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Jueves de Mayo de 1967. LA REPUBLIOA Comerciantes Dos fórmulas apoyan para resolver discurso de Garrón excedentes nuestra por no ajustarse a la cafeteros La Ley de Radio no admite reformas La Cámara Nacional de Comerciantes Detallistas en telegra ma al Presidente de la Asamblea Legislativa Hernán Garrón Sa lazar, destaca su franca exposición fijando su conducta en beneficio del comercio y la industria El telegrama lleva fecha de mayo en curso.
realidad que vive el país, siendo además impráctico, Inoperante y sumamente gravoso para el público consumidor.
La Cámara de Comerciantes felicita con gran beneplacito por su elección como Presidenta de la Asamblea al diputado Garrón Salazar, y le hace llegar sinceras congratulaciones por tan merecida distinción.
Firman el mensaje telegrafico don Edgar Viquez y don Ramiro Mata, Presidente y Secretario respectivamente de la Cámara Nacional de Comerciantes Detallistas. Los impuestos que gravitan en la economía nacional dice la Cámara de Comerciantesmuévenos a solicitarle respetuosamente su apreciada intervención en la discusión del dictamen del impuesto sobre las ventas, que ha merecido oposición Reformas legales para evitar injusticias con estudiantes El problema de la superproducción de café en el país fue analizado ayer por el Grupo de Trabajo designado para sujerir soluciones adecuadas a él y se plantearon dos fórmulas como medio de resolver la situaclón.
Una está relacionada con la política internacional: posición ante el Convenio Internacional del Café, cuotas y renegociación o prórroga del Convenio que deberá efectuarse en agosto del año en curso.
El otro ángulo del problema fue contemplado desde el cam po nacional: limitación de nuestra producción a los netun des niveles, determinación de cultivos sustitutivos del café en las áreas marginales que se lle guen a determinar y medios de financiación de ese proceso sustitutivo de la agricultura cafe tera.
Los diversos factores del problema fueron analizados en vista al futuro de nuestra producción de café y también los dos puntos de vista que el Grupo de Trabajo tiene del asunto.
Se convino en celebrar el miércoles de la próxima semana una nueva reunión para con tinuar en el examen del probleUna añeja controversia que se ha venido suscitando entre empresarios, el Estado, trabaja dores de radio, televisión y otros sectores, sobre si procede o no reformar la Ley de Radio en vi gor.
Sobre este punto entrevista mos a don Carlos Luis López, miembro del directorio de la Asociación Nacional de Técnicos en Electrónica ANTE quien nos hizo las siguientes declara ciones: Para nadie es un secreto que la Ley de Radio en vigencia es la misma anticuada ley que se promulgó hace sesenta años; a la cual simplemente se le intro dujeron reformas de parche y así se dejó; y de ahí su inoperan cia y laguna de problemas.
En los países de más visión.
constantemente se elaboran nue vas leyes de radio, en concordan cia a la época, avance y desen volvimiento de la electrónica; pues no de otra manera podría velarse por la aplicación y con trol de esas vastas actividades, que son de suma trascendencia y de orden público, y también porque todo ese conjunto cienti fico, y de modo muy especial la radio televisión, su rama más popular, representa una fuente inagotable de progreso y de cultura para el país que la explota en forma, y es a la vez un peligroso poder puesto en manos de quien no debe poseer lo.
Una completa y verdadera ley de radio no es posible conden sarla en una minima articula ción, y menos aún puede adrel tirse en la misma, como muchos piensan introducirle reformas de parche para beneficio mo mentáneo de unos pocos.
Para la elaboración de una le gislación de tan vastas proyec ciones, resultaría una herejía si tan sólo se observara simple mente su aspecto legal social y económico, y se omitiera el tao tor más importante: la base téc nica y su adaptabilidad al me dio en que esas actividades han de desenvolverse.
Lo que si debiera preocupar a todos es que con tan amarga experiencia observada al respeo to, se trate nuevamente de legis lar en el caso que nos ocupa en forma inconsulta olvi dándose nuevamente a la AN TE, máximo organismo nacional de consulta quien en reitera das oportunidades ha ofrecido su desinteresada colaboración al Ministerio de Gobernación.
cación, y para atender la suges ción de la Asociación, el Minis tro envió a la Asamblea Legisla tiva un proyecto de ley, propo niendo la modificación del ar tículo 352 del Código.
Esto permitirá modificar el ro glamento de establecimientos oficiales de enseñanza media.
ma.
El Consejo Superior de Edu cación aprobó un acuerdo, con base en un planteamiento dei Presidente de la Asociación de Directores de Enseñanza Media (ADEM. por el que se refor ma el artículo 67 del Reglamen to de Establecimientos Oficiales de Educación Media.
La actual redacción de ese texto perjudica a muchos estu diantes que, sin cometer faltas graves, se les pone cinco en con ducta y corren el riesgo de per der su año por razones insignifi cantes. Por el contrario algunos que cometen faltas extremada mente graves en el último bi mestre no pierden el año en conducta ni con calificación de uno. si su promedio final es de seis o superior a esa nota.
La comisión de leyes y regla mentos del Consejo considero atinada y procedente la solicitud en aquel sentido, por cuanto la situación que contempla el Re glamento en el capítulo referido, resulta injusta, por una parte, por otra, sumamente toleran te y en cierta forma propicia pa re que en los colegios oficiales y particulares ocurran durante el último bimestre, situaciones disciplinarias difíciles; los estu diantes podrían atenerse a la le nidad misma que se deriva de la actual redacción del artículo.
Las experiencias habidas indi can la conveniencia de ajustar citado artículo 67 del Regla mento al espíritu de lo que an teriormente disponía, en lo refe rente a la nota de conducta er artículo 348 del Código de Edu La Asociación Nacional de Fomento Económico (ANFE)
desea llamar la atención de todos los comerciantes del país y empresarios en general sobre dos párrafos incluidos en el dictamen que sobre el Impuesto a las Ventas presentó la Comisión Especial al plenario de la Asamblea Legislativa para su estudio y aprobación y que se encuentra en primer debate.
Párrafo del Artículo 11. Corresponde a la Dirección de Comercio Interior fijar los precios máximos a que serán vendidas al consumidor los mercaderias que este artículo se refiere y en general de los artículos exentos del pago del impuesto Párrafo del Artículo 12: Financiadas obras en Hatillo con 225. 000 Muy agradecido se muestra el vecindario de Hatillo con el di putado don José Luis Molina y compañeros, por haber obtenido que la Asamblea votara la su ma de 225. 000 que se destina a algunas obras de mejoramien to local; como techo en la Igle sia Parroquial del Sagrado Co razón de Jesús, obras comple mentarias en el templo de la Sa grada Familia, construcción de una malla en la Escuela Manuel Belgrano en Ciudadela Nº 1; otra malla en la Escuela La Verbena en Ciudadela Nº 4; tres aulas para la Escuela 15 de Setiembre en la Ciudadela del mismo nombre y otras dos más para la Escuela La Verbe na. La Dirección de Comercio Interior, tomando en cuenta los factores establecidos en los artículos 14, 15 y 16 de la presente ley, así como el porcentaje de utilidad brut a que prudencialmente fije, de acuerdo con la naturaleza de las mercaderías y las condiciones generales de su comercio en el país, deberá señalar los precios máximos a que serán vendidas al consumidor las mercaderías a que este artículo se refiere y en general las que están afectadas al impuesto creado por esta ley.
De los 225. 000 se tomarád también 50. 000 para el Cole gio Roberto Brenes Mesén de Hatillo. Extractamos estos datos de la carta que le dirige el Pre sidente de la Junta de Educa ción de Hatillo, señor Eudolfo Solano Valverde, al señor Direc tor de LA REPUBLICA. en que expresa el agradecimiento de los habitantes de ese distri to hacia el Lic. Molina y compa fieros legisladores que consiguie ron esa partida.
Lo anterior significa que de aprobarse en esta forma el Impuesto a las Ventas, el Departamento de Comercio Interior fijará los precios máximos a que puedan venderse al consumidor todas las mercaderías, así como los servicios de restaurantes, cantinas, clubes nocturnos, talleres de reparación y pintura de vehículos y lavanderías.
de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica
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