Debido a los elevados costos del mantenimiento de las imágenes, se ha restringido su acceso solo para las personas registradas en PrensaCR.
En caso de poseer una cuenta, hacer clic en “Iniciar sesión”, de lo contrario puede crear una en “Registrarse”.
Jueves 14 de Marzo de 1968 LA REPUBLIOA 11 Sin divisiones, el país contra el Art. 98 Sr. ex Presidente de la República don José Figueres Ferrer.
El Sr. ex Presidente don José Figueres Ferrer contra el segundo párrafo del Art. 98. Nos autoriza para declarar que su criterio de 1965 sigue siendo el mismo ahora. El artículo 98 se promulgó a raíz de los acontecimiento políticos que culminaror con la guerra civil de 1948. El ambiente estaba cargado de pasiones y los constituyontos actuaron en gran medida bajo el Influjo de ese amblonto. No obstanto el amblento do 1949, la Constituyento no incorporó el segundo párrafo al articolo 98 de la Constitución fácilmente. Hubo deboto ardiento y do 44 diputados constitoyentes prosentes en el momento do roter, 17 votaron o contre del segundo párrafo, y 27 favor.
El señar ex Presidente don José Figueres reconoció en 1965 la atmósfera pesional en la que se estableció el arbitrario camino de la ilegalización do partidos políticos, grandos pequeños, de derecha do izquierda, con sólo que lo quieran les des tercios de los diputados: 38 personas. En efecto, sin ocultar su simp tia por la abolición del segundo párrafo del Art. 98, escribió en LA REPUBLICA dol 27 do octubre de 1965 un editorial mesurado y sensato. Un párrafo suyo es el siguiente. Ex ofecto, probablemento llegará el día en que un nuevo cuadro do circunstancias conduzca el país a reformar el artículo 98 de la Constitución que obedeció al estado de ánimo Nacional en 1949.
El llustra ex Presidente de la República don José Figueres nos ha autorizado para declarar que su critorio sigue siendo igual.
Diputados que en 1965 pidieron la abolición del segundo párrafo del Art. 98.
En trámite se encuentra desde 1965 un proyecto de reforma constitucional para abolir el segundo párrafo del Art. 98 de la Constitución.
Es necesario que ese proyecto, suscrito por 40 diputados de todos los partidos, se ponga ahora a despacho, mediante iniciativa del Poder Ejecutivo, en el presente período de sesiones extraordinarias, en el que van a debatirse otras reformas constitucionales.
Los diputados de la anterior legislatura que suscribieron el proyecto de abolición son los siguientes: Señor ex Presidente de la República don Otilio Vlate Blanco.
El Sr. ex Presidente don Otilio Ulate contra el segundo párrafo del Art. 98. Nos autoriza para declarar que su criterio de 1953 sigue siendo el mismo ahora. Desde el año 1953, el llustre ex Presidente do la República don Oiflio Vlate Blanco so pronunció contra el segundo párrafo del Art. 98 de la Constitución. Al ponerlo forzosamente el ejecútese la Ley que proscribía al Partido Progresista Independiente, lefoado por el Benemérito de la Patria don Joaquín García Mongo, explicó las razones que lo shtuaban frente a una prohibición Injusta y antidemocrática, la contenida en el párrafo segundo del Art. 98. Dijo el sonor ex Presidente Vlato entences. Cogido por nuestro país el camino de la proscripción de los partidos que por sus programas ideológicos, medios de acción o vinculaciones internacionales tiendan destruir los fundamentos de la organización democrática de Costa Rica, o que atenten contra la soberanía, se incluyó la prohibición constitucional en esos términos imprecisos y vagos, que se prestan a interpretaciones acomodaticias, según las circunstancias temporales, y se cometió el error de pener el Instrumento de represión en manos de un poder necesariamento político por su origen Integración, que decide asl de la vida de la muerte de los partidos opuestos a los que integran la mayoría de la Asamblea Legislativa con dos tercios de votos. Ese peligro de la democracia, a la cual se ha tratado de proteger, si eventualmente un gobierno Inescrupuloso llegase contar en la Asamblea con esos dos tercios, sea porque el Partido que lo lleve al Poder alcanco a ser mayoritario en osa proporción, porque la fusión y el entendlmiento de grupos parlamentarios atinos hagan posible la prescripción, sorá más agudo peligro. Dios no lo quiero, porque permitirá que se termine con la oposición, a pretexto do que hay on ella ciudadanos que estuvieron afiliados a partides proscritos. Anto la Asamblea delo constancia de ese peligro para la democracia costarricenso, tanto más inquietanto si se sigue la práctica de decretar las eliminaciones en las vísperas de las elecciones y enmedio del tumulto de las pasiones.
El llustre ex mandatario nos acaba de confirmar que su pensamiento de 1953 sigue siendo ahora el mismo, Doña Nora Murillo de González Don Rafael Paris Stefens Don Rafael Benavides Robles Don Alberto Cañas Escalante Don Carlos Espinach Escalante Don Cornelio Orlich Bolmarcich Don Rogelio Ramos Valverde Don Armando Bolaños Bolaños Don Rodolfo Solano Orfila Don Rodrigo Arauz Bonilla Don Guillermo Iglesias Flores Don Alvaro Aguilar Peralta, actual Ministro de Salubridad Pública Don Octavio Ramírez Garita Don Carlos Ml. Guardia Esquivel Don Milton Gutiérrez Zamora Don Julio Suñol Leal Don Cristian Tattembach Iglesias, actual Ministro de Gobernación Don Minor Calvo Ortega Don Virgilio Calvo Sánchez, actual Vice Presidente de la República Don Antonio Cañas Iraeta Don Edwin Muñoz Mora Don Dubilio Argüello Villalobos Don Víctor Eduardo Herrera Alfaro Don José Hernán García Fonseca Don José Francisco Aguilar Bulgarelli Don Jesús Benavides Murillo Don Luis Demóstenes Bermúdez Coward Don Hernán Chaverri Ulloa Don José Valenciano Madrigal Don Malaquias Jiménez Solano Don Hernán Víquez Barrantes Don Teodoro Quirós Castro Don Fernando Salazar Navarrete Don Nautilio Monge Alvarez Don Danilo Flores Cárdenas Bon Sergio Quirós Maroto Don Rafael Solórzano Saborío Constituyentes que en 1949 votaron contra el segundo párrafo del Art. 98.
En la Asamblea Constituyen Don José Antonio Castro Sibaja to que promulgó la actual ConstiDon Fernando Baudrit Solera, tución Política, votaron contra el actual Presidente de la Corte segundo párrafo del Art. 98 los Suprema de Justicia siguientes Constituyentes: Don Carlos Monge Alfaro, actual Doctor Francisco Vargas Vargas Rector de la Universidad de Don Hernán Vargas Castro Costa Rica.
Don Alvaro Chacón Jinesta Don Edgar Rojas Vargas Don Ramón Arroyo Blanco Don Enrique Madrigal Jochs Don José María Zeledón, Don Gerardo Gómez Rojas autor del Himno Nacional, Don Fernando Vargas Fernández Don Manuel Antonio Lobo No asistieron el día de la votación, Don Fabio Baudrit González pero se habían pronunciado en Don Miguel Brenes Gutiérrez contra del segundo párrafo del Don Juan Rafael Arias Bonilla Art. 98: Don Mario Alberto Jiménez Don Rodrigo Facia Quesada Don Celso Gamboa Don Luis Alberto Monge y Policía.
Don Jorge Arturo Montero Castro Don Florentino Castro Sánchez Comité de Defensa de los Derechos Electorales Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.