Guardar

4 LA REPUBLICA Domingo 17 de Marzo de 1968 Listo reglamento para resolver conflictos ver.
Parte final ARTICULO 32. En las se. c) Las resoluciones de los ARTICULO 41. La Secre El Consejo Económico conoARTICULO 28. Si después siones en que el Consejo Eje Consejos creados por el Trata tarla Permanente del Tratado cera también de todos aquellos de resuelto un conflicto por cutivo vaya a conocer de un do General de Integración Eco General de Integración Econo conflictos que el Consejo Eje arreglo directo una de las par asunto conflictivo sólo estarán nómica y las sentencias o lau. mica será el órgano encargado cutivo no hubiera podido resoltes tomare conocimiento de he presentes sus membros y las dos arbitrales; de certificar y notificar a los chos que, de haberse tenido en personas cuya participación se d) Las recomendaciones de Estados las resoluciones que se cuenta durante aquél, habrian autorice a pedido del correspon los organismos de integración dicten.
ARTICULO 45. La revl.
modificado los términos del e diente Jefe de Delegación. económica; Se tendrán por certificadas y sión deberá solicitarla la parte cuerdo, los pondrán en conocle) Los principios generales notificadas tales resoluciones, o partes que se consideren miento de las demás partes, a ARTICULO 33. El Consejo del Derecho; y, por el solo hecho de que la Se graviadas, en el momento de través de la Secretaria Perma comenzará a conocer del con 1) Las doctrinas de los trata. cretaría Permanente cumpla pronunciarse Ja resolución, a nente, para que, si procede, flicto con la lectura, hecha por distas de mayor competencia. con dichos requisitos respecto dentro de los diez días siguien.
convoque a una nueva reunión. la Secretaria, de los documendel acta en que aquellas figu. tes a la fecha de su entrada en El derecho que reconoce este tos que con él se relacionan. ARTICULO 37. Las reso ren.
vigencia. En el primer caso, articulo prescribe si transcurri Efectuado lo anterior, se con. luciones del Consejo Ejecutivo la solicitud podrá hacerse vers dos sesenta dias desde la fe. cederá la palabra a quien hu que pongan fin a un conflicto ARTICULO 42. Las reso balmente, pero deberá dejarse cha en que el acuerdo quedó blese sometido a su conocimien deberán contener, con la clarl luciones a que se alude en el constancia de la misma en el firme, el mismo no se hubiere to el conflicto y a la contrapar dad y concisión posibles: presente Reglamento surtirán acta respectiva. En el segunda ejercitado.
te, para que expongan lo que efecto en la fecha que en las caso se hará por escrito, a tra.
El conocimiento de los hechos estimen procedente en defensa Como encabezamiento, la mismas se indique o, si nada se que se refiere esta disposi.
vés del correspondiente Minis de sus puntos de vista.
frase Resolución número. dijere sobre este particular, terio de Economía.
clon no eximira a la parte que Los miembros del Consejo seguida de la designaclón dei cho días después de la fecha Las solicitudes de revision de ellos tuviere noticia de la podrán, cuando cualqulera de Consejo; del documento por medio del deberán expresar claramente la obigación de cumplir lo conve las partes esté haciendo la de 29 En los considerandos, la cual la Secretaria Permanente causa o causas en que se fun nido en el arreglo directo. fensa de sus intereses, pedir las apreciación de los puntos de transmita a los Estados el ac dan, explicaciones o aclaraciones que Derecho fijados por las partes; ta certificado en que aquellas SECCION SEGUNDA estimen necesarias; pero de En el por tanto, las razo consten.
ARTICULO 46. Cuando la DE LA PRIMERA INSTANCIA berán de abstenerse de externar nes y fundamentos legales que El plazo a que se refiere el revisión se solicite por escrlo opinión sobre el fondo del pro se estimen procedentes para el párrafo precedente se entende to, el Ministerio de Economia ARTICULO 29. Todo con blema.
fallo que haya de dictarse. rá de dias corridos.
deberá hacérselo saber a la se flicto que total o parcialmente Si cumplido lo anterior el 49 En la parte final, el fa No obstante lo anterior, los cretaria Permanente para los no haya podido resolverse me sunto estuviera suficientemente llo correspondiente.
miembros del correspondiente efectos previstos en los an diante arreglo directo de las discutido, a juicio del Consejo, Consejo quedan obligados a no tículos 80 y 31 de este Regle.
partes o que no sea susceptible se dará por concluida la presen ARTICULO 38. Las reso esperar el transcurso del plazo mento.
de éste según los instrumentos tación del caso.
luciones a que se refiere el ar que se menciona en este ar Si la solicitud se hubiese he de Integración económica, será tículo precedente no requerirán tículo para tomar las medidas cho verbalmente, la menciona, sometido al Consejo Ejecutivo. ARTICULO 31. Cumplido de la firma de los miembros del que sean necesarias a fin de da Secretaría remitirá con el También se someterán a es el trámite previsto en el ar. Consejo Ejecutivo ni será preci que las resoluciones produzcan acta certificada, los documen te organismo todos aquellosa tículo anterior, el Consejo Eje. So que conste en su texto el sus efecto, en los respectivos tos que el Consejo Ejecutivo tu suntos que a juicio de los Es cutivo, para discutir y acordar lugar y fecha de su adopción. países, al vencimiento del tér vo a la vista para resolver el tados que no hubieren inter la resolución del conflicto, or Sin embargo, se tendrán por mino señalado.
problema.
venido en el arreglo directo, o denará a todas las personas firmadas las resoluciones por el de la Secretaria Permanente, del Sector Privado que tengan solo hecho de la suscripción del ARTICULO 43. La Secre ARTICULO 47. La solich en su caso, vlolaren el ordena Interés directo en el asunto que acta en que figuren y como lu taria Permanente será el orga tud de revisión no suspenders mlento juridico de la integra. se retiren del local en que esté gar y fecha de las mismas, no encargado de cumplir las la ejecución de la resolución ción económica centroamerica reunido.
quél y aquella en que se huble funciones administrativas en impugnada, pero el Consejo Eca na o los princ. plos en que ésta ra firmado el acta correspon las reuniones que el Consejo nómico no podrá dejar de co descansa, ARTICULO 35. El Conse dicnte.
Ejecutivo celebre para resolver nocer, en su más próxima reus Estos hechos y las actuacio jo Ejecutivo, antes de tomar conflictos. En tal concepto, le nión, el asunto a que aquelle nes que los mismos originan, una resolución, podrà acordar: ARTICULO 39. Las reso vantará el acta de las mismas, se refiera, constituiran la primera Instanluciones que adopte el Consejo las cuales, una vez firmadas, cla.
19 Que se traiga a la vista Ejecutivo para ponerle término deberá certificar y remitir a to. ARTICULO 48. El Conseja cualquier documento que crea un conflicto, a la circunstan dos los Goblernos de Centro. Económico, al conocer del asun ARTICULO 30. En los ca. conveniente para esclarecer el cla de no haber llegado a un américa dentro de los diez dias to, recibirá las pruebas Instru.
sos previstos en el artículo an derecho de las partes en con acuerdo sobre el fondo del mis sigulentes a la clausura de la mentales que le presenten las terior, el Estado que quiera 30 flicto o solicitar a éstas cual. mo, deberán hacerse constar correspondiente reunión.
partes y podrá ofr a éstas en meter un conflicto a la reso quler aclaración o ampliación en acta.
la forma prescrita en el an lución del Consejo Ejecutivo de sus pretensiones; En caso de que cualquiera de SECCION TERCERA tículo 33.
deberá por medio de su Minis Que se practique cual Bus miembros no estuviere con DE LA SEGUNDA Cumplido lo anterior, proce terio de Economia, hacérselo sa quier reconocimiento, Inspec forme con lo resuelto, podrá INSTANCIA derá en la forma señalada en el ber a la Secretaria Permanente ción, analisis, valorización o ac dejar constancia de las razones articulo 34.
con la mayor anticipación po to análogo que repute necesa que le asisten para disentir por ARTICULO 44. El Consesible, a fin de que incluya el rio, o que se ampllen los que ya medio de voto razonado que se Jo Económico podrá revisar las ARTICULO 49. La resolu, asunto en el temarlo provisional se hublesen hecho; consignará en el acta inmedia resoluciones que el Consejo Eje clón que emita el Consejo Eco de la más próxima reunión de 39 Encomendar a la Secre. tamente después de la respec cutivo hubiera emitido para po nómico se circunscribirá aquel organismo.
taria Permanente o a cualquier tiva resolucion.
nerle término a un cont. cro, en puntos que hubieran sido Para los efectos del artículo otro organismo de la integra Tamblén deberá dejarse cons cualquiera de los sigulentes presamente planteados.
27, la Secretaria Permanente ción económica que hagan las tancia en dicho documento de casos.
Dicha resolución se formuls.
podrá, por iniciativa propla, In. Investigaciones o emitan los los alegatos más importantes rá de la manera establecida en cluir en la agenda provisional dictámenes que a su juiclo sean hechos por las partes en su a. Cuando la resolución vio. los artículos 36 y 37.
Jos asuntos que estimare nece necesarios para la mejor solu oportunidad, asi como de cual le disposicions extresas de sario plantear.
cón del conflicto.
quier otro evento que hubiera cualqler Instrumento de la ARTICULO 50. En lo de El Consejo Ejecutivo no podra sido relevante en la considera tegration económica; más, se procederá de confor dejar de incluir en la agenda ARTICULO 36. Las reso ción del conflicto. Cuando verse sobre mate midad con lo establecido en definitiva de sus reuniones los luclones que el Consejo Ejecurias respecto de las cuales aún conflictos que figuren en los tivo emita para ponerle in a ARTICULO 40. Cuando el no se hubiera formulado una de este Reglamento.
temerlos provisionales nl abste un conflicto deberán tener co Consejo Ejecutivo no hubiera politica regional; nerse de conocer aquellos. mo fundamento: podido llegar a acuerdo en la Cuando por nied! o de la CAPITULO solución de un conflicto, la Se. resolución, el Consejo Ejecutl. DISPOSICIONES FINALES ARTICULO 31. La Secre a) Los Instrumentos de inte. cretaria Permanente lo incluivo hubiera Interpretado por pri tarla Permanente, junto con la gración económica centroameri rá en la agenda provisional de mera vez una disposición de los ARTICULO 51. El presente convocatoria, deberá enviar a cana: la más próxima Reunión del tratados de integración econó te Reglamento podrá ser refor todos los miembros del Conse. b) Los reglamentos emitidos Consejo Económico y dicho or mica y hubiera mérito para mado por el Consejo Económica Jo Ejecutivo los documentos para facilitar la aplicación de gano no podrá abstenerse de creer que tal interpretación es y entrar en vigor dias des que correspondan.
tales Instrumentos; conocerlo.
erronea; pués de la fecha del documen Cuando la resolución sea to por medio del cual la Secres contradictoria con otras que tarla Permanente transmita anteriormente hublera adopta los Estados el acta certificado do dicho órgano o el Consejo en que figure aquel Instrumene Económico.
to.
ALMACEN EL AHORRO, Ltda.
Felicita a LA REPUBLICA en el PRIMER ANIVERSARIO de su nueva etapa de superación.
Marzo, 1968 (Cablefoto, 1968. JOHNSON RECIBE NUEVO EMBAJADOR. El Presto dente Johnson recibe las credenciales de Yitshak Rabin nuevo embajador de Israel en los EE. UU. duranto uns corta ceremonia en la Casa Blanca, Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

    Notas

    Este documento no posee notas.