación de los gravamenes uniformes a la importación. En segundo lugar esta blecería un obstáculo nuevo en las tareas tendientes a la formación de una unión aduanera centroamericana, cuando es ya notoria la necesidad de impul sar tales tareas a fin de expeditar y dotar de mayor fluidez eficiencia a la operación y a la administración del mercado común. Finalmente, deficulta ria la formulación y ejecución de una politica comercial común, en un momento en que los estimulos provenientes del exterior indican que es impostergable para Centroamérica or ganizarse como una unidad y ac tuar con una sola voz frente a terceros países. Los comentarios y observaciones anteriores recogen a grandes rasgos los resultados del estudio de la Secretaria Per manente en relación con el proyecto de recargos cambiarios, segunda fase de las medidas anunciadas por Costa Rica en es ta materia. Ellos fueron transmi tidos por el Secretario General eñor Presidente de la Repú blica, al señor Ministro de Industria y Comercio y al señor Gerente del Banco Central en una segunda visita a San José, efectuada del 16 al 18 de enero de 1967. Son el producto de un esfuerzo que se realizó con el propósito de agotar todas las posibilidades que podrían existir para asegurar la congruencia de los recargos que pretende adoptar ese país, a fin de resolver sus problemas de balanza de pagos, con las disposiciones básicas de los trata dos vigentes de integración eco nómica centroamericana. La mentablemente, fales posibilida des no han podido encontrarse todavia 10. En su segunda visita del Secretario General llevó ade más a la atención de los altos funcionarios costarricenses la preocupación que ha podido re coger en otros países de Centroamérica ante los efectos des favorables ya apuntados que podrían derivarse de la ley de recargos cambiarios sobre la integración económica regio nal. Por todo esto se permitió sugerir, asimismo, la convenien cia de explorar otras medidas altrenativas que permitan atacar con eficacia la situación de emergencia por que atraviesa el país y mantener a la vez a unidad orgánica del mercado ca mún en todo momento.
11. La Secretaría Permanente desea manifestar que, al plan tear las cuestiones que se de.
jan descritas, las autoridades costarricenses vieron con la me jor voluntad dichas gestiones, y expresaron su disposición de cooperar en el sentido de que, de la situación planteada, pueda resultar fortalecida la integración económica centroamericana MEMORANDUM Se pudo asi determinar que, al exceptuar las transaccio nes con el resto de Centroamé.
rica de la aplicación de los recargos cambiarios, los efectos económicos desfavorables de la ley costarricense sobre el funcionamiento de mercado común podrían ser relativamente reducidos, al meno: en una etapa Inicial. Por una parte, el ré gimen general de libre comercio y de sus operaciones conexas seguiría funcionando de modo ininterrumpido. Por otra, podria aducirse que el grado de protección adicional que se estableceria en Costa Rica a tra vés de los recargos cambiarios tendría efectos discriminatorios favorables a este país, en cuanto a corrientes y localización de las inversiones. Pero cabría argumentar de manera casi idéntica que la existencia en Costa Rica de un mercado más protegido podría también estimular las inversiones en otros países del mercado Co mún, con el fin de abastecer sus mayores necesidades de produe ción interna (en este caso cen troamericana. De otro lado, de producirse, tales efectos favora bles a Costa Rica tenderiana ocurrir en un plazo largo o intermedio, y bien podrían dejar de materializarse si como es la opinión en algunos circulos nacionales, la vigencia de los reca gas cambiarios quedara sujeta a un plazo preciso relativamente corto. Finalmente, no deberían ignorarse los efec.
tos de signo desfavorable que podría tener el sistema de recargos sobre la posición de Cos ta Rica en el mercado común, en lo que se refiere a posibles fenómenos de contrabando, incrementos indirectos en los costos de producción y tendencias generales de tipo deflaciona rio.
A: Miembros del Consejo Económico Centroamericano y del Consejo Monetario Centroamericano DE: Secretario General de la SIECA ASUNTO: Informe sobre ges tiones realizadas por la Secreta ria Permanente del Tratado Ge neral de Integración Económica Centroamericana en relación con el proyecto de ley de Recargos Cambiarios de Costa RiCA.
Listas de. Viene de la Pág. PRIMERA)
dos; no que se pida en cantidades, al punto de llegar a ser una carga insoportable para el padre de familia. En lo posible hay que atenerse a un minimo suficiente, para desarrollar el curso sia que falten elementos indispensables.
FECHA: San José, Costa Rica, 18 de enero de 1967. Inmediatamente después de concluida la primera reunión conjunta del Consejo Económico y del Consejo Monetario Cen troamericano, la Secretaría se abocó al estudio de la segunda fase de las medidas cambia rias anunciadas por Costa Rica el proyecto de Ley Recargos Cambiarios para determinar sus posibles interrelaciones con los tratados vigentes de Integración Económica, EL COLEGIO DE INGENIEROS ARQUITECTOS DE COSTA RICA se permite manifestar su público reconocimiento de gratitud a las firmas: Primeramente se cele braron entrevistas con las autoridades costarricenses en la Tama económica, específicamen te en el Ministerio de Industria y Comercio y en el Banco Central. Estas entrevistas se le varon a cabo con motivo de la visita del Secretario General a San José, los dias 10 y 11 de enero de 1967, para observar los trámites que se utilizaron a fin de poner en ejecución los acuerdos de la reunión de Tegucigalpa. En dichas entrevistas se analizaron las principa les disposiciones del proyecto de Recargos Cambiarios, y se taló que, en cualquier caso y conforme a dichos acuerdos, ta les recargos no se aplicarlan a las transacciones comerciales de Costa Rica con Centroamérica.
Pero se pudo precisar, además, la posbile existencia de un conflicto entre la aplicación de los recargos a las importaciones pro venientes de fuera de Centroamérica y el Convenio Centroamericano sobre Equiparación de Gravámenes a la importación. El conflicto se dijo podria surgir en la medida en que tales recargo constituirian en efecto impuestos adiciona les a las mencionadas importaciones, afectarlan de esa ma nera la unidad del arancel uniforme y vulnerarian el compro miso establecido en el Artículo del Convenio de no Imponer cobrar, con motivo de la Importación de los productos in cluidos en las listas y nin gún otro Impuesto fuera de los establecidos en este Conve La Incidencia económica inmediata de los recargos cambiarios en Costa Rica sobre el funcionamiento del mercado común seria, pues, probablemente y hasta cierto punto, reducida. Pero no es éste el caso en cuanto a sus efectos sobre la estructura de dicho mercado y sobre la marcha general de la integración centroamericana. Es aquí en donde radica la preocupación principal de la Secretaria Permanente en esta materia, y en donde, a juicio de la misma, debería centrarse la reflexión de los gobiernos so bre la gravedad y la trascen dencia que reviste la situación planteada, con el propósito de buscar fórmulas que, además de ser eficaces para atacar los problemas fiscal y de balanza de pagos existentes en ese pais, permitan a la vez conservar y si es posible fortalecer las realizaciones ya alcanzadas por los cinco países. Por lo que hace a la esrtuetura del mercado común, los recargos cambiarios ven drían a afectar su carácter de unidad económica de alcance multinacional, alterando en la realidad el nivel uniforme del arancel común a la importación. al hacerlo, estaria vulne rándose, ya no un principio se cundario de la integración, slABONOS AGRO DIMACO ALVARADO MARCHENA LTDA. DYPSA ALVAREZ, PADILLA, ACOSTA, LTDA. EDICA LIMITADA.
CAÑAS SEQUEIRA LIMITADA. EMPRESA CONSTRUCTORA ABRAHAM CARREZ MELTZER.
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CONCRETERA MONTEMAR CONSTRUCCIONES FRANZ SAUTER ASOCIADOS CONSULTECNICA LIMITADA.
URIBE PAGES CONCRETO REFORZADO DE COSTA RICA LTDA.
por su muy valiosa contribución en la feliz celebración del 25 Aniversario de la fundación de este Colegio.
Ing. OTTO STARKE JIMENEZ, San José, 10 de febrero de 1967.
Secretario.
EL FANTASMA nio.
RAYO5!
VERENOS QUIEN TIENE MIEDO.
MIEDO DE SALIR ACA, LINDO?
TALK PEJESE VER.
Red Vats Enseguida del 12 al 16 de enero la Secretaria Permanente centro sus actividades en un estudio a fondo de la cuestión. Este confirmó plenamente la existencia del ton flicto antes aludido, y permitió aclarar por completo la imposibl Udad real de conciliar los recar gos cambiarios con las dispos!
clones básicas del Convenio de Equiparación Arancelaria. Una vez aclarado lo anterior, la Secretaria estimó igual que lo habla hecho antes con referencia a las interrelaclones de las medidas de in prl MIEDO YOZ NO TENGO MIEDO NADA Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juvent Costa Rica

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