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LA REPUBLICA Sábado do gosto Página Ságado de agosto LA REPUBLICA Página Respetar la naturaleza y la finalidad del acto matrimonial su cuerpo en general, del mismo modo tampoco lo tiene, con más razón, sobre las facultades generadoras en cuanto tales, en virtud de su ordenación intrinseca a originar la vida, de la que Dios es principio. La vida humana es sagrada, recordaba Juan XXIII; desde su comienzo, compromete directamente la acción creadora de Dios.
Vías ilícitas para la regulación de los nacimientos 11. Estos actos, con los cuales los esposos se unen en casta intimidad, y a través de los cuales se transmite la vida humana, son, como ha recordado el Concilio, honestos y dignos. y no cesan de ser legitimos si, por causas independientes de la voluntad de los cónyuges, se prevén infecundos, porque continúan ordenados a expresar y consolidar su unión. De hecho, como atestigua la experiencia, no se sigue una nueva vida de cada uno de los actos conyugales. Dios ha dispuesto con sabiduría leyes y ritmos naturales de fecundidad que por sí mismos distancian los nacimientos. La Iglesia, sin embargo, al exigir que los hombres observen las normas de la ley natural interpretada por su constante doctrina, enseña que cualquier acto matrimonial (quilibet matrimonii usus) debe quedar abierto a la transmisión de la vida.
cunstancias al control artificial de los nacimientos, si con ello se obtienen la armonía y la tranquilidad de la familia y mejores condiciones para la educación de los hijos ya nacidos? esta pregunta hay que responder con claridad: la Iglesia es la primera en elogiar y en recomendar la intervención de la inteligencia en una obra que tan de cerca asocia la creatura racional a su Creador, pero afirma que esto debe hacerse respetando el orden establecido por Dios.
Por consiguiente si para espaciar los nacimientos existen serios motivos, derivados de las condiciones físicas o psicológicas de los cónyuges, o de cir.
cunstancias exteriores, la Iglesia enseña que entonces es lícito tener en cuenta los ritmos naturales inmanentes a las funciones generadoras para usar del matrimonio sólo en los periodos infecundos y asi regular la natalidad sin ofender los principios morales que acabamos de recordar.
La Iglesia es coherente consigo misma cuando juzga lícito el recurso a los periodos infecundos, mientras condena siempre como ilícito el uso de medios directamente contrarios a la fecundación, aunque se haga por razones aparentemente honestas y serias. En realidad, entre ambos casos existe una diferencia esencial: en el primero los cónyuges se sirven legitimamente de una disposición natural; en el segundo impiden el desarrollo de los procesos naturales. Es verdad que tanto en uno como en otro caso, los cónyuges están de acuerdo en la voluntad positiva de evitar prole por razones plausibles, buscando la seguridad de que no se seguirá; pero es igualmente verdad que solamente en el primer caso renuncian conscientemente al uso del matrimonio en los períodos fecundos cuando por justos motivos la procreación no es deseable, y hacen uso después en los períodos agenésicos para manifestarse el afecto y para salvaguardar la mutua fidelidad. Obrando asi ellos dan prueba de amor verdadero e integralmente honesto.
colectividad lo que hubiera sido reconocido licito a los cónyuges para la solución de un problema familiar. Quién impediría a los Gobernantes favorecer y hasta imponer a sus pueblos, si lo consideraran necesario, el método anticonceptivo que ellos juzgaren más eficaz? En tal modo los hombres, queriendo evitar las dificultades individuales, familiares o sociales que se encuentran en el cumplimiento de la ley divina, llegarian a dejar a merced de la intervención de las Autoridades Públicas el sector más personal y más reservado de la intimidad conyugal.
Por tanto, si no se quiere exponer al arbitrio de los hombres la misión de engendrar la vida, se deben reconocer necesariamente unos limites infranqueables a la posibilidad de dominio del hombre sobre su propio cuerpo y sus funciones; limites que a ningún hombre, privado o revestido de autoridades lícito quebrantar. tales limites no pueden ser determinados sino por el respeto debido a la integridad del organismo humano y de sus funciones, según los principios antes recordados y según la recta inteligencia del principio de totalidad ilustrado por Nuestro predecesor Pío XII.
La Iglesia, garantía de los auténticos valores humanos 14. En conformidad con estos principios fundamentales de la visión humana y cristiana del matrimonio, debemos una vez más declarar que hay que excluir absolutamente como vía lícita para la regulación de los nacimientos, la interrupción directa del proceso generador ya iniciado, y sobre todo el aborto directamente querido y procurado, aunque sea por razones terapéuticas.
Hay que excluir igualmente, como el Magisterio de la Iglesia ha declarado muchas veces, la esterili.
zación directa, perpetua o temporal, tanto del hombre como de la mujer, queda además excluida toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga, como fin o como medio, hacer imposible la procreación.
Tampoco se pueden invocar como razones válidas, para justificar los actos conyugales intencionalmente infecundos, el mal menor o el hecho de que tales actos constituirían un todo con los actos fecundos anteriores o que seguirán después, y que por tanto compartirían la única e idéntica bondad moral. En verdad, si es licito alguna vez tolerar un mal moral menor a fin de evitar un mal mayor o de promover un bien más grande, no es lícito, ni aún por razones gravísimas, hacer el mal para conseguir el bien, es decir, hacer objeto de un acto positivo de voluntad lo que es intrínsecamente desordenado y por lo mismo indigno de la persona humana, aunque con ello se quisiese salvaguardar o promover el bien individual, familiar o social. Es por tanto un error pensar que un acto conyugal, hecho voluntariamente infecundo, y por esto intrinsecamente deshonesto, pueda ser cohonestado por el conjunto de una vida conyugal fecunda.
Inseparables los dos aspectos: unión y procreación 12. Esta doctrina, muchas veces expuesta por ei Magisterio, está fundada sobre la inseparable conexión que Dios ha querido y que el hombre no puede romper por propia iniciativa, entre los dos significados del acto conyugal: el significado unitivo y el significado procreador. Efectivamente, el acto conyugal, por su intima estructura, mientras une profundamente a los esposos, los hace aptos para la generación de nuevas vidas, según las leyes inscritas en el ser mismo del hombre y de la mujer. Salvaguardando ambos aspectos esenciales, unitivo y procreador, el acto conyugal conserva íntegro el sentido de amor mutuo y verdadero y su ordenación a la altisima vocación del hombre a la paternidad.
Nos pensamos que los hombres, en particular los de nuestro tiempo, se encuentran en grado de comprender el carácter profundamente razonable y humano de este principio fundamental.
18. Se puede prever que estas enseñanzas no se rán quizá fácilmente aceptadas por todos: son demasiadas las voces ampliadas por los modernos medios de propaganda que están en contraste con la de la Iglesia. decir verdad, ésta no se maravilla de ser, a semejanza de su divino Fundador, signo de contradicción. pero no deja por esto de proclamar con humilde firmeza toda la ley moral, natural y evangélica. La Iglesia no ha sido la autora de ésta, ni puede por tanto ser su árbitro, sino solamente su depositaria e intérprete, sin poder declarar licito lo que no lo es por su intima e inmutable oposición al verdadero bien del hombre.
Al defender la moral conyugal en su integridad, la Iglesia sabe que contribuye a la instauración de una civilización verdaderamente humana; ella compromete al hombre a no abdicar la propia responsabilidad para someterse a los medios técnicos; defiende con esto mismo la dignidad de los cónyuges. Fiel a las enseñanzas y al ejemplo del Salvador, ella se demuestra amiga sincera y desinteresada de los hombres a quienes quiere ayudar, ya desde su camino terreno, a participar como hijos a la vida del Dios vivo, Padre de todos los hombres.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Graves consecuencias de los métodos de regulación artificial de la natalidad Licitud de los medios terapéuticos Fidelidad al plan de Dios 13. Justamente se hace notar que un acto conyugal impuesto al cónyuge sin considerar su condición actual y sus legitimos deseos, no es un verdadero acto de amor; y prescinde por tanto de una exigencia del recto orden moral en las relaciones entre los esposos. Así, quien reflexiona rectamente deberá también reconocer que un acto de amor reciproco, que prejuzgue la disponibilidad a transmitir la vida que Dios Creador según particulares le.
yes, ha puesto en él, está en contradicción con el designio constitutivo del matrimonio y con la voluntad del Autor de la vida. Usar este don divino destruyendo su significado y su finalidad, aun sólo parcialmente, es contradecir la naturaleza del hombre y la de la mujer y sus más íntimas relaciones, y por lo mismo es contradecir también el plan de Dios y su voluntad. Usufructuar en cambio el don del amor conyugal respetando las leyes del proceso generador significa reconocerse no árbitros de las fuentes de la vida humana, sino más bien adiministradores del plan establecido por el Creador. En efecto, al igual que el hombre no tiene un dominio ilimitado sobre 15. La Iglesia, en cambio, no retiene de ningún modo ilícito el uso de los medios terapéuticos verdaderamente necesarios para curar enfermedades del organismo, a pesar de que se siguiese un impedimento, aun previsto, para la procreación, con tal de que ese impedimento no sea, por cualquier motivo, directamente querido.
III. DIRECTIVAS PASTORALES 17. Los hombres rectos podrán convencerse todavía más de la consistencia de la doctrina de la Iglesia en este campo si reflexionan sobre las consecuencias de los métodos de la regulación artificial de la natalidad. Consideren, antes que nada, el camino fácil y amplio que se abriría a la infidelidad conyugal y a la degradación general de la moralidad. No se necesita mucha experiencia para conocer la e.
bilidad humana y para comprender que los hombres, especialmente los jóvenes, tan vulnerables en este punto, tienen necesidad de aliento para ser fieles a la ley moral y no se les debe ofrecer cualquier medio fácil para burlar su observancia. Podria también temerse que el hombre, habituándose al uso de las prácticas anticonceptivas, acabase por perder el respeto a la mujer y, sin preocuparse más de su equilibrio fisico y psicológico, llegase a considerarla como simple instrumento de goce egoístico y no como a compañera, respetada y amada.
Reflexiónese también sobre el arma peligrosa que ue este modo se llegaria a poner en las manos de Autoridades Públicas despreocupadas de las exi.
gencias morales. Quién podria reprochar a un Gobierno el aplicar a la solución de los problemas de la La Iglesia Madre y Maestra Licitud del recurso a los períodos infecundos 16. estas enseñanzas de la Iglesia sobre la moral conyugal se objeta hoy, como observábamos antes (n. que es prerrogativa de la inteligencia humana dominar las energías de la naturaleza irra.
cional y orientar as hacia un fin en conformidad con el bien del hombre. Algunos se preguntan: actualmente. no es quizá racional recurrir en muchas cir19. Nuestra Palabra no seria expresión adecuada del pensamiento y de las solicitudes de la Iglesia, Madre y Maestra de todas las gentes, si, después de haber invitado a los hombres a observar y a respetar la ley divina referente al matrimonio, no les confortase en el camino de una honesta regulación de la natalidad, aún en medio de las difíciles condiciones que hoy afligen a las familias y a los pueblos. La Igiesia, efectivamente, no puede tener otra actitud para con los hombres que la del Redentor: conoce su debilidad, tiene compasión de las muche
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