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32 REPUBLICA Mortes de Mayo de 1987. Sindicato de Expendedores Minoristas Revendedores de Lotería SEGUNDA PARTE. Su importancia en la economía y comercio nacionales. LISTA OFICIAL DE SOCIOS Del Sindicato de Expendedores Minoristas Revendedores de Loteria al 30 NOVIEMBRE 1966.
Obtenida de Expediente 20 del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social. Ro.
lacionada al registro público de clientes directos de Lotería que aparece en Alcarce No. 15 Gaceta No. 50 del 1o. Marzo 1967, con las ouglas proplas do cada socio sindical, conforme las inscribieron persona mente, de su puño y letra, y con el cálcu o de GANANCIA NETA ANUAL QUE CADA SOCIO DEL SINDICATO RECIBE por su derecho de lotería: CUADRO DE HONOR En MARCO DE ORO, anotamos los 21 socios del Sindicato de Minoristas que obtienen ganancias SUPERIORES 20. 000. 00 (VEINTE MIL COLONES) NETOS POR ANO, con sus cuotas propias conforme las inscribieron como tales en Gaceta 50, del lo. de marzo de 1967.
Nombre de Sr. Socio Doña Ade ina Ugalde Salazar de Rosales Don Hernán Sáenz Castillo Don Roberto Sanabria Rivera Don Rodrigo Sequeira Calderón Don Carlos Herrera Meza Doña Graclela Pérez Badilja Don Juan Araya Araya Don Amado Arias Arias Don Juan Bautista Hernández Ortiz Don Herbert Gonzá ez Mora Don Juan Ma. Acuña Camacho Doña Rosa Calderón Zúñiga Doña Berta Gutiérrez Portilla Don Gonzalo Arguedas Arguedas Doña María Teresa Manzzenet Racedo Don Carlos Vargas Vega Don Gonzalo Aguilar Brenes Don José Octavio Salas Salas Don Omar Segura Picado Don Jorge Luis Monge Arguedas Don Guillermo Araya Quirós (Ríos)
21 SOCIOS SUB TOTALES BILLETES Para cada Sorteo Lotería Chanees 150 70 200 50 120 50 60 30 120 50 75 50 90 40 110 20 50 25 90 30 100 30 50 50 80 100 30 100 60 20 70 20 100 10 30 40 30 80 GANANCIA NETA ANUAL RECIBIDA 62. 670. 00 (D)
70. 300. 00 48. 300 00 (D)
25. 680. 00 18. 300. 00 (D)
35. 925. 00 36 990. 00 36 370. 00 21 400. 00 33. 930. 00 36 680. 00 29. 050. 00 22. 000. 00 36. 680 00 27. 500. 00 22. 620. 00 25. 370. 00 30. 560. 00 31 180. 00 20. 180. 00 22 000. 00 923 635 723. 685. 00 Sit importancia en la economía y comercio nacionales. Al designarse una Comisión Especial Legislativa para investigar denuncia del Sindicato a que nos referimos, sobre supuestas violaciones de ley 3785 de 26 Nov. 66, que regula el Expendio de Loterias, y concordando con aviso de la Junta de Protección Social de San José, que en cump imiento del articu o de esa ley, recibe solicitudes para otorgar nuevas concesiones de cuotas, provenientes de aumento de la emisión; ES NECESARIO, justo y saludable, hacer luz, mucha luz, en este comercio de lotería.
Queremos que en estricto apego al espíritu de la ley, y como medida de bien social, se proceda a efectuar la distribución de cuotas, en forma justa concediendo derechos conforme a las prioridades que establece la ley, pero no dejando la Junta que se a sorprenda por quienes pretenden pretenden acaparar más y más cuotas, y hacer de el as un comercio constante en su beneficio.
La crtica sobre acaparamiento de cuotas, como boomerang, recae sobre directivos, el más relevante del Sindicato, y sobre afiliados suyos.
En efecto, en acta de la sesión de Comisión Especial de la Asamblea Legis.
lativa para investigar ventas de Lotería por la Junta de Protección de las 14 horas del 19 abril 67, página de esa acta, se lee textualmente. SESOR CARLOS SOTO MONGE (Presidente Vitalicio del Sindicato) agreramos en forma aclarativa, que dijo así: También tengo que decir que un hermano mio tenia una cuota, cuyo derecho sobre la misma YO SE LO COMPRE y poste.
normente, VENDI ESE DERECHO. sic) Sr. Secretario de actas del mismo Sindicato, también ha vendido su cuota. derecho como cliente propio, pasando así a ser revendedor.
Estas cuotas, y decenas y decenas más que la Junta concediera en tiempos pasados, han servido al tratico comercial de quienes ahora pretenden que se les adjudinue el aumento de emisión acordado por 500 billetes semanales.
Para este fin, de obtener graciosa y gratuitamente una concesión, y negoclarla, no se cr la ley de Loterías, Las concesiones deberán otorgarse, sujetándose a las prioridades de ley, PERO VIGILANDO QUE NO VAYAN a engrosar la cuantia enorme de billetes que poseen los propios directivos Sindicales, como consta al pie del presente, en la lista documentada de sus socios con sus respectivas cuotas.
La queja de una señora afiliada sindical, de que poseyó 40 billetes en su cuota, y que no aparece enlistada como cliente directa, demuestra que la lista evantada en cumplimiento de la ley. Se hizo estrictamente con identificación persona de quien concurrió a registrar su nombre y su cuota propia.
La quejosa, vendió su cuota, como decenas de adjudicatarios a quienes por recomendaciones de Bienestar Social, o de funcionarios públicos, concedió la Junta hace menos de años cuotas por 000 billetes de aumento de emisiones; han convert do esa insistencia en conseguir comprobantes o cuotas, en negocio habitual de comerciar y vender sus cuotas, reclamando de inmediato nuevas concesiones.
Pretenderá acaso e Sr. Presidente perpetuo del Sindicato, aparecer con la cuota nue negoció, en nombre suyo todavía?
Esta nueva industria de ser expendedor. no de loteria sino de cupones o cuo tas, aj tenor estricto de la ley. DEPERAPROSCRIBIRSE, la ejerza un dueño de!
sindicato o quien sea, Por ello proponemos que las nuevas concesiones, se otorguen con carácter personal, inalienables, intransferibles excepto en caso de cesión en favor de hijos o herederos en sucesiones, y que ja Junta tenga facultad de caducar o cancelar la cuota que ahora lo impide e límite de 50 billetes para ser respetadas las cuotas e inclusive imponiendo sanciones por violar esta disposición, a quienes habiendo obtenldo concesiones a amparo de ley 3785. dis pongan de la cuota, ja negocien, la vendan, la graven o empeñen. como es usual también, sin que deba seguirse ningún conoesionario, por el ejemplo de Presidente del Sindicato que negoció esa cuota habida originalmente por concesión gratuita de la Junta. Acta citada de Asamblea Legislativa. Comisión Especial. Los Revendedores Independientes, que queremos una ley general y justa, sin nombre sindical, oponemos toda resistencia, enérgicamente, a acaparamiento de cuotas y AL COMERCIO DE ELLAS.
Estas cuotas deberán concederse a personas de escaso recurso, que efectiva realmente las trabajen, les sirvan de medio de vida decente y estable; y no vayan servir de anzuelo en la pesca de comprobantes que se ha desbordado.
La aseveración de folio del acta citada de Comisión Especia: Legislativa, donde cice que el Sindicato cuenta con 250 afiliados, aún siendo cierta esa jocosa aseveración, apenas será un 10 ESCASO, ESCASISIMO, de los revendedores de Joteria del país; pero la cruda realidad, es que en expediente 20, de la Oficina de Sind catos de Ministerio de Trabajo ese Sindicato tiene solamente 138 afiliados, a lá por noviembre 1968 y hoy reducidos a solamente 96.
Este grupo sindicaiizado que opera comercialmente con ventas de lotería por MAS DE CATORCE MILLONES DE COLONES AL ANO y que no forman NI EL de los revendedores de loteria del país, sí tienen en su poder cuotas y derechos por más de 800 Bi letes de Loteria y casi 500 de chances por sorteo, lo que significa u 15, 38 de las emisiones de Lotería, y el 12, 72 de los billetes de chances, Un escaso y minoritaric grupo de revendedores, de solamente 96 socios, contro an y operan más 15 de las emisiones de lotería, Contra esta concentración de cuotas, contra esa centralización en poca mano de los derechos de lotería, sí debe legis larse, pero enérgicamente.
Mientras humildes y paupérrimos revendedores INDEPENDIENTES, que si cuentan por centenares en el expendio de lotería no ganan siquiera sueldos menBua es de 100. 00 y no pueden ni pagar sus cuotas mensuales de afiliados a un sindicat, el Sindicato que nos ocupa releva distinguidamente en su Directiva a personas nue ganan CASI 40. 000. 00 (CUARENTA MIL COLONES ANUALES NETOS) CADA UNO DE PROMEDIO ENTRE OCHO DIRECTIVOS SUYOS.
Con la propi dad suficiencia que ingresos individuales AL ANO DE MAS DE SETYTA MIL COLONES netos de ganancia que tiene un socio, o mucho más de sesenta mil colones que obtiene una persona directiva sindical, dan; este grupo ha querido absorber y monopo izar la defensa de los intereses del minorista pero convertidos de hecho ya en MAYORISTAS. real y efectivamente como consta de lista auténtica que se adjunta, obter. ida de LOS CUPONES QUE REGISTRARON FIR MARON PERSONALMENTE ESOS señores y aparece en folios 852 a 856 de Alcance 15 a Gaerta 50 del lo. marzo 67, dejando en desamparo a centena (no grupitos cerrados) de reven dedores INDEPENDIENTES DE LOTER IA.
La Junta deberá tomar medidas es tristas, investigaciones ahondadas en busca de conceder cuotas con espíritu justo y amp io, de efectivo bien social, y no arroJarse en mano de un grupo el más pequeño y más bullanguero que comercia en curones y cuotas de lotecas en Costa Rica.
Al pie, para que el prop o contenido numérico ilustre por qué y cómo se susenta e te comentario, ofr cemos jista exacta auténtica y fehaciente, de los socios del Sindica o de Expendedores Minoristas (i cuál caña. y Revendedores de Lotería, con as cuotas propias que cada socio registró como suyas, y la suma de colones anuales pule produce de ganancia NETA a cada uno.
Si ingresos promedio de TODO EL SINDICATO, superiores a QUINCE MIL COLONTS ANUALES a cada socio no complace su demanda, como acusan los números rrebatibles emanados de sus propios registros que suscribieron esos señores Socios, será acaso que quieren que se les conceda la emisión entera de 25. 500 lete de Loterla y 23. 000 billetes de chances que se emiten en el país?
Si 9, socios sindicalizados obtienen en total CASI UNO MEDIO MILLONS DE COLONES DE GANANCIA NETA LIQUIDA POR ANO (C 500. 000, 00. la Junta Directiva obtiene con su trabajo en expendio de loterías un promedio de 40. 000. 00 ANUALES CADA UNO de miembros de esa Directiva, y si la venta de CASI QUINCE MILLONES ANUALES. 15. 000. 000. 00) no los conforma, no tendremos los revendedores independientes de lotería, esperanza ninguna de obtener una modesta cuota de siquiera 10 (diez) billetes, cuya venta sirva a mejorar un tanto nuestro escaso ingreso familiar. Ellos, que cuentan sus cuotas por número de cuatro cifras en billetes, los ingresos en parangón con las ventas anuales del Consejo de la Producción, ahora tratan de sorprender a la Comisión Especial Legislativa para consolidar sus privilegios y situación económica boyante.
Los números, los cuadros auténticos, cuya seriedad, certeza de los cálculos y fuente de información citada garantizamos dicen de seguido a quien corresponde Esiste la razón que invoca.
1) EXPENDEDORES DE LOTERIA INDEPENDIENTES 12 0.
Promedio de GANANCIA ANUAL NETA en 21 socios sindicales 34. 461. 09 MAS 25 estimado por negocios adicio. Soclos Marcados al lado con letra na es (Cambio de premios y venta D. son miembros de la Directiva MAYOR PRECIO. total GANANCIA Sindical actualmente, NETO POR ANO 43. 076. 36 CADA UNO. Sigue lista de socios con sus cuotas y ganancias netas)
Carmen Méndez Piedra 20 10 560. 00 Mario Pérez Aguilar José Manuel Faljas Fallas 30 10 11. 310. 00 Pastor Umana Torres 20 10 560. 00 Rosa Ma. Salazar Hernández Américo Rosales Pérez Alberto Sanabria Marín 20 10 560. 00 Rodrigo González Mora 30 10 11. 310. 00 Ruben Chacón Benavides 20 10 560 00 Rafael Angel Oconitrillo Marco Antonio Calvo Angulo 80 20 14. 370. 00 Carlos Expedito Salas Salas Carmen Méndez Piedra 20 10 560. 00 Rodrigo Rojas Ortega Manuela Guevara Medina 30 10 11. 310. 00 Carlos Segura Flores 10 11. 310. 00 Etelma Valle Gutiérrez 500. 00 Luis Muñoz Esquivel 14. 060. 00 Ofelia Rodríguez Martínez Car os Luis Gonzá ez Alfaro Luis Alpízar Rivera 10 810. 00 guel Angel Barquero Castillo. 135 31. 557. 50 (DY Rosa Soto Soto de Barquero Carlos Soto Monge (VENDIO MAS CUOTAS. 40 17. 120. 00 (D)
Margarita Monge Quesada de Salas 30 11. 310. 00 Guillermo Cascante Ramirez Belén Mata Mata 50 10 16. 810. 00 José Joaquín Ugarte Ugarte Zoi a Rodríguez Campos 10 60. 00 Angela Mondragón Venegas Baltazar Hidalgo Chinchilla Leila Ugarte Ugarte Marcial Chacón Zamora 30 20 14 370. 00 Abelardo Sánchez Benavides Carmen Acuña Murio 10 10 010. 00 Modesto Murillo Araya 25 875. 00 Evangelina Quesada Porras Roberto Corazzari Calvo 50 20 19. 870. 00 Manuej Córdoba Carvajal (D. Vendió CUOTAS)
José Rodriguez Aguilar 20 500. 00 Antonio Zamora Umaña 20 19 560. 00 José Tenorio Chaves 10 750. 00 Porfirio Ballestero Avila 20 10 5560. 00 Cipr ano Aguilar Quesada 20 500. 00 Elmira Amador Jiménez (VENDIO SU CUOTA)
Juan Antonio Esquivel Murillo 30 10 11 310. 00 José Luis Meneses Alfaro 50 10 16 810. 00 (D)
Rodrigo Lizan, Chacón Carmelin Venegas Mondragon Carlos Luis Rojas Obando Silvio Vega Fonseca 17. 430. 00 Francisco Bonilla Chacón 14. 680. 00 Juan Morales Villalobos 120. 00 Matilde Retana Rojas 10 810. 00 Octavia García Barrantes Victor Manuel Hernández Coll Juan Acuña Ruiz Edgar Alfaro Campos 80 20 14. 370. 00 (D)
Margarita Artavla Vargas Urias Castro Abarca María Sánchez Benavides 25 10 935. 00 Idali Díaz Díaz 20 10 560. 00 Ricardo Meléndez Mora 60 10 19. 560. 00 Mercedes Vargas Villegas 10 10 810. 00 (VENDIO CUOTAS)
Francisco Rodriguez. Rojas 20 12. 995 00 Marta Portilla de Sanchez 10 10 810. 00 Ni uel Angel D:1ae, 29 120, 00 Margarita Relapa Rojas ug 191 2006 810. 00 IRB 1881188 81119 81111181818 88888 881118 1111118289 29 58 555 gegg lil 18 15g 5 5181 115 res Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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